En una conferencia a directivos y al equipo de colabores de la ANLA, los juristas María Claudia Durán y Hernando Anibal García, se refirieron a cómo en el conflicto armado en Colombia se han afectado en forma grave los recursos naturales.
Los daños contra la infraestructura petrolera, por atentados terroristas, la minería criminal, el despojo y el cambio en el uso del suelo para los cultivos ilícitos, son ejemplos de las conductas delincuenciales cometidas por el crimen organizado que, inclusive, están contemplados en el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
“El conflicto armado en Colombia no solo ha puesto en riesgo a las personas en su seguridad, su tranquilidad y su vida e integridad, sino también en forma grave a los recursos naturales y el derecho al medio ambiente”, afirmaron durante un foro de fin de año, promovido por la ANLA, los abogados María Claudia Durán Chaparro y Hernando Anibal García Dueñas.
El foro, cuyo objetivo fue brindar herramientas para interpretar e intervenir en los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente en el marco del DHI, se abordaron diversos temas como la Convención de Ginebra, los crímenes de guerra, Colombia frente al DIH, los delitos contra las personas y bienes protegidos, los ataques contra las obras y las instalaciones que contienen sustancias peligrosas y los atentados a la subsistencia y la devastación.
“La complejidad del conflicto armado interno en Colombia se caracteriza, por el accionar de distintas organizaciones armadas al margen de la ley -bandas criminales, organizaciones criminales y grupos armados irregulares, lo cual lleva a distintas acciones”, aseveró García Dueñas, abogado de la Universidad Nacional, especializado en derecho del medio ambiente y exfiscal delegado de delitos contra los recursos naturales.
Según el experto, la institucionalidad -entre ellas las ambientales-, tienen el compromiso y está dentro de sus funciones, poner en conocimiento de la administración de justicia los hallazgos que de manera grave afecten los recursos naturales.
Tanto las acciones que se ejecutan en el marco del conflicto armado y las relacionadas con los delitos comunes sin incidencia en el mismo llevan a la acción penal por tratarse de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, sostuvieron los juristas.
Tras realizar una explicación histórica de los crímenes de guerra y los delitos domésticos, los medios y los métodos de guerra ilícitos, se ahondó en los temas como el de destrucción y apropiación de bienes protegidos.
“El que destruya o se apropie por medios ilegales o excesivos en relación con la ventaja militar concreta prevista, de los bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, incurrirá en prisión de 80 a 180 meses”, precisó García Dueñas, tras indicar que el DIH define estos bienes como aquellos que:
-Son indispensables para la supervivencia de la población civil.
-Aquellos elementos que integran el medio ambiente natural.
-Las obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas.
Durante el foro -el mayor número de asistentes fueron abogados-, también se hizo énfasis en aquellos delitos relacionados con la destrucción del medio ambiente, entre los cuales se enumeraron el acaparamiento de tierras, la explotación ilegal de recursos naturales o el despojo ilegal de tierras, el traslado forzoso de poblaciones, que a menudo se deriva del acaparamiento de tierras, la minería criminal y las acciones bélicas en teatro de guerra.
Según María Claudia Durán Chaparro, magister en derecho penal y especialista en derechos humanos, Colombia ha venido desarrollando un marco legal de protección al medio ambiente.
“Es por esta razón que en el Código Penal Colombiano hay una serie de artículos que buscan castigar y prevenir la contaminación ambiental”, señaló tras advertir que los daños, afectaciones o delitos pueden provenir de distintos orígenes.