La Corte Constitucional, en la sentencia T – 806 de 2014, resolvió proteger el derecho fundamental a la educación de los menores de edad y también ordenó gestionar la respectiva licencia ambiental que permitan articular el plan de manejo del área protegida
Resumen
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA
Los hechos relatados en este caso ocurrieron durante los años 2013 y 2014.
Unos ciudadanos padres y madres de menores de edad de la Institución Educativa Nuestra Señora de La Macarena sede Juan León, ubicada en el Centro Poblado de la Vereda Brisas del Guayabero jurisdicción del Municipio de La Macarena, Departamento del Meta, a través de apoderado judicial, presentaron acción de tutela en contra de la Secretaría de Educación Departamental del Meta, el Instituto de Desarrollo del Meta, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, la Universidad de Cundinamarca - UDEC y el Consorcio Internado Sierra de La Macarena, al estimar vulnerados sus derechos fundamentales a la educación, al debido proceso administrativo, a la dignidad humana y a la confianza legítima, ante la suspensión de las obras de mantenimiento en la sede de la mencionada institución educativa.
La mencionada institución educativa ha funcionado en la zona declarada como territorio del Parque Nacional Natural Tinigua, el cual integra el Sistema de Parques Naturales Nacionales (SPNN).
La Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales mediante acto administrativo ordenó suspender la obra de mejoramiento y construcción de la infraestructura educativa del internado de la Institución Educativa Nuestra Señora de La Macarena sede Juan León, al no contar con la respectiva licencia ambiental para su desarrollo.
La institución educativa Nuestra Señora de La Macarena fue construida en el año 1983, fecha a partir de la cual se viene brindando cobertura a la población estudiantil campesina del sector hasta el 9 grado, cuyo propósito es mantener a los estudiantes campesinos de la región en el sistema educativo, debido a las largas distancias que los separan de sus núcleos familiares y la inexistencia de un medio de transporte escolar, en el que actualmente están estudiando alrededor de 110 menores de edad que requieren de la protección del Estado, específicamente en este caso permitir a población vulnerable contar con instituciones en condiciones apropiadas para prestar adecuadamente el servicio educativo.
Así las cosas, para entrar a valorar la situación fáctica descrita es necesario armonizar los dos derechos y principios en pugna, debido a que resulta desproporcionado anular por completo un derecho sobre el otro, atendiendo a las especiales circunstancias que rodean el caso bajo estudio. En estos casos se aplica el principio de armonización concreta, el cual impide que se busque la efectividad de un derecho mediante el sacrificio o restricción de otro.
En consecuencia, el ejercicio de armonización busca asegurar el goce efectivo de ambos derechos fundamentales. Esto significa que las restricciones que hayan de imponerse, según el caso, no pueden entenderse como la permisión de anular por completo la protección de alguno de los derechos involucrados. En este caso, se pretende establecer si con la medida adoptada por el Sistema de Parques Naturales en orden a suspender la construcción y adecuación del Internado Institución Educativa Nuestra Señora de la Macarena Sede Juan León, ubicado al interior del Parque Nacional Natural Tinigua, sin contar con una licencia ambiental respectiva, está terminando por anular el derecho a la educación de los menores que asisten a esa institución educativa.
La Corte Constitucional resolvió confirmar la decisión adoptada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a la protección del derecho fundamental a la educación.
También la Corte ordenó a la Gobernación del Meta, la Alcaldía Municipal de La Macarena y el Instituto del Desarrollo del Departamento del Meta, que previo a la realización de cualquier obra en la institución educativa Nuestra Señora de La Macarena, sede Juan León, gestione la respectiva licencia ambiental que permitan articular el plan de manejo del área protegida.
Asimismo la Corte ordenó a la institución educativa Nuestra Señora de La Macarena, sede Juan León, el sistema de Parques Naturales Nacionales, la Secretaría de Educación del Meta, el Municipio de La Macarena y las familias de los menores de edad, que en caso de no se otorgue la licencia ambiental para construcción de plantas de tratamiento para agua potable y residuales, conformen un grupo interdisciplinario, a fin de concretar un plan de reubicación que permita cumplir con el servicio educativo en otro sector que no sea parte del área protegida y que se acomode a las necesidades de sus habitantes, conforme a las disposiciones legales correspondientes.
Finalmente, la Corte ordenó a las directivas de la institución educativa Nuestra Señora de La Macarena, sede Juan León y el sistema de Parques Naturales Nacionales, que dentro de los dos (2) meses siguientes a esta decisión inicien los trámites necesarios para que, dentro del plan de estudios, se cree un programa dirigido a promover el manejo medio ambiental relacionado con la utilización y conservación de valores ambientales existentes y las dirigidas a promover el conocimiento de las riquezas naturales e históricas del país y de la necesidad de conservarlas.
Fuente: Corte Constitucional
Palabras Claves
Derecho Fundamental a la Educación – Servicio Educativo – Plan de Estudios: Programa Dirigido a Promover la Protección y Conservación Ambiental – Licencia Ambiental – Recursos Naturales: Protección a través de la figura de Licencia Ambiental – Plan de Manejo Ambiental (PMA) – Área Protegida – Sistema de Parques Naturales Nacionales (SPNN) – Parque Nacional Natural Tinigua – Constitución Verde o Ecológica – Medio Ambiente Sano: Protección a través de la figura de los Parques Nacionales Naturales – Principio de Precaución Ambiental – Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales – Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) – Municipio de La Macarena (Departamento del Meta) – Armonización de Derechos y Principios en Pugna – Ubicación: Centro Poblado de la Vereda Brisas del Guayabero, jurisdicción del Municipio de La Macarena, Departamento del Meta
Concordancias
- Ley 74 de 1968
- Ley 16 de 1972
- Decreto – Ley 2811 de 1974
- Constitución Política de 1991
- Ley 165 de 1994
- Ley 1549 de 2012
- Decreto Reglamentario 1076 de 2015
- Sentencia T – 411 de 1992
- Sentencia T – 254 de 1993
- Sentencia C – 126 de 1998
- Sentencia T – 453 de 1998
- Sentencia C – 035 de 1999
- Sentencia C – 431 de 2000
- Sentencia C – 671 de 2001
- Sentencia C – 339 de 2002
- Sentencia C – 894 de 2003
- Sentencia C – 189 de 2006
- Sentencia C – 666 de 2010
- Sentencia C – 220 de 2011
- Sentencia C – 632 de 2011
- Sentencia T – 282 de 2012