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Resolución 194 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – Construcciones Sostenibles

Mediante la Resolución 194 de 2025 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en Colombia se definen los parámetros y lineamientos de construcción sostenible, se adopta la guía para el ahorro de agua y energía en edificaciones, se sustituye la Resolución número 0549 del 2015 y se dictan otras disposiciones

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


El artículo 2.2.7.1.2 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, adicionado por el Decreto número 1285 de 2015, dispuso: “artículo 2.2.7.1.2. Implementación de los lineamientos de Construcción Sostenible. El Gobierno nacional a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, adoptará mediante resolución, los parámetros y lineamientos técnicos para la Construcción Sostenible”.  

Mediante la Resolución 194 de 2025 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en Colombia se definen los parámetros y lineamientos de construcción sostenible, se adopta la guía para el ahorro de agua y energía en edificaciones, se sustituye la Resolución número 0549 del 2015 y se dictan otras disposiciones.

Esta resolución en su artículo 1 establece su objeto. El objeto de la presente resolución es establecer los porcentajes mínimos y medidas de ahorro en agua y energía a alcanzar en las nuevas edificaciones y adoptar la guía de construcción sostenible para el ahorro de agua y energía en edificaciones.  

Esta resolución en su artículo 2 establece las definiciones. Para efectos de la presente resolución, se adoptan las siguientes definiciones:  

1. Construcción Sostenible. Se entiende por construcción sostenible el conjunto de medidas pasivas y activas, en diseño y construcción de edificaciones, que permiten alcanzar los porcentajes mínimos de ahorro de agua y energía señalados en la presente resolución, encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al ejercicio de actuaciones con responsabilidad ambiental y social.  

2. Edificación. Para efectos de la presente resolución entiéndase por edificación toda construcción pública o privada de acuerdo con la siguiente tabla 1 de la referida resolución. 

3. Guía de construcción sostenible para el ahorro de agua y energía en edificaciones. Es el documento que se adopta mediante la presente resolución y que contiene la propuesta de referencia de medidas de implementación, pasivas y activas, para alcanzar el cumplimiento de los porcentajes de ahorro mínimos establecidos en la presente norma.

4. Medidas activas: Comprenden el uso de sistemas mecánicos y/o eléctricos para crear condiciones de confort al interior de las edificaciones, tales como calderas y aire acondicionado, ventilación mecánica, iluminación eléctrica, entre otras.

5. Medidas pasivas: Son aquellas que se incorporan en el diseño arquitectónico de las edificaciones y propenden por el aprovechamiento de las condiciones am­bientales del entorno, maximizando las fuentes de control térmico, ventilación y reducción energética para crear condiciones de confort para sus ocupantes. Estas no involucran sistemas mecánicos o eléctricos. Las estrategias pasivas conside­ran el clima, localización, paisaje, orientación, forma, protección solar, selección de materiales, masa térmica, aislamiento, diseño interior y la ubicación de las aperturas para el manejo del acceso solar, luz natural y ventilación.

6.Porcentajes de ahorro: Corresponde a la proporción del consumo de agua y energía que se pretende disminuir en las edificaciones, con relación a la línea base de referencia, mediante la implementación de medidas activas y pasivas en las fases de diseño y construcción.

Esta resolución en su artículo 3 consagra el ámbito de aplicación y gradualidad. Las disposiciones aquí establecidas, serán aplicadas en las edificaciones que sean construidas en virtud de las licencias de construcción en la modalidad de obra nueva, solicitadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución y teniendo en cuenta el régimen de transición establecido. 

El cumplimiento de los porcentajes de ahorro en agua y energía se exigirá, la categoría del municipio o distrito, así como el tamaño del proyecto a desarrollar y su implementación se hará gradualmente.

Esta resolución en su artículo 5 establece la Zonificación climática. Para la correcta identificación y aplicación de las medidas indicativas para alcanzar los porcentajes de ahorro en agua y energía, se utilizará la información contenida en el Anexo número 2 de la presente resolución: Mapa de Clasificación del Clima en Colombia según la Temperatura y la Humedad Relativa, el listado de municipios, así como las herramientas tecnológicas dispuestas para facilitar el entendimiento, uso y aplicación de la información de sistemas de información geográfica (SIG) relacionada con la clasificación climática de los municipios elaborada por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM).

Esta resolución en su artículo 7 establece la certificación de la aplicación de las medidas de construcción sostenible. El cumplimiento de los porcentajes mínimos de ahorro de agua y energía puede alcanzarse mediante la aplicación de medidas pasivas y/o activas, y su incorporación se certificará teniendo en cuenta el tipo de medidas que el constructor adoptará.

Parágrafo 4°. Para la verificación de las medidas de ahorro de agua y energía en fase de construcción, se podrán considerar los sellos o certificados verdes que operen actualmente en el territorio nacional. Lo anterior, previo a la homologación de los mismos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. 

Parágrafo 5°. Para la implementación del trámite de la homologación el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio contará con un plazo de seis (6) meses a partir de la solicitud presentada por el operador del sello o certificado verde.

Esta resolución en su artículo 13 establece los documentos que hacen parte de la presente resolución. La presente resolución se encuentra integrada por los siguientes documentos: 

• Anexo l. Guía de construcción sostenible para el ahorro de agua y energía en edificaciones. 
• Anexo 2. Mapa de Clasificación del Clima en Colombia según la Temperatura y la Humedad Relativa y listado de municipios. 
• Anexo 3. Mecanismo de Seguimiento y Control.

Esta resolución en su artículo 15 establece la vigencia de la misma. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga las disposiciones previstas en la Resolución número 0549 del 2015 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Fuente: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Fuente: Nombre entidad


Palabras Claves

Construcción Sostenible – Guía para el Ahorro de Agua y Energía en Edificaciones – Energía – Agua – Ahorro en Agua y Energía – Guía de Construcción Sostenible para el Ahorro de Agua y Energía en Edificaciones – Mejoramiento de la Calidad de Vida de los Habitantes – Licencias de Construcción – Zonificación Climática – Mapa de Clasificación del Clima en Colombia según la Temperatura y la Humedad Relativa – Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) – Desarrollo Urbano Sostenible


Concordancias