Crear una herramienta informativa y comercial para diferenciar productos que comparativamente presenten un mejor desempeño ambiental y promover un cambio hacia los artículos ambientalmente amigables en las preferencias de compra de los consumidores, hacen parte de los objetivos con el uso del Sello Ambiental Colombiano.
Igualmente, se pretende incentivar el consumo de productos que tengan consecuencias menos nocivas sobre el medio ambiente.
Se trata de un sistema voluntario de diferenciación de eco-etiquetado que permite identificar los productos no alimenticios disponibles en el mercado que cumplen con especificaciones ambientales, que se determinan de acuerdo a la categoría que pertenecen.
Es necesario aclarar que la ANLA no otorga directamente el derecho al uso del Sello Ambiental Colombiano -SAC- a los interesados, pues solo autoriza a los organismos de certificación, como, por ejemplo, ICONTEC y Bureau Veritas, entre otras, que cuenten con la acreditación del ONAC.
Una vez se compruebe la conformidad del producto o servicio bajo la NTC que aplique (categoría del producto) del solicitante o interesado, se procede a otorgar el derecho de uso del Sello Ambiental Colombiano.
Esta etiqueta ecológica consiste en un distintivo o sello que se obtiene de forma voluntaria, otorgado por una institución independiente denominada "organismo de certificación" (debidamente acreditada por el Organismo Nacional de Acreditación -ONAC y autorizado por la Autoridad de Licencias Ambientales- ANLA) y que puede portar un bien o un servicio que cumpla con unos requisitos preestablecidos para su categoría.
Los usuarios interesados en solicitar una autorización para otorgar el derecho de uso del Sello Ambiental Colombiano deberán cumplir con los siguientes requisitos para su solicitud:
1. Formato de solicitud para una autorización para otorgar el derecho de uso del Sello Ambiental Colombiano, totalmente diligenciado.
2. Certificado de Existencia y Representación Legal (fecha de expedición no superior a 3 meses).
3. Copia del acto administrativo (resolución) mediante el cual se le haya otorgado la acreditación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, como organismo de certificación de productos para la(s) categoría(s) de producto del Sello Ambiental Colombiano solicitada(s), indicando su calificación, experiencia, títulos y funciones.
4. Relación de las tarifas establecidas para las actividades de certificación requeridas para el otorgamiento del Sello Ambiental Colombiano.
5. Tipo de Autorización, la cual puede ser Nueva o Ampliada.
6. Norma técnica Colombia a la que aplica.
Portar el Sello Ambiental Colombiano debe ser considerado por los productores o prestadores de servicios como una estrategia comercial y una ventaja competitiva, ya que evidencia ante la comunidad o cualquier parte interesada un desempeño ambiental sano que respalda la imagen de la empresa y del producto.
Adicionalmente, el Sello demuestra haber alcanzado procesos más eficientes; menor uso de materiales, energía y agua; disminución de los residuos por disponer y minimización de los impactos ambientales por ruido y contaminación atmosférica, entre otros.
Y por los consumidores como un valor agregado frente a otros bienes o servicios que no cuentan con este instrumento. http://www.anla.gov.co/autorizacion-otorgar-derecho-al-uso-del-sello-ambiental-colombiano