Con sector minero y generadores de energía eléctrica, ANLA precisa competencias en Gestión del Riesgo

Con sector minero y generadores de energía eléctrica, ANLA precisa competencias en Gestión del Riesgo

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Las competencias en el seguimiento y evaluación al Plan de Gestión del Riesgo, un tema de interés nacional, regional y local por sus implicaciones ambientales, sociales, individuales y económicas, fueron compartidas por la ANLA en una reunión (por separado) con integrantes de la Asociación Colombiana de Minería (ACM) y los generadores de energía eléctrica afilados a Acolgen.

Gladys Puerto, líder del Grupo de Riesgos y Contingencias de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), hizo una explicación puntual sobre los antecedentes y la normatividad existente y respondió inquietudes de los asistentes frente a diversos aspectos de carácter técnico, operativo y legal.

Desde el Decreto 321 de 1999 -dijo-, pasando por el artículo 35 del Decreto 3930 de 2010 y el Decreto 2041 de 2014, ha sido exigible por parte de las autoridades ambientales que las empresas cuenten con un Plan de Contingencia, cuyo fin es tener un plan de respuesta frente a eventos amenazantes del entorno donde se desarrollan los proyectos.

Y recordó que a partir de la vigencia de la Ley 1523 del 24 de abril de 2012, se determinó que estos planes de contingencia deben contar con análisis de riesgo específicos enfocados a las actividades propias a desarrollar por parte de las entidades públicas o privadas.

“Es allí donde se hace obligatorio contar con un Plan de Gestión del Riesgo que incluya estos análisis específicos”, subrayó, tras indicar que se ha venido trabajando con las distintas entidades en revisar la normatividad.

Directrices

Durante su intervención en la ACM, la líder del grupo recordó que con el Decreto 2157 del 20 de diciembre de 2017 de la Presidencia de la República, se adoptaron directrices generales para la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las entidades públicas y privadas.

Esta decisión, que se enmarca en el artículo 42 de la ley 1523 de 2012, generó una guía en la elaboración de los Planes de Gestión del Riesgo definiendo sus tres componentes principales: Conocimiento del Riesgo, Reducción del Riesgo y Manejo del Desastre.

Esto, manifestó, se enfocan en la caracterización de los posibles escenarios de riesgo, medidas para reducir su materialización y los procedimientos de respuesta y articulación frente a las emergencias.

El Conocimiento del Riesgo, que es fundamental para la prevención, tiene tres elementos muy importantes: identificación y caracterización de los escenarios del riesgo, su análisis y evaluación y el monitoreo.

Entre tanto, la Reducción del Riesgo contempla la intervención prospectiva, la intervención correctiva y la protección financiera. A su turno, el proceso de Manejo del Desastre incluye la preparación y ejecución de la respuesta.

Ante el surgimiento de inquietudes respecto a la responsabilidad de implementar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres, tanto de las entidades públicas como privadas, la profesional de la ANLA reiteró que está recae en el representante legal, acorde a lo establecido en sus sistemas de gestión.

Formato único

Igualmente, precisó que con el Decreto 50 del 18 de enero de 2018 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible modificó el artículo 2.2.3.3.4.14 del Decreto 1076 de 2015 estableciendo la obligatoriedad de presentar los Planes de Contingencia para el Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas.

Esto corresponde a los proyectos sujetos a licenciamiento y para aquellos que no requieran licencia en donde se ejecuten actividades de transporte de dichas sustancias.

Así mismo, precisó a las asistentes que a través de la resolución 1767 de 2016 se adoptó el formato único para el reporte de contingencias.

A través de este formato, los usuarios de licencias ambientales pueden reportar los eventos de contingencia que se generen en la ejecución de las actividades propias del proyecto y que serán objeto del seguimiento y control de las autoridades ambientales.

Para los asistentes, la realización de este tipo de ejercicios de gestión del conocimiento que viene adelantando la ANLA, son muy importantes para tener mayor claridad sobre los alcances de la normatividad y ser mucho más eficientes en el cumplimiento de las obligaciones que, como se vio, tienen muchas implicaciones ambientales, sociales, individuales y económicas.

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