La Constitución Política de 1991, según el artículo 4, es la “norma de normas”, eso significa que en todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Además, es deber de los nacionales y de los extranjeros en el país acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
