Directiva Presidencial 1 de 2020
Directiva Presidencial 1 de 2020
Vinculacion y contratacion de jovenes entre 18 y 28 años
Fuente: Presidencia de la República de Colombia
Directiva Presidencial 1 de 2020
Vinculacion y contratacion de jovenes entre 18 y 28 años
Fuente: Presidencia de la República de Colombia
Directiva Presidencial 2 de 2019
El Portal Único del Estado Colombiano será el único punto de acceso digital del ciudadano con los trámites, servicios, información pública, ejercicios de participación, colaboración y control social, entre otros, que ofrecen las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional, a través de medios digitales, transformando digitalmente la experiencia de interacción del ciudadano con el Estado.
Fuente: Presidencia de la República
Directiva Presidencial 10 de 2013
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Consulta Previa como principal responsable de los procesos de consulta a las comunidades étnicas, y los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva implicados en procesos consultivos de esta naturaleza, adelantadas para el desarrollo de proyectos, obras o actividades en áreas en donde se registre presencia de este tipo de comunidades, deberán seguir, en lo que les concierne, las etapas previstas en la "Guía para la realización de Consulta Previa con Comunidades Étnicas", que se anexa a la presente directiva y forma parte integral de ella.
La Directiva Presidencial 8 de 2020 sustituye la Etapa 1 "Certificación sobre la presencia de comunidades étnicas que hace necesaria la consulta previa", adiciona la Etapa 3 "Preconsulta", adiciona la Etapa 4 "Consulta previa" y adiciona la Etapa 5 "Seguimiento de acuerdos".
Fuente: Presidencia de la República
Directiva Presidencial 9 de 2010
Con base en las prioridades sectoriales, los Ministros y Directores de Departamento liderarán y coordinarán la elaboración de los Planes Estratégicos Institucionales en su componente estratégico que contempla: la misión de cada entidad, su visión, los objetivos, las metas cuatrienales, los indicadores, las estrategias, los programas, acciones y productos, el mapa de riesgos que permita identificar y valorar las acciones de mitigación y prevención a considerar en el desarrollo de los programas y el plan de acción anual.
Fuente: Presidencia de la República
Directiva Presidencial 5 de 2014
El Portal Único del Estado Colombiano será el único punto de acceso digital del ciudadano con los trámites, servicios, información pública, ejercicios de participación, colaboración y control social, entre otros, que ofrecen las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional, a través de medios digitales, transformando digitalmente la experiencia de interacción del ciudadano con el Estado.
Fuente: Presidencia de la República