La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 359 de 2024 declaró exequible el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú, República de Costa Rica, el 4 de marzo de 2018; y la Ley 2273 de 2022 que lo aprobó

Jurisprudencia
Sentencias
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 443 de 2009 decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C – 339 de 2002, mediante la cual se declaró exequible el artículo 34 de la Ley 685 de 2001 en cuanto a las Zonas Excluibles de la Minería
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 339 de 2002 decidió declarar exequibles e inexequibles algunas normas de la Ley 685 de 2001 – Código de Minas en temas de interrelación entre minería y aspectos ambientales
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 943 de 2012 decidió estarse a lo resuelto en la Sentencia C – 572 de 2012, en el sentido de declarar exequible el Decreto – Ley 3573 de 2011, por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y se dictan otras disposiciones, por los cargos analizados en aquella providencia. También declaró exequible el Decreto – Ley 3573 de 2011, por los cargos analizados en la presente sentencia
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 554 de 2007 declaró inexequible la expresión: "serán por su naturaleza apelables ante la autoridad superior, dentro del Sistema Nacional Ambiental (SINA), y tendrán una vigencia transitoria no superior a 60 días mientras el Ministerio del Medio Ambiente decide sobre la conveniencia de prorrogar su vigencia o de darle a la medida carácter permanente", contenida en el artículo 63 de la Ley 99 de 1993, en cuanto al principio de rigor subsidiario
Según la Corte Constitucional, en la sentencia T – 129 de 2011, ordenó tutelar los derechos fundamentales a la consulta previa, a la existencia, autonomía, integridad e identidad cultural y social de los pueblos indígenas respecto al proyecto vial Carretera Unguía-Acandí o Titumate- Balboa- San Miguel- Acandí, en el Municipio de Acandí, Departamento de Chocó
La Corte Constitucional mediante la sentencia C – 598 de 2010 decidió declarar inexequible la expresión “o sustraer” y exequible la expresión “parques naturales de carácter regional” contenida en el numeral 16 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993. En la práctica eso significa que respecto de los Parques Naturales Regionales (PNR) existe imposibilidad legislativa y administrativa de sustraer sus áreas
La Corte Constitucional, mediante la sentencia C – 175 de 2009, declaró inexequible la Ley 1152 de 2007, por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural (EDR), se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones; por cuanto se omitió realizar la Consulta Previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes y esta normativa los afecta directamente
Según el Tribunal Superior de Medellín – Sala Cuarta de Decisión, mediante la Sentencia T – 038 de 2019, con ponencia del Magistrado Dr. Juan Carlos Sosa Londoño, reconoció al Río Cauca, su cuenca y afluentes como una entidad sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo de EPM y del Estado colombiano. También reconoció que las Generaciones Futuras son Sujetos de Derecho de Especial Protección
Según la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia STC3872-2020, con ponencia del Magistrado Dr. Octavio Augusto Tejeiro Duque, declaró a la zona protegida Vía Parque Isla de Salamanca (VPIS) como Sujeto de Derechos y ordenó su protección a las autoridades accionadas