Improcedencia de revocatoria contra autos de trámite

Auto de improcedencia de revocatoria contra autos de trámite

Los actos administrativos debe ser revocados por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos: 1. cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley, 2. cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él y 3. cuando con ellos se cause un agravio injustificado a una persona. La revocatoria directa es una institución eminentemente administrativa cuya finalidad es lograr que las decisiones que se encuentren en algunas de las causales descritas en el artículo 93 del Código Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), puedan ser revocadas con el propósito de sanear la actuación administrativa conforme a derecho.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


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