Sentencia de radicado 25307333170120100021701 -Protección a derechos fundamentales al ambiente sano - moralidad administrativa - patrimonio público y preservación y restauración del medio ambiente- principio de precaución
Sentencia radicado 25307333170120100021701
Se estudia la vulneración de derecho fundamental al goce de un ambiente sano y la protección ambiental, por la construcción de obras de infraestructura en el cauce del rio magdalena sin la autorización previa de la Autoridad competente, vulnerando con ello el principio de Moralidad administrativa por incumplimiento sistemático de la normatividad ambiental sin estimación alguna del impacto ambiental producido por las mismas, así como también, se evidencia la vulneración al patrimonio público por explotación a volúmenes superiores a los permitidos por la autoridad ambiental, por no reporte de regalías conforme a lo realmente extraído.
También se desarrolla el principio de precaución, se infiere que el deber de prevención y control del deterioro ambiental se ejerce con el otorgamiento, modificación o la negación de una licencia o instrumento ambiental, instrumento que hace viable la ejecución de obras o actividades de impacto al ecosistema del rio magdalena, y es deber de la autoridad ambiental aplicar el mismo en la toma de decisiones encaminadas a la protección del medio ambiente.
Fuente: Consejo de Estado