La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 126 de 1998 declaró exequible el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente [Decreto – Ley 2811 de 1974], por cuanto el Gobierno Nacional no se excedió en el ejercicio de las facultades extraordinarias al expedir un código de recursos naturales y los principios que lo orientan son compatibles con la Constitución Política de 1991

Jurisprudencia
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 411 de 1992, expuso que en la Constitución Política de 1991 se encuentra una verdadera Constitución Verde o Ecológica, la cual se encuentra conformada por el conjunto de disposiciones superiores que fijan presupuestos a partir de los cuales deben regularse las relaciones de la comunidad con la naturaleza y que, en gran medida, propugnan por su conservación y protección.