Circulares Externas

Directiva presidencial No. 1 de 2010 – Garantía del derecho fundamental a la Consulta Previa de los Grupos Étnicos Nacionales - Consulta Previa – La Consulta Previa es un derecho fundamental – Grupos Étnicos Nacionales

Directiva presidencial No. 1 de 2010

La presente directiva reseña los mecanismos para la aplicación de la Ley 21 de 1991, señala las acciones que requieren la garantía del derecho a la Consulta Previa y establece los mecanismos mediante los cuales procede el proceso de Consulta Previa.

La Consulta Previa es un derecho fundamental consagrado en la Ley 21 de 1991 "Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76ª reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989". El Convenio 169 de la OIT entra en vigor para Colombia el 4 de marzo de 1991. Por tratarse de un Convenio Internacional sobre Derechos Humanos, otorga a estos derechos carácter Constitucional, en virtud de lo señalado en el artículo 93 de la Carta Política.

Los Grupos Étnicos Nacionales son los pueblos indígenas, comunidades negras, afrodescendientes, raizales, palenqueras, y al Pueblo Rom.

El Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Primera, en sentencia del 24 de noviembre de 2022, medio de control acción de nulidad simple, expediente: 11001-03-24-000-2012-00025-00 [2012 – 00025], con ponencia del Magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, decidió sobre esta Directiva presidencial No. 1 de 2010.

El Consejo de Estado en esta sentencia decidió inhibirse para decidir de fondo sobre la legalidad de los apartes de la Directiva Presidencial 001 de 2010 que no generaron efectos reglamentarios, por las razones expuestas en la parte motiva de esa providencia.

El Consejo de Estado en esta sentencia declaró la nulidad de los capítulos 2 y 3 de la Directiva Presidencial 001 de 2010, así como del segundo párrafo del capítulo 4 y de las reglas b), c) y d) del capítulo 5 del mismo acto administrativo, por las razones expuestas en la parte motiva de esa providencia.

Fuente: Función Pública (Gestor Normativo)

Circular Externa No. 12 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE – Actualización de los lineamientos y recomendaciones para la prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente – Derecho penal – Delitos ambientales – Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente – Análisis de la Ley 2111 de 2021

Circular Externa No. 12 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE

La Ley 2111 de 2021 (ley de delitos ambientales), en su artículo 10, dispone textualmente: “Artículo 10. Prevención del Daño Antijurídico y Promoción de la Adecuada Defensa Litigiosa. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el marco de sus funciones, deberá diseñar e implementar una política de prevención del daño antijurídico en materia de protección ambiental y ecológica. De igual forma, promoverá la coordinación de las acciones que aseguren la adecuada defensa de los intereses litigiosos de la nación dentro de los procesos que se lleven a cabo en materia de defensa de los recursos naturales y de la fauna y la flora silvestre”.

En cumplimiento de la referida norma legal, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado - ANDJE emitió la "Circular Externa No. 12 de 2023 Actualización de los lineamientos y recomendaciones para la prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente" de fecha: 23 de agosto de 2023.

El referido documento contiene recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente. De una parte, contiene recomendaciones para las autoridades ambientales y de otra parte recomendaciones para la Fiscalía General de la Nación.

Fuente: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE

Recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente – Infografía penal ambiental – Derecho penal – Delitos ambientales - Análisis de la Ley 2111 de 2021 y Ley 1333 de 2009

Recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente – Infografía penal ambiental

La Ley 2111 de 2021 (ley de delitos ambientales), en su artículo 10, dispone textualmente: “Artículo 10. Prevención del Daño Antijurídico y Promoción de la Adecuada Defensa Litigiosa. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el marco de sus funciones, deberá diseñar e implementar una política de prevención del daño antijurídico en materia de protección ambiental y ecológica. De igual forma, promoverá la coordinación de las acciones que aseguren la adecuada defensa de los intereses litigiosos de la nación dentro de los procesos que se lleven a cabo en materia de defensa de los recursos naturales y de la fauna y la flora silvestre”.

En cumplimiento de la referida norma legal, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado - ANDJE emitió las recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente (documento llamado: “Infografía penal ambiental”).

El referido documento contiene recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente de una parte recomendaciones para las autoridades ambientales y de otra parte recomendaciones para la Fiscalía General de la Nación.

Fuente: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE

Lineamientos de Planeación Estratégica Institucional

Circular No. 1 de 2018

Con el fin de promover la participación y la construcción colectiva de la planeación estratégica orientada a resultados y a satisfacer las necesidades de los grupas de valor por parte de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial para la vigencia 2019, el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional creado por el Decreto 1499 de 2017, en sesión del pasado 30 de octubre, determinó impartir lineamientos con el fin de ser tenidos en cuenta en el ejercicio de planeación de la respectiva vigencia.

Fuente: Departamento Administrativo de la Función Pública

Actualización de la lista de productos que requieren vistos buenos para la presentación de solicitudes de registro y de licencia de importación.

Circular Externa 50 de 2012

En el marco de lo dispuesto por los Decretos 4149 de 2004, "por el cual se racionalizan algunos trámites y procedimientos de comercio exterior, se crea la Ventanilla Única de Comercio Exterior y se dictan otras disposiciones", 3803 de 2006 "por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación" y 4927 de 2011 "por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones", a través de la presente circular y de sus anexos se actualizan los requisitos, permisos, certificaciones, autorizaciones o vistos buenos previos a la importación exigidos por las entidades competentes vinculadas a la Ventanilla Única de Comercio Exterior -VUCE, para el trámite del registro y de la licencia de importación. 

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS

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