Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 606 de 2015, ordenó tutelar los derechos fundamentales al mínimo vital y móvil, la vida, a la seguridad alimentaria, a la participación, al trabajo y a la dignidad humana del accionante, los miembros de la Cooperativa de pescadores de Barlovento y demás pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayrona

Jurisprudencia
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 366 de 2011 declaró inexequible la Ley 1382 de 2010, por la cual se modifica la Ley 685 de 2001 Código de Minas; por cuanto se omitió realizar la Consulta Previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes y esta normativa los afecta directamente
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 572 de 2012 decidió declarar exequible, por los cargos analizados, el Decreto – Ley 3573 de 2011, “por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones”
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 486 de 2009 decidió declarar inexequible la expresión “todas” contenida en el artículo 8 de la Ley 1124 de 2007 y declarar exequible el resto de la disposición, por los cargos analizados en esta sentencia, en el entendido de que la obligatoriedad de crear un Departamento de Gestión Ambiental (DGA) no se aplica a las micro y pequeñas empresas a nivel industrial, en los términos expuestos en la parte motiva de esa providencia (dado el impacto desproporcionado que tal exigencia tendría sobre aquellas)
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 614 de 2019, ordenó tutelar los derechos fundamentales a la salud y al ambiente sano de los habitantes del Resguardo Indígena Provincial ubicado en el Municipio de Barracas del Departamento de la Guajira con ocasión de las actividades que se desarrollan en el Proyecto Minero “El Cerrejón”
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 649 de 1997 decidió declarar inexequible la expresión "y sustraer" empleada en el numeral 18 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, en cuanto se entiende referida a las áreas que integran el Sistema Nacional de Parques Naturales (SPNN), y exequible, en cuanto alude a las Reservas Forestales Nacionales. En la práctica eso significa que respecto de los Parques Nacionales Naturales (PNN) existe imposibilidad legislativa y administrativa de sustraer áreas
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 194 de 2023 declaró exequible la expresión “los dos años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley” contenida en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley 2232 de 2022, es decir, mantuvo la prohibición de los productos plásticos de un solo uso como medida para proteger el medio ambiente
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 431 de 2000 declaró inexequibles algunas expresiones contenidas en los parágrafos 6 y 7 del artículo 1 de la Ley 507 de 1999, que modificó la Ley 388 de 1997. En la práctica eso significa que no existe el Silencio Administrativo Positivo en materia ambiental en cuanto a la revisión de los asuntos exclusivamente ambientales de los proyectos de Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y proyectos de Planes Parciales
La Corte Constitucional, en la sentencia T – 025 de 2004, declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la situación de la población desplazada debido a la falta de concordancia entre la gravedad de la afectación de los derechos reconocidos constitucionalmente y desarrollados por la ley, de un lado, y el volumen de recursos efectivamente destinado a asegurar el goce efectivo de tales derechos y la capacidad institucional para implementar los correspondientes mandatos constitucionales y legales, de otro lado
La Corte Constitucional, en la sentencia T – 806 de 2014, resolvió proteger el derecho fundamental a la educación de los menores de edad y también ordenó gestionar la respectiva licencia ambiental que permitan articular el plan de manejo del área protegida