Medidas ANLA por Covid -19

Conozca las medidas que adoptó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- por el Coronavirus

  • Resolución N° 01464 del 31 de agosto de 2020
    "Por la cual se ordena el reinicio de la prestación de los servicios presenciales de la ANLA y se dictan otras disposiciones
     "
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  • Medidas a corto plazo por COVID – ANLA 2020 - Ver documento

  • Resolución N° 00770 del 27 de abril de 2020
    “Por la cual se modifica la Resolución 0324 del 17 de marzo 2015, frente a los plazos para elpago de la prestación del servicio de seguimiento ambiental
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  • Resolución N° 00642 del 13 de abril de 2020
    "Por la cual se modifica la Resolución No. 00470 del 19 de marzo de 2020"
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  • Resolución N° 00574 del 31 de marzo de 2020
    “Por la cual se suspende la atención de los servicios presenciales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA”
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  • Resolución N° 00470 del 19 de marzo de 2020
    “Por la cual se suspende la atención de los servicios presenciales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA”
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  • Resolución N° 00461 del 18 de marzo de 2020
    “Por la cual se suspenden los términos procesales en las actuaciones disciplinarias”
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  • Circular Interna 00007 del 16 de marzo de 2020
    Medidas adoptadas para prevenir y controlar la propagación del COVID-19 
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  • Circular Externa MinInterior
    Suspensión temporal de actividades en campo y agenda de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta previa, medida para la prevención de contagios de COVID-19
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  • Circular Interna 00011 del 11 de mayo 2020
    Reglas para llevar a cabo el procedimiento de imposición de multas, sancionesy declaratoria de incumplimiento durante el período de aislamiento preventivo.
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¿Se van a emitir Autos de Inicio de procesos de evaluación?

La ANLA examinará cada uno de las solicitudes de trámite y tendrá en cuenta sus condiciones y características, y esencialmente a partir de esto la necesidad de efectuar o no visita. En los casos en que sí se requiera, esta se efectuará una vez se hayan superado las condiciones de emergencia sanitaria y existan todas las condiciones necesarias para su desarrollo.

¿Se van a adelantar reuniones de solicitud de información adicional en el marco de los procesos de evaluación de solicitudes de licencia ambiental o modificación de licencia ambiental?

Sí. Considerando las condiciones de estado de emergencia declaradas por el gobierno nacional, las reuniones de solicitud de información adicional se desarrollarán de manera virtual, guiándose por un instructivo que se adjuntará al oficio de convocatoria.

¿Se pueden radicar solicitudes de licencia ambiental, o modificación de licencia ambiental?

Sí. Y las reuniones de verificación preliminar de documentos (VPD) se harán de manera virtual. La expedición de autos de inicio estará supeditada al análisis que la ANLA haga de cada trámite.

¿Se podrá iniciar el trámite de evaluación de solicitudes de licencia ambiental, o modificación de licencia ambiental, sin el pronunciamiento sobre la procedencia o no de desarrollar consulta previa, o sin las consultas previas protocolizadas?

No. La Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, del Ministerio del Interior, ha considerado efectuar consultas previas apoyándose en herramientas tecnológicas, además las normas que regulan estos derechos siguen vigentes.

¿Los procesos de información y socialización de los EIA y los PMA que se encuentren encurso de elaboración podrán obviar la realización de reuniones que aglomeren población y optar por otros métodos y herramientas que logren los mismos objetivos?

Se podrán considerar siempre y cuando se demuestre de manera clara e inobjetable que se ha logrado una participación adecuada de todas las comunidades y sus autoridades, que los unos y los otros tienen toda la posibilidad y las condiciones tecnológicas para hacer parte de las sesiones y que los soportes son claros, concretos y suficientes para considerarlo así; y que además se cumplen con los mínimos establecidos en los términos de referencia para el correspondiente proyecto, obra o actividad.

¿Se suspenderán los términos de los Autos de Seguimiento de las licencias, permisos y trámites de competencia de la entidad?

No se suspenden los términos, no obstante los titulares de los instrumentos de manejo y control podrán solicitar prórroga para el cumplimiento de dichas obligaciones, antes del vencimiento del plazo inicialmente establecido, identificando y justificando plenamente las dificultades.

¿Cómo proceder con la radicación presencial de solicitudes para trámites sobre la certificación de protección de la capa de ozono?

Las resoluciones de la ANLA de marzo y abril de 2020, se ordenó por el término de duración del aislamiento preventivo obligatorio, la suspensión de la prestación de los servicios presenciales, entre otros, la recepción de documentos en la ventanilla de radicación de documentos físicos, servicio que será prestado por los canales virtuales de reemplazo, como: correo electrónico institucional, página web institucional o Ventanilla VITAL.

De esta manera los usuarios pueden presentar la documentación que se requiere de forma original o física, a través de los canales virtuales mencionados. No obstante, frente al requisito para la solicitud de registro de importación en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), específicamente los documentos expedidos en el exterior que deben ser consularizados o apostillados, se requiere adoptar medidas inmediatas, que permitan al usuario continuar gestionando el registro de importación en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Para el caso de los países con apostillado digital, ese documento será suficiente, y en el caso de los países que no tienen esta posibilidad, estamos efectuando la gestión ante las autoridades nacionales competentes para definir las opciones.

¿Se efectuarán visitas de seguimiento?

No, durante el tiempo que dure la declaratoria de emergencia y/o las condiciones sanitarias no lo permitan, no se realizarán visitas.

¿Se suspenderán los términos para la presentación de los ICA?

No se suspenden los términos, los Informes de Cumplimiento Ambiental se presentarán conforme lo ha establecido la Resolución 077 de 2019.

¿Se realizarán reuniones de oralidad para el control y seguimiento?

Sí, contando con las condiciones tecnológicas a las que tenga acceso el titular del instrumento de manejo y control, se realizarán reuniones virtuales con el fin de realizar el seguimiento y control a los proyectos.

¿Se pueden radicar solicitudes de licencia ambiental, o modificación de licencia ambiental?

Sí. Y las reuniones de verificación preliminar de documentos (VPD) se harán de manera virtual, aunque no se expedirán autos de inicio.

¿Qué pasa con las audiencias públicas solicitadas en el marco del proceso de evaluación?

Se suspende el desarrollo presencial de estos mecanismos de participación ciudadano salvo que el interesado en el trámite de expedición o modificación del instrumento de control ambiental asuma la posibilidad de implementarlo por medio de las tecnologías de la información y comunicaciones conforme con la normativa vigente, de tal manera que se garantice la participación ciudadana efectiva en dichas actuaciones. En todo caso la ANLA examinará cada uno de los casos específicos.

¿Se suspenderán los términos para los procesos sancionatorios?

No. No se suspenden. No se ha contemplado esta decisión.

¿Se seguirán atendiendo reuniones generales a las empresas o a usuarios externos, en el marco de la evaluación o seguimiento a proyectos, obras o actividades?

Sí, pero considerando el estado de emergencia declarado por el gobierno nacional las reuniones se desarrollarán de manera virtual, según lo acepte el solicitante, guiándose por un instructivo que se adjuntará al comunicado de convocatoria.

¿Cómo se hará la notificación de actos administrativos?

Se hará exclusivamente a través de correo electrónico. Los invitamos a autorizar este servicio escribiendo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¿Cómo funcionará el préstamo de expedientes? ¿Se seguirán recibiendo solicitudes de copia de expedientes?

Sí se recibirán solicitudes de copia de expedientes, y se recibirán solicitudes de préstamo para consulta, pero dado que se han suspendido los servicios de atención presencial estas se atenderán cuando haya sido superado el estado de emergencia. De todas maneras se insistirá en que se consulten los archivos de VITAL para consultar si puede tener acceso a los archivos digitales.

¿Se seguirán recibiendo las peticiones, quejas, reclamos, solicitudes y denuncias?

Sí, los invitamos a escribirnos y contactarnos a través de nuestros canales de relacionamiento

Contacto Ciudadano +57 (1) 2540100

Línea Gratuita 018000112998

Fax: +57 (1) 2540119

Correo institucional Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 


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