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Ley 1964 de 2019 – Promueve el uso de Vehículos Eléctricos en Colombia

Mediante la Ley 1964 de 2019 se promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia y se dictan otras disposiciones

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


La Constitución Política de 1991 (denominada por la Corte Constitucional como: “Constitución Ecológica” o “Constitución Verde”), en el artículo 79 dispone: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.”

La Ley 99 de 1993, una de las leyes más importantes en materia ambiental en el país, estableció los Principios Generales Ambientales en el artículo 1, entre otras normas importantes.

Mediante la Ley 1964 de 2019 en Colombia se promueve el uso de vehículos eléctricos y se dictan otras disposiciones.

Esta ley en su artículo 1 dispone que tiene por objeto generar esquemas de promoción al uso de vehículos eléctricos y de cero emisiones, con el fin de contribuir a la movilidad sostenible y a la reducción de emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero.

Esta ley en su artículo 2 consagra una serie de definiciones legales para su correcta interpretación y aplicación: 

- Movilidad sostenible, 
- Vehículo eléctrico, 
- Estación de carga rápida 
- Estación de carga lenta, 
- Zona de Parquímetro y 
- Vehículo de cero emisiones.

Movilidad Sostenible: Se entenderá por movilidad sostenible aquella que es capaz de satisfacer las necesidades de la sociedad de moverse libremente, acceder, comunicarse, comercializar o establecer relaciones sin sacrificar otros valores humanos ecológicos básicos actuales o futuros. Es decir, debe incluir principios básicos de eficiencia, seguridad, equidad, bienestar (calidad de vida), competitividad y salud de conformidad a lo dispuesto por el World Business Council for Sustainable Development.

Vehículo eléctrico: Un vehículo impulsado exclusivamente por uno o más motores eléctricos, que obtienen corriente de un sistema de almacenamiento de energía recargable, como baterías, u otros dispositivos portátiles de almacenamiento de energía eléctrica, incluyendo celdas de combustible de hidrógeno o que obtienen la corriente a través de catenarias. Estos vehículos no cuentan con motores de combustión interna o sistemas de generación eléctrica a bordo como medio para suministrar energía eléctrica.

Vehículo de cero emisiones: Vehículo automotor impulsado por cualquier tecnología de motorización que, en virtud de la generación de su energía para propulsión, no emite emisiones contaminantes al aire ni gases de efecto invernadero.

Esta ley en su artículo 3 consagra un incentivo al impuesto sobre vehículos automotores respecto de los vehículos eléctricos.

La Ley 1964 de 2019 crea varios incentivos y estímulos para promover el uso de vehículos eléctricos en el país.

Fuente: Congreso de la República 


Palabras Claves

Promueve el Uso de Vehículos Eléctricos en Colombia – Vehículos Eléctricos – Vehículo de Cero Emisiones – Cero Emisiones – Movilidad Sostenible – Reducción de Emisiones Contaminantes – Gases de efecto invernadero (GEI) – Cambio Climático 


Concordancias