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Ley 2320 de 2023 – Adquisición, restauración, rehabilitación y recuperación ecológica de áreas de interés para acueductos

La 2320 de 2023 modificó el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, en lo que se refiere a la adquisición, restauración, rehabilitación y recuperación ecológica de áreas de interés para acueductos municipales, distritales y regionales

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


La Constitución Política de 1991 (denominada por la Corte Constitucional como: “Constitución Ecológica” o “Constitución Verde”), en el artículo 79 dispone: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.”            

La Ley 99 de 1993 es una de las leyes más importantes en materia ambiental aprobada en Colombia. La Ley 99 ha tenido múltiples modificaciones y adiciones por otras leyes posteriores. Esta ley creó el actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), definió el concepto de desarrollo sostenible, creó el Sistema Nacional Ambiental (SINA), reguló el tema de las licencias ambientales, entre muchos otros temas ambientales

La 2320 de 2023, en su artículo 1, establece que el objeto de la presente ley es modificar el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 en lo que se refiere a la adquisición, restauración, rehabilitación y recuperación ecológica de áreas de interés para acueductos municipales, distritales y regionales.

Esta ley en su artículo 2 establece el ámbito de aplicación: a las Entidades Territoriales, las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), Corporaciones de Desarrollo Sostenible, Autoridades Ambientales Urbanas y de Grandes Centros Urbanos, Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en lo que les corresponda de acuerdo con sus competencias.

Esta ley en su artículo 3 modificó el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, el cual quedará así:

“Artículo 111. Adquisición o mantenimiento de áreas de interés para acueductos municipales, distritales y regionales. Declara de interés público las Áreas de Importancia Estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales. Se estipula también que los departamentos, distritos y municipios dedicarán un porcentaje no inferior al 1 % de sus ingresos corrientes de libre destinación para la adquisición o el mantenimiento de dichas áreas. Lo anterior se podrá realizar a través de la cofinanciación de que trata el artículo 108 de la Ley 99 de 1993.  

Estas inversiones deberán realizarse con enfoque de Soluciones basadas en la Naturaleza (SBN), adaptación al cambio climático, restauración, rehabilitación y recuperación ecológica, o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales (PSA) en las referidas áreas de importancia estratégica. Lo anterior de conformidad con la reglamentación que expidan las autoridades competentes. La autoridad ambiental competente brindará el apoyo técnico requerido por la entidad territorial para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. (…)”.

Esta ley en su artículo 4 establece que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en un plazo no mayor a seis meses posteriores a la expedición de la presente ley expedirá y actualizará la reglamentación necesaria para el cumplimiento de las disposiciones aquí establecidas. En especial, deberá reglamentar el alcance de los conceptos de mantenimiento con enfoques de restauración, rehabilitación y recuperación ecológica, Soluciones Basadas en Naturaleza (SBN) e inversiones para adaptación al cambio climático.

Fuente: Congreso de la República 


Palabras Claves

Adquisición, restauración, rehabilitación y recuperación ecológica de áreas de interés para acueductos municipales, distritales y regionales – Modificación del artículo 111 de la Ley 99 de 1993 – Recurso Hídrico – Acueductos – Acueductos  Municipales, Distritales y Regionales – Áreas de Importancia Estratégica (AIE) para la Conservación de Recursos Hídricos que surten de Agua los Acueductos – Registro de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA) – Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP) – Soluciones Basadas en la Naturaleza (SBN) – Pagos por Servicios Ambientales (PSA) – Inversiones para adaptación al Cambio Climático 


Concordancias