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Resolución 1552 de 2005 – Se adoptan los Manuales para la Evaluación de Estudios Ambientales y de Seguimiento Ambiental de Proyecto / Licencias Ambientales

La Resolución 1552 de 2005, por el cual se adoptan los Manuales para Evaluación de Estudios Ambientales y de Seguimiento Ambiental de Proyecto y se toman otras determinaciones fue expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) [en la actualidad, es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS]

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


La Constitución Política de 1991 (denominada por la Corte Constitucional como: “Constitución Ecológica” o “Constitución Verde”), en el artículo 79 dispone: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.” 

El Congreso de la República aprobó la Ley 99 de 1993 como un desarrollo legal de los artículos con contenido ambiental de la Constitución Política de 1991, especialmente los artículos 7, 8, 58, 79, 80 y 95.8, entre muchos otros. 

La Ley 99 de 1993 en sus artículos 49 y 50, define legalmente el concepto de licencia ambiental. Artículo 49: “Requerirán licencia ambiental para su ejecución los proyectos, obras o actividades, que puedan generar deterioro grave al medio ambiente, a los recursos naturales renovables o al paisaje, de conformidad con el artículo siguiente”.  Artículo 50: “se entiende por licencia ambiental la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales de la obra o actividad autorizada.”

La Resolución 1552 de 2005, por el cual se adoptan los Manuales para Evaluación de Estudios Ambientales y de Seguimiento Ambiental de Proyecto y se toman otras determinaciones fue expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) [en la actualidad, es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS].

La Resolución 1552 de 2005 adopta oficialmente los siguientes instrumentos:
•    Manual de Evaluación de Estudios Ambientales
•    Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos

De conformidad con el artículo 5 numeral 15 de la Ley 99 de 1993, artículo 31 numerales 9, 11 y 12, les corresponde, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a las Corporaciones Autónomas Regionales, evaluar los estudios ambientales y expedir, negar o suspender la licencia ambiental, en los casos que se señalan en el Título VIII de la Ley 99 de 1993.

Según el artículo 3 del Decreto – Ley 3573 de 2011, entre las funciones que cumple la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) se encuentran:   

“1. Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos. 

2. Realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. (…)”

Esta resolución en su artículo 1 adopta los manuales de evaluación de estudios ambientales y de seguimiento ambiental de proyectos, que se anexan a la presente resolución y hacen parte integral de la misma.

Esta resolución en su artículo 2 establece que los manuales que por este acto administrativo se adoptan, son un instrumento de consulta obligatoria y orientación de carácter conceptual, metodológico y procedimental, por parte de las autoridades ambientales competentes, para la evaluación y seguimiento de los proyectos que requieren licencia ambiental y/o establecimiento de planes de manejo ambiental. 

Parágrafo. Los manuales de evaluación de estudios ambientales y de seguimiento ambiental de proyectos, que por esta resolución se adoptan, podrán ser consultados en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 

Esta resolución en su artículo 3 establece que el procedimiento para dar aplicación por parte de las autoridades ambientales a los manuales de evaluación de estudios ambientales y de seguimiento ambiental de proyectos, que se adoptan mediante esta resolución, es el siguiente: 

I. PROCESO DE EVALUACION 

El Manual de Evaluación tiene como objetivo establecer y definir criterios técnicos y procedimentales para la evaluación de estudios ambientales presentados a las diferentes autoridades ambientales dentro del procedimiento de licenciamiento ambiental. Para tal efecto se deben tener en cuenta los siguientes instructivos de trabajo contenidos en el Manual
de Evaluación de Estudios Ambientales: 

Instructivo A: Definición del estudio ambiental requerido
Instructivo B. Evaluación de estudios ambientales
Instructivo C. Visita de campo para evaluaciones ambientales
Instructivo D. Elaboración de Conceptos Técnicos de Evaluaciones Ambientales

II. PROCESO DE SEGUIMIENTO 

El Manual de Seguimiento tiene como objetivo establecer y definir criterios técnicos y el procedimiento para el seguimiento de proyectos licenciados o con planes de manejo ambiental establecidos. Para tal efecto se deben tener en cuenta los siguientes instructivos de trabajo contenidos en el Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos: 

Instructivo E. Seguimiento ambiental de proyectos
Instructivo F. Visita de seguimiento ambiental de proyectos
Instructivo G. Elaboración de conceptos técnicos de seguimiento ambiental

Esta resolución en su artículo 4 regula que las autoridades ambientales deben solicitar a los usuarios de licencias ambientales o planes de manejo ambiental, la presentación de los Informes de Cumplimiento Ambiental, ICA, conforme a lo requerido en el Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos.

Esta resolución en su artículo 5 establece que los manuales de evaluación de estudios ambientales y de seguimiento ambiental de proyectos, podrán ser actualizados por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible cuando se considere pertinente.

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) [en la actualidad, es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS]


Palabras Claves

Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos – Licencia Ambiental – Plan de Manejo Ambiental (PMA) – Seguimiento Ambiental – Autoridad Ambiental Competente – Obligaciones Ambientales – Evaluación del Impacto Ambiental – Impactos Ambientales – Estudios de Impacto Ambiental (EIA) – Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) – Informe  de Cumplimiento Ambiental (ICA) – Indicador de Gestión Ambiental (IGA) – Evaluación Técnica – Visita de Campo – Concepto Técnico – Prevenir, Mitigar, Controlar, Compensar y Corregir Impactos Ambientales Negativos – Pasivos Ambientales – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) – Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) – Corporaciones Autónomas Regionales 


Concordancias