La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 077 de 2017 declaró exequible la Ley 1776 de 2016 que creó las zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (ZIDRES), señalando que no afectaba directamente a comunidades étnicas ni requería consulta previa, y que el modelo busca el desarrollo rural con criterios de sostenibilidad ambiental y la protección de los campesinos como sujetos vulnerables
Jurisprudencia
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 634 de 2011 declaró exequible condicionadamente el artículo 10 del CPACA, indicando que las autoridades deben aplicar las normas y la jurisprudencia de forma uniforme y considerar las sentencias de unificación del Consejo de Estado, y de manera preferente, las sentencias de la Corte Constitucional
Según el Consejo de Estado, en la sentencia radicación 2019 – 00262 de fecha 12 de febrero de 2026, declaró la nulidad del Decreto Reglamentario 1500 de 2018 – ´Línea Negra´ de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM) por haber incurrido en falsa motivación porque al momento de la expedición no se contaba con la cartografía oficial de la ´Línea Negra´ y por su expedición irregular por no haber agotado el trámite de la Consulta Previa de esa norma
Según la Corte Constitucional, en la sentencia SU – 121 de 2022, unificó las reglas jurisprudenciales sobre participación y consulta previa de los pueblos indígenas de la Línea Negra de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM). La Corte protegió su derecho a intervenir en decisiones que puedan afectarlos, ordenó poner en funcionamiento la Mesa de Seguimiento y Coordinación, culminar la delimitación cartográfica y diseñar una plataforma conjunta para informar proyectos y trámites ambientales y extractivos
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 390 de 2025, ordenó amparar los derechos fundamentales al ambiente, al agua, a la salud, a la vida en condiciones dignas, a la soberanía, a la identidad cultural, a la alimentación, al territorio, a la reparación integral, así como los derechos de las generaciones futuras de la comunidad indígena Awá, representada por la Unidad Indígena del Pueblo Awá (UNIPA)
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 343 de 2022, protegió el derecho a la salud de los niñas, niños y adolescentes frente al uso del Plaguicida Clorpirifós (CPF) en Colombia. La Corte aplicó el principio de precaución y ordenó al ICA suspender inmediatamente su comercialización y eliminar su uso en seis meses, por riesgos graves y persistentes para la salud y el ambiente
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C – 262 de 1996, decidió declarar exequibles el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) del 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978, y la Ley 243 de 1995 que lo aprueba
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 032 de 2019 declaró exequible la expresión “podrá” contenida en el artículo 10 de la Ley 1774 de 2016, por el cargo analizado en esta providencia, al considerar que constituye una facultad‑competencia del Ministerio de Ambiente coordinar campañas pedagógicas sobre protección animal, sin desconocer el deber constitucional de educación ambiental ni la Constitución Ecológica, que incluye la protección de los animales como seres sintientes
Según la Corte Constitucional, en la sentencia SU – 095 de 2018, dejó sin efectos la decisión judicial que avaló una consulta popular en el Municipio de Cumaral, Departamento del Meta, sobre la prohibición de actividades petroleras por exceder competencias municipales. Reiteró que la Nación es titular del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, y que las consultas populares no pueden limitar actividades extractivas. Exhortó a regular mecanismos de coordinación Nación‑Territorio
Según la Corte Constitucional, en la sentencia SU – 133 de 2017, unificó jurisprudencia sobre la consulta previa, reiterando que es un derecho fundamental de los pueblos étnicos cuando una medida los afecta directamente. La Corte precisó criterios para identificar afectación directa, exigió participación efectiva y estableció que la ausencia de consulta puede invalidar decisiones administrativas o legislativas


