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Decreto Reglamentario 500 de 2024 – Declara el Día Cívico de la Paz con la Naturaleza – Protección de los Recursos Naturales

Mediante el Decreto Reglamentario 500 de 2024, se declaró un Día Cívico. Esta norma declara como “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza” el tercer viernes del mes de abril de cada año, con motivo de la protección de los recursos naturales

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


La Constitución Política de 1991 (denominada por la Corte Constitucional como: “Constitución Ecológica” o “Constitución Verde”), en el artículo 79 dispone: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. 

La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. 

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.”

De acuerdo con el numeral 4 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, corresponde al Presidente de la República como jefe de gobierno conservar en todo el territorio el orden público y reestablecerlo donde fuere turbado.

La Ley 1801 de 2016 contiene el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC) del país, el cual regula varios temas ambientales.  

De conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley 1801 de 2016 se entiende por convivencia, la interacción pacifica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico, y señala como una de las categorías de convivencia el ambiente, de manera que se favorezca la protección de los recursos naturales, el patrimonio ecológico, el goce y la relación sostenible con el ambiente.

La Corte Constitucional, en la Sentencia C – 225 de 2017, define el concepto de orden público, así: “La importancia constitucional del medio ambiente sano, elemento necesario para la convivencia social, tal como expresamente lo reconoció la Ley 1801 de 2016, implica reconocer que el concepto clásico de orden público, entendido como “el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos”, debe completarse con el medio ambiente sano, como soporte del adecuado desenvolvimiento de la vida en sociedad. En este sentido, el orden público debe definirse como las condiciones de seguridad, tranquilidad y de sanidad medioambiental, necesarias para la convivencia y la vigencia de los derechos constitucionales, al amparo del principio de dignidad humana”.

El Gobierno Nacional considera procedente declarar un Día Cívico que genere en la memoria colectiva de la Nación, el deber que tenemos, como personas y habitantes del planeta, de cuidar de uno de sus mayores recursos naturales como es el agua, fuente primaria de toda existencia.

Mediante el Decreto Reglamentario 500 de 2024, se declaró un Día Cívico. Esta norma declara como “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza” el tercer viernes del mes de abril de cada año, con motivo de la protección de los recursos naturales.

El artículo 1 del Decreto Reglamentario 500 de 2024 establece un Día Cívico. Declarar como “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza” el tercer viernes del mes de abril de cada año, con motivo de la protección de los recursos naturales. 

Parágrafo. Para tales efectos, el primer día Cívico de la Paz con la Naturaleza será el 19 de abril del 2024.

El artículo 2 del Decreto Reglamentario 500 de 2024 establece el alcance de este Día Cívico. Las Entidades Públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como descentralizado, impartirán y adoptarán las instrucciones pertinentes que permitan a sus servidores públicos suspender las diferentes actividades laborales y de atención al público, de manera que el tercer viernes del mes de abril de cada año sea considerado como un día No Hábil, laboralmente. 

Lo anterior, para generar un espacio de reflexión a nivel Nacional, sobre el adecuado uso y cuidado de los recursos naturales como esenciales para la preservación de la vida.

El artículo 3 del Decreto Reglamentario 500 de 2024 dispone un Exhorto. Se exhorta a las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, a los entes autónomos y a las Ramas del poder legislativo y judicial, y a la ciudanía en general a acoger lo dispuesto en el presente decreto, siendo autónomas en decidir si otorgan como día no hábil el tercer viernes del mes de abril de todos los años, empezando el 19 de abril del 2024, para conmemorar el día cívico de la Paz con la Naturaleza. 

Parágrafo: En el marco de su autonomía, las entidades territoriales certificadas junto con el Ministerio de Educación Nacional podrán adoptar las medidas pertinentes para la modificación de los calendarios académicos, de conformidad con las disposiciones legales respectivas y, en especial, el Decreto Reglamentario 1075 de 2015.

El artículo 4 del Decreto Reglamentario 500 de 2024 dispone la Continuidad de los Servicios Públicos Esenciales. Las entidades y funcionarios que por la naturaleza de sus funciones tienen como objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, tales como policía, salud pública, emergencias, atención y prevención de desastres, movilidad, seguridad y orden público continuarán con el cumplimiento de sus funciones con total normalidad.

Fuente: Gobierno Nacional


Palabras Claves

Día Cívico – Declara el Día Cívico de la Paz con la Naturaleza – Protección de los Recursos Naturales – Entidades Públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, tanto del Nivel Central como Descentralizado – Espacio de Reflexión a nivel Nacional, sobre el adecuado Uso y Cuidado de los Recursos Naturales como Esenciales para la Preservación de la Vida – Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC) – Convivencia – Protección de los Recursos Naturales, el Patrimonio Ecológico, el Goce y la Relación Sostenible con el Ambiente


Concordancias

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