Adiciona un artículo transitorio a la Constitución para dar estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera

Acto Legislativo 2 del 2017

En el artículo adicionado se estableció que los contenidos del Acuerdo Final correspondientes a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales definidos en la Constitución Política y los conexos con los anteriores, serían obligatoriamente parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final, con sujeción a las disposiciones constitucionales. Este Acto Legislativo derogó el artículo 4 del Acto Legislativo 1 del 2016.

Fuente: Congreso de la República


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