Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES
Decreto 125 del 03 de febrero de 2000
Por la cual se modifica el Decreto 1420 de 1997
Fuente: Sistema Único de Información Normativa - SUIN JURISCOL
Decreto 125 del 03 de febrero de 2000
Por la cual se modifica el Decreto 1420 de 1997
Fuente: Sistema Único de Información Normativa - SUIN JURISCOL
Decreto 0302 del 10 de febrero de 2003
Por el cual se modifica el parágrafo 1º del artículo segundo del Decreto 309 de 2000, el cual reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica (Compilado en Decreto 1076 de 2015)
Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Decreto 1220 del 21 de abril de 2005
Por el cual se reglamenta el Titulo VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales (derogado por el artículo 52 del Decreto 2820 de 2010)
Fuente: Presidencia de la República de Colombia
El objeto general del Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas marinas, fluviales y lacustres que será conocido con las siglas -PNC- es servir de instrumento rector del diseño y realización de actividades dirigidas a prevenir, mitigar y corregir los daños que éstos puedan ocasionar, y dotar al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de una herramienta estratégica, operativa e informática que permita coordinar la prevención, el control y el combate por parte de los sectores público y privado nacional, de los efectos nocivos provenientes de derrames de hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas en el territorio nacional, buscando que estas emergencias se atiendan bajo criterios unificados y coordinados.
Fuente: Presidencia de la República
Se establecen las Directrices para la elaboración del Plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la Ley 1523 de 2012.
Fuente: Presidencia de la Republica
Por el cual se toman medidas para controlar las exportaciones de sustancias agotadoras de la capa de ozono. Este Decreto está compilado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.
Fuente: Presidencia de la República
Directiva presidencial No. 1 de 2010
La presente directiva reseña los mecanismos para la aplicación de la Ley 21 de 1991, señala las acciones que requieren la garantía del derecho a la Consulta Previa y establece los mecanismos mediante los cuales procede el proceso de Consulta Previa.
La Consulta Previa es un derecho fundamental consagrado en la Ley 21 de 1991 "Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76ª reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989". El Convenio 169 de la OIT entra en vigor para Colombia el 4 de marzo de 1991. Por tratarse de un Convenio Internacional sobre Derechos Humanos, otorga a estos derechos carácter Constitucional, en virtud de lo señalado en el artículo 93 de la Carta Política.
Los Grupos Étnicos Nacionales son los pueblos indígenas, comunidades negras, afrodescendientes, raizales, palenqueras, y al Pueblo Rom.
El Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Primera, en sentencia del 24 de noviembre de 2022, medio de control acción de nulidad simple, expediente: 11001-03-24-000-2012-00025-00 [2012 – 00025], con ponencia del Magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, decidió sobre esta Directiva presidencial No. 1 de 2010.
El Consejo de Estado en esta sentencia decidió inhibirse para decidir de fondo sobre la legalidad de los apartes de la Directiva Presidencial 001 de 2010 que no generaron efectos reglamentarios, por las razones expuestas en la parte motiva de esa providencia.
El Consejo de Estado en esta sentencia declaró la nulidad de los capítulos 2 y 3 de la Directiva Presidencial 001 de 2010, así como del segundo párrafo del capítulo 4 y de las reglas b), c) y d) del capítulo 5 del mismo acto administrativo, por las razones expuestas en la parte motiva de esa providencia.
Fuente: Función Pública (Gestor Normativo)
Circular Externa No. 12 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE
La Ley 2111 de 2021 (ley de delitos ambientales), en su artículo 10, dispone textualmente: “Artículo 10. Prevención del Daño Antijurídico y Promoción de la Adecuada Defensa Litigiosa. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el marco de sus funciones, deberá diseñar e implementar una política de prevención del daño antijurídico en materia de protección ambiental y ecológica. De igual forma, promoverá la coordinación de las acciones que aseguren la adecuada defensa de los intereses litigiosos de la nación dentro de los procesos que se lleven a cabo en materia de defensa de los recursos naturales y de la fauna y la flora silvestre”.
En cumplimiento de la referida norma legal, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado - ANDJE emitió la "Circular Externa No. 12 de 2023 Actualización de los lineamientos y recomendaciones para la prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente" de fecha: 23 de agosto de 2023.
El referido documento contiene recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente. De una parte, contiene recomendaciones para las autoridades ambientales y de otra parte recomendaciones para la Fiscalía General de la Nación.
Fuente: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE
La Ley 2111 de 2021 (ley de delitos ambientales), en su artículo 10, dispone textualmente: “Artículo 10. Prevención del Daño Antijurídico y Promoción de la Adecuada Defensa Litigiosa. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el marco de sus funciones, deberá diseñar e implementar una política de prevención del daño antijurídico en materia de protección ambiental y ecológica. De igual forma, promoverá la coordinación de las acciones que aseguren la adecuada defensa de los intereses litigiosos de la nación dentro de los procesos que se lleven a cabo en materia de defensa de los recursos naturales y de la fauna y la flora silvestre”.
En cumplimiento de la referida norma legal, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado - ANDJE emitió las recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente (documento llamado: “Infografía penal ambiental”).
El referido documento contiene recomendaciones sobre prevención del daño antijurídico en materia de la responsabilidad penal por daños al medio ambiente de una parte recomendaciones para las autoridades ambientales y de otra parte recomendaciones para la Fiscalía General de la Nación.
Fuente: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE
Con el fin de promover la participación y la construcción colectiva de la planeación estratégica orientada a resultados y a satisfacer las necesidades de los grupas de valor por parte de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial para la vigencia 2019, el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional creado por el Decreto 1499 de 2017, en sesión del pasado 30 de octubre, determinó impartir lineamientos con el fin de ser tenidos en cuenta en el ejercicio de planeación de la respectiva vigencia.
Fuente: Departamento Administrativo de la Función Pública
En el marco de lo dispuesto por los Decretos 4149 de 2004, "por el cual se racionalizan algunos trámites y procedimientos de comercio exterior, se crea la Ventanilla Única de Comercio Exterior y se dictan otras disposiciones", 3803 de 2006 "por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación" y 4927 de 2011 "por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones", a través de la presente circular y de sus anexos se actualizan los requisitos, permisos, certificaciones, autorizaciones o vistos buenos previos a la importación exigidos por las entidades competentes vinculadas a la Ventanilla Única de Comercio Exterior -VUCE, para el trámite del registro y de la licencia de importación.
Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS
El presente documento CONPES genera los lineamientos para vincular los compromisos definidos en el PMI con los instrumentos de planeación, programación y seguimiento de políticas públicas y de sus recursos, con el fin de promover la sostenibilidad de las medidas para la construcción de paz realizadas entre 2017 y 2031. Además, define los mecanismos y fuentes de información que serán usados para el seguimiento a los recursos invertidos en la implementación del Acuerdo Final y los avances obtenidos, promoviendo la transparencia durante el proceso de construcción de paz.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El presente documento CONPES busca integrar de manera coherente los procesos de gestión del riesgo y las etapas del ciclo de vida de las sustancias químicas para cubrir el amplio espectro de los problemas asociados con su uso, visto desde la óptica de dos objetos de interés: (i) la sustancia química y (ii) las instalaciones donde se usan; al tiempo que se fortalece la articulación y el compromiso de las entidades responsables del proceso de gestión.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El objetivo del programa es orientar y asistir técnica y financieramente a las entidades territoriales para fortalecer sus capacidades en materia de ordenamiento territorial y sus instrumentos de gestión de la expansión urbana y de desarrollo armónico entre el campo y la ciudad. Como resultado, se espera contar con una nueva generación de planes de ordenamiento territorial que permita optimizar la planeación, gestión y financiación del desarrollo territorial, y avanzar en los objetivos de desarrollo sostenible y en el cierre de brechas plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018: Todos por un nuevo país.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El presente documento CONPES desarrolla los lineamientos de política para la implementación de los PSA (Pago por Servicios Ambientales), orientados a las instituciones públicas, al sector privado y a la sociedad civil, para realizar inversiones que garanticen el mantenimiento y la generación de los servicios ambientales de los ecosistemas estratégicos del país.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El presente documento se declara de importancia estratégica la primera línea de metro (PLMB) tramo 1, debido a la necesidad de vigencias futuras excepcionales, de conformidad con la Ley 1753 de 2015, Ley 819 de 2003 y el Decreto 1068 de 2015 y se define las condiciones de participación de la nación en este proyecto.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
Establece los lineamientos para la asignación de riesgos en proyectos de patrimonio cultural sumergido bajo esquemas de APP de iniciativa privada. Las directrices aquí establecidas contemplan la definición de los tipos de riesgos, su asignación, los mecanismos de mitigación a implementa en caso de que los riesgos se materialicen y las recomendaciones generales para tener en cuenta en este tipo de contratos.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El presente documento CONPES define los lineamientos de política para la construcción e implementación de un modelo de desarrollo regional sostenible en el Macizo colombiano. Este modelo busca promover un desarrollo fundado en la conservación, la producción sostenible y la preservación de la diversidad cultural de esta ecorregión.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
Este documento de política presenta un conjunto de áreas rurales de referencia que han sido estimadas como potenciales para adelantar los procesos de identificación y posterior delimitación de las Zidres, debido a que cumplen con las condiciones legales y con las recomendaciones de la UPRA relacionadas con la aptitud agrícola, pecuaria, forestal y piscícola.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social
El presente documento establece las metas y las estrategias para el cumplimiento de la Agenda 2030 y sus ODS en Colombia. Genera una hoja de ruta para cada una de las metas establecidas, incluyendo indicadores, entidades responsables y los recursos requeridos para llevarlas a buen término.
Fuente: Consejo Nacional de Política Económica y Social