Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 080 de 2015, decidió conceder la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y a un ambiente sano, a propósito de la contaminación de la Zona del Mamonal y Zona de la Bahía de Cartagena en el Distrito Especial de Cartagena de Indias, Departamento de Bolívar, con respecto al vertimiento de lorsban (insecticida) ocurrido en 1989

Jurisprudencia
Sentencias
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 413 de 2021, concedió el amparo de los derechos fundamentales a la consulta previa y a la participación en materia ambiental de las accionantes comunidades étnicas respecto a la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos Mediante Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (PECIG)
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 145 de 2021 decidió declarar exequible, por el cargo analizado: (i) la expresión “[e]n consecuencia, las autoridades ambientales no podrán exigir requisitos adicionales a los previstos en el Decreto – Ley 2811 de 1974, Ley 99 de 1993 y demás disposiciones reglamentarias en materia ambiental”, prevista por el primer inciso del artículo 125 del Decreto – Ley 2106 de 2019; y (ii) el parágrafo 1º del artículo 125 del Decreto Ley 2106 de 2019.
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 375 de 2023, decidió conceder la protección del derecho a la consulta previa del pueblo indígena Yukpa en relación con los proyectos mineros Calenturitas, La Jagua, Pribbenow, el Descanso y el Corozo ubicados en el Departamento del Cesar
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 470 de 2024, negó el amparo del derecho a la consulta previa solicitado por el Consejo Comunitario Guapi Abajo respecto a la construcción de una Estación de Guardacostas en el Parque Nacional Natural Gorgona, por cuanto no existe evidencia razonable y concreta, siquiera mínima, de la afectación directa a la comunidad accionante
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 281 de 2019, ordenó tutelar el derecho fundamental al debido proceso a favor de las comunidades étnicas indígenas: la Laguna Siberia y las Mercedes, ubicadas en Municipios de Caldono y Piendamó, Departamento del Cauca
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 367 de 2022 decidió declarar la exequibilidad condicionada del artículo 1 (parcial) de la Ley 2111 de 2021, en relación con los artículos 328 al 335 del Código Penal, siempre y cuando se entienda que las normas de reenvío que sean de naturaleza administrativa deben ser expedidas por las instituciones públicas pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental (SINA) con competencias regulatorias; sean precisas, previas a la configuración de la conducta, con alcance general y de conocimiento público
Según la Corte Constitucional, en la Sentencia T – 166 de 2012, se debe respetar el derecho fundamental al debido proceso en el procedimiento sancionatorio ambiental. En el caso analizado en la sentencia, la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) del Distrito Capital de Bogotá respetó el debido proceso y el derecho de defensa y contradicción del accionante; no se violaron sus derechos fundamentales
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 606 de 2015, ordenó tutelar los derechos fundamentales al mínimo vital y móvil, la vida, a la seguridad alimentaria, a la participación, al trabajo y a la dignidad humana del accionante, los miembros de la Cooperativa de pescadores de Barlovento y demás pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayrona
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 366 de 2011 declaró inexequible la Ley 1382 de 2010, por la cual se modifica la Ley 685 de 2001 Código de Minas; por cuanto se omitió realizar la Consulta Previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes y esta normativa los afecta directamente