Concepto jurídico Aplicación de la figura de la subrogación
Aplicación de la figura de subrogación
Contratos de obra - terminación anticipada del contrato - aplicación de la figura de subrogación
La figura de la subrogación opera por ministerio de Ley, una vez termine anticipadamente el contrato de obra. Entonces, el interrogante a plantearse sería el siguiente: ¿Quién debe informar a la ANLA sobre la terminación anticipada del contrato, la ANI o el titular de la licencia ambiental? La respuesta sería, cualquiera de los dos. Anotando que es al ex -contratista de obra a quien más favorece darle a conocer a la Autoridad Ambiental, la terminación anticipada del contrato. Ahora bien, a juicio de esta Oficina y en razón al tenor literal2 del parágrafo 3 del artículo 13 de la Ley de Infraestructura, la copia del acta de terminación, resolución en firme que declare la caducidad y/o el acta de liquidación del contrato, según se trate, dará cuenta de la terminación anticipada del contrato y, en consecuencia, del nacimiento de la subrogación.
Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ