La Ley 23 de 1973 es la ley de facultades extraordinarias en materia ambiental. Con fundamento en ella, el Gobierno Nacional expidió el Decreto – Ley 2811 de 1974 que es el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente o código ambiental colombiano. Ambas normas estás vigentes en la actualidad
Resumen
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA
La Ley 23 de 1973, en su artículo 1, establece que el objeto de la misma es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del territorio nacional.
Esta ley, en su artículo 2, establece que el medio ambiente es un patrimonio común; por lo tanto, su mejoramiento y conservación son actividades de utilidad pública, en las que deberán participar el Estado y los particulares. Para efectos de la presente ley, se entenderá que el medio ambiente está constituido por la atmósfera y los recursos naturales renovables.
Esta ley, en su artículo 3, establece que se consideran bienes contaminables el aire, el agua y el suelo.
Esta ley, en su artículo 4, establece la definición legal de contaminación: “Se entiende por contaminación la alteración del medio ambiente, por sustancias o formas de energía puestas allí por la actividad humana o de la naturaleza, en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir con el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y la fauna, degradar la cantidad del medio ambiente o afectar los recursos de la Nación o de particulares.”
Esta ley, en su artículo 5, establece que: “se entiende por contaminante todo elemento, combinación de elementos o forma de energía que actual o potencialmente pueda producir alguna o algunas de las alteraciones ambientales descritas en el artículo 4o. de la presente Ley.”
Esta ley, en su artículo 15, establece que: “Toda persona, natural o jurídica, que utilice elementos susceptibles de producir contaminación, está en la obligación de informar al Gobierno Nacional y a los consumidores acerca de los peligros que el uso de dichos elementos pueda ocasionar a la salud humana o al ambiente.”
Mediante esta ley, en su artículo 19, el Congreso de la República le otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República, por el término de un año, para reformar y adicionar la legislación vigente sobre recursos naturales renovables y preservación ambiental, con el fin de lograr un aprovechamiento racional y una adecuada conservación de dichos recursos.
En ejercicio y cumplimiento de tales facultades extraordinarias y previa consulta con las comisiones designadas por las Cámaras Legislativas y el Consejo de Estado, respectivamente, el Presidente de la República expidió el Decreto – Ley 2811 de 1974 que es el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Es un decreto con fuerza material de ley, es decir, es una ley en sentido material.
La Ley 23 de 1973 y el Decreto – Ley 2811 de 1974 se encuentran vigentes en la actualidad, sin perjuicio que para su correcta aplicación deben ser interpretados integralmente y en armonía junto con la Constitución Política de 1991 (denominada Constitución Verde o Ecológica por la Corte Constitucional) y todas las demás leyes, tratados o convenios internacionales, decretos, resoluciones, documentos Conpes, etc., y demás normas ambientales vigentes en el país.
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 126 de 1998 declaró exequible el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente [Decreto – Ley 2811 de 1974], por cuanto el Gobierno Nacional no se excedió en el ejercicio de las facultades extraordinarias al expedir un código de recursos naturales y los principios que lo orientan son compatibles con la Constitución Política de 1991. También en esa sentencia, la Corte declaró exequibles los artículos 19 y 20 de la Ley 23 de 1973.
Fuente: Congreso de la República
Palabras Claves
Ley de facultades extraordinarias en materia ambiental – Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente: Decreto - Ley 2811 de 1974 – Recursos Naturales Renovables – Contaminación – Definición legal de contaminación – Ambiente – Contaminante – Bienes Contaminables – Política ambiental – El medio ambiente es un patrimonio común – Educación Ambiental – Programa de Preservación Ambiental - el Medio Ambiente es un patrimonio común
Concordancias
- Constitución Política de 1991 – Constitución Verde o Ecológica
- Ley 99 de 1993 – Ley de Principios e Instituciones Ambientales
- Ley 1333 de 2009 – Procedimiento Sancionatorio Ambiental
- Ley 2387 de 2024 – Procedimiento Sancionatorio Ambiental
- Sentencia T – 411 de 1992 de la Corte Constitucional – Constitución Verde o Ecológica
- Sentencia C – 126 de 1998 de la Corte Constitucional – Exequible el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente