* Conceptos Jurídicos


ARCHIVO DE DOCUMENTOS – Expedientes – Desglose – Acumulación de documentos – Eliminación de archivo – Conservación de archivo – Función archivística.

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Determinación sobre la modificación de las Resoluciones 344 y 345 de 2013, en relación con la expedición y firma de los Autos por medio de los cuales se ordena el archivo, remisión, acumulación, reconstrucción o desglose de los expedientes, para que estos sean realizados por cada una de las Subdirecciones de carácter misional. La Subdirección Administrativa y Financiera debe velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo, siendo responsable de su organización y conservación.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

COMPETENCIA - Principio de legalidad - Variación de competencia - Competencia discrecional y selectiva – Competencia territorial.

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Apoyo jurídico para adelantar el seguimiento al proyecto identificado con el expediente LAM 1375. Principio de legalidad. Variación de competencia. Competencia discrecional y selectiva. No puede la ANLA asumir competencia simplemente por un aviso de la Autoridad Regional Ambiental, sin que previamente se efectúe la respectiva evaluación formal de existencia documental. Por ello no podrá efectuar seguimiento y control al instrumento de manejo ambiental establecido por la Corporación Regional.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

PERMISOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA – Primera expedición de Colombia a la Antártida – Evaluación de Impacto Ambiental – EIA – Tratado Internacional – Licencia Ambiental – Permiso – Concesión. 

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Tipo de autorización (licencia o permiso) que debe otorgar la ANLA al proyecto denominado: “Primera expedición de Colombia a la Antártida”. No le asiste competencia a la ANLA para la exigencia de permisos, concesiones y/o licencia ambiental para el desarrollo de las actividades relacionadas con el proyecto, teniendo en cuenta su extraterritorialidad y el no cumplimiento de los presupuestos legales para la realización de tales requerimientos. Coincide la ANLA con la Oficina de Asuntos Internacionales del MADS en el sentido de indicar que el proyecto no requiere licencia ambiental.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

CERTIFICACIÓN BENEFICIOS TRIBUTARIOS – Exclusión de IVA – Exención de renta – Seguimiento y control a beneficios tributarios – Competencia de las Autoridades Ambientales.

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Posibilidad de realizar seguimiento sobre las certificaciones de exclusión de IVA o renta, expedidas según los artículos 424-5 y 428, literal f del estatuto tributario, de conformidad con las competencias asignadas a la ANLA. Con el actual procedimiento administrativo especial de beneficios tributarios, no es posible realizar seguimiento y control a los actos administrativos que otorguen dichos beneficios. Teniendo en cuenta que ni en el Estatuto Tributario, ni en las demás normas reglamentarias, se señala el procedimiento para la vigilancia y control de los actos administrativos que otorgan el beneficio tributario, éste debe ser ejercido, de acuerdo con la interpretación sistemática finalistica de las normas procesales, por la Autoridad Ambiental Regional, no por la ANLA.  

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

DEFINICIÓN DE TERRITORIO ANCESTRAL – Área de influencia – Evaluación y seguimiento – Mano de obra local – comunidades étnicas – Entidades territoriales indígenas – Consulta previa – Comunidades negras – titulación de tierras – Certificación presencia de comunidades.

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Noción de territorio ancestral en la definición del área de influencia de los “proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales”, de acuerdo con lo establecido en la Sentencia T-693 de 201.  Vinculación de mano de obra local. Para la definición de territorios ancestrales, la presencia de comunidades étnicas, la limitación de sus resguardos o titulación, Incoder y Ministerio del Interior, son las únicas autoridades con la competencia para definir y decidir los temas que tengan que ver con los territorios de las comunidades étnicas. En lo que respecta a la vinculación de mano de obra local, no se realiza pronunciamiento en este concepto.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

OBLIGATORIEDAD LICENCIA AMBIENTAL - Productos desinfectantes y pecuarios – Producción e importación de pesticidas – Agroquímicos – Biocidas.

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Obligatoriedad de trámite de licenciamiento ambiental para productos desinfectantes y pecuarios. Importación de biocidas. La determinación de la exigencia de licenciamiento ambiental, debe estar sustentado en la información que del producto o su composición se tenga, para realizar la evaluación de los riesgos ambientales que esta actividad pueda representar por su uso. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

 

FUSIÓN SOCIETARIA – Cambio de razón social – Titularidad del Plan de Manejo Ambiental.

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Consulta sobre cambio de razón social de una sociedad titular de un Plan de Manejo Ambiental. Cuando una o varias sociedades se disuelven, bien sea para ser absorbidas por otra o para crear una nueva sociedad, existe fusión, por lo que los derechos y las obligaciones de las sociedades disueltas son adquiridas por la sociedad que las absorbe o por la nueva sociedad, dependiendo del caso, siempre y cuando se haya formalizado el acuerdo de fusión.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

ESTUDIOS GEO ACÚSTICOS – Necesidad de licencia ambiental – Proyecto sísmico – Decreto 2820 de 2010 – Régimen de transición – Contrato de concesión.

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Necesidad de obtener licencia ambiental para estudios geo acústicos, teniendo en cuenta su semejanza a un proyecto sísmico, cuando estos se realizan a profundidades menores a los 200 metros. La realización de estudios geo acústicos asimilables a sísmica marina en una profundidad inferior a 200 metros, que se efectuará en ejecución de un contrato suscrito con la ANH con antelación a la expedición del Decreto 2820 de 2010, no requiere licencia ambiental, siempre y cuando dicho convenio no se haya modificado dentro de la vigencia del referido Decreto.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

REHABILITACIÓN DE VÍAS – Obligatoriedad de licencia ambiental – Mantenimiento de vías.

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Pertinencia de continuar ejerciendo funciones de control y seguimiento frente a la licencia ambiental para rehabilitación de vías, otorgada mediante Resolución 252 de 1994 para el proyecto “Rehabilitación de las carreteras San Onofre (Sucre), María La Baja”. Actualmente no es exigible el otorgamiento de licencia ambiental para rehabilitación de vías. En los casos en que se han otorgado licencias ambientales para rehabilitación y/o mantenimiento de vías, deberán ser analizados los presupuestos respectivos, de acuerdo a la normatividad vigente, con el fin de determinar el procedimiento a seguir para cada caso.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

COMPENSACIONES POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD - Resolución 1517 de 2012 - Proceso de licenciamiento ambiental - Competencia de la ANLA - Aplicación del Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad - Régimen de transición.

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Alcance del artículo de transición de la Resolución 1517 de 2012 por la cual se adoptó el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. Según el artículo 4 de la Resolución 1517 de 2012, por la cual fue adoptado el Manual para se adoptó el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad. Alcance al radicado 4120-3-3523 del 25 de febrero de 2013. La obligatoriedad de aplicar el Manual es para los casos que se adecúan a la hipótesis normativa del ámbito de aplicación de la Resolución, es decir, para aquellos en los cuales se elaboren estudios ambientales exigidos para la obtención de licencia ambiental.  

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

CERTIFICADO BENEFICIOS TRIBUTARIOS - Exclusión de IVA - Subrogación - Exención tributaria - Principio de prevalencia - Estatuto tributario.

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Vigencia del procedimiento establecido por el Decreto 2532 de 2001 y la Resolución 978 de 2007, teniendo en cuenta la derogatoria del artículo 424-5 del Estatuto Tributario en relación con el trámite de expedición de las certificaciones para la obtención de beneficios tributarios. Con la aplicación de los procedimientos para el trámite de obtención de la exención tributaria de exclusión del IVA, no se están contrariando los propósitos del legislador, teniendo en cuenta la configuración de la subrogación normativa. No se produce una afectación de la eficacia de la norma en tanto que sigue produciendo efectos, aunque su ubicación en el orden jurídico repose ya no en el artículo 424-5  numeral 4 del Estatuto Tributario, sino en el artículo 424 numeral 7, no quedando expulsada del ordenamiento.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

 

COMPETENCIA PARA OTORGAR LICENCIA AMBIENTAL - Introducción de pie parental - Fase comercial - Zoocriadero - Fase experimental - Conflicto de competencias - Revocatoria directa - Acción de lesividad - Simple nulidad.

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Competencias de licenciamiento ambiental para proyectos de introducción de pie parental en Colombia y temas paralelos, como comercialización de especies exóticas. En cuanto a la licencia ambiental de competencia de la ANLA, la misma incluye la fase experimental, que, a su vez, incorpora la introducción al país del pie parental y la instalación o construcción del zoo criadero. Para pasar a la fase comercial, se requiere modificar la licencia ambiental.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA - VITAL - Comunicación y publicación de decisiones - Actuaciones ante autoridades ambientales - Notificación de actos administrativos.

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En el marco del sistema de notificación electrónica de VITAL y de conformidad con la respuesta dada bajo memorando 4120-E3-54565, se estudie la propuesta expuesta en relación con la aceptación de la notificación electrónica por parte de los usuarios.  El usuario registrado en la herramienta VITAL debe informar sobre qué trámites adelantados ante la autoridad ambiental, desea que se le realice notificación electrónica, puesto que asumir este tipo de notificación para todas las actuaciones administrativas, podría vulnerar derechos.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

VALORACIÓN ECONÓMICA DE IMPACTOS AMBIENTALES – EIA – Estudio de Impacto Ambiental – Plan de Manejo Ambiental – PMA – Régimen de transición – Resolución 1503 de 2010 – Decreto 2820 de 2010 – Trámite de licencia ambiental – Auto de inicio del trámite ambiental. 

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Aplicación del régimen de transición establecido por el Decreto 2820 de 2010, frente a la obligación de presentar valoración económica de los impactos positivos y negativos de los proyectos, obras o actividades sujetas a licenciamiento ambiental. Se advierte la existencia del memorando 4120-3-41134 de 2012, sobre valoración económica. Si al momento de la entrada en vigencia del Decreto 2820 de 2010 y en especial de la Resolución 1503 de 2010, los usuarios del trámite tendiente a la obtención de una licencia ambiental se encontraban incursos dentro del régimen de transición de la Resolución no están obligados a la presentación de la Evaluación Económica dentro del Estudio de Impactos Ambientales – EIA.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES – VITAL – Ventanilla Integral de Trámites en Línea - Consentimiento previo e informado.

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Si las disposiciones sobre protección de datos, contenidas en la Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013 le son aplicables a los datos personales de los usuarios registrados en la Ventanilla Integral de Trámites en Línea – VITAL. Para el registro de los datos personales en la Ventanilla debe atenderse lo dispuesto en las normas que reglamentan el tema, mediando autorización expresa y el consentimiento previo e informado del titular para llevar a cabo el tratamiento de los mismos.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

ENERGÍA ALTERNATIVA – Requerimiento de licencia ambiental – Energía eólica y solar – Fuentes de energía – Carácter virtualmente contaminante. 

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Licenciamiento ambiental para proyectos de energía eólica y solar. Si el proyecto, obra o actividad de exploración y uso de una fuente de energía solar, geotérmica o eólica reúne las condiciones consistentes en que en efecto sea energía alternativa o no convencional, que sea virtualmente contaminante y que tenga una capacidad instalada superior a 3MW, requiere licencia ambiental previa, para su ejecución.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA

RECURSO DE REPOSICIÓN – Conflicto de competencias entre autoridades ambientales – Corporaciones Autónomas Regionales – Solicitud de ocupación de cauce. 

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Procedencia del recurso de reposición contra acto administrativo que resuelve conflicto de competencias entre dos Autoridades Ambientales Regionales, para resolver solicitud de ocupación de cauce. Para el caso del acto administrativo por el cual se define o señala la competencia para conocer y decidir la solicitud de ocupación de cauce, de acuerdo a lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, no procede recurso de reposición teniendo en cuenta que la Ley expresamente no lo contempla, y dicho acto es preparatorio o de trámite de una decisión final que ha de proferir la Corporación a la cual se le asigne su conocimiento. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

LICENCIA AMBIENTAL PARA IMPORTACIÓN DE SUSTANCIAS – Gas refrigerante – Sustancias agotadoras de la capa de ozono – plaguicidas - sustancias enlistadas dentro del Protocolo de Kyoto – pesticidas – Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – Registro VUCE. 

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Requerimiento de licencia ambiental para la importación de plaguicidas, sustancias agotadoras de la capa de ozono, sustancias enlistadas dentro del Protocolo de Kyoto, pesticidas, gas refrigerante. El Decreto 2820 de 2010 no contempla la exigencia de licencia ambiental para plaguicidas que vayan a ser usados en laboratorios de control de calidad con el fin de efectuar pruebas de análisis cuantitativas y cualitativas. Las sustancia, materiales o productos sujetos a controles por virtud de tratados, convenios y protocolos internacionales, requerirán licencia ambiental.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

BENEFICIOS TRIBUTARIOS - Certificación beneficios tributarios – Competencia de la ANLA – Competencia de la Autoridad Fiscal.

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Competencia de la ANLA de seguimiento ambiental para el trámite de beneficios tributarios. En los términos de la Ley 1333 de 2009, no es la autoridad ambiental la competente para sancionar el incumplimiento de las exigencias normativas relacionadas con la obtención de beneficios tributario. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL – INVERSIÓN DEL 1% - Régimen de transición – PMA – Instrumento de manejo y control ambiental.

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Unificación de los memorandos 4120-l2-40169 del 9 de octubre de 2012 y 4120-2-19658 del 26 de junio de 2013, sobre Planes de Manejo Ambiental y exigencia de la inversión del 1%. Si las licencias ambientales con que contaba el proyecto incluían en las actividades autorizadas la posibilidad de captar agua directamente de fuentes naturales, se debe indicar en el plan de manejo ambiental, que por vía de seguimiento se exige el cumplimiento de la inversión del 1%. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA - OAJ

 

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