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Resolución 418 del 15 de abril de 2024 – Registro Nacional de Reducción de las Emisiones y Remociones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) – Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – Acuerdo de París

Mediante esta Resolución se reglamentó parcialmente el artículo 175 de la Resolución 1753 de 2015, determinando que la administración del el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones de Gases Efecto Invernadero estaría a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible bajo la coordinación de la Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


El presente acto administrativo reglamenta parcialmente el artículo 175 de la Resolución 1753 de 2015, el cual creó el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones de Gases Efecto Invernadero (RENARE). Se determinó que la administración del registro estaría a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible bajo la coordinación de la Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo, teniendo como funciones las siguientes:

a) Ejecutar las acciones técnicas y operativas requeridas para la implementa­ción y funcionamiento del RENARE;    

b) Asegurar que la plataforma tecnológica cuente con la documentación relacio­nada con su Manual de Usuario, Manual Técnico y Guía de Administración y Soporte, y demás documentación necesaria, debidamente actualizada, permi­tiendo la transferencia de conocimiento hacia los diferentes tipos de usuarios sobre el acceso y uso de los módulos y funcionalidades;  

c) Coordinar y supervisar la implementación de las soluciones tecnológicas ne­cesarias para el funcionamiento del RENARE;  

d) Facilitar la capacitación y el soporte técnico a los usuarios del RENARE y promover espacios de socialización de la plataforma tecnológica;  

e) Las demás que sean inherentes al rol de administrador del RENARE en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Resolución número 1447 del 2018, o aquel que lo modifique o sustituya.  

Los datos e información registrados son de carácter público, sistemático, oportuno, regular, accesible, comprensible, de acceso libre y gratuito en el marco del principio de máxima publicidad.

La Resolución 148 de 2024 derogó los artículos 11, 53 y 54 de la Resolución 1447 de 2018.

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible


Palabras Claves

Registro Nacional de Reducción de las Emisiones y Remociones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) – Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – Acuerdo de París - Sistema de Información Ambiental para Colombia - Información – Máxima publicidad


Concordancias