Glosario


De clic en cada ítem para ver la información.

Ancho de Banda: Capacidad de transmisión de información que te permite saber la cantidad y la velocidad de los datos que fluyen en una red. Se aplica siempre que la información pase por cualquier medio de transmisión.

Agente de Software: Es un software relativamente autónomo que participa en la solución de un problema. Un agente se especializa, típicamente en resolver un tipo particular de problema y utiliza a otros agentes para resolver las cuestiones que no puede manejar.

Banda Ancha: Es el acceso a Internet de alta velocidad. Se considera banda ancha cuando la velocidad de transmisión de datos es mayor a 112 kb/s (kilobits por segundo).

CSS: Lenguaje informático que define la presentación gráfica de una página web.

IP: IP en informática significa Internet Protocol. Como su nombre lo indica es un protocolo o conjunto de reglas cuya tarea fundamental es la de transmitir los paquetes de datos de un nodo a otro.

SIGA: Sistema de información geográfica creado para apoyar labores propias de licenciamiento y seguimiento ambiental.

VITAL: Ventanilla Integral de Trámites Ambientales, es un aplicativo de acceso a la gestión e información permisos y licencias ambientales

Usuario: Es un individuo que utiliza una computadora, sistema operativo, servicio o cualquier sistema informático.

Internet: Es un conjunto descentralizado de redes de comunicación interconectadas que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, lo cual garantiza que las redes físicas heterogéneas que la componen funcionen como una red lógica única, de alcance mundial.

RED: conjunto de computadoras y otros equipos interconectados, que comparten información, recursos y servicios. Puede a su vez dividirse en diversas categorías, según su alcance (red de área local o LAN, red de área metropolitana o MAN, red de área amplia o WAN, etc.)

Data Center: Centro de datos o Centro de Proceso de Datos (CPD), albergan los sistemas de información y sus componentes asociados, como las telecomunicaciones y los sistemas de almacenamiento.

Servidor: Es un programa informático que procesa una aplicación del lado del servidor, realizando conexiones bidireccionales y/o unidireccionales y síncronas o asíncronas con el cliente y generando o cediendo una respuesta en cualquier lenguaje o aplicación del lado del usuario.

Telefonía IP: Es una tecnología que permite integrar en una misma red - basada en protocolo IP - las comunicaciones de voz y datos.

Intranet: Es una red de ordenadores privados que utiliza tecnología Internet para compartir de forma segura cualquier información o programa del sistema operativo para evitar que cualquier usuario de Internet pueda ingresar.

Extranet: Extranet es una red que permite a una entidad compartir informaciones con otras entidades y usuarios.

Firewall: Es software o hardware que comprueba la información procedente de Internet o de una red y, a continuación, bloquea o permite el paso de ésta al equipo, en función de la configuración del firewall.

Cable UTP: Es una clase de cable que no se encuentra blindado y que suele emplearse en las telecomunicaciones.

Mesa de Ayuda: Sistema de información creado por el Área de Tecnología de la ANLA, Con el cual todos los colaboradores de la ANLA pueden realizar todas las solicitudes de índole tecnológico al área, es decir todo lo que tenga que ver con daño o errores por mal funcionamiento de los computadores, impresoras, teléfonos, scanner, sistemas de información, etc.

Sila: Consiste en un software o aplicativo multi-corporación, concebido como una solución digital parametrizable, que permite realizar la gestión interna de los diferentes trámites ambientales de competencia de la ANLA, igualmente facilita la estandarización de los procedimientos administrativos y la automatización de los flujos de trabajo.

Sigdma: Sistema de información que tiene la ANLA para los procesos de radicación de correspondencia tanto entrante como saliente.

Acceso al acto administrativo: De acuerdo al Concepto N° 00210 de 2017 proferido por el Consejo de Estado – Sala de Consulta y Servicio Civil, el acceso al acto administrativo de que trata el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011, consiste en el RECIBO del mensaje de datos por medio del cual se pone en conocimiento el acto administrativo por parte de la persona a notificar, así: “Para que la notificación electrónica se considere válidamente realizada se deben cumplir los siguientes requisitos: 1. Que el administrado haya aceptado en forma expresa este medio de notificación, de forma tal que no exista duda de su aquiescencia. 2. Que durante el desarrollo de la actuación administrativa no haya solicitado otra forma de notificación, y 3. Que la administración certifique el acuse de recibo del mensaje electrónico, para efectos de establecer la fecha y hora en la cual el administrado tuvo acceso al acto administrativo.”

Acto administrativo: Manifestación de la voluntad de la Administración, tendiente a producir efectos jurídicos creando, modificando y/o extinguiendo derechos para los administrados o en contra de éstos.

Archivo Definitivo: Decisión administrativa a través de la cual se finaliza el procedimiento de respuesta al Derecho de Petición en cualquiera de sus etapas o al momento de emitir la respuesta, adoptada mediante acto administrativo cuando confluyen las condiciones legales para ello.

Auditoria: Es el mecanismo que tiene una compañía para revisar si cumple con el requerimiento legal e interno según su reglamento interno, para brindar un buen servicio.

Auto de Apertura de Investigación: Providencia mediante la cual el operador disciplinario da inicio a la investigación formal del asunto. Requiere que se encuentre demostrado objetivamente el comportamiento presuntamente constitutivo de falta y su posible autor.

Auto Interlocutorio: Pronunciamientos motivados que emite el operador disciplinario para definir cuestiones de fondo en la actuación.

Autorización: Documento por medio del cual una persona posibilita a otra para que se notifique en su nombre. Este escrito no requiere de presentación personal, excepto en los casos en que se trate de notificación del reconocimiento de un derecho con cargo a recursos públicos, de naturaleza pública o de seguridad social. El delegado -autorizado- sólo estará facultado para recibir la notificación, toda manifestación que haga en relación con el acto administrativo se tendrá, de pleno derecho, por no realizada. (Artículo 71 de la Ley 1437 de 2011).

Antecedentes Disciplinarios: Sanciones disciplinarias ejecutoriadas que figuren en la hoja de vida del servidor público y en los organismos de control externo, que sirven de fundamento en procesos disciplinarios posteriores para graduar la sanción.

Buzón de Sugerencias: está diseñado para que los consumidores sin necesidad de escribir su nombre o sepan quién es da la opinión de cómo le para rece el servicio o lo atención prestada en el establecimiento.

Canal de Comunicación: Es el medio de transmisión por el que viajan las señales portadoras de la información que pretenden intercambiar emisor y receptor (Usuario – Entidad). Es frecuente referenciarlo también como canal de datos.

Canal de Distribución: Camino seguido por el producto, a través de los intermediarios desde el producto al usuario.

Call Center: Conjunto tecnológico y administrativo que permite unificar la inteligencia y potencia de procesamiento de los sistemas informáticos con las facilidades de la conmutación de llamadas telefónicas, para intercambiar información con los llamantes.

Celeridad: Derecho fundamental de los usuarios a que los Derechos de Petición se tramiten sin dilaciones injustificadas.

Competencia: Capacidad Jurídica de la entidad o de una de sus dependencias específicas para tramitar un Derecho de Petición, de acuerdo con el Decreto orgánico y la reglamentación interna.

Comunicaciones: Son aquellas que realiza la entidad que profirió el acto administrativo a las partes, a los terceros intervinientes o en general a una persona natural o jurídica determinada, para informar las decisiones.

Control Interno Disciplinario: Potestad que ejercen las entidades y organismos del Estado para regular el comportamiento de los servidores públicos y de los particulares que ejercen funciones públicas y garantizar que las cumplan adecuadamente.

Descargos: Pieza procesal en la cual el disciplinado se pronuncia y ejerce su defensa frente a los cargos objeto de acusación, solicitando además la práctica de pruebas.

Desistimiento: Facultad del usuario para rescindirse del Derecho de petición y que conforme a la Ley determina el archivo del expediente, mediante acto administrativo motivado, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.

Desistimiento Expreso: Facultad de los interesados para desistir en cualquier tiempo de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales; la entidad podrá continuar de oficio la actuación si la consideran necesaria por razones de interés público; en tal caso expedirán resolución motivada.

Desistimiento tácito: Se entenderá que el peticionario ha desistido tácitamente de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que el usuario, antes de vencer el plazo concedido, solicite prórroga hasta por un término igual.

Estándares: permiten controlar las operaciones o procesos que se realizan en la organización, teniendo el conocimiento cada una de las personas que trabajan en ella de sus actividades.

Flujo del Acto Administrativo: Procedimiento particular de publicidad de los actos administrativos, que incluye las variables y resultados de todas las actuaciones interrelacionadas y dependientes en su ejecución dentro del proceso de publicidad del Acto Administrativo. V.g.: Flujo Comunicación, Flujo Notificación Acto Administrativo con Recurso, Flujo Notificación Acto Administrativo sin Recurso.

Insatisfacción: Es cuando un usuario no se siente satisfecho con el servicio o producto que le están brindando una entidad, ya sea por su mala atención o el desempeño del producto no alcanza a sus expectativas frente a su necesidad.

Quejas: es la forma en que tiene el cliente de mostrar su inconformidad con un servicio o producto que este adquiriendo. También lo toman como modo de protesta.

Notificaciones: Son aquellas que realiza la entidad que profirió el acto administrativo a las partes, a los terceros intervinientes o en general a una persona natural o jurídica determinada, con el fin de que conozcan su contenido y puedan ejercer los recursos de ley, o derechos respectivos.

Notificación personal: Forma de notificación en la cual la Administración se pone en contacto directo con el Administrado a fin de dar a conocer las decisiones adoptadas.
Notificación por aviso: Forma de notificación procedente en caso tal que no sea posible realizar la notificación personal; se ejecuta por medio del envío de un oficio denominado “Aviso”, en el cual se indica la fecha de su envío y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.

Notificación por conducta concluyente: Este tipo de notificación se produce cuando, pese a que no se han realizado las otras formas de notificación contempladas en la Ley, el afectado revela que conoce el acto, consiente la decisión, o interpone los recursos legales; la fecha de notificación por conducta concluyente, será aquella en que se produjo el acto que la configura.

Notificación electrónica: Forma de notificación, en la cual la Administración utiliza mensajes de datos -entendidos éstos como cualquier información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, en los términos del artículo 2 de la Ley 527 de 1999- como medio de comunicación con el administrado; se podrá notificar los actos administrativos a través de medios electrónicos, únicamente cuando el administrado haya aceptado este medio de notificación de forma expresa. La notificación quedará surtida a partir de la fecha y hora en que el administrado acceda al acto administrativo, fecha y hora que deberá certificar la Administración.

Notificación por edicto: Medio subsidiario para notificar los actos administrativos sancionatorios que eleven pliego de cargos, en aquellos casos que no se pudiere realizar la notificación personal; consiste en la fijación del contenido del acto administrativo de la misma en la Secretaría Legal o la dependencia que haga sus veces en la respectiva Entidad, por el término de cinco (5) días calendario. Si el presunto infractor se presentare a notificarse personalmente dentro del término de fijación del edicto, se le entregará copia simple del acto administrativo, se dejará constancia de dicha situación en el expediente y el edicto se mantendrá fijado hasta el vencimiento del término anterior.

Peticionario: Persona natural o jurídica que hace una solicitud a la entidad.

Petición: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos. El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.

Peticiones irrespetuosas: Son aquellas cuyo contenido falta al debido respeto que se le debe tener a las autoridades.

Peticiones oscuras: Son aquellas cuyas pretensiones no son claras.

Peticiones reiterativas: Son aquellas formuladas por el mismo peticionario, a las que se les ha dado respuesta por estar basadas en los mismos hechos y pretensiones.

Publicación: Puesta en conocimiento a la comunidad de Actos Administrativos de carácter general o de carácter particular, cuyas decisiones pongan término a una actuación administrativa ambiental para la expedición, modificación o cancelación de una licencia o permiso que afecte o pueda afectar el medio ambiente, o cuando quiera que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no intervinieron en la actuación y de quienes se desconozca su domicilio.

Poder: Documento mediante el cual se materializa el derecho de postulación. El poder requiere de presentación personal por parte del poderdante, no obstante, en los casos en los cuales el poder no tenga presentación personal pero se otorgue facultad para notificarse de un acto administrativo, esta circunstancia no será impedimento para realizar notificación del acto administrativo -salvo que el mismo conceda un derecho con cargo a recursos públicos-, toda vez que dicho poder se configura como documento de autorización, en los términos del artículo 71 de la Ley 1437 de 2011.

Queja: Expresión de insatisfacción en relación con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal.

Quejoso: Usuario que ha formulado una queja o reclamo.

Reclamo: Expresión de insatisfacción a la prestación de un servicio o a la deficiente o inoportuna atención de una solicitud, en el marco de lo establecido en la normativa vigente.

Remisión por competencia: Acción de remitir a otra entidad o dependencia, un Derecho de Petición, por ser esta o aquella, la competente para resolver definitivamente la solicitud, acorde con la Ley o la reglamentación interna.

Requerimiento: Facultad legal que, en virtud del principio de eficacia, ante las peticiones incompletas pero que pueden continuarse sin oponerse a la ley, le permite a la entidad exhortar al usuario para que la complete la petición en el término máximo de un (1) mes.

Sistema de Gestión Documental y Procesos- SIGPRO: Sistema de Información que bajo un esquema de administración de procesos de negocio (Business Process Management o BPM), tiene implementado el modelo de Gestión de Calidad basado en la norma NTCGP 1000 (Control de Documentos, Mapa de Riesgos, Producto No Conforme, Encuestas, Actas), la automatización de procesos como el de Auditorias, Plan de Mejoramiento y Plan de Acción. Y como proceso transversal cuenta con los elementos para el desarrollo de la Gestión Electrónica Documental (radicación y distribución de Comunicaciones Oficiales, Archivo y Tablas de Retención Documental)

Sistema de Información de Licencias Ambientales - SILA: Consiste en un software o aplicativo multi-corporación, concebido como una solución digital parametrizable, que permite realizar la gestión interna de los diferentes trámites ambientales de competencia de la ANLA, igualmente facilita la estandarización de los procedimientos administrativos y la automatización de los flujos de trabajo.

Sugerencia: Manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

Término: Tiempo en el cual se debe dar respuesta a las peticiones conforme a lo establecido en la normatividad aplicable y que está estimado en días.

Tercero Interviniente: Cualquier persona natural o jurídica o privada, admitida para intervenir en las actuaciones administrativas iniciadas para la expedición, modificación o cancelación de permisos o licencias de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente o para la imposición o revocación de sanciones por el incumplimiento de las normas y regulaciones ambientales.

Usuario: Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que requiera información o cualquier otro servicio de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.

Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea - VITAL: Solución en línea, creada con el fin de facilitar un punto único de acceso a la gestión de trámites regulados en el sector ambiental colombiano, permitiendo, en el marco de instrumentos como las denuncias, permisos, autorizaciones y licencias ambientales, la comunicación e interacción entre los actores que participan de una u otra forma en la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, control, uso y aprovechamiento de los recursos naturales y el medio ambiente de la Nación.

Etiqueta Ambiental: Manifestación que indica los aspectos ambientales de un producto o servicio.

Programa de Etiquetado Ambiental Tipo I: Programa voluntario, basado en criterios múltiples, de tercera parte, que autoriza el uso de etiquetas ambientales en productos, las que indican de preferencia ambiental global de un producto dentro de una categoría de productos, sobre la base de consideraciones del ciclo de vida.

Sello Ambiental Colombiano: Marca de certificación que responde a un programa de etiquetado ambiental Tipo I, reconocido por la Superintendencia de Industria y comercio puede portar un producto que cumpla con los requisitos establecidos de conformidad con su reglamento de uso que rodea al ser humano y que comprende elementos naturales, tanto físicos como biológicos, elementos artificiales y elementos sociales y las interacciones de éstos entre sí.

SIGLAS

ICONTEC: Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación

NTC: Norma Técnica Colombiana

ONAC: Organismo Nacional de Acreditación de Colombia

Certificación de Beneficio Tributario: Documento necesario para optar a los incentivos establecidos en el Estatuto Tributario en los artículos 424 numeral 7, 428 literal (f) y 428 literal (i) en relación con la exclusión de IVA; artículo 255 en relación a descuento en la renta por inversiones en control, mejoramiento y conservación del medio ambiente, así como en los artículos 11 al 14 de la Ley 1715 de 2014 en lo referente a Deducción especial sobre el impuesto de renta y complementarios, Exclusión de IVA, Exención de gravamen arancelario y depreciación acelerada para inversiones en Fuentes No Convencionales de Energía FNCE y gestión eficiente de la energía.

Etapas de proyectos de FNCE o gestión eficiente de la energía: En la aplicación de los incentivos de que trata el Decreto 2143 de 2015, se entenderán por etapas del proyecto las siguientes: i) etapa de preinversión (investigación y desarrollo tecnológico o formulación e investigación preliminar); ii) etapa deinversión (estudios técnicos, financieros, económicos y ambientales definitivos, montaje e inicio de operación); y (administración, operación y mantenimiento).

Fuentes No Convencionales de Energía FNCE: Fuentes de energía disponibles a nivel mundial que son ambientalmente sostenibles, pero que en el país no son empleadas o son utilizadas de manera marginal y no se comercializan ampliamente. Se consideran fuentes no convencionales de energía, entre otras, la energía solar, energía eólica, energía geotérmica, energía proveniente de fuentes de biomasa, pequeños aprovechamientos hidroenergéticos, energía proveniente de los océanos, etc. (Artículo 2, Decreto 3683 de 2003)

Generadores de energía a partir de FNCE: Todos los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y obligados a llevar contabilidad que generen energía para venta o autoconsumo a partir de FNCE. (Artículo 2.2.3.8.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015).

Nuevas inversiones en proyectos de FNCE: Se consideran nuevas inversiones el aporte y/o erogaciones de recursos financieros que tengan como objetivo el desarrollo de Fuentes No Convencionales de energía y que se realicen a partir de la vigencia del Decreto 214 de 2015. (Artículo 2.2.3.8.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015).

Nuevos proyectos de FNCE: Son aquellas actividades interrelacionadas que se desarrollan de manera coordinada para instalar capacidad de generación de energía eléctrica a partir de FNCE desde la expedición del presente decreto. Puede incluir actividades como investigación y desarrollo tecnológico o formulación e investigación preliminar, estudios técnicos, financieros, económicos y ambientales definitivos, adquisición de equipos, elementos, maquinaria y montaje y puesta en operación. . (Artículo 2.2.3.8.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015).

y evaluación de los recursos para la producción y utilización de energía a partir de FNCE: Es el conjunto de actividades para la cuantificación de los potenciales de dichos recursos, su distribución espacial, estacionalidad, entre otros aspectos, basada en mediciones de ciertos parámetros y variables que permiten reducir la incertidumbre sobre la disponibilidad de recursos. . (Artículo 2.2.3.8.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015).

Programa Ambiental: Conjunto de acciones orientadas al desarrollo de los planes y políticas ambientales nacionales previstas en el Plan Nacional de Desarrollo y/o formuladas por el Ministerio del Medio Ambiente, así como también las que correspondan a la implementación de los planes ambientales regionales definidos por las autoridades ambientales. (Decreto 2532 de 2001. Artículo 2°)

Protocolo de Montreal: Protocolo relativo a las Sustancias que agotan la Capa de Ozono. Su entrada en vigor fue en enero de 1989. El Protocolo de Montreal busca fijar plazos máximos para la eliminación de la producción y consumo de las principales sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Sistema de Control Ambiental: Conjunto ordenado de equipos, elementos o maquinaria que se utilizan para el desarrollo de acciones destinadas al logro de resultados medibles y verificables de disminución de la demanda de recursos naturales renovables, o de prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos. (Decreto 2532 de 2001. Artículo 2°).

Sistema de Monitoreo Ambiental: Conjunto sistemático de elementos, equipos o maquinaria destinados a la obtención, verificación o procesamiento de información sobre el estado, calidad o comportamiento de los recursos naturales renovables, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones (Decreto 2532 de 2001. Artículo 2°).

 

SIGLAS

DIAN: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

FNCE: Fuentes No Convencionales de Energía

GEI: Gases efecto Invernadero

IVA: Impuesto al Valor Agregado

MDL: Mecanismo de Desarrollo Limpio

PAO: Potencial de Agotamiento de Ozono

PCG: Potencial de Calentamiento Global

PROURE: Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía

SAO: Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono

UPME. Unidad de Planeación Minero Energética del Ministerio de Minas y Energía.

Acequia: es un canal a través del cual se conducen las aguas para regar cultivos.

Acidez: es la capacidad que tiene el agua para asimilar sustancias básicas. Se relaciona con un pH bajo, entre 0 y 6.9 U. de pH.

Acuífero: es aquella formación geológica que es capaz de almacenar y transmitir el agua subterránea a través de ella en cantidades significativas, de modo que pueda extraerse mediante obras de captación.

Acuífero libre: es aquel acuífero cuyo límite superior está expuesto a la presión atmosférica.

Afluente: corriente de agua que desemboca en otra más importante, uniéndose a ella en un lugar llamado confluencia. También suele llamarse corriente tributaria.

Agua subterránea: se entiende por aguas subterráneas aquellas que se encuentran por debajo de la superficie del suelo o del fondo marino, las que brotan en forma natural, como las fuentes y manantiales en el sitio de afloramiento o las que requieren para su alumbramiento obras como pozos, galerías filtrantes u otros métodos similares.

Aguas lluvias: Aquellas recolectadas y almacenadas en los momentos y períodos de lluvias por cualquier mecanismo para su uso.

Aguas servidas: aguas provenientes de casas e industrias, que contienen materia orgánica e inorgánica y circulan por el alcantarillado hasta llegar a una corriente receptora que puede ser una quebrada o un río. También son llamadas aguas negras o aguas residuales.

Alcalinidad: es la capacidad que tiene el agua para asimilar sustancias ácidas. Se relaciona con un pH alto, entre 7.5 y 14 U. de pH.

Algas perifíticas: son organismos que viven adheridos a restos de vegetales, rocas o cualquier otro material; también son considerados buenos indicadores de la calidad del agua ya que son muy sensible a los cambios ambientales.

Aljibe o pozo artesano: son pozos excavados manualmente, con diámetro grande aproximadamente superior a 0,80 metros y poca profundidad, generalmente menor a 20 metros.

Aprovechamiento: utilización de las aguas.

Arroyo: Curso de agua pequeño y poco profundo, por lo general de flujo permanente y en cierto modo turbulento.

Box culvert: estructura hidráulica de forma rectangular, normalmente fabricada en hormigón, que sirve para la conducción del agua, ya sea servida o potable.

Caño: Curso natural de agua de flujo intermitente propio de zonas planas.

Caudal: cantidad de un fluido que pasa por un área determinada en un tiempo específico. Se expresa en m3/s.

Caudal instantáneo: es el caudal cuantificado en un instante de tiempo determinado. Se expresa en m3/s.

Ciénaga: Es un cuerpo de agua natural de poca profundidad alimentado por un río en los períodos lluviosos y de aguas altas, y con circulación del cuerpo de agua hacia el río, en las épocas secas de aguas bajas, que mantiene vegetación higrófila, incluso arbórea, adaptada a suelos saturados.

Concesión de aguas: Es el permiso que otorga la Autoridad Ambiental competente a petición e parte para obtener el derecho al aprovechamiento de aguas de uso público.

Conductividad eléctrica: es un parámetro que se analiza en el agua y permite medir de manera indirecta la cantidad de iones disueltos o sustancias cargadas eléctricamente. Los resultados obtenidos para este parámetro se expresan en μS/cm.

DBO5: Índice de demanda bioquímica de oxígeno (DBO) de una muestra de agua expresado como la cantidad de oxígeno consumido en un litro de muestra mantenida durante cinco días a 20 °C en ausencia de luz (se pueden usar otros períodos de tiempo, como 20 días, en cuyo caso se habla de DBO20).

Demanda bioquímica de oxígeno (DBO): Concentración másica de oxígeno disuelto consumido en determinadas condiciones por la oxidación biológica de materia orgánica y/o inorgánica en el agua.

Demanda química de oxígeno (DQO): Indicador de la calidad del agua que mide el consumo potencial de oxígeno disuelto por oxidación química de compuestos orgánicos y minerales del agua, en general, mediante dicromato potásico.

Depósito aluvial: es la cantidad de material que transporta el río y que es depositada en sus llanuras de inundación. Generalmente se compone de arenas y gravas.

Escarpe: cualquier tipo de salto que interrumpe la continuidad de un paisaje. En el caso de un escarpe de falla, se hace referencia a saltos o pendientes visibles en las fracturas recientes de la corteza terrestre.

Escorrentías: es la porción de agua lluvia que no se infiltra en el suelo como resultado de sus características, y que circula por la superficie hasta llegar a una fuente de agua como una quebrada, un lago, etc.

Estero: Zona de litoral comprendida entre el nivel máximo de la pleamar y el nivel mínimo de bajamar. Se llama también zona intertidal.

Exploración hidrogeológica (o prospección de aguas subterráneas): conjunto de estudios, trabajos y operaciones llevados a cabo tanto mediante técnicas directas como con técnicas indirectas, encaminados a la localización de acuíferos para captación de aguas subterráneas, en cantidad y con calidad adecuadas para el fin pretendido, y con la definición de las condiciones óptimas en que este recurso debe explotarse para asegurar su preservación.

Explotación: conjunto de actividades organizadas para la obtención de aguas subterráneas en la superficie.

Fosfatos: son las sales o los ésteres del ácido fosfórico. Tienen en común un átomo de fósforo rodeado por cuatro átomos de oxígeno en forma tetraédrica.

Fósforo: es un elemento químico de número atómico 15 y símbolo P, que se encuentra en la naturaleza combinado en fosfatos inorgánicos y en organismos vivos, pero nunca en estado nativo. Es muy reactivo y se oxida espontáneamente en contacto con el oxígeno atmosférico, emitiendo una luz.

Geología: ciencia que estudia la composición y estructura interna de la tierra y los procesos por los cuales ha ido evolucionando a lo largo del tiempo geológico.

Índice de biodegradabilidad: es la relación DBO/DQO que indica la cantidad de materia orgánica presente en una muestra determinada.

Infiltración: se refiere al paso del agua a través de los poros del suelo.

Intervención antrópica: es el conjunto de acciones que lleva a cabo el hombre en alguna fuente o ecosistema natural, generando un cambio en sus propiedades para su beneficio o el de una comunidad.

Iones: son átomos, o grupos de ellos, que han perdido o ganado uno o más electrones de manera que adquieren una carga eléctrica positiva o negativa, respectivamente. Su existencia se debe al bombardeo de la atmósfera por los rayos cósmicos u otra fuente alta de energía, como la radiactividad.

Jagüey: Son depósitos artesanales construidos para almacenamiento de agua para la época de sequía.

Lago: Es un cuerpo de agua natural, dulce o salada de tipo continental de gran tamaño y profundidad, ubicado en depresiones del terreno de formas variadas, que se alimenta de un río o de aguas freáticas.

Laguna: Es un cuerpo de agua natural dulce o salada de tipo continental de menor tamaño y profundidad que los lagos, ubicado en depresiones del terreno de formas variadas, que se alimenta de ríos o de aguas freáticas.

Macro invertebrados acuáticos: son organismos con un ciclo de vida largo, seleccionados para realizar monitoreos que evalúen la contaminación del agua causada por residuos domésticos e industriales, principalmente en ríos y quebradas.

Manantial: Descarga de agua subterránea al exterior, concentrada en un punto o a lo largo de una línea.

Materia inorgánica: a diferencia de la materia orgánica, la materia inorgánica no está compuesta de carbono y la composición de sus moléculas es más simple. Su fabricación se debe a reacciones químicas y se encuentra en la naturaleza en forma de minerales, sales, etc.

Materia orgánica: conjunto de moléculas a base de carbono que producen los seres vivos, entre las que se encuentran las proteínas, las grasas, entre otras. Generalmente se encuentra en el agua por causa de las excretas fecales o por descomposición de materia muerta.

Mineralogía: es la rama de la geología que estudia las propiedades físicas y químicas de los minerales que se encuentran en el planeta, en sus diferentes estados de agregación. Por mineral se entiende una materia de origen inorgánico que presenta una composición química definida, además de una estructura cristalográfica, y que suele presentarse en estado sólido y cristalino a la temperatura media de la Tierra, aunque algunos, como el agua y el mercurio, se presentan en estado líquido.

Obra de captación: Son las obras civiles y equipos electromecánicos que se utilizan para reunir y disponer adecuadamente del agua superficial o subterránea.

Oxígeno disuelto: se refiere a la cantidad de oxígeno diluido en el agua que constituye el soporte para determinados tipos de vida en los ecosistemas acuáticos. El oxígeno disuelto presente en los cuerpos de agua proviene del aire y de los procesos de fotosíntesis llevados a cabo en las mismas fuentes; la solubilidad de este gas depende de la temperatura del agua, la cantidad de sustancias o sales disueltas y la presión. Este parámetro se expresa en mg/L.

Pantano: Se define como un surgimiento natural el cual presenta por sí mismo acumulaciones de agua sobre las superficies de tierras bajas inundadas, normalmente fangosas.

Pendiente: inclinación de un terreno, en este caso, del lecho del río o de una quebrada.

Periodo de retorno: es el tiempo esperado o tiempo medio entre dos sucesos improbables y con posibles efectos catastróficos. En el contexto hidráulico es el tiempo medio entre dos crecientes de agua por encima de un cierto caudal.

Permafrost: es la capa de hielo permanente en los niveles superficiales del suelo de las regiones muy frías.

Piezómetro o pozo de observación: cada uno de los pozos ubicados dentro del radio de influencia de una captación en estudio, en los cuales se toman las medidas de niveles estáticos y/o dinámicos durante una prueba de bombeo, con el fin de determinar la curva de abatimiento del acuífero y las variables hidráulicas de la captación en estudio. Además, sirven para tomar registros periódicos de los niveles y la toma de muestras de agua para monitorear la calidad de la misma.

PH: grado de acidez o alcalinidad de una solución cuya escala de cuantificación varía entre 0 y 14, donde las soluciones con un pH menor a 7 son ácidas y aquellas mayores a 7 son básicas. Las unidades para este parámetro son unidades de pH (U. de pH).

Pozo: Excavación o perforación en el terreno realizada mecánicamente que alcanza las aguas subterráneas.

Pozo abandonado o fuera de servicio: es un pozo que definitivamente ya no se usa, por daños estructurales, taponamiento de las rejillas o cualquier otra causa que impida o limite su aprovechamiento.

Pozo profundo: son captaciones de agua subterránea construidas mediante perforaciones mecánicas de gran profundidad, en comparación con el diámetro, revestidas en PVC o acero y están dotadas de rejillas para captar las zonas permeables de los acuíferos. Su estructura es vertical, salvo algunas excepciones como las galerías filtrantes y los pozos radiales.

Pozos sin uso: son los pozos que pudiendo ser aprovechados están sin uso, tengan o no instalado el equipo de bombeo.

Quebrada: Curso natural de agua normalmente pequeño y poco profundo, por lo general, de flujo permanente, en cierto modo turbulento y tributario de un río y/o mar.

Recarga: proceso mediante el cual se renueva el agua almacenada dentro de una formación hidrogeológica. Este proceso ocurre de forma natural cuando la lluvia se filtra hacia un acuífero a través del suelo o las rocas, o cuando el agua de los drenajes superficiales migra hacia alguno de ellos.

Río: Corriente de agua de grandes dimensiones que sirve de canal natural en una cuenca de drenaje.

Sedimentos: se refiere a los sólidos en suspensión que son arrastrados por una corriente de agua y que, posteriormente, son depositados en zonas específicas como resultado de cambios en las condiciones hidráulicas de un cuerpo de agua.

Sólidos suspendidos totales (sst): se refiere a los sólidos insolubles presentes en un cuerpo de agua, generalmente compuestos de material inorgánico, los cuales generan turbidez. Este parámetro se expresa en mg/L.

Turbiedad: se refiera a la presencia de partículas suspendidas en el agua que impiden que se vea clara o cristalina. Generalmente su incremento se asocia con la cantidad de sólidos suspendidos totales.

Unidad geológica: es un cuerpo de roca con características similares en cuanto a su estructura, textura y composición mineralógica o química.

Uso para consumo humano y doméstico: se entiende por uso del agua para consumo humano y doméstico su utilización en actividades tales como bebida directa y preparación de alimentos para consumo inmediato; satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios; preparación de alimentos en general, y en especial los destinados a su comercialización o distribución, que no requieren elaboración (Decreto 3930 de 2010).

Uso: empleo habitual de las aguas.

Zonas de retiro: zonas de protección de los ecosistemas que conforman una cuenca hidrográfica para la preservación de la misma.

Autocontrol: Es la capacidad que ostenta cada servidor público para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política.


Autorregulación: Es la capacidad institucional para aplicar de manera participativa al interior de las entidades, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, que permitan el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública.

Autogestión: Es la capacidad institucional de toda entidad pública para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada por la Constitución, la Ley y sus Reglamentos. Modelo Estándar de Control Interno (MECI): Herramienta que proporciona la estructura básica para evaluar la estrategia, la gestión y los propios mecanismos de evaluación del proceso administrativo, y aunque promueve una estructura uniforme, se adapta a las necesidades específicas de cada entidad, a sus objetivos, estructura, tamaño, procesos y servicios que suministran.

Auditoría Interna: Elemento de Control, que permite realizar un examen sistemático, objetivo e independiente de los procesos, actividades, operaciones y resultados de una Entidad Pública. Así mismo, permite emitir juicios basados en evidencias sobre los aspectos más importantes de la gestión, los resultados obtenidos y la satisfacción de los diferentes grupos de interés.

Plan de Mejoramiento Institucional: Elemento de Control, que permite el mejoramiento continuo y cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad pública. Integra las acciones de mejoramiento que a nivel de sus procesos debe operar la entidad para fortalecer integralmente su desempeño institucional, cumplir con su función, misión y objetivos en los términos establecidos en la norma de creación y la ley, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos con los organismos de control fiscal, de control político y con las partes interesadas.

Planes de Mejoramiento por Procesos: Elemento de Control, que contiene los planes administrativos con las acciones de mejoramiento que a nivel de los procesos y de las áreas responsables dentro de la Organización Pública, deben adelantarse para fortalecer su desempeño y funcionamiento, en procura de las metas y resultados que garantizan el cumplimiento de los objetivos de la entidad en su conjunto.

Planes de Mejoramiento Individual: Elemento de Control, que contiene las acciones de mejoramiento que debe ejecutar cada uno de los Servidores Públicos para mejorar su desempeño y el del área organizacional a la cual pertenece, en un marco de tiempo y espacio definidos, para una mayor productividad de las actividades y/o tareas bajo su responsabilidad.

Beneficios ambientales directos de inversiones en control del medio ambiente: Se entienden como el conjunto de resultados medibles y verificables que se alcanzan con la implementación de un sistema de control ambiental. Estos resultados se refieren a la disminución en la demanda de recursos naturales renovables, a la prevención y/o reducción en la generación de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos, así como también a la obtención, verificación, procesamiento, vigilancia, seguimiento o monitoreo del estado, calidad, comportamiento y uso de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.

Beneficios ambientales directos de inversiones en mejoramiento del medio ambiente: Se entiende como proyectos encaminados a la restauración, regeneración, repoblación, y conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, siempre y cuando las inversiones correspondan al desarrollo de planes y políticas ambientales nacionales previstas en el Plan Nacional de Desarrollo y/o formuladas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o se enmarquen en la implementación de planes ambientales regionales definidos por las autoridades ambientales.

Certificación de Beneficio Tributario: Documento necesario para optar a los incentivos establecidos en el Estatuto Tributario en el artículo 255 en relación a descuento en la renta por inversiones en control, mejoramiento y conservación del medio ambiente.

Inversiones en control del medio ambiente: Inversiones orientadas a la implementación de sistemas de control ambiental, los cuales tienen por objeto el logro de resultados medibles y verificables en disminución de la demanda de recursos naturales renovables, o de prevención y/o reducción en la generación y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sólidos. También se consideran inversiones en control ambiental aquellas destinadas exclusivamente y en forma directa a la obtención, verificación, procesamiento, vigilancia, seguimiento o monitoreo del estado, calidad, comportamiento y uso de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones.

Inversiones en mejoramiento del medio ambiente: Inversiones necesarias para desarrollar procesos que tengan por objeto la restauración, regeneración, repoblación, preservación y conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.


SIGLAS

PSMV: Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos

Agente tensoactivo (tensioactivo): Toda sustancia orgánica o preparado utilizado en los detergentes y jabones que tiene propiedades tensoactivas y que consta de uno o varios grupos hidrófilos y de uno o varios hidrófobos cuyas características y tamaño permiten la disminución de la tensión superficial del agua, la formación de monocapas de esparcimiento o de adsorción en la interfase agua-aire, la formación de emulsiones y/o microemulsiones o micelas y la adsorción en la interfase agua-sólido.

Biodegradabilidad: Susceptibilidad que tiene un compuesto o una sustancia química de ser descompuesta por microorganismos. Un factor importante de la biodegradabilidad es la velocidad con que las bacterias, los factores naturales del medio ambiente o ambos, pueden descomponer químicamente dichos compuestos o sustancias químicas.

Biodegradabilidad aerobia final: Nivel de biodegradación alcanzado cuando el tensoactivo es totalmente descompuesto en presencia de oxígeno por microorganismos para dar dióxido de carbono, agua y sales minerales de cualquier otro elemento presente (mineralización), de acuerdo con las mediciones a través de los métodos de ensayo reconocidos internacionalmente, y nuevos constituyentes celulares microbianos (biomasa).

Detergente: Toda sustancia o preparado que contenga jabón u otros tensoactivos y que se utilicen en procesos de lavado con agua. Los detergentes podrán adoptar cualquier forma (líquido, polvos, pasta, barra, pastilla, formas moldeadas, entre otros) y estar destinados a su uso doméstico e institucional o industrial.

Jabón: Producto formado por la saponificación o neutralización de grasas, aceites, ceras, colofonias, o sus ácidos con bases orgánicas o inorgánicas.

Jabón de uso cosmético: Aquel que se utiliza como producto cosmético, entendiéndose por tal toda sustancia o formulación de aplicación local a ser usada en las diversas partes superficiales del cuerpo humano: epidermis, piloso y capilar; uñas, labios y órganos genitales externos o en los dientes y las mucosas bucales, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y protegerlos o mantenerlos en buen estado y prevenir o corregir los olores corporales.

Jabón o detergente de uso industrial: Aquel cuya función principal es remover la suciedad y/o propender por el cuidado de la maquinaria industrial e instalaciones, centros educativos, hospitalarios e instituciones similares, y que cumple los siguientes requisitos:

a) El mercado no está dirigido a productos de aseo y limpieza de uso doméstico.

b) El sistema de distribución y comercialización está dirigido al sector industrial e institucional.

c) La composición del producto en cantidad de ingrediente activo es diferente en cuanto a concentración.

d) Se utiliza a través de máquinas y equipos especializados.

Jabón de uso medicinal: Aquel que se utiliza como producto medicinal, entendiéndose por tal todo aquel preparado farmacéutico obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica, para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad.

Jabón o detergente de uso doméstico: Aquel cuya función principal es remover la suciedad, desinfectar, aromatizar el ambiente y propender por el cuidado de utensilios, objetos, ropas o áreas, entre otros, cuyo uso implica entrar en contacto con el ser humano independiente de su presentación comercial. Esta definición no incluye aquellos productos cuya formulación tiene por función principal el remover la suciedad, desinfectar y propender por el cuidado de la maquinaria e instalaciones industriales y comerciales, centros educativos, hospitalarios, salud pública y otros de uso en procesos industriales.

SIGLAS

COD: carbono orgánico disuelto

EDN: Especificación Normativa Disponible

INVIMA: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

NTC: Norma Técnica Colombiana

ONAC: Organismo Nacional de Acreditación

VITAL: Ventanilla Integral de Trámites en Línea

Atributo: Cada una de las informaciones descriptivas que indican las características de un elemento en un campo o tabla.

Base de Datos Geográfica: Es una colección de datos organizados de tal manera que sirvan para ser utilizados en aplicaciones de sistemas de información geográfica (SIG) y permitan el almacenamiento estructurado de la información, acorde a criterios espaciales para la gestión de la información geográfica.

Capa geográfica: Una capa es la representación cartográfica de objetos espaciales de un mismo tema, y que además asocia la tabla de información que describe a cada uno de estos objetos.

Dominio: Es un conjunto de posibles valores para cierto atributo (Campo). Como un dominio restringe los valores del atributo, puede ser considerado como una restricción.

Formato Shapefile: Es un tipo de archivo digital nativo de ESRI para el almacenamiento de datos espaciales, pero actualmente es un formato estándar de facto para el intercambio de información geográfica, que puede ser usado en software comercial o software libre. Es un formato de almacenamiento de información vectorial que guarda la localización de elementos geográficos y sus atributos, con la característica de ser un formato multiarchivo.

Formato .gdb: La extensión .gdb, corresponde a la extensión del archivo digital de almacenamiento físico de la información geográfica de ESRI, conocida como geodatabase.

Información Raster: Este tipo de información corresponde a cualquier imagen digital representada en celdas regulares (Pixel). En esta información encontramos las imágenes satelitales, ortofotos, que complementan la información en los diferentes estudios ambientales o informes de cumplimiento.

Información de Tablas: Es Información de tipo tabular que permite organizar la información en registros (filas) y sus respectivos datos asociados en campos (columnas). Este tipo de información complementa la información vector con mayor detalle de aspectos relevantes en la caracterización de las capas. Por ejemplo, la tabla que relaciona el número de especies halladas y define sus atributos (características) en un punto de muestreo (información tipo vector de geometría punto y que posee una coordenada x, y).

Información Vectorial: Es la que se puede representar mediante formas geométricas: puntos, líneas y polígonos, convirtiéndose en objetos caracterizables mediante atributos cartografiables y medibles.

Metadatos: Por definición básica, los metadatos son datos que describen otros datos; son los datos o información detallada de una capa geográfica o de un elemento de datos. La ICDE lo define como: “Un metadato constituye la información estructurada y organizada de un conjunto de datos que permite consultar, evaluar, comparar, acceder, y/o utilizar la información, describiendo su autor, semántica, calidad, modo de identificación, restricciones de uso, mantenimiento, distribución, sistema de referencia, contenido entre otros”

Modelo de Datos Geográfico: Es la descripción conceptual de las entidades geográficas del mundo real con sus características; de la forma en que deben almacenarse, el modo y las posibles relaciones entre esta información, de manera que facilite y optimice su almacenamiento y utilización. Este modelo contempla la información geográfica (elementos geográficos) y alfanumérica (atributos) en varios tipos de datos.

Topología: Es el estudio de las propiedades geométricas que permanecen invariantes en las transformaciones continuas. En SIG el estudio de la topología tiene importancia en cuanto las computadoras y el software desconocen los problemas de consistencia lógica entre los elementos del mundo real. Las principales propiedades topológicas que se analizan en SIG son la inclusión, vecindad y conectividad.

Acto Administrativo:Es el medio a través del cual la administración pública cumple su objetivo de satisfacer los intereses colectivos o interés público. Es la formalización de la voluntad administrativa, y debe ser dictado de conformidad con el principio de legalidad.

Citación: Notificación por la que se cita a alguien para que acuda a realizar un trámite administrativo o judicial.

Derecho de Petición: Derecho constitucionalmente reconocido a todas las personas para formular solicitudes respetuosas ante entidades públicas o privadas y a obtener de ellas respuesta en los términos perentoriamente establecidos.

Notificación: Actuación procesal a través de la cual se hace efectivo el principio de publicidad de las actuaciones administrativas, dándose a conocer las decisiones disciplinarias a los sujetos procesales, personalmente, por estado, por edicto, por estrados o por conducta concluyente.

Notificación Personal: Es la forma de dar a conocer las decisiones tomadas, directamente y efectivamente a los sujetos procesales.

Notificación por Edicto: Medio subsidiario para notificar las decisiones que no se pudieren realizar personalmente, consistente en citación al usuario para hacerle conocer el contenido de la decisión, y si esto no es posible, fijación del contenido de la misma en la secretaría del despacho. Con la realización de este procedimiento se entiende cumplida la notificación.

Recurso de Reposición: El recurso de reposición es un recurso administrativo que tiene por objeto la impugnación de los actos administrativos que agoten la vía administrativa, para su resolución por el mismo órgano autor del acto (órgano administrativo), cuando el interesado no opte por consentir el acto o recurrirlo directamente en vía contencioso-administrativa.

Recurso de Apelación: Es un medio de impugnación, a través del cual se pide que se revoque una providencia de una autoridad.

Veedurías Ciudadanas: Es el mecanismo democrático de representación que le permite a las personas y a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades; administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control.

Adendos o Adendas: Documento mediante el cual se modifica, aclaran o adicionan los pliegos de condiciones definitivos, para atender las observaciones realizadas en la audiencia de aclaración de los mismos o de manera individual por los interesados en presentar oferta o de oficio por la Entidad.

Acta De Cierre: Es el documento que contiene las actividades que se realizan en el acto de cierre vencido el plazo para presentar ofertas y donde se realiza la apertura de las propuestas presentadas en una licitación, concurso de méritos o en una selección abreviada.

Acto Administrativo de Adjudicación: Es la resolución mediante la cual se adjudica el contrato a la oferta más favorable a la entidad y a los fines que ella busca.

Acta de Suspensión: Es el documento mediante el cual la entidad estatal y el contratista acuerdan la interrupción por un tiempo determinado de la ejecución de un contrato.

Contratista: Es la persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal que suscribe un contrato, cuya propuesta fue escogida por ser la más favorable para los fines que busca la Entidad.

Contrato de Prestación de Servicios Profesionales: Es la contratación de personas naturales o jurídicas que prestan sus servicios independientes de índole intelectual, cuando para el cumplimiento de los fines estatales la entidad contratante no cuente con el personal de planta que garantice el conocimiento profesional, técnico o científico que se requiere o los conocimientos especializados que se demanden, y que hayan demostrado previamente la idoneidad y experiencia para el cumplimiento del objeto contractual.

Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión: Corresponden a aquellos que se celebran con personas naturales o jurídicas destinados al desarrollo de actividades operativas, logísticas o asistenciales requeridas por la entidad.

Convenio: Acuerdo suscrito entre dos o más personas jurídicas de derecho público o entre una o varias entidades públicas y una o varias personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, tendiente a aunar esfuerzos para el logro de un objetivo común.

Disponibilidad Presupuestal: Documento por el cual se separa de un determinado rubro del presupuesto de la entidad pública una suma específica de dinero con el fin de destinarla a la selección del contratista en un proceso determinado.

Ejecutoria: Se considera que un acto administrativo se encuentra debidamente ejecutoriado o en firme cuando se ha agotado la correspondiente vía gubernativa y se habilita al interesado a incoar la acción contenciosa acudiendo a la vía jurisdiccional.

Estudios Y Documentos Previos: Se encuentran conformados por los documentos definitivos que sirven de soporte para la elaboración de un proyecto de pliego de condiciones, mediante los cuales se analizará la conveniencia e inconveniencia del objeto a contratar con antelación a la apertura del proceso de selección, de manera que se pueda valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad.

Liquidación Del Contrato: La liquidación es un procedimiento a través del cual la administración y el contratista se pronuncian sobre la ejecución de un contrato, aclarando y definiendo las condiciones y vicisitudes presentadas en desarrollo del mismo. Igualmente es la oportunidad para que las partes contratantes establezcan, con base en el desarrollo del contrato, las prestaciones y acreencias pendientes a favor o en contra de cada uno.

Otrosí: Documento que se hace a un contrato o convenio para modificarlo, ya sea adicionando o suprimiendo estipulaciones en él contenidas.

Plazo de Ejecución del Contrato: Es el período entre la fecha de iniciación y el vencimiento del término para la ejecución del objeto del contrato.

Prórroga: Acuerdo celebrado entre el contratante y el contratista para ampliar el plazo de ejecución de un contrato.

Proceso de Contratación: es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.

Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop): instrumento de apoyo a la gestión contractual de las entidades estatales, que permitirá la interacción de las entidades contratantes, los contratistas, la comunidad y los órganos de control.

RUP: Es el registro único de proponentes que llevan las cámaras de comercio y en el cual los interesados en participar en Procesos de Contratación deben estar inscritos.

Aprobación Presupuestal: Partidas que aparecen en el presupuesto de gastos y señalan los topes máximos de gasto para ser ejecutados o comprometidos durante la vigencia anual correspondiente.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal: Documento que expide el encargado de presupuesto de la entidad, con el cual garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para la asunción de compromisos. Afecta preliminarmente el presupuesto mientras se perfecciona el compromiso y se efectúa el correspondiente registró presupuestal.

Estados Financieros: Son el conjunto de informes preparados bajo la responsabilidad de los administradores del negocio, con el fin de darles a conocer a los usuarios la situación financiera y los resultados operacionales de la Entidad en un período determinado.

Economía: Óptimo aprovechamiento de los recursos asignados a una función administrativa. Impuestos: Gravamen obligatorio que las personas jurídicas y naturales entregan al Estado para contribuir a sus ingresos.

Registro Presupuestal: Es la operación presupuestal mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta no sea desviada a ningún otro fin.

Tasación: Forma de reglamentación de los precios, que constituye el modo de intervención más directo y más radical del poder público en el cambio.

SIIF: Sistema integrado de información financiera, permite a la Nación consolidar la información financiera de las Entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación y ejercer el control de la ejecución presupuestal y financiera de las Entidades pertenecientes a la Administración Central Nacional y sus subunidades descentralizada, con el fin de propiciar una mayor eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y de brindar información oportuna y confiable.

Obligación Presupuestal: Se entiende por obligación exigible de pago el monto adeudado por el ente público como consecuencia del perfeccionamiento y cumplimiento total o parcial de los compromisos adquiridos, equivalente al valor de los bienes recibidos, servicios prestados y demás exigibilidades pendientes de pago, incluidos los anticipos no pagados que se hayan pactado en desarrollo de las normas presupuestales y de contratación administrativa.

Accidente de Trabajo: "Todo suceso repentino, que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o la muerte".

Actividad Cultural: son todas las acciones que se desarrollan para crear, difundir o desarrollar la cultura, implican interés del participante por divertirse, entretenerse, mejorar en lo personal voluntariamente sin beneficios materiales. Actividad Deportiva: se refiere a todas aquellas actividades que involucren una actividad física así como una actividad deportiva.

Actividad Recreativa: es toda actividad realizada por una persona natural o jurídica que tenga como fin congregar público en general, con el objetivo principal de invitarle a participar en ella o de ofrecerle servicios con finalidad de ocio, entretenimiento y diversión, aislada o simultáneamente con otras actividades.

ARL: Administradora de Riesgos Laborales y que se constituye en la entidad que administra el Sistema general de Riesgos Profesionales.

Bienestar Social: El Bienestar Social de los colaboradores al servicio del Estado deberá entenderse, ante todo, como la búsqueda de la calidad de su vida en general, como corresponde a su dignidad humana, dignidad que armoniza con el aporte al bienestar social ciudadano. Es de tener en cuenta que la calidad de vida laboral es sólo uno de los aspectos del conjunto de efectos positivos que el trabajo bien diseñado produce tanto en la organización como en cada uno de los colaboradores públicos que está a su servicio.

Diagnóstico de Necesidades: El diagnóstico consiste en identificar las necesidades de capacitación de los colaboradores públicos, para cumplir con su misión, para el desempeño de sus funciones o para el desarrollo de los proyectos en los cuales participa.

Enfermedad Profesional: Es todo estado patológico permanente o temporal, que surge como consecuencia de la clase de trabajo que se desempeña y/o del medio en que la persona se ve obligada a trabajar.

Higiene Ocupacional: Conjunto de actividades que tienen como fin identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo para implementar las medidas correctivas y de control de accidentes y de enfermedades profesionales a nivel físico, químico y biológico.

Incidente: suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser considerado un accidente laboral pero que benéficamente no resultó ser él, pero donde los involucrados piensan que efectivamente con su desenlace pudieron presentarse daños a la persona, a la propiedad de la Entidad y/o pérdidas en los procesos.

Investigación de Accidentes o Incidentes: es el proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, y que se realiza con el ánimo de prevenir su repetición, mediante el control de riesgos que lo produjeron.

Medicina Preventiva y del Trabajo: Conjunto de actividades médicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del personal, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo a sus condiciones psico biológicas.

Programas de Bienestar Social: Preservar la salud mental y física de los colaboradores públicos que laboran en una entidad a través de la implementación de los programas de protección y servicios sociales.

Sistema General de Riesgos Laborales: Actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud del personal, busca prevenir los accidentes y las enfermedades mediante la minimización de los factores de riesgo.

Seguridad Ocupacional: Conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes de trabajo.

Riesgos Laborales: son los riesgos a los que la Entidad expone a sus trabajadores por razón a su infraestructura o sus responsabilidades misionales.

Inducción: Proceso con el cual se busca informar al nuevo colaborador público sobre la estructura, misión, visión y funcionamiento interno de la Entidad; además iniciar la integración de los colaboradores al sistema de valores, crear sentido de pertenencia, motivándolos a que participen en la construcción de la visión institucional e informarle acerca de las normas, inhabilidades e incompatibilidades relativas al servidor público.

Entrenamiento En El Puesto De Trabajo. Se deberá entender el entrenamiento, la preparación que se le imparte al colaborador en el ejercicio práctico de las funciones que tendrá que desarrollar en el vacante del cual se posesiona, al iniciarse en el mismo; teniendo en cuenta lo que se entiende por inducción y los objetivos que se persiguen respecto del colaborador, de acuerdo con el artículo 7º del decreto 1567 de 1998.

Licencia: Hace referencia a cuando el colaborador se separa de sus funciones sin romper el vínculo con la Entidad, puede ser por maternidad, enfermedad u ordinaria.

Licencia Ordinaria: Se da cuando el colaborador se separa de su cargo por solicitud propia sin remuneración hasta por 60 días al año, continuos o discontinuos, prorrogable hasta por treinta (30) días, si existe causa justificada.

Nombramiento Ordinario. Es el tipo de nombramiento que se le hace a una persona para proveer un cargo de libre nombramiento y remoción.

Permisos: Situación administrativa que se presenta cuando un colaborador solicita a la administración autorización remunerada para ausentarse de la Entidad, máximo por tres (3) días, para atender situaciones apremiantes de justa causa.

Renuncia: Es un acto unilateral, libre y espontáneo del colaborador, mediante el cual expresa su voluntad de dejar el cargo que ocupa, para que el nominador aceptando esa solicitud lo desvincule del servicio.

Suspensión en el Ejercicio de Funciones: Se origina cuando a un colaborador público se le interrumpen las funciones en el ejercicio de su cargo mediante una orden judicial o como resultado de una sanción impuesta dentro de un proceso disciplinario, según el Código Disciplinario Único.

Vacante Definitiva: Un vacante se encuentra en vacancia definitiva cuando se produce una de las causales de retiro del servicio previstas en la Ley 909 de 2004 y decretos reglamentarios.

Vacante Temporal: Se produce cuando el titular del cargo se encuentra en una de las siguientes situaciones administrativas: licencia, permiso, comisión, ejerciendo las funciones de otro vacante por encargo, prestando servicio militar, en vacaciones y suspendido en el ejercicio de sus funciones.

Vacaciones: Se da cuando un colaborador público se encuentra disfrutando de un tiempo de descanso remunerado al cumplir un periodo de un año de trabajo continuo o discontinuo.

Vinculación: Procedimiento reglamentado para el nombramiento en un cargo vacante en la planta de personal de un nuevo colaborador público.

Alcance de los Proyectos, Obras o Actividades: Un proyecto, obra o actividad incluye la planeación, emplazamiento, instalación, construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación de todas las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionados y asociados con su desarrollo.

Área de influencia: Área en la cual se manifiestan de manera objetiva y en lo posible cuantificable, los impactos ambientales significativos ocasionados por la ejecución de un proyecto, obra o actividad, sobre los medios abiótico, biótico y socioeconómico, en cada uno de los componentes de dichos medios. Debido a que las áreas de los impactos pueden variar dependiendo del componente que se analice, el área de influencia podrá corresponder a varios polígonos distintos que se entrecrucen entre sí.

Componente: Aspectos ambientales que constituyen un medio (abiótico, biótico o socioeconómico) como, por ejemplo, componente atmosférico, hidrológico, faunístico, florístico, hidrobiológico, demográfico, entre otros.

Concepto Técnico: Es el documento que presenta los resultados de la evaluación técnica de los diferentes procesos de licenciamiento, permisos y trámites ambientales (evaluación y seguimiento y sancionatorio).

Concepto Técnico de Seguimiento Ambiental de Proyectos: Documento que presenta los resultados del seguimiento ambiental elaborado por el Equipo de Seguimiento Ambiental (ESA) y que permite evaluar el cumplimiento del plan de manejo ambiental y de los requerimientos y obligaciones establecidos por la autoridad ambiental competente en el correspondiente instrumento de control y manejo ambiental.

Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA): El Diagnóstico Ambiental de Alternativas tiene como objeto suministrar la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Las diferentes opciones deberán tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas.

Documento técnico: es el documento que presenta las consideraciones y recomendaciones técnicas y/o jurídicas resultado de la revisión de productos o solicitudes de revisión de otros grupos, dependencias o entidades.

Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Conjunto de información que permite la toma de decisiones por parte de la autoridad ambiental ante la solicitud de un peticionario de licencia ambiental. Implica medidas de prevención, corrección, compensación y mitigación de impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad.

Geomática: Gestión de información geográfica mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación.

Guía: Documento que suministra información específica para orientar una o varias actividades, recursos y responsables, entre otros aspectos.

Impacto Ambiental: Cualquier alteración en el sistema ambiental biótico, abiótico y socioeconómico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad.

Impactos acumulativos: son aquellos que resultan de efectos sucesivos, incrementales, y/o combinados de proyectos, obras o actividades cuando se suman a otros impactos existentes, planeados y/o futuros razonablemente anticipados. Para efectos prácticos, la identificación, análisis y manejo de impactos acumulativos se debe orientar a aquellos que sean reconocidos como significativos, que se manifiestan en diversas escalas espacio-temporales.

Impactos No Previstos: Son aquellos impactos ambientales no identificados en el estudio ambiental que se utilizó como base para otorgar la licencia ambiental o para establecer el Plan de Manejo Ambiental, pero que se han evidenciado en la práctica como impactos significativos.

Impactos residuales: Son impactos cuyos efectos persistirán en el ambiente, luego de aplicadas las medidas de corrección prevención, minimización y mitigación.

Impactos sinérgicos: Son el resultado de las relaciones complejas entre impactos de un mismo proyecto o de varios proyectos. Un impacto sinérgico puede evidenciarse cuando el efecto combinado de dos impactos sea mayor que su suma o cuando estos facilitan la aparición de un tercer impacto.

Indicador: Herramienta válida para monitorear y evaluar el cumplimiento del titular de una licencia ambiental, analizar las tendencias de calidad del medio en que se desarrolla el proyecto y determinar la efectividad de los programas de manejo ambiental que tiene establecidos. Los indicadores utilizados en este programa son: indicadores de cumplimiento, indicadores de calidad ambiental e indicadores de éxito.

Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA: Documento elaborado y presentado por el Titular de la licencia ambiental para informar a la autoridad ambiental competente sobre avance, efectividad y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, conforme a los términos definidos en el otorgamiento de la licencia ambiental, el establecimiento del Plan de Manejo Ambiental y cualquier otro acto administrativo subsiguiente.

Instructivos: Describen cómo se realiza una tarea. Se limitan a indicar o clarificar la forma de operar, utilizar o realizar algo.

Instrumentos: Son los documentos técnicos y jurídicos que contienen los lineamientos, definiciones y/o procedimientos necesarios para optimizar y estandarizar la evaluación y el seguimiento ambiental de competencia de la ANLA, tales como manuales, términos de referencia, guías y formatos, entre otros.

Jerarquía de la Mitigación: Proceso que se debe llevar a cabo en la planeación y desarrollo de un proyecto el cual pretende prevenir, mitigar o corregir impactos previstos al medio ambiente.

Licencia Ambiental: Autorización que otorga la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, a una persona o empresa, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que conforme a la ley y asimismo a los reglamentos puede producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente, o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. Establece los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario de la licencia ambiental debe cumplir para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada. La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra o actividad.

Lista de Chequeo para Revisión del ICA: Herramienta que permite apoyar el proceso de seguimiento y mantener un registro de la revisión del Informe de Cumplimiento Ambiental.

Manuales: Documento que proporciona información coherente, interna y externamente acerca de los procesos y procedimientos.

Metodologías: Son documentos técnicos a través de los cuales se estandarizan y se definen criterios y procedimientos de una actividad específica. A través de ellos se indican enfoques, lineamientos, se definen instructivos y se detallan los pasos que deben seguir quienes desarrollan una actividad determinada. El propósito de esta herramienta es permitir que los usuarios internos y externos hagan más efectiva su gestión y documenten sistemáticamente los criterios considerados durante los procesos de toma de decisiones.

Manual de Evaluación de Estudios Ambientales: Es una herramienta que permite abordar la etapa técnica del proceso de evaluación de los impactos ambientales de un proyecto solicitado por el sector regulado, agilizando el proceso de evaluación al entregar un completo instructivo con pasos detallados y mecanismos expeditos que permiten reducir los tiempos y trámites del proceso de evaluación para el licenciamiento ambiental. Se puede utilizar también para evaluar modificaciones a las licencias ambientales, y establecer o modificar Planes de Manejo Ambiental o solicitudes de uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales.

Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos: Es una herramienta a través de la cual se establecen y definen criterios técnicos y procedimientos para el seguimiento ambiental de proyectos licenciados o con planes de manejo ambiental establecidos por la autoridad ambiental competente. Este Manual detalla y articula sistemáticamente las actividades que deben desarrollar los profesionales asignados al seguimiento de proyectos licenciados y/o con planes de manejo ambiental establecidos.

Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad: Manual para compensaciones para el componente Biótico [Sic] Es el instrumento a través del cual se Establecen los lineamientos técnicos y el procedimiento para la asignación de compensaciones del componente biótico (fauna, flora, cobertura vegetal y contexto paisajístico), derivadas de los impactos ocasionados por proyectos, obras o actividades en el marco de las licencias ambientales, las solicitudes de permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal único de bosque natural y la solicitud de sustracciones temporales y definitivas de reservas forestales nacionales o regionales por cambio de uso del suelo.

El Manual es aplicable de manera obligatoria a aquellos usuarios que sean sujetos de compensación del componente biótico del proceso de licenciamiento ambiental, permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal único de bosque natural y sustracción temporal y definitiva de reservas forestales nacionales o regionales, por cambio en el uso del suelo.

Medidas de Compensación: Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mitigados.

Medidas de Corrección: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o actividad.

Medidas de Mitigación: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.

Medidas de Prevención: Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.

Medio: División general que se realiza del ambiente para un mejor análisis y entendimiento del mismo. En el contexto de los estudios ambientales corresponde al abiótico, biótico y socioeconómico.

Permisos, Concesiones, Autorizaciones, para el Uso y Aprovechamiento de los Recursos Naturales: Función de expedición para el uso del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprende el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos.

Plan de Manejo Ambiental (PMA): Es el conjunto detallado de medidas y actividades que, producto de una evaluación ambiental, están orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales debidamente identificados, que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la naturaleza del proyecto, obra o actividad. El Plan de Manejo Ambiental podrá hacer parte del Estudio de Impacto Ambiental o como instrumento de manejo y control para proyectos obras o actividades que se encuentran amparados por un régimen de transición.

Programa de Manejo Ambiental: Proceso de implantación que describe cómo se conseguirán los objetivos y las metas definidos en los planes de manejo, lo cual incluye su planificación en el tiempo y el personal responsable para su implantación. Los programas están conformados por proyectos y/o acciones.

Propuesta inicial: Son las versiones previas de los instrumentos técnicos o jurídicos que son sometidas a revisión y/o ajuste por los usuarios internos o externos, hasta antes de la expedición del documento final.

Proyectos, Obras o Actividades: Un proyecto, obra o actividad incluye la planeación, emplazamiento, instalación, construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación de todas las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionados y asociados con su desarrollo.

Regionalización: Es un instrumento para la gestión del conocimiento, que aporta elementos de análisis a los procesos de evaluación y seguimiento ambiental, a partir de una visión regional que involucra las condiciones abióticas, bióticas y socioeconómicas de un territorio, mediante la integración de la información y conocimiento de diferentes actores estratégicos.

Seguimiento Ambiental del Proyecto: Instrumento administrativo que la autoridad ambiental utiliza para verificar el avance, cumplimiento y efectividad del plan de manejo ambiental, así como de las obligaciones y requerimientos establecidos en la licencia ambiental.

Sensibilidad ambiental: Se entiende como el potencial de afectación (transformación o cambio) que pueden sufrir los componentes ambientales como resultado de la alteración de los procesos físicos, bióticos y socioeconómicos debidos a las actividades de intervención antrópica del medio o debido a los procesos de desestabilización natural que experimenta el ambiente.

Servicios ecosistémicos: Son los beneficios directos e indirectos que los seres humanos reciben de la biodiversidad, y que son el resultado de la interacción entre los diferentes componentes, estructuras y funciones que hacen parte de esta. Incluyen servicios de aprovisionamiento, como alimentos, fibras, leña, suelo, agua, pieles, mascotas; servicios de regulación, como mantenimiento de la calidad del aire, como la regulación de las inundaciones, sequías, degradación del terreno y enfermedades; servicios de sustento como la formación del sustrato y el reciclaje de los nutrientes; y servicios culturales, ya sean recreacionales, espirituales, religiosos u otros beneficios no materiales.

Términos de referencia: Los términos de referencia son los lineamientos generales que la autoridad ambiental señala para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente. El solicitante de la licencia ambiental deberá utilizar los términos de referencia, de acuerdo con las condiciones específicas del proyecto, obra o actividad que pretende desarrollar.

Términos de referencia específicos: Son los lineamiento que expiden las autoridades ambientales competentes para licenciamiento ambiental de un proyecto, obra o actividad, cuando el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no haya expedido los términos de referencia genéricos para la elaboración de determinados estudios ambientales.

Términos de referencia genéricos: Son los lineamientos que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, para la elaboración de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente.

Unidad territorial: Delimitación del territorio que constituye una unidad de análisis seleccionada dependiendo del nivel de detalle con el que se requiera la información. Esta unidad se aplica para la definición del área de influencia de los componentes del medio socioeconómico, y puede coincidir con la división político-administrativa de los entes territoriales reconocidos legalmente, o responder a una adopción social reconocida por la misma comunidad.

Uso y/o Aprovechamiento de los Recursos Naturales: Extracción y utilización de productos y subproductos provenientes de los recursos naturales para beneficio del hombre o con fines económicos.

Usuario externo: Persona natural o jurídica que utiliza algún servicio en particular.

Usuario interno: Servidor público, contratista o dependencia de la ANLA, que utiliza algún servicio en particular.

Valoración económica: Se define como la aproximación a la asignación de valores cuantitativos a los bienes, servicios y atributos proporcionados por los recursos naturales y el medio ambiente, independientemente de que estos tengan mercado o no.


SIGLAS

DAA: Diagnóstico Ambiental de Alternativas

EIA: Estudio de Impacto Ambiental

EOT: Esquema de Ordenamiento Territorial

GDB: Modelo de Almacenamiento Geográfico de Datos

ICA: Informe de Cumplimiento Ambiental

PBOT: Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

PET: Población en Edad de Trabajar.

PMA: Plan de Manejo Ambiental

PSM: Plan de Seguimiento y Monitoreo

POMCA: Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas

POT: Plan de Ordenamiento Territorial.

SIG: Sistema de Información Geográfica.

VITAL: Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, administrado por la ANLA

Afectación Ambiental: Grado de alteración favorable o desfavorable, en el medio ambiente o en alguno de los componentes del mismo producida por una acción o actividad.

Agravante: Circunstancia que concurre en la persona que comete una infracción ambiental, o en la infracción misma, y que incrementa la responsabilidad.

Amonestación Escrita: Medida preventiva que consiste en la llamada de atención escrita a quien presuntamente ha infringido las normas ambientales sin poner en peligro grave la integridad o permanencia de los recursos naturales, el paisaje o la salud de las personas. La amonestación puede incluir la asistencia a cursos obligatorios de educación ambiental.

Autoridad Ambiental Competente: Es la autoridad administrativa que forma parte del Sistema Nacional Ambiental – SINA, que de acuerdo con el reparto de funciones y
competencias legales o reglamentarias, ejerce como autoridad ambiental en una determinada porción del territorio nacional. La única autoridad ambiental con jurisdicción en todo el territorio nacional, únicamente para los proyectos, obras y actividades que de acuerdo con las precisas funciones atribuidas en la ley y los reglamentos tengan o requieran un instrumento de manejo y control ambiental que sea de su competencia, es el Ministerio de Ambiente, Desarrollo Sostenible.

Autoridad a Prevención: Es la autoridad administrativa distinta a la autoridad ambiental competente, facultada legalmente para imponer medidas preventivas y remitirlas a la competente.

Beneficio Ilícito: Consiste en la ganancia o beneficio que obtiene el infractor. Este beneficio puede estar constituido por ahorros de retrasos, costos evitados o ingresos directos. El beneficio ilícito se obtiene de relacionar la ganancia o beneficio producto de la infracción con la capacidad de detección.

Bienes de Protección: Cualquier factor ambiental que justifica o merece ser protegido. Son aquellos factores del ambiente tales como los recursos naturales o las relaciones entre sus elementos, los aspectos socioculturales y económicos de la población humana y en general, todos los procesos fundamentales de funcionamiento del medio ambiente.

Carácter de las Medidas Preventivas: El carácter jurídico de las medidas preventivas implica que estas son de ejecución y efectos inmediatos, de carácter preventivo y transitorio y contra ellas no procede recurso alguno. Estas medidas se imponen sin perjuicio de la imposición de las sanciones administrativas o penales a que haya lugar.

Cierre Temporal o Definitivo del Establecimiento, Edificación o Servicio: Consiste en poner fin a las actividades o tareas que en ellos se desarrollan, por la existencia de hechos o conductas contrarias a las disposiciones ambientales. Es temporal si se impone por un determinado periodo de tiempo, y es definitivo cuando así se indique o no se fije un límite en el tiempo.

Circunstancias Atenuantes y Agravantes: Son factores que están asociados al comportamiento del infractor, al grado de afectación del medio ambiente o del área de acuerdo a su importancia ecológica o al valor de la especie afectada, las cuales se encuentran señaladas de manera taxativa en los artículos 6 y 7 de la Ley 1333 de 21 de julio de 2009.

Conocimiento del Hecho: Medios a través de los cuales la autoridad ambiental conoce los hechos respecto de los cuales se debe establecer si ameritan o no la imposición de una medida preventiva, los cuales son: a) Agente sorprendido en flagrancia. b) Queja presentada por una persona. c) Información suministrada por otra autoridad. d) De oficio en virtud del ejercicio de la función de seguimiento y control ambiental.

Decomiso Definitivo de Productos, Elementos, Medios o Implementos Utilizados Para Cometer la Infracción: Consiste en la aprehensión material y definitiva los productos, elementos, medios e implementos utilizados para infringir las normas ambientales.

Decomiso y Aprehensión Preventivos: Consiste en la aprehensión material y temporal de los especímenes de fauna, flora, recursos hidrobiológicos y demás especies silvestres exóticos y el de productos, elementos, medios, equipos, vehículos, materias primas o implementos utilizados para cometer la infracción ambiental o producido como resultado de la misma.

Demolición de Obra: Consiste en la destrucción a costa del infractor de una obra bajo parámetros técnicos establecidos por la autoridad competente en los casos a que hubiere lugar.

Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Conjunto de información que permite la toma de decisiones por parte de la autoridad ambiental ante la solicitud de un peticionario de licencia ambiental. Implica medidas de prevención, corrección, compensación y mitigación de impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad.

Flagrancia: Se refiere a aquellas situaciones en donde una persona es sorprendida en el momento de cometer una infracción ambiental o cuando es sorprendida con objetos,
instrumentos o huellas, de los cuales aparezca fundadamente que momentos antes ha cometido infracción ambiental.

Equipo de Seguimiento Ambiental- ESA: Profesional Técnico y/o equipo técnico encargado de realizar el seguimiento ambiental del proyecto sujeto a un instrumento de
manejo y control ambiental.

Infracción: Se considera infracción en materia ambiental toda acción u omisión que constituya violación de las normas contenidas en el Código de Recursos Naturales, Renovables Decreto-ley 2811 de 1974, en la Ley 99 de 1993, en la Ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones ambientales vigentes, en que las sustituyan o modifiquen y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente. Será también constitutivo de infracción ambiental la comisión de un daño al medio ambiente, con las mismas condiciones que para configurar la responsabilidad civil extracontractual establece el Código Civil y la legislación complementaria; a saber: el daño, el hecho generador con culpa o dolo y el vínculo causal entre los dos. Cuando estos elementos se configuren darán lugar a una sanción Oficina administrativa ambiental, sin perjuicio de la responsabilidad que para terceros pueda generar el hecho en materia civil.

Infracción Ambiental: Toda acción u omisión que constituya violación de las normas contenidas en el Código de Recursos Naturales, Renovables Decreto-ley 2811 de 1974, en la Ley 99 de 1993, en la Ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones ambientales vigentes que las sustituyan o modifiquen y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente. Será también constitutivo de infracción ambiental la comisión de un daño al medio ambiente, con las mismas condiciones que para configurar la responsabilidad civil extracontractual establece el Código Civil y la legislación complementaria; a saber: el daño, el hecho generador con culpa o dolo y el vínculo causal entre los dos.

Licencia Ambiental: Autorización que otorga la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, a una persona, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que conforme a la ley, y así mismo los reglamentos puede producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente, o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. Establece los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario de la licencia ambiental debe cumplir para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.

Medida Preventiva: Es la decisión de la autoridad ambiental o de la autoridad a prevención tendiente a prevenir o impedir la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana.

Multa: Consiste en el pago de una suma de dinero que la autoridad ambiental impone a quien con su acción u omisión infringe las normas ambientales. Multa Ejecutable: Multa cuyo cumplimiento y aplicación se hace obligatoria y viable.

Plan de Manejo Ambiental (PMA): Es el plan que, de manera detallada, establece las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos, causados en desarrollo de un proyecto, obra o actividad; incluye también los planes de seguimiento, evaluación, monitoreo y de contingencia.

Requerimiento Ambiental: Son prácticas y procedimientos específicos exigidos por la ley, por las autoridades o por normas técnicas, para controlar o prevenir la contaminación en forma directa e indirecta.

Restitución de Especímenes de Especies Silvestres: Consiste en la aprehensión material y el cobro del costo de todo el proceso necesario para la adecuada restitución de los individuos, especímenes y/o muestras de especies silvestres o productos del medio ambiente que pertenecen al Estado que se hayan aprovechado, movilizado, transformado y/o comercializado sin la autorización ambiental respectiva o con violación de las disposiciones Ambientales que regulan la materia.

Revocatoria o Caducidad de la Licencia, Permiso, Concesión, Autorización o Registro: Consiste en dejar sin efectos los actos administrativos a través de los cuales se otorgó la licencia ambiental, permiso, autorización, concesionó registro.

Suspensión de Obra, Proyecto o Actividad: Medida preventiva que consiste en la orden de cesar, por un tiempo determinado que fijará la autoridad ambiental, la ejecución de un proyecto, obra o actividad cuando de su realización pueda derivarse daño o peligro a los recursos naturales, al medio ambiente, al Paisaje o la salud humana, o cuando se haya iniciado sin contar con la licencia ambiental, permiso, concesión o autorización, o cuando se incumplan los términos, condiciones y obligaciones establecidas en las mismas. La suspensión de actividades puede cobijar la totalidad del proyecto, obra o actividad o una parte del mismo.

Cobro Persuasivo: Actuación de la administración tendiente a obtener de manera voluntaria un pronto pago de las obligaciones vencidas.

Jurisdicción Coactiva. Es un privilegio o poder exorbitante de la administración, que consiste en la facultad de cobrar directamente, sin que medie intervención judicial, las deudas a su favor, adquiriendo la doble calidad de juez y parte, cuya función se encuentra en la prevalencia del interés general.

Cobro Coactivo.- es un procedimiento mediante el cual las administraciones y entidades deben hacer efectivas directamente los créditos fiscales a su favor, a través de sus propias dependencias y funcionarios y sin necesidad de acudir a la justicia ordinaria.

Titulo Ejecutivo.- Es el documento en el que consta una obligación, de manera clara, expresa y exigible y para nuestro caso ese documento debe contener un acto administrativo el cual debe gozar de los presupuestos de eficacia, ejecutividad y presunción de legalidad.

Mandamiento De Pago.- Es el acto administrativo procesal, que consiste en la orden de pago que dicta el funcionario ejecutor para que el ejecutado cancele la suma adeudada contenida en el titulo ejecutivo, junto con los intereses desde cuando se hicieron exigibles hasta el pago total de la obligación.

Medidas Cautelares: Providencia que pretende embargar bienes del deudor, con la finalidad garantizar la conservación de los mismos para asegurar la efectividad del pago de la obligación y garantizar los perjuicios del proceso.

Obligación.- Vinculo jurídico con el cual una persona queda sujeta a realizar en favor de otra una prestación licita, posible y determinable.

Procedimiento Ejecutivo: Conjunto de formalidades procesales señaladas por el legislador para el trámite del juicio ejecutivo.

Abundancia: Grado de participación de una especie en número de individuos con respecto al total de individuos de todas las especies que se han registrado en un inventario forestal. Se acostumbra a expresar en porcentaje (abundancia relativa). (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Aprovechamiento: Es el uso, por parte del hombre, de los recursos maderables y no maderables provenientes de la flora silvestre y de las plantaciones forestales (Decreto 1076 de 2015).

Aprovechamiento forestal: Es la extracción de productos de un bosque y comprende desde la obtención hasta el momento de su transformación (Decreto 1076 de 2015).

Aprovechamiento sostenible: Es el uso de los recursos maderables y no maderables del bosque que se efectúa manteniendo el rendimiento normal del bosque mediante la aplicación de técnicas silvícolas que permiten la renovación y persistencia del recurso (Decreto 1076 de 2015).

Área basal: Superficie expresada en cm2 o m2 de la sección transversal a la altura del pecho (1.30 m.) de un árbol o de todos los árboles de una masa. Se debe entender que es sin corteza cuando no se diga lo contrario. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Bosque natural: Zona boscosa compuesta de árboles nativos, no plantados por el hombre, que se clasifica utilizando los criterios de formaciones o tipos de bosque, el grado de alteración o modificación antrópica y la interferencia humana. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Bosque residual: Masa forestal ideal expresada en volumen o área basal que se deja en crecimiento para futura cosecha luego de aplicadas las cortas principales y de mejoramiento. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Ciclo de corta: Intervalo planeado entre operaciones de corta principal en la misma parcela u otra subdivisión permanente del bosque. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Corta: Actividad de aprovechamiento forestal que consiste en el alistamiento de las plantas a cosechar o su recolección y la preparación en bruto de aquellas partes de la planta o de los productos que se extraerán del bosque hasta el momento previo al desembosque. Puede ser mecánica o manual. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Corta permisible (posibilidad): Cantidad de productos maderables y no maderables que pueden obtenerse de un bosque sin disminuir su capacidad de producción, buscando la sostenibilidad ambiental y el rendimiento sostenido en productos de la mejor calidad. Constituye un método regulatorio de la producción para aprovechar el crecimiento del bosque y normalizar la masa. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Cuartel: Unidad técnico-operativa de superficie definida en que se divide la Unidad de Manejo Forestal, con una población vegetal y una oferta de productos maderables y no maderables a cosechar de acuerdo al inventario forestal y sujeta a un plan de cortas. Su tamaño depende de la extensión de la UOF, del ciclo de corta y de factores operativos y económicos del aprovechamiento forestal. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Cuartel de corta anual o Unidad de corta anual: Unidad de superficie destinada a la corta anual de aprovechamiento en la Unidad de Manejo Forestal. Sus linderos son bien definidos y basados generalmente en características naturales o artificiales. Su tamaño depende de la extensión de la UOF, del ciclo de corta y de factores económicos. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Densidad: Término usado frecuentemente en ecología vegetal para indicar el número de individuos (árboles) por unidades de área (hectárea). (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Diámetro a la altura del pecho (DAP): Es el diámetro del fuste o tronco de un árbol medido a una altura de un metro con treinta centímetros a partir del suelo (Decreto 1076 de 2015).

Diversidad biológica: Variedad de organismos vivos que existen en todas las fuentes, inclusive los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos, así como los complejos ecológicos de los cuales son parte. Abarca así mismo la diversidad de una misma especie, entre las diferentes especies y en los ecosistemas (Convenio sobre la Diversidad Biológica, 1992).

Ecosistema: Complejo dinámico de ecosistemas vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional (Convenio sobre Diversidad Biológica, 1992).

Estructura diamétrica: Distribución de los árboles de un rodal o bosque en clases diamétricas de amplitud definida. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Flora silvestre: Es el conjunto de especies e individuos vegetales del territorio nacional que no se han plantado o mejorado por el hombre (Decreto 1076 de 2015).

Frecuencia: Característica estructural de los bosques que mide la dispersión media o regularidad de la distribución de cada especie en el terreno. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Índice de valor de importancia (IVI): Indicador ecológico utilizado para conocer el grado de participación o dominancia de una especie en la comunidad vegetal. Se expresa por la suma de la abundancia, frecuencia y dominancia relativas. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Plan de aprovechamiento forestal: Es la descripción de los sistemas, métodos y equipos a utilizar en la cosecha del bosque y extracción de los productos, presentando por el interesado en realizar aprovechamientos forestales únicos (Decreto 1076 de 2015).

Plan de cortas: Programa ordenado que regula las cortas en la Unidad de Manejo Forestal durante un período determinado de tiempo, generalmente un año, el cual incluye principalmente el área, los volúmenes y especies otorgadas a cortar, de acuerdo a lo previsto en el Plan de Manejo Forestal. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Plan de establecimiento y manejo forestal: Estudio elaborado con base en el conjunto de normas técnicas de la silvicultura a que regulan las acciones a ejecutar en una plantación forestal, con el fin de establecer, desarrollar, mejorar, conservar y aprovechar bosques cultivados de acuerdo con los principios de utilización racional y manejo sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente (Decreto 1076 de 2015).

Plan de manejo forestal: Es la formulación y descripción de los sistemas y labores silviculturales a aplicar en el bosque sujeto a aprovechamiento, con el objeto de asegurar su sostenibilidad, presentando por el interesado en realizar aprovechamientos forestales persistentes (Decreto 1076 de 2015).

Plan de ordenación forestal: Es el estudio elaborado por las corporaciones que, fundamentado en la descripción de los aspectos bióticos; abióticos, sociales y económicos, tiene por objeto asegurar que el interesado en utilizar el recurso en un área forestal productora, desarrolle su actividad en forma planificada para así garantizar el manejo adecuado y el aprovechamiento sostenible del recurso (Decreto 1076 de 2015).

Plantación Forestal: Es el bosque originado por la intervención directa del hombre (Decreto 1076 de 2015).

Producto de la flora silvestre: Son los productos no maderables obtenidos a partir de las especies vegetales silvestres, tales como gomas, resinas, látex, lacas, frutos, cortezas, estirpes, semillas y flores, entre otros (Decreto 1076 de 2015).

Productos forestales de segundo grado de transformación o terminados: Son los productos de la madera obtenidos mediante diferentes procesos y grados de elaboración y de acabado industrial con mayor valor agregado tales como molduras, parquet, listón, machiembrado, puertas, muebles, contrachapados y otros productos terminados afines (Decreto 1076 de 2015).

Productos forestales de transformación primaria: Son los productos obtenidos directamente a partir de las trozas como bloques, bancos, tablones, tablas y además chapas y astillas, entre otros (Decreto 1076 de 2015).

Reforestación: Es el establecimiento de árboles para formar bosques, realizado por el hombre (Decreto 1076 de 2015).

Salvoconducto de movilización: Es el documento que expide la entidad administradora del recurso para movilizar o transportar por primera vez los productos maderables y no maderables que se concede con base en el acto administrativo que otorga el aprovechamiento (Decreto 1076 de 2015).

Salvoconducto de removilización: Es el documento que expide la entidad administradora del recurso para autorizar la movilización o transporte parcial o total de un volumen o de una cantidad de productos forestales y no maderables que inicialmente había sido autorizados por un salvoconducto de movilización (Decreto 1076 de 2015).

Salvoconducto de renovación: Es el nuevo documento que expide la entidad administradora del recurso para renovar un salvoconducto cuyo término se venció sin que se hubiera realizado la movilización o el transporte de los productos inicialmente autorizados, por la misma cantidad y volumen que registró el primer salvoconducto (Decreto 1076 de 2015).

Sotobosque: Vegetación arbustiva que crece en los pisos inferiores del bosque y alcanza menor altura que el arbolado. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Tala: Es el apeo o el acto de cortar árboles (Decreto 1076 de 2015).

Tratamiento silvicultural: Conjunto de labores silvícolas que provocan la reacción positiva para inducir la regeneración natural o aumentar la tasa de crecimiento de los árboles o especies vegetales deseables. Tiene por objetivo favorecer la vegetación remanente, estimulando la regeneración natural de las especies valiosas para obtener una masa forestal ideal que garantice el aprovechamiento sostenible. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Unidad de Manejo Forestal: Área en la cual se aplican las directrices establecidas por la autoridad ambiental y las técnicas de manejo silvicultural de acuerdo al Plan de Manejo Forestal aprobado por la CAR, con base en las cuales se garantiza el aprovechamiento y manejo sostenible del bosque. (Guías Técnicas para la Ordenación y el Manejo Sostenible de los Bosques Naturales. 2002).

Unidad de Ordenación Forestal: Área boscosa claramente definida, manejada sobre la base de una serie de objetivos explícitos y de acuerdo con un plan de ordenación a largo plazo (OIMT,1999).

Aire: Es el fluido que forma la atmósfera de la Tierra, constituido por una mezcla gaseosa cuya composición es, cuando menos, de veinte por ciento (20%) de oxígeno, setenta y siete por ciento (77%) de nitrógeno y proporciones variables de gases inertes y vapor de agua, en relación volumétrica.

Área fuerte: Es una determinada zona o región, urbana suburbana o rural, que, por albergar múltiples fuentes fijas de emisión, es considerada como un área especialmente generadora de sustancias contaminantes del aire.

Atmosfera: Capa gaseosa que rodea la tierra.

Biomasa: Materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo o provocado, utilizable como fuente de energía.

Calentamiento Directo: La transferencia de calor por flama, gases de combustión o por ambos, al entrar en contacto directo con los materiales del proceso.

Calentamiento Indirecto: La transferencia de calor por gases de combustión que no entran en contacto directo con los materiales del proceso.

Cogeneración: Proceso de producción combinada de energía eléctrica y energía térmica, que hace parte integrante de una actividad productiva, destinadas ambas al consumo propio o de terceros y destinadas a procesos industriales o comerciales.

Combustibles Gaseosos: Se denominan combustibles gaseosos a los hidrocarburos naturales y a los fabricados exclusivamente para su empleo como combustibles, y a aquellos que se obtienen como subproducto en ciertos procesos industriales y que se pueden aprovechar como combustibles. Por ejemplo: gas natural, metano, etano, propano, butano, gas de refinería, gas de alto horno, biogás o mezclas de estos.

Combustibles Líquidos: Se consideran combustibles líquidos Diésel, Fuel Oil N° 2 o ACPM, Fuel Oil Nº 6, crudo o bunker.

Combustibles Sólidos: Se consideran combustibles sólidos los siguientes: carbón mineral, coque, carbón vegetal, antracita, hullas, lignitos, leña, turbas, madera, biomasa, fibras vegetales, asfalto y brea.

Combustión Interna: Es aquella en la que el calor se libera en el interior del equipo debido a la combustión de los carburantes que se emplean en los motores de explosión.

Combustión Externa: Es el proceso en el cual, el combustible es utilizado para formar vapor fuera del equipo y parte de la energía interna del vapor se emplea para realizar trabajo en el interior del equipo.

Compuestos Orgánicos Volátiles (COV): Cualquier compuesto de carbono que participa en reacciones fotoquímicas atmosféricas y que tenga a 293,15 K una presión de vapor de 0,01 kPa o más, o que tenga una volatilidad equivalente en las condiciones particulares de uso. Se excluyen los compuestos orgánicos que tienen una reacción fotoquímica imperceptible como: Metano, Etano, Cloroformo de metilo y aquellos que se encuentran enlistados en la sección "Exempt VOC" de la norma 40 CFR 51.100(s)(1) de la EPA de Estados Unidos.

Concentración de una sustancia en el aire: Es la relación que existe entre el peso o el volumen de una sustancia y la unidad de volumen del aire en la cual está contenida.

Condiciones de referencia: Son los valores de temperatura y presión con base en los cuales se fijan las normas de calidad del aire y de las emisiones, que respectivamente equivalen a 25 °C y 760 mm de mercurio.

Contaminación atmosférica: Es el fenómeno de acumulación o de concentración de contaminantes en el aire.

Contaminantes: Son fenómenos físicos, o sustancias, o elementos en estado sólido, líquido o gaseoso, causantes de efectos adversos en el ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana que solos, o en combinación, o como productos de reacción, se emiten al aire como resultado de actividades humanas, de causas naturales, o de una combinación de éstas.

Controles al final del proceso: Son las tecnologías, métodos o técnicas que se emplean para tratar, antes de ser transmitidas al aire, las emisiones o descargas contaminantes, generadas por un proceso de producción, combustión o extracción, o por cualquier otra actividad capaz de emitir contaminantes al aire, con el fin de mitigar, contrarrestar o anular sus efectos sobre el ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana.

Dioxinas y Furanos: Son compuestos de origen antropogénico y/o producto de la combustión o subproductos no deseados en diferentes reacciones químicas de procesos industriales. Veintiuno (21) de sus congéneres son clasificados como altamente tóxicos en cantidades pequeñas.

Dosis de inmisión: Es el valor total (la integral) del flujo de inmisión es un receptor, durante un período determinado de exposición.

Emisión: Es la descarga de una sustancia o elementos al aire, en estado sólido, líquido o gaseoso, o en alguna combinación de éstos, proveniente de una fuente fija o móvil.

Emisión fugitiva: Es la emisión ocasional de material contaminante.

Episodio o evento: Es la ocurrencia o acaecimiento de un estado tal de concentración de contaminantes en el aire que, dados sus valores y tiempo de duración o exposición, impone la declaratoria por la autoridad ambiental competente, de alguno de los niveles de contaminación, distinto del normal.

Factor de Equivalencia Tóxica: Es el factor que indica el grado de toxicidad de cada uno de los compuestos incluidos en los grupos de Dioxinas y Furanos, comparado con el de la 2,3,7,8 TCDD al que se le otorga un valor de referencia de 1 por ser la dioxina más tóxica.

Fuente de emisión: Es toda actividad, proceso u operación, realizado por los seres humanos, o con su intervención, susceptible de emitir contaminantes al aire.

Fuente fija: Es la fuente de emisión situada en un lugar determinado e inamovible, aun cuando la descarga de contaminantes se produzca en forma dispersa.

Fuente fija dispersa o difusa: Es aquella en que los focos de emisión de una fuente fija se dispersan en un área, por razón del desplazamiento de la acción causante de la emisión, como en el caso de las quemas abiertas controladas en zonas rurales.

Fuente fija puntual: Es la fuente fija que emite contaminantes al aire por ductos o chimeneas.

Hidrocarburos Totales (HCT): Todos los compuestos carbonados generados en las emisiones de hidrocarburos excepto los carbonatos, carburos metálicos, monóxido de carbono (CO), dióxido de carbono (CO2), ácido carbónico y aldehídos.

Incineración: Es el proceso de combustión de sustancias, residuos o desechos, en estado sólido, líquido o gaseoso.

Inmisión: Transferencia de contaminantes de la atmósfera a un receptor. Se entiende por inmisión la acción opuesta a la emisión.

Instalación Existente: Aquella instalación que se encuentre construida y operando a la entrada en vigencia de la Resolución 909 de 2008.

Instalación Nueva: Aquella instalación que inicie operación con posterioridad a la entrada en vigencia de la vigencia de la Resolución 909 de 2008.

Flujo de inmisión: Es la tasa de inmisión con referencia a la unidad de área de superficie de un receptor.

NO2 (dióxido de nitrógeno): Gas de color pardo rojizo fuertemente tóxico cuya presencia en el aire de los centros urbanos se debe a la oxidación del nitrógeno atmosférico que se utiliza en los procesos de combustión en los vehículos y fábricas.

Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión: Es el nivel de concentración legalmente permisible de sustancias o fenómenos contaminantes presentes en el aire, establecido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, con el fin de preservar la buena calidad del medio ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana.

Norma de emisión: Es el valor de descarga permisible de sustancias contaminantes, establecido por la autoridad ambiental competente, con el objeto de cumplir la norma de calidad del aire.

O3 (Ozono): Gas azul pálido que, en las capas bajas de la atmósfera, se origina como consecuencia de las reacciones entre los óxidos de nitrógeno y los hidrocarburos (gases compuestos de carbono e hidrógeno principalmente) en presencia de la luz solar.

Olor ofensivo: Es el olor, generado por sustancias o actividades industriales, comerciales o de servicio, que produce fastidio, aunque no cause daño a la salud humana.

Policlorodibenzo-p-dioxinas (PCDDs) y policlorodibenzofuranos (PCDFs): son dos familias de hidrocarburos aromáticos halogenados triciclicos que engloban un total de 210 compuestos: 75 PCDDs y 135 PCDFs, constituidos por dos anillos bencénicos unidos entre sí, que poseen entre uno y hasta ocho átomos de cloro como sustitutos de sus enlaces. Estos compuestos son comúnmente conocidos como dioxinas y furanos. Las PCDDs se encuentran unidas por dos átomos de oxígeno y en el caso de los PCDFs por un átomo de oxígeno y un enlace carbono-carbono y cuyos átomos de hidrógeno pueden ser sustituidos hasta por ocho átomos de Cloro.

Punto de descarga: Es el ducto, chimenea, dispositivo o sitio por donde se emiten los contaminantes a la atmósfera.

PM10 (Material Particulado Menor a 10 Micras): Material particulado con un diámetro aerodinámico menor o igual a 10 micrómetros nominales.

PM2.5 (Material Particulado Menor a 2,5 Micras): Material particulado con un diámetro aerodinámico menor o igual a 2,5 micrómetros nominales.

PST (Partículas Suspendidas Totales): Material particulado que incluye tanto a la fracción inhalable como a las mayores de 10 micras, que no se sedimentan en periodos cortos, sino que permanecen suspendidas en el aire debido a su tamaño y densidad.

Sistema de Extracción Localizada: Toda obra metalmecánica que comprende la instalación de una campana de extracción con una presión negativa suficientemente alta para capturar sustancias contaminantes, en puestos de trabajo o de los procesos de producción, y son conducidos a sistemas de control de emisiones y/o ductos de descarga a la atmósfera.

Sistema de Vigilancia de la Calidad del Aire: Conjunto de equipos de medición de calidad del aire instalados sistemáticamente para verificar el cumplimiento de uno o varios de los objetivos de vigilancia de calidad del aire previstos en el Protocolo para el Monitoreo y Seguimiento de la Calidad del Aire.

SO2 (dióxido de azufre): Gas incoloro, no inflamable que posee un fuerte olor en altas concentraciones.

Sustancia de olor ofensivo: Es aquella que, por sus propiedades organolépticas, composición y tiempo de exposición puede causar olores desagradables.

Sustancias peligrosas: Son aquellas que aisladas o en combinación con otras, por sus características infecciosas, tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables, volátiles, combustibles, radiactivas o reactivas, pueden causar daño a la salud humana, a los recursos naturales renovables o al ambiente.

Tiempo de exposición: Es el lapso de duración de un episodio o evento. Tasa de inmisión: Es la masa, o cualquiera otra propiedad física, de contaminantes transferida a un receptor por unidad de tiempo.

Espécimen de la fauna silvestre: Individuo vivo o muerto o cualquiera de sus productos, partes o derivados, identificable conforme al acto administrativo que autoriza su obtención.

Marcaje electrónico: Método de identificación de especímenes de fauna silvestre constituido por un microchip y una unidad de lectura.

Marcaje por bandas: Método de identificación de especímenes de fauna silvestre usando estructuras plásticas o metálicas, denominadas placas, orejeras, anillos, precintos. Marcaje con tinta. Método de identificación individual de especímenes de fauna silvestre, utilizando tinturas indelebles.

Precintos: Son unidades de identificación contramarcadas no reutilizables y destinadas a la identificación de pieles y productos de especies de la fauna silvestre.

Sistema Nacional de Identificación y Registro: Herramienta para el manejo del marcaje, la estandarización y centralización de los registros de los especímenes de fauna silvestre en condiciones “ex situ”, que facilita la acción de las autoridades ambientales.

Acidificación (de un pozo): Proceso de introducción de un ácido en rocas carbonatadas, tales como calizas, dolomías, arenas calcáreas o areniscas, para aumentar su Conductividad hidráulica mediante la disolución de una parte de los componentes de la roca.

Adsorción: Incorporación de agua y/o solutos dentro de la estructura de un sólido.

Afluente: Curso de agua que desemboca en un curso de agua mayor o en un lago.

Aforo con flotador: Medición de la velocidad de una corriente de agua mediante un flotador o una barra lastrada.

Aforo de caudales: Conjunto de operaciones para determinar el caudal en un curso de agua para un nivel observado.

Aforo en un vado: Método de determinación del caudal que consiste en atravesar el lecho de un curso de agua a pie y medir los calados y velocidades.

Aforo por dilución: Método para determinar el caudal de un curso de agua por medición del grado de dilución de un trazador introducido en el agua.

Agradación: Proceso de acumulación de materiales transportados por el agua.

Agua subterránea: Agua que ocupa la zona saturada del subsuelo.

Agua superficial: Agua que fluye o se almacena en la superficie del terreno.

Alerta de crecida: Difusión de aviso ante la posible ocurrencia de una crecida a corto plazo en una estación o cuenca fluvial determinada.

Archivo de datos: Almacenamiento de datos en un conjunto de ficheros catalogados que se guardan en un soporte de reserva que permite su conservación, y no necesariamente de forma permanente en línea.

Balance hídrico: Evaluación de los aportes y descargas de agua de un acuífero o una cuenca hidrográfica para un período de tiempo determinado.

Barra: Banco de sedimentos, como arena o gravilla, depositado en el lecho de un río o en su desembocadura, que obstruye el flujo o la navegación.

Bifurcación: División de una corriente en dos ramas.

Biótico: Referente a los componentes vivos de un ecosistema, en contraposición a los componentes abióticos físico-químicos.

Carga de sedimentos de fondo: Sedimento en contacto casi continuo con el lecho de un curso de agua que es arrastrado por rodadura, deslizamiento o saltos.

Carga de sedimentos en suspensión: Parte del total de sedimentos transportados que se mantiene en suspensión por la turbulencia del agua en movimiento durante períodos de tiempo considerables sin tocar el lecho del cauce que se mueve a la misma velocidad que el agua y habitualmente se expresa como masa o volumen por unidad de tiempo.

Caudal a sección llena: Caudal que puede circular por un curso de agua sin producir desbordamiento.

Caudal de base: Caudal que se incorpora a una corriente de agua, procedente principalmente de aguas subterráneas, aunque también de lagos y glaciares, durante períodos largos en los que no se produce ni precipitación ni fusión de nieve.

Caudal de estiaje: Caudal de un río en época de estiaje que es alimentado exclusivamente por aguas subterráneas.

Caudal líquido: Volumen de agua que fluye a través de una sección transversal de un río o canal en una unidad de tiempo.

Caudal máximo: Caudal máximo instantáneo de una determinada corriente de agua representado en un hidrograma de caudales para un fenómeno específico.

Caudal sólido: Caudal de sedimentos en una sección transversal dada de una corriente de agua.

Ciclo hidrológico: Sucesión de fases por las que pasa el agua en su movimiento de la atmósfera a la Tierra y en su retorno a la misma: evaporación del agua del suelo, del mar y de las aguas continentales, condensación en forma de nubes, precipitación, acumulación en el suelo o en masas de agua y reevaporación.

Clasificación (granulométrica) de los sedimentos: Clasificación de los sedimentos transportados por una corriente de agua según el tamaño de las partículas.

Coeficiente de Almacenamiento (S): Se refiere al volumen que es capaz de liberar el acuífero al descender en una unidad el nivel piezométrico. Se define como el volumen de agua que puede ser liberado por un volumen prismático vertical del acuífero, de área igual a la unidad y por altura, la altura saturada del acuífero, si se produce un descenso en una unidad del nivel piezométrico. El coeficiente de almacenamiento es adimensional (m3 /m3). En acuíferos confinados los valores típicos se encuentran entre 0.00005 y 0.005, mucho menores que la porosidad eficaz de un acuífero libre. Esto se debe a que en un acuífero confinado el agua no es liberada por el drenaje de los intersticios sino por la compresión del acuífero, en particular de las capas de arcillas y limos intercaladas, (por eso también denominado coeficiente de almacenamiento elástico), y todo el material acuífero permanece saturado, mientras que en los acuíferos libres es similar a la porosidad eficaz, ya que el acuífero se desatura al liberar agua. En un acuífero libre: S = 0.05 – 0.03 En acuíferos confinados: S = 10-3 - 10-5.

Coeficiente de escorrentía: Relación entre la escorrentía y la precipitación.

Coeficiente de rugosidad: Coeficiente que caracteriza la rugosidad de un cauce o tubería y que se utiliza para calcular la resistencia al flujo en el cauce o tubería.

Coliformes fecales: Bacterias intestinales de los mamíferos que se utilizan como indicador de contaminación orgánica.

Concentración de sedimentos: Relación entre el peso seco de los materiales sólidos y el peso total de una muestra de agua y sedimentos.

Conductividad hidráulica (K): Es la propiedad de las rocas de permitir o no el flujo del agua; es decir, un estrato geológico siendo poroso puede contener agua, pero si los espacios vacíos no se interconectan, el agua no circula. Esta libertad de movimiento depende de: Tamaño y forma de las partículas, gradación del material y viscosidad del agua. El coeficiente de Conductividad hidráulica de un material, se define como el volumen de agua que pasa por unidad de tiempo, a través de una sección de acuífero de área unitaria (1 m2), cuando el gradiente hidráulico es unitario y la temperatura este en promedio de 15°C. La Conductividad hidráulica tiene dimensiones de velocidad m/día ó m3 /día/m2 (Arocha, 1980).

Contenido de oxígeno disuelto: Cantidad de oxígeno disuelto en agua que varía con la temperatura, la salinidad y la turbulencia.

Control de calidad de los datos: Procedimiento para comprobar la compatibilidad de la exactitud de las medidas con la precisión.

Corriente de agua: Masa de agua que fluye en un cauce natural superficial. Cuenca: Área que tiene una salida única para su escorrentía superficial.

Cuenca hidrogeológica: Unidad fisiográfica que contiene un acuífero de gran extensión o varios acuíferos conectados o interrelacionados cuyas aguas fluyen hacia una misma zona de descarga.

Curva de calibración: Curva que muestra la relación entre la altura y el caudal de un curso de agua en una estación hidrométrica.

Curva hipsométrica: Curva que muestra la fracción de la superficie de una cuenca fluvial situada por encima de una cota determinada.

Drenaje: Evacuación de agua superficial o subterránea de una zona determinada mediante medios naturales o artificiales.

DBO5: Índice de demanda bioquímica de oxígeno (DBO) de una muestra de agua expresado como la cantidad de oxígeno consumido en un litro de muestra mantenida durante cinco días a 20 °C en ausencia de luz (se pueden usar otros períodos de tiempo, como 20 días, en cuyo caso se habla de DBO20).

Demanda bioquímica de oxígeno (DBO): Concentración másica de oxígeno disuelto consumido en determinadas condiciones por la oxidación biológica de materia orgánica y/o inorgánica en el agua.

Demanda química de oxígeno (DQO): Indicador de la calidad del agua que mide el consumo potencial de oxígeno disuelto por oxidación química de compuestos orgánicos y minerales del agua, en general, mediante dicromato potásico.

Duna: Formación del lecho de un río de perfil triangular y con una suave pendiente aguas arriba, que avanza en la dirección de la corriente debido al movimiento del sedimento.

Efluente: Derivación de un curso de agua principal o de un lago.

Erosión: Desgaste y transporte de suelos y rocas por el paso de corrientes de agua, glaciares, vientos y olas.

Erosión de cauce: Proceso de recogida y transporte del material del lecho y de las orillas de un cauce.

Escorrentía: Parte de la precipitación que fluye por la superficie del terreno hacia un curso de agua (escorrentía de superficie) o en el interior del suelo.

Estación automática: Estación cuyos instrumentos registran, y en algunos casos transmiten, observaciones automáticamente.

Estación de aforo: Lugar en un curso de agua en el que se mide el nivel y/o el caudal de forma sistemática.

Evapotranspiración: Conjunto de procesos por los que se efectúa la transferencia de agua de la superficie terrestre a la atmósfera por evaporación y de la vegetación, por transpiración.

Flotador: Todo cuerpo, natural o artificial, arrastrado por el agua y parcial o totalmente sumergido en ella, cuyo movimiento vertical indica cambios del nivel de agua y cuyo movimiento horizontal indica la velocidad del agua en la superficie o a diversas profundidades.

Flujo subterráneo: Movimiento del agua en un acuífero. Hidráulica: Rama de la mecánica de fluidos que estudia el flujo de agua (u otros líquidos) en conducciones y cursos de agua abiertos.

Hidrogeología: Rama de la hidrología que estudia las aguas subterráneas y se basa en la geología y la mecánica de fluidos.

Hidrología: Ciencia que estudia las aguas superficiales y subterráneas de la Tierra, su aparición, circulación y distribución, tanto en el tiempo como en el espacio, sus propiedades biológicas, químicas y físicas, y sus reacciones con el entorno, incluida su relación con los seres vivos.

Incertidumbre: Grado de aproximación entre los cálculos, estimaciones o mediciones y los valores exactos o verdaderos.

Infiltración: Flujo de agua que penetra en un medio poroso a través de la superficie del suelo.

Inundación: Elevación, generalmente rápida, del nivel de agua de un curso, hasta un máximo a partir del cual dicho nivel desciende a una velocidad menor.

Lago: Masa de agua continental de considerable extensión.

Lecho del río: Parte inferior de un valle fluvial conformada por el flujo de agua y a lo largo de la cual se mueven la mayor parte del caudal y los sedimentos.

Léntico: Dícese de un hábitat de agua dulce caracterizado por aguas en calma o quietas.

Limnígrafo: Dispositivo que registra automáticamente el nivel de agua detectado por un sensor, ya sea de forma continua o en intervalos de tiempo regulares.

Llanura aluvial: Llanura formada por deposición de materiales aluviales erosionados en zonas más elevadas.

Lótico: Característica de un hábitat de agua dulce fluyente.

Marea: Elevación y descenso periódicos del agua en los mares o en grandes lagos debidos a la atracción gravitatoria de la Luna y el Sol.

Método de área-velocidad: Método de medición del caudal de un curso de agua mediante la determinación de la velocidad del flujo y de la profundidad del agua en un número determinado de puntos de la sección transversal, y la suma de los productos de las velocidades medias por las áreas elementales resultantes.

Medidor de carga de fondo: Dispositivo utilizado para recoger y/o medir el caudal de sedimentos a lo largo del lecho de un curso de agua.

Molinete: Instrumento para medir la velocidad del agua en un punto.

Muestreador de sedimentos: Dispositivo de muestreo para determinar la concentración de los sedimentos.

Nivel: Elevación o altura de la superficie del agua en un punto determinado, el cual está ligado topográficamente a un origen de referencia identificado con una cota arbitraria o al nivel medio del mar.

Nivel de agua subterránea: Cota del nivel freático o de la superficie piezométrica de un acuífero en un lugar y en un momento dado.

Nivel medio del mar: Nivel medio de las mareas a lo largo de un extenso período de tiempo.

Obras hidráulicas: Construcción de bienes que tengan naturaleza inmueble destinada a la captación, extracción, desalación, almacenamiento, regulación, conducción, control y aprovechamiento de las aguas, así como el saneamiento, depuración, tratamiento y reutilización de las aprovechadas y las que tengan como objeto la recarga artificial de acuíferos, la actuación sobre cauces, corrección del régimen de corrientes y la protección frente avenidas.

Orden de un curso de agua: Número que expresa el orden de ramificación de un curso de agua en un sistema hidrográfico.

Organismo aerobio: Organismo que necesita la presencia de oxígeno para vivir.

Organismo anaerobio: Organismo capaz de vivir en ausencia de oxígeno.

Permiso de ocupación de cauce: permiso otorgado por la autoridad ambiental, para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua.

PH: Valor absoluto del logaritmo decimal de la concentración de hidrogeniones en un medio, que se utiliza como indicador de acidez (pH < 7) o de alcalinidad (pH > 7).

Porosidad (n): Como las rocas no son completamente sólidas (poseen grietas o espacios intergranulares), al conjunto de estas aberturas o intersticios se le llama porosidad. La porosidad no define la existencia del acuífero, sino que además se requiere que estos estén interconectados; característica que se ve afectada por los factores siguientes: Grado de compactación del material, forma y arreglo de las partículas y su gradación, las cuales son independientes del tamaño de las mismas. El valor de “n”, varía de 0 a 50%, dependiendo de los factores mencionados.

Proceso de datos: Tratamiento de datos procedentes de observación para adecuarlos a su utilización con un propósito específico.

Radio hidráulico: Cociente entre el área de la sección transversal mojada y el perímetro mojado de un curso de agua o de una conducción.

Recarga de un acuífero: Entrada natural o artificial de agua en la zona saturada de un acuífero.

Red de drenaje: Disposición de los cauces de drenaje, naturales o artificiales, de una zona.

Relación de bifurcación: Relación entre el número de ramales de corriente de un orden dado en una cuenca y el número de ramales del orden inmediatamente superior de la misma.

Respuesta de una cuenca: Forma en que una cuenca responde a un fenómeno o a una serie de fenómenos meteorológicos.

Sección de aforo: Sección transversal de un cauce abierto en el que se realizan mediciones de velocidad y/o profundidad.

Sección longitudinal: Sección vertical a lo largo de la línea central de un cauce.

Sedimento: Material transportado por el agua en suspensión o como arrastre de fondo desde su lugar de origen al de depósito.

Sedimentos en suspensión: Sedimentos que permanecen en suspensión por la turbulencia del agua en movimiento durante un período de tiempo considerable sin entrar en contacto con el lecho.

Sistema de recogida de datos: Sistema coordinado para la recogida de observaciones procedentes de una red hidrológica y su posterior transmisión a un centro de proceso de datos.

Socavación de cauce: Degradación de un cauce como resultado de la erosión.

Tiempo de concentración: Tiempo necesario para que la escorrentía de tormenta llegue hasta el desagüe desde el punto de la cuenca con mayor tiempo de recorrido.

Transmisibilidad o Transmisividad (T): Es una medida de la capacidad de un acuífero para conducir agua o transmitir agua, definiéndose como el volumen de agua que pasa por unidad de tiempo, a través de una franja vertical de acuífero de ancho unitario, extendida en todo el espesor saturado, cuando el gradiente hidráulico es unitario y a una temperatura de 15°C (Arocha 1980). La Transmisividad es el producto de la conductividad hidráulica y el espesor saturado del acuífero: T = b * K Dónde T es la Transmisividad expresada en m2 /días, b es el espesor saturado del acuífero en m K es la Conductividad hidráulica en m/día.

Transporte de fondo: Cantidad (en peso, masa o volumen) de arrastre de fondo trasportada a través de una sección transversal de un curso de agua por unidad de tiempo.

Transporte de sedimentos: Flujo de sólidos transportados por un flujo de agua mediante cualquier tipo de mecanismo.

Tratamiento primario de datos: Contraste, verificación y corrección de datos brutos para su uso en análisis y cálculos.

Tratamiento secundario de datos: Análisis, después del tratamiento primario, de una única serie o de una combinación de series de datos.

Turbidez: Característica de un líquido que contiene materiales en suspensión finos pero visibles, que impiden el paso de la luz a través del líquido.

Variable hidrológica: Valor resultante de una medición hidrológica que varía en el espacio y en el tiempo.

Velocidad: Velocidad en una sección transversal determinada, que se obtiene dividiendo el caudal por el área de la sección transversal de la corriente de agua.

Velocidad superficial: Velocidad a la que se desplaza un líquido en un punto dado de la superficie.

Viscosidad: Propiedad de un fluido para resistir el esfuerzo cortante producido por gradientes de velocidad que generalmente se expresa como un coeficiente.

Zona inundable: Área que se inunda de forma ocasional.

Zona no saturada: Zona del subsuelo situada por encima del nivel freático en la que los huecos están llenos de aire y agua, y la presión del agua es menor que la presión atmosférica.

Zona saturada: Parte de una formación acuífera en la que todos sus huecos están llenos de agua.

Acuífero: Unidad de roca o sedimento, capaz de almacenar y transmitir agua.

Aguas continentales: Cuerpos de agua que se encuentran en tierra firme, sin influencia marina. Se localizan en las tierras emergidas, ya sea en forma de aguas superficiales o aguas subterráneas.

Aguas costeras o interiores: Son las aguas superficiales situadas entre las líneas de base recta de conformidad con el Decreto 1436 de 1984 que sirve para medir la anchura del mar territorial y la línea de la más baja marea promedio. Comprende las contenidas en las lagunas costeras, humedales costeros, estuarios, ciénagas y las zonas húmedas próximas a la costa que, verificando los criterios de tamaño y profundidad presenten una influencia marina que determine las características de las comunidades biológicas presentes en ella, debido a su carácter salino o hipersalino. Esta influencia dependerá del grado de conexión con el mar, que podrá variar desde una influencia mareal a una comunicación ocasional.

Aguas marinas: Las contenidas en la zona económica exclusiva, mar territorial y aguas interiores con su lecho y subsuelo de acuerdo con la normatividad vigente en la materia. Para los efectos de este decreto las aguas marinas se subdividen en aguas costeras y oceánicas.

Aguas meteóricas: Aguas que están en la atmósfera.

Aguas oceánicas: Las comprendidas entre las líneas de base recta y los límites de la zona económica exclusiva, de conformidad con el derecho internacional.

Aguas servidas: Residuos líquidos provenientes del uso doméstico, comercial e industrial.

Autoridades Ambientales Competentes: Se entiende por autoridad ambiental competente, de acuerdo a sus respectivas competencias las siguientes:

a) Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

b) Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible.

c) Los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población dentro de su perímetro urbano sea igual o superior a un millón de habitantes.

d) Las autoridades ambientales de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002.

Bioensayo acuático: Procedimiento por el cual las respuestas de organismos acuáticos se usan para detectar o medir la presencia o efectos de una o más sustancias, elementos, compuestos, desechos o factores ambientales solos o en combinación.

Capacidad de asimilación y dilución: Capacidad de un cuerpo de agua para aceptar y degradar sustancias, elementos o formas de energía, a través de procesos naturales, físicos químicos o biológicos sin que se afecten los criterios de calidad e impidan los usos asignados.

Carga contaminante: Es el producto de la concentración másica promedio de una sustancia por el caudal volumétrico promedio del líquido que la contiene determinado en el mismo sitio; en un vertimiento se expresa en kilogramos por día (kg/d).

Cauce natural: Faja de terreno que ocupan las aguas de una corriente al alcanzar sus niveles máximos por efecto de las crecientes ordinarias.

Cauces artificiales: Conductos descubiertos, construidos por el ser humano para diversos fines, en los cuales discurre agua de forma permanente o intermitente.

Caudal ambiental: Volumen de agua necesario en términos de calidad, cantidad, duración y estacionalidad para el sostenimiento de los ecosistemas acuáticos y para el desarrollo de las actividades socioeconómicas de los usuarios aguas abajo de la fuente de la cual dependen tales ecosistemas.

Concentración de una sustancia, elemento o compuesto en un líquido: La relación existente entre su masa y el volumen del líquido que lo contiene.

Cuerpo de agua: Sistema de origen natural o artificial localizado, sobre la superficie terrestre, conformado por elementos físicos-bióticos y masas o volúmenes de agua, contenidas o en movimiento.

Lodo: Suspensión de un sólido en un líquido proveniente de tratamiento de aguas, residuos líquidos u otros similares.

Muestra compuesta: Es la mezcla de varias muestras puntuales de una misma fuente, tomadas a intervalos programados y por periodos determinados, las cuales pueden tener volúmenes iguales o ser proporcionales al caudal durante el periodo de muestras.

Muestra integrada: La muestra integrada es aquella que se forma por la mezcla de muestras puntuales tomadas de diferentes puntos simultáneamente, o lo más cerca posible. Un ejemplo de este tipo de muestra ocurre en un río o corriente que varía en composición de acuerdo con el ancho y la profundidad.

Muestra puntual: Es la muestra individual representativa en un determinado momento.

Norma de vertimiento: Conjunto de parámetros y valores que debe cumplir el vertimiento en el momento de la descarga.

Objetivo de calidad: Conjunto de parámetros que se utilizan para definir la idoneidad del recurso hídrico para un determinado uso.

Parámetro: Variable que, en una familia de elementos, sirve para identificar cada uno de ellos mediante su valor numérico.

Punto de control del vertimiento: Lugar técnicamente definido y acondicionado para la toma de muestras de las aguas residuales de los usuarios de la autoridad ambiental o de los suscriptores y/o usuarios del prestador del servicio público domiciliario de alcantarillado, localizado entre el sistema de tratamiento y el punto de descarga.

Punto de descarga: Sitio o lugar donde se realiza un vertimiento al cuerpo de agua, al alcantarillado o al suelo.

Recurso hídrico: Aguas superficiales, subterráneas, meteóricas y marinas.

Reúso del agua: Utilización de los efluentes líquidos previo cumplimiento del criterio de calidad.

Soluciones individuales de saneamiento: Sistemas de recolección y tratamiento de aguas residuales implementados en el sitio de origen.

Toxicidad: La propiedad que tiene una sustancia, elemento o compuesto, de causar daños en la salud humana o la muerte de un organismo vivo.

Toxicidad aguda: La propiedad de una sustancia, elemento, compuesto, desecho, o factor ambiental, de causar efecto letal u otro efecto nocivo en cuatro (4) días o menos a los organismos utilizados para el bioensayo acuático.

Toxicidad crónica: La propiedad de una sustancia, elemento, compuesto, desecho o factor ambiental, de causar cambios en el apetito, crecimiento, metabolismo, reproducción, movilidad o la muerte o producir mutaciones después de cuatro (4) días a los organismos utilizados por el bioensayo acuático.

Usuario de la autoridad ambiental competente: Toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, que cuente con permiso de vertimientos, plan de cumplimiento o plan de saneamiento y manejo de vertimientos para la disposición de sus vertimientos a las aguas superficiales, marinas o al suelo.

Usuario y/o suscriptor de una Empresa Prestadora del Servicio Público de Alcantarillado: Toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, que realice vertimientos al sistema de alcantarillado público.

Vertimiento: Descarga final a un cuerpo de agua, a un alcantarillado o al suelo, de elementos, sustancias o compuestos contenidos en un medio líquido.

Vertimiento puntual: El que se realiza a partir de un medio de conducción, del cual se puede precisar el punto exacto de descarga al cuerpo de agua, al alcantarillado o al suelo.

Vertimiento no puntual: Aquel en el cual no se puede precisar el punto exacto de descarga al cuerpo de agua o al suelo, tal es el caso de vertimientos provenientes de escorrentía, aplicación de agroquímicos u otros similares.

Zona de mezcla: Área técnicamente determinada a partir del sitio de vertimiento, indispensable para que se produzca mezcla homogénea de este con el cuerpo receptor; en la zona de mezcla se permite sobrepasar los criterios de calidad de agua para el uso asignado, siempre y cuando se cumplan las normas de vertimiento.

Comercio: significa exportación, reexportación, importación e introducción procedente del marcaje.

Empresas forestales: Son las que realizan actividades de plantación, manejo, aprovechamiento, transformación o comercialización de productos primarios o secundarios del bosque o de la flora silvestre.

Especie amenazada: es aquella que ha sido declarada como tal por tratados o convenios internacionales aprobados y ratificados por Colombia o haya sido declarada en alguna categoría de amenaza por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Flor cortada: Son los tallos florales de plantas utilizados con fines ornamentales. Follaje: Son los tallos y/u hojas de plantas utilizados con fines ornamentales.

Producto de la flora silvestre: Son los productos no maderables obtenidos a partir de las especies vegetales silvestres, tales como gomas, resinas, látex, lacas, frutos, cortezas, estirpes, semillas, flores, follaje, entre otros.

Productos forestales de segundo grado de transformación o terminados: Son los productos de la madera obtenidos mediante diferentes procesos y grados de elaboración y de acabado industrial con mayor valor agregado tales como molduras, parquet, listón, machihembrado, puertas, muebles, contrachapados y otros productos terminados afines.

Productos forestales de transformación primaria: Son los productos obtenidos directamente a partir de las trozas tales como bloques, bancos, tablones, tablas y además chapas y astillas, entre otros.

Puerto de embarque o desembarque: Puertos marítimos y fluviales, aeropuertos y demás lugares autorizados por el Gobierno Nacional para la salida y entrada con fines de exportación e importación de especímenes de la diversidad biológica.


Mecanismo de recolección equivalente: Medio que puede emplearse para la devolución de los residuos de pilas y/o acumuladores para su posterior traslado a los centros de acopio, almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, valorización y/o disposición final, como alternativa a los puntos de recolección.

Movimiento transfronterizo: Se entiende todo movimiento de desechos peligrosos o de otros desechos procedentes de una zona sometida a la jurisdicción nacional de un Estado y destinado a una zona sometida a la jurisdicción nacional de otro Estado, o a través de esta zona, o a una zona no sometida a la jurisdicción nacional de ningún Estado o a través de esta zona, siempre que el movimiento afecte a dos Estados por lo menos.

Plan de Gestión de devolución de productos Posconsumo: Es el instrumento de gestión que contiene el conjunto de reglas, acciones, acciones procedimientos y medios dispuestos para facilitar la devolución y acopio de productos Posconsumo que al desecharse se convierten en residuos o desechos peligrosos, con el fin de que sean enviados a instalaciones en las que se sujetarán a procesos que permitirán su aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o disposición final controlada.

Productor de bombillas (Resolución 1511 de 2010): Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: a) Fabrique en el país bombillas bajo su propio nombre o marca, o haga diseñar o fabricar bombillas y las ponga en el mercado bajo su nombre o marca. b) Ponga en el mercado bajo su nombre o marca, bombillas fabricadas por terceros, siempre y cuando la marca del fabricante no aparezca en la bombilla. c) importe o introduzca al país bombillas procedentes de otros países (incluidos aquellos que importan para su propio uso).

Productor de computadores y/o periféricos (Resolución 1512 de 2010): Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: a) fabrique computadores y/o periféricos bajo su propio nombre o su propia marca, o haga diseñar o fabricar computadores y/o periféricos y comercialice dichos productos bajo su nombre o marca; b) Ponga en el mercado o revenda bajo su nombre o marca, computadores y/o periféricos fabricados por terceros; c) Importe o introduzca al país computadores que se clasifiquen mediante las sub partidas 8471.30.00.00, 8471.41.00.00, 8471.49.00.00, 8471.80.00.00 y 8471.90.00.00 del arancel de aduanas, impresoras que sean clasificadas mediante la sub partidas 8471.60.11.00 y 8471.60.19.00 del arancel de aduanas y/o periféricos procedentes de otros países. d) Ensamble computadores y/o periféricos sobre la base de componentes de múltiples productores, bajo su propio nombre o su propia marca.

Productor de Llantas (Resolución 1457 de 2010): Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: a) Fabrique llantas que sean puestas en el mercado nacional con marca propia. b) Ponga en el mercado con marca propia, llantas fabricadas por terceros. Importe llantas para poner en el mercado nacional. Importe automóviles, camiones, camionetas, buses, busetas y tracto mulas con sus llantas hasta rin 22,5 pulgadas para poner en el mercado nacional. Ensamble automóviles, camiones, camionetas, buses, busetas y tracto mulas en el país, siempre y cuando importe llantas hasta rin 22,5 pulgadas para los mismos.

Productor de pilas y/o acumuladores (Resolución 1297 de 2010): Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: Fabrique pilas y/o acumuladores bajo su propio nombre o su propia marca, o haga diseñar o fabricar pilas y/o acumuladores y comercialice dichos productos bajo su nombre o marca; Ponga en el mercado o revenda bajo su nombre o marca, pilas y/o acumuladores fabricados por terceros; Importe o introduzca al país pilas y/o acumuladores procedentes de otros países.

Punto de recolección: Sitio o lugar acondicionado, destinado a ofrecer a los consumidores la posibilidad de devolver los residuos de pilas y/o acumuladores, medicamentos, bombillas, llantas, computadores y/o periféricos, para su posterior traslado a los centros de acopio, almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, valorización y/o disposición final.

Residuo o Desecho Peligroso (RESPEL): Es aquel residuo o desecho que, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, toxicas inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental – SRS: Instrumento de control y manejo ambiental que contiene las medidas para el cumplimiento por parte de los productores de las obligaciones establecidas en las resoluciones que los reglamentan, con el fin de garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de los residuos, con el fin de prevenir y controlar la degradación ambiental.

Zonas sometidas a la jurisdicción nacional de un Estado: Se entiende toda zona terrestre, marítima o del espacio aéreo en que un estado ejerce, conforme al derecho internacional, competencias administrativas y normativas en relación con la protección de la salud humana o del medio ambiente.

SIGLAS

BUPA: Baterías Usadas Plomo Ácido

CH4: Metano.

CO: Monóxido de Carbono.

CO2: Dióxido de Carbono.

DOC: Catalizadores de oxidación diésel.

DPF: Filtro de partículas diésel.

ECM: Módulo de Control Electrónico del Motor.

EFI: Inyección Electrónica de Combustible.

EGR: Recirculación de Gases de Escape.

GDP: Gestión de Devolución de Productos Posconsumo

HC: Hidrocarburos.

HC + NOx: Hidrocarburos y Óxidos de Nitrógeno.

HCHO: Formaldehidos.

HCNM: Hidrocarburos diferentes al metano.

INVIMA: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

MP: Material Particulado.

MPFI: Inyección Electrónica de Combustible Multipunto.

NOx: Óxidos de Nitrógeno.

NUR: Número Único de Radicación

O2: Oxígeno.

OBD: Diagnóstico a bordo.

O.S.: Sensor de Oxígeno.

RAEE: Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

RESPEL: Residuos y desechos Peligrosos

PCV: Válvula de Ventilación Positiva del Cárter.

SCR: Reducción catalítica selectiva.

SRS: Sistema de Recolección Selectiva

T.C.: Turbocargado.

TWC: Convertidor Catalítico de Tres Vías.

Almacenes de cadena: Establecimiento de comercio de área mayor a 400 m2 localizados en un recinto cerrado, que cuenta con dos (2) o más sucursales y en donde se comercializan productos al detal.

Bolsa plástica prescindible: Bolsa plástica distribuida en puntos de pago para transportar productos o mercancías y que cumple con alguna de las siguientes condiciones: a) bolsas plásticas cuya área sea inferior a 30 cm x 30 cm, o b) bolsas plásticas cuyo calibre sea inferior 0,9 milésimas de pulgada o que el calibre de la bolsa no sea suficiente para atender la capacidad de carga indicada en la bolsa.

Bolsas Biodegradables: Bolsas fabricadas con materias que permiten la transformación, principalmente en materia orgánica, agua y dióxido de carbono, del total del material en que están fabricadas, por la acción de microorganismos tales como bacterias, hongos y algas, en un plazo máximo de seis (6) meses, que facilite el desarrollo de procesos de estabilización de la materia orgánica, en conjunto con otros residuos biodegradables.

Bolsas plásticas: Bolsas distribuidas en los puntos de pago, utilizadas para transportar mercancías y que estén fabricadas a partir de resinas plásticas, como componente estructural principal de la bolsa.

Bolsas reciclables: Bolsas fabricadas con materiales que pueden separarse de la corriente de residuos, recolectarse, procesarse y reincorporase como materias primas o productos.

Consumidor: Persona que, al momento de pagar por los productos adquiridos, recibe bolsas plásticas en los puntos de pago para el empaque y transporte de mercancías.

Farmacias de cadena: Establecimientos comerciales que venden al detal principalmente medicamentos para el consumo humano, localizados en un recinto cerrado y que cuentan con dos (2) o más sucursales.

Grandes Superficies comerciales: Establecimientos comerciales de área mayor a 400 m2 localizados en un recinto cerrado, en donde se comercializan productos al detal.

Programa de uso Racional de Bolsas Plásticas: Instrumento de gestión que contiene los objetivos, indicadores, metas, lineamientos y estrategias en materia de prevención, reutilización, reciclaje, comunicación, sensibilización y capacitación en cuanto al consumo de bolsas plásticas distribuidas en los puntos de pago.

Superetes de cadena: Establecimientos comerciales que venden diferentes productos en sistema de autoservicio, y cuentan con un área entre los 50m2 y los 400m2, localizados en un recinto cerrado que cuenten con dos (2) o más sucursales.

SIGLAS

DIAN: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

NBDVo: Numero de bolsas Distribuidas en los puntos de pago respecto a las ventas en millones de pesos en el año base

NBDVn: Numero de bolsas Distribuidas en los puntos de pago respecto a las ventas en millones de pesos en el año n

OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

PRB (%): Porcentaje de Reducción de Bolsas

URB: Uso racional de Bolsas

VITAL: Ventanilla Integral de Trámites en Línea

VPN: Valor presente Neto

UE: Unión Europea

US-EPA: Normas de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos.

Categoría M: Vehículo automotor con al menos cuatro ruedas, diseñado y construido para el transporte de pasajeros. La categoría está dividida en tres subcategorías: M1, M2 y M3.

Categoría M1: Vehículo diseñado y construido para transportar hasta 8 pasajeros más el conductor.

Categoría M2: Vehículo diseñado y construido para transportar más de 8 pasajeros más el conductor y cuyo peso bruto vehicular no supere las 5 toneladas.

Categoría M3: Vehículo diseñado y construido para transportar más de 8 pasajeros más el conductor y cuyo peso bruto vehicular supere las 5 toneladas.

Categoría N: Vehículo automotor con al menos cuatro ruedas, diseñado y construido para el transporte de carga. La categoría está dividida en tres subcategorías: N1, N2 y N3.

Categoría N1: Vehículo diseñado y construido para transportar carga, con un peso bruto vehicular no superior a 3,5 toneladas. Esta categoría se divide en tres clases de acuerdo al peso de referencia:

Categoría N2: Vehículo diseñado y construido para transportar carga, con un peso bruto vehicular superior a 3,5 toneladas y que no exceda 12 toneladas.

Categoría N3: Vehículo diseñado y construido para transportar carga, con un peso bruto vehicular superior a 12 toneladas.

Ciclo ECE-15+EUDC: Es el ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea para los vehículos livianos y medianos y definido en las directivas 93/59/EEC y 91/441/EEC.

Ciclo ECE R-40: Es el ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea para las motocicletas, motociclos y mototriciclos, definido en la directiva 97/24/EC.

Ciclo ECE R-49: Es el ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea para los vehículos pesados, definido en la directiva 88/77/EEC.

Ciclo ELR: Prueba Europea de Respuesta Bajo Carga. Ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea con el fin de medir opacidad.

Ciclo ESC: Ciclo Europeo de Estado Continuo. Ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea con el fin de certificar emisiones de vehículos pesados.

Ciclo ETC: Ciclo Europeo de Transición. Ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea con el fin de certificar emisiones de vehículos pesados.

Ciclo FTP-75: Es el ciclo de prueba dinámico establecido por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), para los vehículos livianos y medianos y anunciados en el Código Federal de Regulaciones, partes 86 a 99.

Ciclo NEDC: Nuevo Ciclo Europeo. Ciclo de prueba dinámico establecido por la Unión Europea para certificar vehículos livianos. Este ciclo es similar al ECE15+EUDC, con la diferencia que en el nuevo ciclo la medición de emisiones comienza cuando se enciende el vehículo y no después de haberlo pre-calentado.

Clase I: Para el estándar de emisiones Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia que no supere 1250 kg. Para estándares superiores a Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia que no supere 1305 kg.

Clase II: Para el estándar de emisiones Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia superior a 1250 kg y que no supere 1700 kg. Para estándares superiores a Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia superior a 1305 kg y que no supere 1760 kg.

Clase III: Para el estándar de emisiones Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia superior a 1700 kg. Para estándares superiores a Euro II, cualquier vehículo de la Categoría N1 con un peso de referencia superior a 1760 kg.

HDV: Heavy-Duty Vehicle. Cualquier vehículo automotor con un peso bruto vehicular superior a 3.856 kg o con un peso neto vehicular superior a 2.722 kg o con un área frontal básica superior a 4,18 m2. Los motores diésel usados en estos vehículos se dividen en tres clases de servicio llamados LHDDE, MHDDE y HHDDE, de acuerdo al peso bruto vehicular. Los motores a gasolina usados en estos vehículos se dividen en dos clases de servicio llamados LHDGE y HHDGE, de acuerdo al peso bruto vehicular.

HHDDE: Heavy Heavy-Duty Diésel Engines (Incluye Urban Bus). Cualquier motor diésel instalado en un HDV cuyo peso bruto vehicular sea superior a 14.969 kg.

HHDGE: Heavy Heavy-Duty Gasoline Engines (Incluye Urban Bus). Cualquier motor a gasolina instalado en un HDV cuyo peso bruto vehicular sea superior a 6.350 kg.

HLDT: Heavy Light-Duty Truck. Cualquier LDT con un peso bruto vehicular superior a 2.722 kg. Se divide en dos categorías, LDT3 y LDT4, dependiendo del peso ALVW.

LDT: Light-Duty Truck. Cualquier vehículo automotor con un peso bruto vehicular de 3.856 kg o menos, con un peso neto de 2.722 kg o menos y con un área frontal básica de 4,18 m2 o menos, que está diseñado principalmente para transporte de carga y de pasajeros, o es una derivación de este vehículo, o está diseñado principalmente para el transporte de pasajeros con una capacidad de más de 12 personas, o que se consigue con elementos adicionales que permiten su operación y uso fuera de las carreteras o autopistas. Se divide en dos categorías:

LDT1: Light-Duty Truck 1. Cualquier vehículo LLDT con un peso LVW hasta de 1.701 kg.

LDT2: Light-Duty Truck 2. Cualquier vehículo LLDT con un peso LVW superior a 1.701 kg.

LDT3: Light-Duty Truck 3. Cualquier vehículo HLDT con un peso ALVW hasta de 2.608 kg.

LDT4: Light-Duty Truck 4. Cualquier vehículo HLDT con un peso ALVW superior a 2.608 kg.

LDV: Light-Duty Vehicle. Vehículo de pasajeros o una derivación de este, con capacidad hasta de 12 pasajeros.

LHDDE: Light Heavy-Duty Diésel Engines. Cualquier motor diésel instalado en un HDV cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.856 kg y que no supere 8.845 kg.

LHDGE: Light Heavy-Duty Gasoline Engines. Cualquier motor a gasolina instalado en un HDV cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.856 kg y menor o igual a 6.350 kg.

LLDT: Light Light-Duty Truck. Cualquier LDT con un peso bruto vehicular hasta 2.722 kg. Se divide en dos categorías, LDT1 y LDT2, dependiendo del peso LVW.

LVW: Loaded Vehicle Weight. Peso neto vehicular más 136 kg.

SIGLAS

ACPM: Aceite Combustible Para Motores.

ALVW: Adjusted Loaded Vehicle Weight. Promedio numérico del peso neto vehicular y el peso bruto vehicular.

CEPD: Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica.

EPD: Expediente antes de VITAL.

GLP: Gas Licuado de Petróleo.

NIT: Número de Identificación Tributaria del titular del certificado.

PDA: Expediente con VITAL Fase II.

PDV: Expediente con VITAL Fase I.

Actores Estratégicos: de acuerdo con la Metodología EASE – IIRSA, 2010 corresponden a los “actores claves” que se caracterizan por: a) tener alta capacidad de injerencia en la toma de decisiones relacionadas con el territorio objeto de estudio y/o en sectores de desarrollo involucrados en la Iniciativa; b) tienen alta posibilidad de incidencia en las decisiones de política pública; c) tiene conocimientos especializados y particulares en temas o en la dinámica y compresión del territorio; y d) tienen alto nivel de reconocimiento y legitimidad territorial y sectorial, tanto ambiental como social, para incidir y liderar propuestas e iniciativas de desarrollo sostenible en el territorio; entre las características más destacadas. Para el caso particular de la implementación del instrumento, comprenden actores del nivel nacional, departamental, regional y local relacionados con el proceso de licenciamiento ambiental por parte de la Autoridad, quienes en conjunto aportan elementos de análisis requeridos para la construcción de la perspectiva regional generada como resultado de la aplicación del instrumento.

Análisis Regional: se define como los documentos técnicos de interpretación ambiental necesarios para la identificación de potencialidades, debilidades o fortalezas de un territorio, desarrollado a partir de las entradas de información o insumos, los procesos, sus relaciones, los resultados intermedios y finales, que ofrecen, mediante el análisis integral, la identificación de la sensibilidad intrínseca de factores ambientales de la zona analizada, para la toma de decisiones en los procesos de evaluación y seguimiento del licenciamiento ambiental.

Componente atmosférico: conformado por las capas gaseosas de la atmosfera; es un receptor de una gran cantidad de sustancias físicas, químicas y microbiológicas, provenientes de fuentes naturales y antrópicas, que reaccionan con otras sustancias presentes en la atmósfera, alterando la calidad del aire y generando efectos adversos sobre la salud de las personas, la infraestructura y el bienestar de los ecosistemas. Para el análisis del componente se evalúan tanto el aire (Calidad de aire, Emisiones Atmosféricas) y ruido considerado como contaminante atmosférico ya que su medio de propagación es el aire (UNAD, sf).

Componente Geomático: componente encargado de la consolidación de datos geográficos para la generación de productos cartográficos relacionados con los resultados de los análisis regionales de las áreas objeto de interés.

Componente Hídrico: encargado del estudio de las condiciones del agua a nivel superficial o subterránea. Este componente se centra en el estado de la oferta, demanda y calidad del agua en la región.

Componente Suelos: aborda el recurso natural suelo y características de éste, como son, pendiente, erosión, profundidad efectiva y drenaje.

Estrategia de divulgación: tiene como alcance la estructuración de las actividades que permitan la difusión de los insumos que aporta el instrumento de regionalización para la toma decisiones en los procesos de evaluación y seguimiento ambiental, a través de instancias de divulgación y comunicación orientadas a destinatarios internos y externos.

Factores Críticos: punto focal o agente causal que permite centrar la atención en la búsqueda de información que explique las consecuencias y riesgos socio ambientales (Metodología de Evaluación Ambiental y Social con Enfoque estratégico EASE-IIRSA; 2010).

Gestión Interinstitucional: acciones asociadas a la consolidación de canales de comunicación con autoridades nacionales, regionales, departamentales y/o municipales, así como con entidades de orden académico, investigativo y ambiental en general, con el fin de realizar la búsqueda e intercambio de información necesarios para el instrumento de regionalización, y para el establecimiento de las acciones conjuntas en torno a la identificación, descripción y/o gestión de las estrategias para la solución de problemas tangibles al licenciamiento ambiental.

Línea Estratégica - Estrategia: se refiere al curso de acción sobre el que se establecen lineamientos específicos, para abordar una problemática regional relacionada con el licenciamiento ambiental.

Medio Biótico: hace referencia a la interacción de los organismos vivos de un lugar determinado y a los ecosistemas presentes en el área de estudio. Para esto se caracteriza en términos de biomas, zonas de vida y áreas protegidas. De igual manera incluye análisis de fragmentación y conectividad, aborda criterios de fragmentación que involucra, entre otras cosas, el componente fauna.

Medio Socioeconómico: encargado del análisis de las dinámicas poblacionales, económicas, sociales y culturales que inciden en la población de una región definida.

Modelación: comprenden las técnicas de geoprocesamiento que permite el análisis de distintos escenarios para los fenómenos en estudio.

Región: desde el instrumento de regionalización, una región se define como una zona priorizada por la Autoridad, para caracterizar la oferta biofísica, las características socioeconómicas y las condiciones de desarrollo y proyección de los sectores productivos y económicos.

Regionalización: instrumento de gestión del conocimiento que aporta elementos de análisis espacial y temporal, así como, estrategias de acción, para el apoyo de los procesos de toma de decisiones en la evaluación y el seguimiento de las licencias ambientales. Se construye a partir de una visión regional que involucra las condiciones físicas, bióticas y socioeconómicas de un territorio, mediante la integración de la información y conocimiento de los diferentes actores estratégicos.

Sistematización de Expedientes: se refiere al proceso mediante el cual se digitaliza y organiza la información de los expedientes licenciados en matrices que contienen información con las variables de análisis de los medios socioeconómico, biótico y abiótico, necesarias para el proceso de regionalización.

Alcance de los Proyectos, Obras o Actividades: Un proyecto, obra o actividad incluye la planeación, emplazamiento, instalación, construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación de todas las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionados y asociados con su desarrollo.

Alertas Tempranas o Screening: Planificación sectorial en etapas tempranas de desarrollo de un proyecto, la cual va encaminada a la prevención de impactos por parte de un proyecto en etapas iniciales de su proceso.

Área de influencia: Área en la cual se manifiestan de manera objetiva y en lo posible cuantificable, los impactos ambientales significativos ocasionados por la ejecución de un proyecto, obra o actividad, sobre los medios abiótico, biótico y socioeconómico, en cada uno de los componentes de dichos medios. Debido a que las áreas de los impactos pueden variar dependiendo del componente que se analice, el área de influencia podrá corresponder a varios polígonos distintos que se entrecrucen entre sí.

Áreas Protegidas: Un área protegida es un territorio con régimen especial, para la administración, manejo y protección del ambiente y los recursos naturales renovables. Las áreas protegidas son espacios creados por la sociedad en su conjunto, articulando esfuerzos que buscan garantizar la vida en condiciones de bienestar, y en particular la conservación de la diversidad biológica y el mantenimiento de los procesos ecológicos que se requieren para el desarrollo del ser humano.

Biodiversidad: Variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte, comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y los ecosistemas. (Ley 165 de 1994 y CDB, 1992).

Bioma: Áreas definidas y delimitadas por características climáticas y geomorfológicas con condiciones ecológicas similares en plantas, animales y microorganismos (Millenium Ecosystems Assessment, 2001).

Compensación: Resarcimiento impuesto a través de la Licencia Ambiental a la empresa titular, producto de la ejecución de actividades que implican efectos negativos generados por el desarrollo del proyecto, obra o actividad sobre el entorno, que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos; tales como la afectación a la cobertura vegetal por Aprovechamiento forestal, cambio de uso del suelo y/o afectaciones al paisaje.

Componente: Aspectos ambientales que constituyen un medio (abiótico, biótico o socioeconómico) como, por ejemplo, componente atmosférico, hidrológico, faunístico, florístico, hidrobiológico, demográfico, entre otros.

Concepto Técnico: Es el documento que establece términos de referencia, solicita información adicional o presenta los resultados de la evaluación del estudio ambiental elaborado por el evaluador y que permite conceptuar sobre la viabilidad técnica y ambiental de la ejecución de un proyecto, obra o actividad.

Concepto Técnico de Seguimiento Ambiental de Proyectos: Documento que presenta los resultados del seguimiento ambiental elaborado por el Equipo de Seguimiento Ambiental (ESA) y que permite evaluar el cumplimiento del plan de manejo ambiental y de los requerimientos y obligaciones establecidos por la autoridad ambiental competente en el correspondiente instrumento de control y manejo ambiental.

Contingencia Ambiental: Evento o situación en donde un contaminante es descargado de manera accidental, intencional o por negligencia, alterando y perjudicando la calidad de algún recurso natural.

Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA): El Diagnóstico Ambiental de Alternativas tiene como objeto suministrar la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Las diferentes opciones deberán tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas.

Dictamen Técnico Ambiental (DTA): Es el concepto técnico y legal que se fundamenta en la evaluación integral de los estudios presentados, para obtener el Registro Nacional de plaguicidas químicos de uso agrícola, con base en el manual técnico de la Decisión Andina 436 de 1998.

Distrito Biogeográfico: Área con subespecies, especies y asociaciones vegetales propias, que presenta también geo series y cliseries altitudinales originales (Subdirección de Ecosistemas, 2011).

Ecosistema: Se entiende como un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional. (Artículo 2 de la Ley 165 de 1994 y CDB, 1992).

Ecosistema Natural: Se define como el complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos en su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional materializada en un territorio, la cual se caracteriza por presentar una homogeneidad, en sus condiciones biofísicas y por no haber sufrido mayores transformaciones por acción antrópica.

Equivalencia Ecológica: Son áreas de ecosistemas naturales y/o vegetación secundaria que mantienen especies, comunidades y procesos ecológicos similares a los presentes en el ecosistema natural o vegetación secundaria impactada y, que tienen una viabilidad ecológica similar por área y contexto paisajístico.

Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Conjunto de información que permite la toma de decisiones por parte de la autoridad ambiental ante la solicitud de un peticionario de licencia ambiental. Implica medidas de prevención, corrección, compensación y mitigación de impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad.

Explotación Minera: En lo que respecta a la definición de explotación minera se acogerá lo dispuesto en la Ley 685 de 2001, o la que modifique, sustituya o derogue.

Impacto Ambiental: Cualquier alteración en el sistema ambiental biótico, abiótico y socioeconómico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad.

Impactos acumulativos: son aquellos que resultan de efectos sucesivos, incrementales, y/o combinados de proyectos, obras o actividades cuando se suman a otros impactos existentes, planeados y/o futuros razonablemente anticipados. Para efectos prácticos, la identificación, análisis y manejo de impactos acumulativos se debe orientar a aquellos que sean reconocidos como significativos, que se manifiestan en diversas escalas espacio-temporales.

Impactos No Previstos: Son aquellos impactos ambientales no identificados en el estudio ambiental que se utilizó como base para otorgar la licencia ambiental o para establecer el Plan de Manejo Ambiental, pero que se han evidenciado en la práctica como impactos significativos.

Impactos residuales: Son impactos cuyos efectos persistirán en el ambiente, luego de aplicadas las medidas de corrección prevención, minimización y mitigación.

Impactos sinérgicos: Son el resultado de las relaciones complejas entre impactos de un mismo proyecto o de varios proyectos. Un impacto sinérgico puede evidenciarse cuando el efecto combinado de dos impactos sea mayor que su suma o cuando estos facilitan la aparición de un tercer impacto.

Indicador: Herramienta válida para monitorear y evaluar el cumplimiento del titular de una licencia ambiental, analizar las tendencias de calidad del medio en que se desarrolla el proyecto y determinar la efectividad de los programas de manejo ambiental que tiene establecidos. Los indicadores utilizados en este programa son: indicadores de cumplimiento, indicadores de calidad ambiental e indicadores de éxito.

Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA: Documento elaborado y presentado por el Titular de la licencia ambiental para informar a la autoridad ambiental competente sobre avance, efectividad y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, conforme a los términos definidos en el otorgamiento de la licencia ambiental, el establecimiento del Plan de Manejo Ambiental y cualquier otro acto administrativo subsiguiente.

Instituto Colombiano Agropecuario - ICA: Entidad Pública del Orden Nacional con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Inversión de No Menos del 1%: Se realiza sobre la cuenca hidrográfica donde se autorizó captación del recurso hídrico; obligación derivada del Parágrafo del artículo 43 de la ley 99 de 1993, reglamentada por el Decreto 1900 de 2006, a partir de la cual se establece lo siguiente: “…Todo proyecto que involucre en su ejecución el uso del agua tomada directamente de fuentes naturales y que esté sujeto a la obtención de licencia ambiental, deberá destinar el 1 % del total de la inversión para la recuperación, conservación, preservación y vigilancia de la cuenca hidrográfica que alimenta la respectiva fuente hídrica…”.

Jerarquía de la Mitigación: Proceso que se debe llevar a cabo en la planeación y desarrollo de un proyecto el cual pretende prevenir, mitigar o corregir impactos previstos al medio ambiente.

Licencia Ambiental: Autorización que otorga la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, a una persona o empresa, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que conforme a la ley y asimismo a los reglamentos puede producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente, o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. Establece los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario de la licencia ambiental debe cumplir para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada. La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra o actividad.

Lista de Chequeo para Revisión del ICA: Herramienta que permite apoyar el proceso de seguimiento y mantener un registro de la revisión del Informe de Cumplimiento Ambiental.

Manual Técnico Andino: Manual establecido para facilitar la aplicación de la Decisión 436 en los Países Miembros e identificar los procedimientos y criterios de gradualidad y especificidad que permitan una interpretación armonizada de los requisitos establecidos en la Decisión, orientados al desarrollo técnico científico del Registro de los Plaguicidas.

Medidas de Compensación: Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mitigados.

Medidas de Corrección: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o actividad.

Medidas de Mitigación: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.

Medidas de Prevención: Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.

Medio: División general que se realiza del ambiente para un mejor análisis y entendimiento del mismo. En el contexto de los estudios ambientales corresponde al abiótico, biótico y socioeconómico.

Metas: Expresión cuantificada de los objetivos en términos de cantidad y tiempo. Son medidas de actuación establecidas que deben alcanzarse para realizar un objetivo dado. Deben ser mensurables y cuantificables, e igualmente estar relacionadas directamente con un objetivo específico.

NDA: Necesidad de Diagnóstico Ambiental. Procedimiento mediante el cual la autoridad ambiental competente determina si el proyecto, obra o actividad requiere o no de la elaboración y presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas – DAA. Para tal efecto, el interesado adjunta a su petición escrita, la descripción, el objetivo y alcance del proyecto y su localización mediante coordenadas y planos.

No Pérdida Neta: La no pérdida neta de biodiversidad se refiere a la compensación de la biodiversidad que es diseñada y ejecutada para alcanzar resultados de conservación en situ medibles, que de manera razonable pueda esperarse que darán lugar a la no pérdida neta (BBOP, 2012).

Objetivos: Propósitos o fines de los programas de manejo ambiental que el beneficiario de la licencia ambiental debe cumplir ante la autoridad ambiental competente, de acuerdo con los compromisos adquiridos en la licencia ambiental.

Pasivo Ambiental: Obligación legal, presente, de una empresa o persona natural de hacer un gasto futuro, debido a la ejecución de una actividad, uso, vertimiento o desecho de una sustancia en particular que afecta, daña o agota de manera peligrosa los recursos naturales y/o el ambiente.

Permisos, Concesiones, Autorizaciones, para el Uso y Aprovechamiento de los Recursos Naturales: Función de expedición para el uso del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprende el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos.

Plaguicida: Sustancia de naturaleza química o biológica que, sola o en combinación con coadyuvantes, se utilice para prevenir, repeler combatir y destruir insectos, ácaros, agentes patógenos, nematodos, maleza, roedores u otros organismos biológicos que resulten nocivos para los vegetales, sus productos y derivados.

Plaguicida de Uso Agrícola: Cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga, las especies no deseadas de plantas o animales que causan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, transporte o comercialización de alimentos, productos agrícolas, madera y productos de madera. El término incluye las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, y las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra el deterioro durante el almacenamiento y transporte.

Plan de Manejo Ambiental (PMA): Es el conjunto detallado de medidas y actividades que, producto de una evaluación ambiental, están orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales debidamente identificados, que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la naturaleza del proyecto, obra o actividad. El Plan de Manejo Ambiental podrá hacer parte del Estudio de Impacto Ambiental o como instrumento de manejo y control para proyectos obras o actividades que se encuentran amparados por un régimen de transición.

Programa de Manejo Ambiental: Proceso de implantación que describe cómo se conseguirán los objetivos y las metas definidos en los planes de manejo, lo cual incluye su planificación en el tiempo y el personal responsable para su implantación. Los programas están conformados por proyectos y/o acciones.

Protocolo de Ensayo de Eficacia: Serie ordenada de parámetros y procedimientos técnicos básicos establecidos para realizar un ensayo sobre plaguicidas.

Proyectos, Obras o Actividades: Un proyecto, obra o actividad incluye la planeación, emplazamiento, instalación, construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación de todas las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionados y asociados con su desarrollo.

Puertos marítimos de gran calado: Son aquellos terminales marítimos, en los que su conjunto de elementos físicos y las obras de canales de acceso cuya capacidad para movilizar carga es igual o superior a un millón quinientas mil (1.500.000) toneladas/año y en los cuales pueden atracar embarcaciones con un calado igual o superior a veintisiete (27) pies.

Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola: Es el proceso técnicoadministrativo por el cual la Autoridad Nacional Competente aprueba la utilización y venta de un plaguicida de uso agrícola a nivel nacional, de conformidad con lo establecido en la presente decisión.

Seguimiento Ambiental del Proyecto: Instrumento administrativo que la autoridad ambiental utiliza para verificar el avance, cumplimiento y efectividad del plan de manejo ambiental, así como de las obligaciones y requerimientos establecidos en la licencia ambiental.

Sensibilidad ambiental: Se entiende como el potencial de afectación (transformación o cambio) que pueden sufrir los componentes ambientales como resultado de la alteración de los procesos físicos, bióticos y socioeconómicos debidos a las actividades de intervención antrópica del medio o debido a los procesos de desestabilización natural que experimenta el ambiente.

Servicios ecosistémicos: Son los beneficios directos e indirectos que los seres humanos reciben de la biodiversidad, y que son el resultado de la interacción entre los diferentes componentes, estructuras y funciones que hacen parte de esta. Incluyen servicios de aprovisionamiento, como alimentos, fibras, leña, suelo, agua, pieles, mascotas; servicios de regulación, como mantenimiento de la calidad del aire, como la regulación de las inundaciones, sequías, degradación del terreno y enfermedades; servicios de sustento como la formación del sustrato y el reciclaje de los nutrientes; y servicios culturales, ya sean recreacionales, espirituales, religiosos u otros beneficios no materiales.

Unidad territorial: Delimitación del territorio que constituye una unidad de análisis seleccionada dependiendo del nivel de detalle con el que se requiera la información. Esta unidad se aplica para la definición del área de influencia de los componentes del medio socioeconómico, y puede coincidir con la división político-administrativa de los entes territoriales reconocidos legalmente, o responder a una adopción social reconocida por la misma comunidad.

Uso y/o Aprovechamiento de los Recursos Naturales: Extracción y utilización de productos y subproductos provenientes de los recursos naturales para beneficio del hombre o con fines económicos.

Vegetación Secundaria: Tipo de vegetación generalmente arbustiva o arbórea, que corresponde a etapas de sucesión, posteriores a procesos de deforestación o pérdida de la cobertura natural por eventos naturales. Mapa de Ecosistemas continentales, costeros y marinos de Colombia, 2007. Se debe tener en cuenta que el manual define a estas coberturas como formaciones vegetales que poseen un desarrollo menor a 15 años.

Visita de Seguimiento Ambiental de Proyectos: Reconocimiento de campo orientado a conocer tanto las características del entorno en donde se desarrolla el proyecto licenciado, como las actividades e impactos del mismo. La visita ayuda a verificar lo expuesto en el Informe de Cumplimiento Ambiental, presentado por el titular de la licencia ambiental, y apoya la elaboración del concepto técnico.

Yacimiento: Es toda formación rocosa del subsuelo en la cual se encuentran acumulados naturalmente hidrocarburos móviles y que están caracterizados por un sistema único de presiones.

Yacimiento Convencional: Son todos aquellos donde ocurren acumulaciones de hidrocarburos en trampas estratigráficas y/o estructurales. Estos yacimientos presentan buenas porosidades y moderadas a buenas permeabilidades, son fáciles de desarrollar y se les asocian reservas limitadas, explotables en pocos años.

Yacimientos No Convencionales: Son todos aquellos donde la acumulación es predominantemente regional, extensa y la mayoría de las veces independiente de trampas estratigráficas o estructurales. Poseen bajas porosidades y permeabilidades y pobres propiedades petrofísicas. Su desarrollo requiere de alta tecnología, se les asocia muchas reservas y son capaces de producir por varias décadas. Los típicos yacimientos no convencionales incluyen las arenas apretadas de gas, carbonatos apretados, gas de capas de carbón, hidrocarburos de carbonatos y/o areniscas naturalmente fracturadas, arenas bituminosas, gas de lutitas.

SIGLAS

APEC1%: Grupo de Agroquímicos, proyectos especiales, compensaciones e inversión del 1% Subdirección de Evaluación y Seguimiento.

ESA – Equipo de Seguimiento Ambiental: Técnico y/o equipo técnico encargado de realizar el seguimiento ambiental del proyecto.

RADAR: Servicio de revisión preliminar de solicitudes para la obtención de Licencias Ambientales.

SILA: Sistema de Información de Licencias Ambientales.

SINAP: Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

ZODME: Zonas de disposición de material sobrante.

Análisis costo beneficio: Es una metodología de estimación del balance entre beneficios y costos económicos de un proyecto y/o política.

Beneficios directos: Se miden en términos de la disponibilidad a pagar de un individuo por uso actual de un bien y/o servicio.

Beneficios indirectos: Corresponden al valor o beneficio generado por una externalidad hacia un individuo o grupo de individuos.

Beneficio Marginal - BMg: Se refiere a la satisfacción que recibe un individuo por el consumo de una unidad adicional de un bien o servicio.

Bien público: Es un bien económico cuya naturaleza implica que no es rival ni excluyente. Un bien es no rival cuando su uso por una persona en particular no perjudica ni impide el uso simultáneo por parte de otros individuos; por ejemplo, una señal(link is external) de radio (medio de comunicación)(link is external), y es no excluyente cuando no se puede impedir su usufructo por usuarios potenciales o reales.

Bien privado: Bienes económicos que presentan características de uso exclusivo.

Bienes de Mercado: Son aquellos bienes a los que es posible asignarles un precio.

Bienes de no mercado: Son aquellos bienes a los que no se les asigna un precio en el mercado; por ejemplo, los bienes ambientales, y, por tanto, para valorarlos es necesario construir un mercado hipotético o inferirlo mediante un mercado ya construido.

Bienes y Servicios Ecosistémicos: Los bienes y servicios ecosistémicos representan todos los beneficios derivados de los ecosistemas, entendidos como la relación causal de los componentes y procesos que proporcionan los ecosistemas al bienestar humano. Estos beneficios pueden ser directos o indirectos. Los beneficios directos corresponden a la producción de provisiones – agua y alimentos, o la regulación de ciclos como las inundaciones, degradación de los suelos, desecación y salinización, pestes y enfermedades (servicios de regulación). Por otro lado, los beneficios indirectos se relacionan con el funcionamiento de procesos del ecosistema que genera los servicios directos (servicios de apoyo), como el proceso de fotosíntesis y la formación y almacenamiento de materia orgánica; el ciclo de nutrientes; la creación y asimilación del suelo y la neutralización de desechos tóxicos.

Costo de oportunidad: El costo de un recurso, medido por lo que deja de ganar en su mejor uso alternativo; es decir, el costo de la segunda mejor opción para el recurso.

Costo marginal: Es el cambio en los costos totales; es decir lo que cuesta producir una unidad adicional.

Costo medio: Es el costo variable de producción sobre la producción.

Costos promedio: Es el costo total dividido en la totalidad de bienes producidos.

Cuantificación Biofísica: Evaluación de los efectos más probables sobre la prestación de los Bienes y Servicios de manera física, espacial y temporal.

Curva de demanda: Es la representación gráfica de la relación entre los precios y las cantidades demandadas, correspondiente para un periodo de tiempo.

Demanda: Es la cantidad máxima de los individuos que podrían comprar a diferentes precios, o la relación entre la cantidad consumida y todas las variables que determinan el consumo.

Disponibilidad a aceptar - DAA: Es la cantidad de dinero que un individuo está dispuesto a recibir como compensación por un empeoramiento en su nivel de utilidad. También se puede hablar de disponibilidad a aceptar total y marginal.

Disponibilidad a pagar - DAP: Es la cantidad de dinero que un individuo está dispuesto a pagar para acceder a un incremento en dotaciones de bienes y/o servicios, que deriva un aumento en su nivel de utilidad.

Disponibilidad a Pagar Marginal - DAPMg: Es la cantidad de dinero que un individuo está dispuesto a pagar por una unidad adicional de un bien.

Disponibilidad a Pagar Total - DAPT: Es el área bajo la curva de demanda al nivel de precio del bien.

Economía del bienestar: Es la rama de la economía que contribuye en el proceso y elección de las mejores políticas tendientes a la generación de eficiencia en el uso de los recursos.

Eficiencia: Encontrar el mayor y mejor uso para los recursos escasos.

Equidad: Igualdad de costos o beneficios a través de los individuos o grupos de individuos de la sociedad.

Excedente del consumidor - EC: Es el área bajo la curva de demanda Marshaliana y por encima del precio.

Excedente del productor- EP: Es el área bajo la curva de oferta y por debajo del precio.

Exclusión: Este término hace referencia a que el consumo de un bien por parte de unos individuos elimina la posibilidad de que otros puedan consumirlo, esto debido a factores como el precio y la disponibilidad.

Externalidad: La acción de consumo o producción de un individuo o de un conjunto de individuos, que afecta el consumo o la producción de un individuo o de un conjunto de individuos, sin que estos sean compensados por la afectación si la externalidad es negativa y sin pagar por esta, si la externalidad es positiva.

Internalización de impactos: Impactos ambientales previstos por el desarrollo del proyecto que puedan ser controlados en su totalidad por el correcto desarrollo de las medidas del Plan de Manejo Ambiental, por lo que, en sentido estricto, el monto de los PMA puede reflejar el valor económico de los impactos.

Oferta: Es la relación positiva entre cantidad producida de un bien y su precio.

Precio cuenta: Es el precio de referencia que tendría un bien en condiciones de competencia perfecta, incluyendo los costos sociales además de los privados. Representa el costo oportunidad de producir o consumir un bien o servicio.

Precios de mercado: Son los valores que representan el punto de acuerdo entre consumidores y productores.

Precios económicos, sombra o sociales: Son los valores reales de los recursos utilizados dentro del desarrollo de un proyecto; es decir, el costo de oportunidad de usarlos.

Preferencias Declaradas: Datos obtenidos a partir de diseñar, especificar y presentar escenarios hipotéticos a individuos entrevistados, que declaran sus preferencias por bienes y servicios ecosistémicos sin necesidad de usar información de mercado.

Preferencias Reveladas: Datos obtenidos de manera indirecta en el mercado sobre relaciones de complementariedad o sustituibilidad, entre el medio ambiente como bien público y uno o más bienes y servicios de mercados, y que son reveladas por los individuos.

Razón precio cuenta – RPC: Es el factor de conversión que relaciona el Precio Cuenta y el Precio de Mercado de un bien. Este Indicador facilita la corrección de los valores de mercado para realizar la evaluación económica, con el objetivo de encontrar los precios sociales; es decir, aquellos que no tienen en cuenta las distorsiones del mercado.

Regresión múltiple: La explicación de una variable en función de un conjunto de variables explicativas.

Regresión simple: La explicación de una variable en función de una variable explicativa.

Sostenibilidad económica: Aumento rentable y financieramente posible de la sostenibilidad ambiental y social.

Rendimientos constantes a escala: Cuando se aumentan o se disminuyen todos los insumos, en cierta proporción, la producción aumenta o disminuye en la misma proporción.

Rendimientos crecientes a escala: Cuando se aumentan o se disminuyen todos los insumos, en cierta proporción, la producción aumenta o disminuye en una mayor proporción.

Rendimientos decrecientes a escala: Cuando se aumentan o se disminuyen todos los insumos, en cierta proporción, la producción aumenta o disminuye en una menor proporción.

Rival: Un bien rival es aquel cuyo consumo por parte de una persona, disminuye la posibilidad de consumo del mismo bien a otra persona.

Tasa de descuento: Es la tasa que refleja las oportunidades de inversión que se sacrifican por invertir los recursos en el proyecto.

Tasa de descuento social: Es la tasa que incluye las preferencias de las diferentes generaciones para el cálculo del Valor Presente Neto de los beneficios.

Tasa interna de retorno – TIR: Es la tasa que mide la rentabilidad promedio anual, genera el capital (privado o público) invertido en el proyecto.

Uso sostenible: Utilizar los componentes de la biodiversidad de un modo y a un ritmo que no ocasione su disminución o degradación a largo plazo alterando los atributos básicos de composición, estructura y función, con lo cual se mantienen las posibilidades de esta de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras (Decreto 2372 de 2010).

Utilidad: Es la satisfacción o el bienestar de un individuo, derivado del consumo de bienes y servicios. La utilidad es una variable no observable.

Utilidad marginal: Es el cambio de la utilidad total como resultado de la compra de una unidad adicional de un bien.

Valor de existencia: Es la disponibilidad a pagar por evitar que se extinga el recurso.

Valor de legado: Es la disponibilidad a pagar de un individuo para garantizar la disponibilidad del recurso a las futuras generaciones.

Valor de opción: Es la disponibilidad a pagar por hacer uso del bien y/o servicio directa e indirectamente en el futuro.

Valor de no uso: Es la disponibilidad a pagar de los individuos por asegurar las funciones de los ecosistemas; es decir, el valor que los individuos están dispuestos a pagar aun cuando no utilicen de forma directa el ecosistema.

Valor de Uso: Es la disponibilidad a pagar de un individuo por hacer uso de un recurso o un bien ambiental en el presente.

Valor económico total – VET: Es la disponibilidad a pagar por el uso y no uso de un bien y/o servicio, ya sea mercadeable o no mercadeable.

Valoración de un impacto ambiental: Utilización de distintas técnicas cualitativas y/o cuantitativas, para otorgarle un valor al impacto.

Variación compensada: Es la cantidad de dinero tomada de un individuo después de un cambio económico, que deja a la persona justo en la situación inicial; es decir, en la situación antes del cambio.

Variación equivalente: Es la cantidad de dinero pagada a un individuo, con la cual, sin que pase un cambio, deja al individuo como si hubiera ocurrido dicho cambio.

Agente tensoactivo: Toda sustancia orgánica o preparado utilizado en los detergentes y jabones que tiene propiedades tensoactivas y que consta de uno o varios grupos hidrófilos y de uno o varios hidrófobos cuyas características y tamaño permiten la disminución de la tensión superficial del agua, la formación de monocapas de esparcimiento o de adsorción en la interfase agua-aire, la formación de emulsiones y/o microemulsiones o micelas y la adsorción en la interfase agua-sólido.

Apostille y/o consularizado: Procedimiento mediante el cual un documento expedido en un pais diferente a Colombia obtiene validez en el teritorio nacional

Biodegradabilidad: Susceptibilidad que tiene un compuesto o una sustancia química de ser descompuesta por microorganismos. Un factor importante de la biodegradabilidad es la velocidad con que las bacterias, los factores naturales del medio ambiente o ambos, pueden descomponer químicamente dichos compuestos o sustancias químicas.

Certificado de Protección de la Capa de Ozono: Certificado expedido por el proveedor o fabricante del equipo o producto en el exterior, en el cual conste que el equipo o producto a importar no requirió para su producción u operación, sustancias agotadoras de la capa de ozono contempladas en los Grupos I y II del Anexo A y en los Grupos I, II y III del Anexo B del Protocolo de Montreal.

Clorofluorocarbonos o CFC: Los clorofluorocarbonos, denominados también CFC, son sustancias derivadas de los hidrocarburos saturados obtenidos mediante la sustitución de átomos de hidrógeno por átomos de cloro y flúor. Estas sustancias no son productos naturales, sino fruto de la química industrial, por esta razón su degradación es muy difícil y su presencia en la atmósfera se prolonga durante muchos años (50–100). Son gases inertes que no reaccionan con los tejidos animales ni vegetales y se degradan combinándose con el ozono estratosférico, en condiciones de frío y luminosidad. Esta reacción química también implica la destrucción del ozono. En la actualidad, la fabricación y empleo de CFC está prohibido, ya que son sustancias con una elevada toxicidad y persistencia en el medio ambiente que atacan la capa de ozono mediante la liberación de átomos de cloro.

Cupo individual de importacion – Exportacion: Es la cantidad máxima anual asignada a una persona natural o jurídica para la importación de una sustancia agotadora de la capa de ozono. El cupo individual es de libre disposición y estará sujeto a las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en la normativa aplicable.

Detergente: Toda sustancia o preparado que contenga jabón u otros tensoactivos y que se utilicen en procesos de lavado con agua. Los detergentes podrán adoptar cualquier forma (líquido, polvos, pasta, barra, pastilla, formas moldeadas, entre otros) y estar destinados a su uso doméstico e institucional o industrial.

Exportaciones: Salida de bienes y servicios del territorio nacional con destino al mercado exterior con fines comerciales, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por ley para dicho trámite.

Fecha de congelación: Fecha a partir de la cual un país, no debe seguir incrementando el consumo de una sustancia agotadora de la capa de ozono con respecto a la línea base. A partir de la fecha de congelación, se inicia la reducción del consumo, conforme a los plazos establecidos en el cronograma que le corresponde al país, hasta llegar a la eliminación total.

Fecha de eliminación total: Fecha en la cual el país no podrá consumir más una sustancia agotadora de la capa de ozono.

Halones: Estas sustancias son utilizadas principalmente como agentes extintores de fuego. Su uso se encuentra prohibido a nivel nacional.

Hidrocarburos: (Ciclopentano, Isobutano, Propano entre otros): Estos compuestos no agotan la capa de ozono y su potencial de calentamiento global es mínimo, pero algunos de ellos son inflamables por lo que su utilización está sujeta a la aplicación de medidas de seguridad y minimización de riesgos. Actualmente la importación de estas sustancias no requiere de licencia ambiental.

Hidroclorofluorocarbonos o HCFC: Estos compuestos fueron introducidos en la década de los noventas como sustitutos de los CFC. Entre sus aplicaciones se tiene refrigeración, espumas solventes y aerosoles. Estas sustancias tienen un menor potencial de agotamiento de ozono, pero son potentes gases de efecto invernadero. Actualmente su importación está regulada a través de cuotas establecidas a través de normatividad. Los HCFCs son compuestos formados por átomos de cloro, flúor, hidrogeno y carbono. Aunque son destructores de la capa de ozono, han sido introducidos temporalmente como sustitutos de los CFCs.

Hidrofluorocarbonos: Los hidrofluorocarbonos (HFCs) son un grupo que sustancias que contienen átomos de carbono, flúor e hidrógeno, (a diferencia de los hidroclorofluorocarbonos HCFC que además poseen átomos de cloro). Son generalmente gases incoloros e inodoros a temperatura ambiente, y la mayoría de ellos presentan una gran estabilidad química, no reaccionando con otros elementos o compuestos. Generalmente se usan como sustitutos de los CFCs (clorofluorocarbonos) y de los HCFCs (hidroclorofluorocarbonos), como refrigerantes en equipos de aire acondicionado y actúan como agente propulsor en los aerosoles y como solventes. los HFCs una vez liberados, son muy activos como agentes intensificadores del efecto invernadero, ya que poseen un elevadísimo potencial de calentamiento global, y un tiempo de vida en la atmósfera bastante longevo, estimado entre 10 y 100 años.

Importaciones: Introducción de bienes y servicios al territorio nacional procedentes del extranjero o de zona franca, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por ley para dicho trámite.

Jabón: Producto formado por la saponificación o neutralización de grasas, aceites, ceras, colofonias, o sus ácidos con bases orgánicas o inorgánicas.

Línea base: Cantidad de una sustancia agotadora de la capa de ozono consumida en un periodo de tiempo determinado. A partir de esta línea base, se calculan lasdisminuciones graduales de consumo hasta la eliminación total.

Plaguicidas: Los plaguicidas son sustancias químicas utilizadas para controlar, prevenir o destruir las plagas que afectan a las plantaciones agrícolas. La mayoría de estas sustancias son fabricadas por el hombre, por eso son llamados plaguicidas sintéticos. La producción de estas sustancias surge a partir de la Segunda Guerra Mundial, donde los países industrializados inician la fabricación de plaguicidas con carácter comercial con el fin de aumentar la producción agrícola.

Uno de los primeros plaguicidas y más comunes fue el DDT, para combatir las plagas en la agricultura y los mosquitos transmisores de malaria. En la actualidad existen grandes cantidades de marcas de plaguicidas en el mundo.

Potencial de agotamiento del ozono - PAO: Es un número que se refiere a la cantidad de destrucción de ozono estratosférico causado por una sustancia. Es la razón entre el impacto sobre el ozono causado por una sustancia determinada y el impacto causado por una masa similar de CFC-11 (el potencial de agotamiento del CFC-11 está definido como 1)

Protocolo de Kioto: Es un tratado internacional cuyo objetivo principal es lograr que para 2008-2012 los países desarrollados disminuyan sus emisiones de gases de efecto invernadero a un 5% menos del nivel de emisiones de 1990; se amplió hasta el 2015, con metas a 2020.

Protocolo de Montreal: Es un tratado internacional diseñado para proteger la capa de ozono reduciendo la producción y el consumo de numerosas sustancias que se ha estudiado que reaccionan con el ozono y se cree que son responsables por el agotamiento de la capa ozono.

Registro o licencia de importación: Documento soporte de la Declaración de Importación, para las importaciones sometidas al régimen de libre importación o al régimen de licencia previa

Residuo o desecho: Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó ó porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula.

Residuo o Desecho Peligroso: Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

Sustancias agotadoras de la capa de Ozono: Las sustancias que agotan la capa de ozono (SAO) son sustancias químicas cloradas, bromadas o fluoradas producidas por el hombre con potencial para reaccionar con las moléculas de ozono de la estratosfera, provocando su rompimiento y destrucción a través de en una reacción fotoquímica en cadena. La capacidad de destrucción de una SAO en la atmósfera puede superar los 100 años.


SIGLAS

BACEX: Base de Datos de Comercio Exterior

MINCIT: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia

VUCE: Ventanilla Única de Comercio Exterior es una plataforma informática que permite el trámite electrónico de permisos, autorizaciones o vistos buenos previos exigidos por las respectivas entidades del Estado para la realización de las operaciones de comercio exterior.


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