* Jurisprudencia

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Acción de tutela para la protección de derechos colectivos cuando se vulnera derechos fundamentales

Sentencia T-357 del 26 de mayo de 2017

Procedencia de la acción de tutela y derecho a la salud (salud mental), disponibilidad, accesibilidad y calidad de servicio, en la población indígena del departamento del Vaupés. "(...) En cuanto a la salud mental en el departamento y especialmente en las comunidades indígenas, señaló que a partir de su experiencia han encontrado que la tasa de suicidio en el departamento es ocho veces superior a la del país, a pesar del gran subregistro de suicidios existente (...)".

Fuente: Corte Constitucional

Sobre minería de carbón en Colombia

Sentencia T-154 del 21 de marzo de 2013

El derecho a un ambiente sano presenta una innegable conexión con la intimidad de las personas, de manera que la lesión del primero puede redundar contra el disfrute y efectividad del segundo, ya que puede coartar la autodeterminación de las personas, en razón a condiciones a las cuales se puedan ver expuestos en el interior de sus moradas, que implican molestias para desarrollarse en su ámbito privado personal y familiar.

Fuente: Corte Constitucional

Debido proceso, consulta previa, ocho comunidades indígenas y afrodescendientes del departamento de Córdoba.

Sentencia T-733 del 15 de diciembre de 2017

Nulidad parcial de la Sentencia T-733 de 2017

La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la consulta previa, a la salud y al ambiente sano de ocho comunidades étnicas que habitan en la zona de influencia directa del complejo minero de Cerro Matoso S.A., debido a que se corroboró la existencia de una delicada situación de salud pública y de contaminación ambiental en dichas comunidades, lo que evidenciaba una afectación directa por parte de la empresa accionada.

Fuente: Corte Constitucional

Corte protege derechos fundamentales de víctimas del conflicto armado vulnerados por la UARIV

Sentencia T-378 del 31 de octubre de 2022

La Corte Constitucional otorgó 15 días a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) para que valore nuevamente las solicitudes de tres ciudadanos que pidieron ser inscritos en el Registro Único de Víctimas (RUV) por hechos victimizantes de homicidio, desaparición forzada y desplazamiento forzado.

Fuente: Corte Constitucional

Corte ordena la suspensión inmediata del uso del plaguicida CPF por ser peligroso para la vida y la salud

Sentencia T-343 del 5 de octubre de 2022

La Corte Constitucional le ordenó al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) que suspenda, de manera inmediata, la comercialización de productos químicos agropecuarios con el componente activo clorpirifós (CPF). La entidad tendrá seis meses para eliminar, de forma definitiva, el uso de esta sustancia. La decisión busca proteger los derechos a la salud y la vida de los niños, niñas y adolescentes (NNA) colombianos.

La Sala Octava de Revisión, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, estudió la tutela que presentó un ciudadano en favor de los derechos de su hija menor de edad y de los demás NNA. En el país se comercializa y utiliza el plaguicida CPF, tanto en cultivos como en la alimentación de animales. No obstante, por sus niveles de toxicidad, este producto fue prohibido en la Unión Europea y en Estados Unidos.

Fuente: Corte Constitucional

Estado de cosas inconstitucional, niñez Wayuu

Sentencia T-302 del 8 de mayo de 2017

Declaró el estado de cosas inconstitucional (ECI) en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de esta población en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, departamento de La Guajira.

Fuente: Corte Constitucional

Consulta Previa, demanda de nulidad de la Directiva 001 del 26 de marzo de 2010. Radicación número: 11001-03-24-000-2012-00025-00

Sentencia del Consejo de Estado del 24 de noviembre de 2022

El acto administrativo objeto del litigio es la Directiva 001 de 26 de marzo de 2010, denominada: «garantía del derecho fundamental a la consulta previa de los grupos étnicos nacionales», dirigida a los siguientes funcionarios: «vicepresidente de la república, ministros del despacho, directores de los departamentos administrativos, superintendentes, directores, gerentes y organismos del sector central y descentralizado del orden nacional»

Fuente: Consejo de Estado

Alcance de la autonomía de las CAR

Sentencia C-275 del 3 de junio de 1998

Hizo la aclaración sobre la interpretación de la autonomía que tienen las Corporaciones Autónomas Regionales sobre los recursos propios y en la posibilidad de establecer reglamentos, estatutos, disposiciones internas y resoluciones, con el fin de cumplir con sus cometidos constitucionales y legales. 

Fuente: Corte Constitucional

Protección de derechos a personas en situación de desplazamiento forzado

Sentencia SU-455 del 16 de octubre de 2020

Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y sobre la Constitución y los principios de protección ambiental. Así mismo, se aborda temática referente a los elementos de la responsabilidad jurídica por el daño ambiental. 

Fuente: Corte Constitucional

Protección de derechos a personas en situación de desplazamiento forzado

Sentencia T-025 del 22 de enero de 2004

Seguimiento a la sentencia - Sala Especial de Seguimiento

“El derecho al ambiente sano, que cobra especial relevancia en el asunto objeto de estudio, no es la excepción. Fue incorporado en la Constitución Política dentro del capítulo de los derechos colectivos, aunque posee también una faceta individual, en la medida en que es imprescindible para el desarrollo de un proyecto de vida digno para cada persona. Como derecho colectivo, su naturaleza es difusa, lo que significa, básicamente, que cada persona lo disfruta, sin exclusión de las demás. Como derecho individual se materializa en la defensa del entorno inmediato de cada persona y es una condición de vigencia de otros derechos fundamentales, especialmente, la salud y la vida”.

Fuente: Corte Constitucional

Derecho a un ambiente sano

Sentencia SU-217 del 18 de abril de 2017

“El derecho al ambiente sano, que cobra especial relevancia en el asunto objeto de estudio, no es la excepción. Fue incorporado en la Constitución Política dentro del capítulo de los derechos colectivos, aunque posee también una faceta individual, en la medida en que es imprescindible para el desarrollo de un proyecto de vida digno para cada persona. Como derecho colectivo, su naturaleza es difusa, lo que significa, básicamente, que cada persona lo disfruta, sin exclusión de las demás. Como derecho individual se materializa en la defensa del entorno inmediato de cada persona y es una condición de vigencia de otros derechos fundamentales, especialmente, la salud y la vida”

Fuente: Corte Constitucional

 

La zona objeto de exploración y explotación minera se superpone con las áreas de reserva forestal. Radicación número: 25000-23-36-000-2013-01580-01 (58707)

Sentencia del Consejo de Estado del 20 de abril de 2022 

La Subsección dará respuesta a si las superposiciones existentes al momento de suscribirse el contrato de concesión minera número ICQ-0837, con ocasión de las reservas forestales protectoras “Productora de la Cuenca Alta del Río Bogotá” y “Laguna del Cacique Guatavita y Cuchilla de Peña Blanca” declaradas en su momento por el INDERENA y la CAR, ¿traen como consecuencia la declaratoria de nulidad absoluta del contrato por objeto ilícito? Para el efecto, deberá establecerse si, en el presente asunto, ¿existía un acto administrativo previo dictado por la autoridad minera que dispusiera la sustracción del área requerida para la ejecución de trabajos, obras de exploración y explotación minera, según lo previsto en el artículo 34 del Código de Minas?

Fuente: Consejo de Estado

 

Concede los derechos fundamentales a la autodeterminación, a la subsistencia, a la diversidad étnica y a la consulta previa de las comunidades étnicas diferenciadas, objeto de especial protección constitucional, que habitan el territorio sagrado de la Sierra Nevada de Santa Marta.

Sentencia T-849 del 12 de noviembre de 2014

La “Línea Negra” es una zona de especial protección, debido al valor espiritual y cultural que tiene para los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, por esa razón, esas comunidades deben ser consultadas cuando un proyecto pueda afectar el ejercicio de sus derechos, no hacerlo constituiría un incumplimiento del Estado colombiano de sus obligaciones y una vulneración de los derechos de la comunidad.

Fuente: Corte Constitucional

 

Sentencia del Consejo de Estado del 16 de mayo de 2019

Sentencia del Consejo de Estado del 16 de mayo de 2019

La Sala entra a resolver la solicitud de suspensión provisional de los artículos 4, 6, 7, 8, 10, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 51, 52 y 96 de la Resolución No. 909 del 5 de junio de 2008, "Por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones", proferida por el Ministerio de Ambiente. Vivienda y Desarrollo Territorial. Se decreta la suspensión provisional de los artículos 4, 6, 8, 10, 14, 17, 19, 23, 25, 27, 52 y 96 de la Resolución No. 909 del 5 de junio de 2008.

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por la cual indica que las pruebas enviadas por medio de mensajes de datos deberán ser evaluadas y decretadas oficiosamente por un juez.

Sentencia T-238 del 1 de julio de 2022

La Sala de Revisión considera que los mensajes de datos son pruebas válidas en el ordenamiento colombiano; es deseable que se plasmen firmas digitales y, en general, que se acuda a los medios de prueba que permitan autenticar el contenido de los mensajes de datos, su envío y recepción; sin perjuicio de lo anterior, las copias impresas y las capturas de pantalla tienen fuerza probatoria, las cuales deberán ser analizadas bajo el principio de la sana crítica y partiendo de la lealtad procesal y la buena fe; en todo caso, su fuerza probatoria es la de los indicios, lo que supone la necesidad de valoración conjunta con todos los medios de prueba debidamente incorporados al plenario; y cuando se notifica o comunica por medio de un mensaje de datos, los términos procesales no pueden empezar a contar sino hasta el momento en el que el iniciador recepcione un “acuse de recibo” o, en su defecto, cuando se pueda constatar, por cualquier medio, el acceso del destinatario al mensaje de datos.

Fuente: Corte Constitucional

Personas privadas de la libertad que pertenecen a la comunidad LGBTI deben ser recluidas en condiciones que garanticen su seguridad y no discriminación.

Sentencia T-301 del 29 de agosto de 2022

La Corte Constitucional advirtió que en los casos de privación de la libertad de personas que hagan parte de la comunidad LGBTI, es necesario que se analicen, al momento del ingreso al centro carcelario, las condiciones de reclusión más adecuadas para garantizar su seguridad e integridad física, sin incurrir en medidas de discriminación debido al género o a la tendencia sexual.

Fuente: Corte Constitucional

Corte protege derechos de campesino que fue detenido por resguardo indígena, pese a no pertenecer a ninguna comunidad étnica

Sentencia T-372 del 21 de octubre de 2022

La Corte Constitucional protegió los derechos de un ciudadano que fue privado de la libertad por el Cabildo indígena de Toribío (Cauca) acusado de estafar a varios de sus integrantes, a quienes supuestamente habría pedido dinero a cambio de ayudarles en el trámite de subsidios de vivienda e indemnizaciones, entre otras cosas.

Fuente: Corte Constitucional

Corte hace llamado a la UARIV para que aplique las normas del derecho de petición y responda las solicitudes de los ciudadanos de manera diligente

Sentencia T- 377 del 27 de octubre de 2022

La Corte Constitucional advirtió a la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) que aplique de manera diligente la normativa que reglamenta el derecho fundamental de petición y responda las solicitudes que presenten los ciudadanos de manera pronta, clara, precisa y congruente.

El pronunciamiento fue hecho al estudiar la tutela que presentó una mujer víctima de desplazamiento forzado, quien se encuentra inscrita, junto con sus tres hijos menores de edad, en el Registro Único de Víctimas (RUV).

“La falta de claridad en las respuestas de la UARIV, sumada a la ausencia de un estudio juicioso y oportuno de los documentos con los que cuenta la accionante para demostrar la condición de discapacidad de su hijo, dieron como resultado una dilación injustificada de la entrega de la indemnización administrativa a la que tiene derecho”, explicó la sentencia.

Fuente: Corte Constitucional

Traslado de servidores públicos a otra ciudad debe respetar sus derechos fundamentales.

Sentencia T-363 del 18 de octubre de 2022

La Corte Constitucional advirtió que la facultad discrecional de traslado de servidores públicos no es absoluta, comoquiera que debe respetar sus derechos fundamentales. Recordó que la jurisprudencia constitucional ha establecido que la decisión de traslado de servidores públicos debe tener en cuenta tres elementos fundamentales: que el traslado se base en la necesidad real y objetiva del servicio, que se tenga en cuenta la situación particular del servidor ?así como de su núcleo familiar? y que no afecte de forma clara, grave y directa sus derechos fundamentales.

Fuente: Corte Constitucional

Derecho a la salud

Sentencia T-760 del 31 de julio de 2008

Sobre el alcance del derecho a la salud en el marco legal colombiano.

Fuente: Corte Constitucional

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