Seguimiento de la ANLA a proyectos en Casanare y Cundinamarca

Seguimiento de la ANLA a proyectos en Casanare y Cundinamarca

Profesionales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) realizaron visitas a los proyectos en etapa de seguimiento para revisar los componentes biótico, abiótico y social, después, representantes de las empresas se reunieron con la entidad para conocer los requerimientos de información.

Oralidad

Proyecto Explotación de Materiales de Construcción Molino Montellano

El proyecto ubicado en el municipio de Tabio en Cundinamarca, cuya empresa responsable es la Gravillera Albania S.A. está en seguimiento por parte de la ANLA. Es así como se hicieron 29 requerimientos a través de reunión de oralidad, donde técnicos de la Autoridad presentaron los resultados que arrojó la visita realizada en abril de 2019.

Entre los requerimientos a presentar, 7 de ellos reiterados, está la determinación del impacto que las obras tienen en los flujos de agua, el monitoreo de calidad de aire, la actualización del Plan de Contingencias, soportes de la ejecución de las actividades de mantenimiento e inspección, obras de revegetalización y la presentación de la liquidación de las inversiones realizadas para la adquisición de predios.

El equipo técnico de la ANLA también evidenció que, en materia socioeconómica, no se encontraron soportes del cumplimiento de la difusión de mensajes, convocatorias y otros recursos informativos a través de la radio y televisión con los que cuenta el municipio y de acuerdo a la ficha del programa de información y participación comunitaria.

Proyecto Área de Interés de Perforación Exploratoria Castor C

La Autoridad solicitó información a la empresa Frontera Energy Sucursal Colombia, por el proyecto ubicado en San Luis de Palenque y Trinidad en el departamento de Casanare, la reunión de oralidad se dio en el marco de la verificación del Plan de Manejo Ambiental propuesto.

El equipo técnico de la ANLA realizó la visita de seguimiento al proyecto para evaluar el período comprendido entre octubre de 2017 a mayo de 2019, allí evidenció 10 requerimientos reiterados a ser documentados en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) y 23 requerimientos producto del seguimiento, que deben ser subsanados en un término de tres a seis meses.

Entre la información solicitada reiteradamente, la empresa debe demostrar la recolección, retiro y disposición de los elementos, materiales sobrantes, estructuras, equipos del área y las geomembranas de las piscinas ubicadas en la locación Capybara. También debe adjuntar un informe donde se expongan los análisis de los impactos generados por el proyecto sobre los recursos naturales, que permita evidenciar el cumplimiento de las medidas de seguimiento. Adicionalmente, debe presentar la línea de trabajo seleccionada y definitiva para cumplir con las obligaciones de compensación forestal.

Por último, Frontera Energy debe informar en su próximo ICA, los impactos sociales de las etapas del proyecto, la efectividad de sus programas y la resolución de las peticiones, quejas y reclamos, entre otros; a lo que la empresa sustentó que por no tener operaciones desde el 2014, no reportó la ejecución de estas actividades, frente a lo anterior la ANLA argumentó que el monitoreo del medio socioeconómico es trasversal a la operación hasta que el proyecto culmine en su totalidad.

Proyecto Planta de Formulación y Empaque de Plaguicidas

La Autoridad convocó a reunión de seguimiento a la empresa Sygla Colombia LTDA., con el propósito de revisar la modificación de las medidas de manejo ambiental del proyecto, ubicado en Soacha – Cundinamarca.

En medio de la oralidad, la ANLA formuló 17 requerimientos de información adicional a los representantes del proyecto, las cuales se deben entregar en el tiempo estipulado en Acto Administrativo.

Dentro de los principales requerimientos para los medios biótico, abiótico y socioeconómico, la empresa debe definir el área de influencia del proyecto con base en los impactos generados por todos sus procesos productivos, teniendo en cuenta las unidades territoriales reconocidas administrativa o socialmente.

También debe complementar el proceso de participación y socialización con la comunidad del área de influencia del proyecto y según la definición de esta, presentar los soportes acordes a la Guía de Participación Ciudadana para el Licenciamiento Ambiental, ya que se evidenció baja asistencia de la comunidad residente en el sector, lo que no permite garantizar la adecuada sensibilización del área de influencia sobre toda la información relevante del proyecto.

Por último, la empresa SYGLA tiene que ajustar el Programa del Medio Socioeconómico de acuerdo con los términos de referencia, de manera que permitan establecer canales de comunicación asertivos con los diferentes actores como autoridades de orden local y regional, la comunidad aledaña, trabajadores y comunidad de la zona industrial de Cazucá, tomando como base el resultado de la evaluación ambiental solicitada para los escenarios sin proyecto y con proyecto.


Imprimir