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Procedimiento para la Evaluación de Solicitudes de Licencias Ambientales, Modificación de Licencias y Planes de Manejo Ambiental

El Procedimiento para la Evaluación de Solicitudes de Licencias Ambientales, Modificación de Licencias y Planes de Manejo Ambiental es el protocolo interno de la ANLA que debe seguirse, conforme a las normas vigentes, para obtener una licencia ambiental, su modificación o una modificación de un Plan de Manejo Ambiental.

Resumen

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA


Los artículos 49 y 50 de la Ley 99 de 1993 definen y establecen la obligatoriedad de las licencias ambientales en el país, así:

“Artículo 49. Licencia ambiental. Requerirán Licencia ambiental para su ejecución los proyectos, obras o actividades, que puedan generar deterioro grave al medio ambiente, a los recursos naturales renovables o al paisaje, de conformidad con el artículo siguiente.” 

“Artículo 50. De La Licencia Ambiental. Se entiende por Licencia Ambiental la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales de la obra o actividad autorizada.”

En la actualidad, las principales normas jurídicas que regulan el procedimiento para la evaluación de solicitudes de licencias ambientales, modificación de licencias y planes de manejo ambiental se encuentra contenido en el Decreto Reglamentario 1076 de 2015 y sus modificaciones y complementos.  

El Decreto Reglamentario 1076 de 2015, en Colombia, contiene el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Es un decreto reglamentario, es decir, es un acto administrativo. 

En el Decreto Reglamentario 1076 de 2015 se compilan y simultáneamente se derogan los decretos reglamentarios sobre temas ambientales expedidos hasta el año 2015, por ejemplo, el decreto sobre licencias ambientales, los Planes de Manejo Ambiental (PMA) y sus modificaciones: Decreto Reglamentario 2041 de 2014.

El procedimiento para la evaluación de solicitudes de licencias ambientales, modificación de licencias y planes de manejo ambiental contiene el paso a paso, con su correspondiente fundamento normativo, documentos asociados, definiciones, descripción de las actividades, puntos de control, evidencia o soportes, responsables de cada actividad y flujograma.  

Este procedimiento de manera normal concluye con la expedición por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) del correspondiente acto administrativo motivado (resolución), mediante la cual se otorga o niega la licencia ambiental solicitada, la modificación de licencia ambiental solicitada o la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) solicitado.

Si, eventualmente, se presenta recursos de reposición en contra del anterior acto administrativo motivado (resolución), mediante la cual se otorga o niega la licencia ambiental solicitada, la modificación de licencia ambiental solicitada o la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) solicitado; estos recursos también deberán ser resueltos mediante del correspondiente acto administrativo motivado (resolución).

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) 


Palabras Claves

Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible – Licencias Ambientales – Proyectos, Obras o Actividades (POA) – Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) – Estudio de Impacto Ambiental (EIA) – Plan de Manejo Ambiental (PMA) – Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) – Verificación Preliminar de la Documentación (VPD) – Términos de Referencia (TdR) – Manual de Evaluación de Estudios Ambientales – Sistema de Información de Licencias Ambientales (SILA) – Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) – Modelo de Almacenamiento Geográfico (MAG) – Proyectos de Interés Nacional o Estratégico (PINES) – Dirección Autoridad Nacional de Consulta Previa (DANCP) – Consulta Previa – Audiencia Pública Ambiental (APA).


Concordancias