6. Datos de Interés Visto Bueno Importación Vehículos

Datos de Interés

El importador podrá encontrar toda la información correspondiente a la interoperabilidad, a través de la guía en el siguiente enlace: https://vuce.gov.co/vuce/media/docs/2020/pdf/GUIA-DE-INTEROPERABILIDAD-VUCE-2-0-ANLA-V2.pdf


Si tiene inquietudes o para mayor información, podrá hacer uso de los siguientes canales de atención


  • Nivel Central ubicado en la Carrera 13A # 34 – 72 Bogotá, Colombia
  • Horario de atención al público de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 4:00 p.m.
  • Atención al Ciudadano a través de la línea telefónica: +57 (1) 2540100
  • Línea Gratuita Nacional: 018000112998
  • Conmutador: +57 (1) 2540111
  • Fax: +57 (1) 2540119
  • Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Chat Institucional en la página web www.anla.gov.co

5. Preguntas Frecuentes Visto Bueno Importación Vehículos

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica y Visto Bueno por Protocolo de Montreal (CEPD)?

Documento en el cual se consignan las especificaciones técnicas, la información de la prueba y los resultados de la medición de las emisiones generadas por los prototipos de las fuentes móviles o de los motores prototipos, evaluados en un dinamómetro o en una prueba SHED, según el procedimiento que aplique de acuerdo con lo definido en la presente resolución. Este certificado debe ser obtenido para fuentes móviles de carretera nuevas y para todas las fuentes móviles de uso fuera de carretera, sean nuevas o no.


¿Qué pasa si la información suministrada en el registro de importación no coincide con la relacionada en el CEPD?

Cualquier diferencia o inconsistencia en la descripción de la mercancía en la casilla 34 del registro de importación frente a la información suministrada en el certificado, la solicitud de visto bueno será negada.


¿Cuáles son los umbrales establecidos en un SRS para la importación de vehículos?

El importador deberá tener claro, el tipo de vehículos que desea importar y verificar los umbrales establecidos en la tabla 2 de la Resolución 1326 de 2017, esto con fin de garantizar el cumplimiento al requisito previo a quienes importen, fabriquen o ensamblen vehículos.


¿En qué casos no se requiere de una certificación de emisiones por prueba dinámica?

El artículo 3° de la Resolución 0762 de 2022, establece las excepciones del cumplimiento del requisito de certificado de emisiones por prueba dinámica los vehículos antiguos o clásicos; las que harán parte de exhibiciones y ferias, o los importados como prototipos siempre y cuando correspondan a una importación temporal; el transporte férreo; el procesamiento industrial de chasises de la partida 87.06 cuyo destino final sean los mercados externos; los bienes resultantes de la importación temporal de material CKD para la transformación o ensamble de motocicletas de la partida 98.01, cuyo destino final sean los mercados externos; las fuentes móviles terrestres de uso fuera de carretera destinada exclusivamente a labores agrícolas; las demás fuera de carretera que operen con combustible diferente a Diesel; y aquellas que sin importar su combustible y labores fuera de carretera tengan una potencia nominal menor de 16kW o superior a 560 kW; los vehículos destinados al uso en todo terreno, concebidos para circular en superficies no pavimentadas.

En estos casos el concepto a través de la VUCE será “no requiere”.


¿Los vehículos eléctricos requieren CEPD?

Los vehículos que cuenten con sistema de aire acondicionado deben tramitar el CEPD, de acuerdo con el artículo 5° de la Resolución 0762 de 2022, para lo cual deberá diligenciar únicamente lo concerniente a la identificación del modelo y a la sección titulada: Visto Bueno por Protocolo de Montreal.


¿Los vehículos fuera de la red de carretera requieren CEPD?

Los vehículos que cuenten con sistema de aire acondicionado deben tramitar el CEPD, de acuerdo con el artículo 5° de la Resolución 0762 de 2022, para lo cual deberá diligenciar únicamente lo concerniente a la identificación del modelo y a la sección titulada: Visto Bueno por Protocolo de Montreal.

Sin embargo, una vez se cumplan los 24 meses desde que se publicó la Resolución 0762 de 2022 en el diario oficial, estos vehículos también deben cumplir con lo relacionado a los estándares de emisión.


¿Qué es una Subpartida Arancelaria?

Código numérico que identifica la mercancía que se comercializa internacionalmente, identificado por 6 dígitos y se rige por lo establecido en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA).


¿Cuál es el tiempo para resolver las solicitudes de visto bueno?

Conforme al artículo 139 del Decreto 2106 del 2019, a partir del 2 de enero de 2020:

Se deberá informar al solicitante a través de VUCE en un término no superior a un (1) día contado a partir de la radicación, si las solicitudes del régimen libre o de licencia previa están incompletas.

Se deberán resolver las solicitudes de importación del régimen libre en un término no superior a 1 día hábil contado a partir de la fecha de radicación en la entidad respectiva siempre que el solicitante haya cumplido con el lleno de los requisitos.

Se deberán resolver las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a 2 días hábiles contados a partir de la fecha de radicación en la entidad respectiva a través de la VUCE, siempre que el solicitante haya cumplido con el lleno de los requisitos.


¿La solicitud de visto bueno tiene algún costo por parte de la Autoridad?

La solicitud del Visto Bueno no tiene ningún costo por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), sin embargo, como es una plataforma exclusiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) son ellos los encargados de su administración.


¿Dónde puedo solicitar la cancelación o modificación del registro o licencia de importación?

El importador deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 2 del Decreto 0925 del 9 de mayo del 2013, que establece que: “Las solicitudes de registro y de licencia de importación, así como sus modificaciones y cancelaciones se presentará a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE”.

Teniendo en cuenta lo anterior, es importante mencionar que es responsabilidad del importador solicitar este tipo de requerimientos a través de la plataforma VUCE, tal como lo dispone la reglamentación del trámite, ya que es allí donde se evidencia el flujo del registro y se valida la información histórica de la solicitud.


¿La Autoridad podrá dar prioridad a cualquier solicitud de visto bueno?

La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es una plataforma informática que asigna automáticamente los registros o licencias de importación en orden de radicación del solicitante desde MINCIT, asimismo, son validados y evaluados por la Entidad.


 

4. Marco Normativo Visto Bueno Importación Vehículos

Marco Normativo

Normatividad Especifica

  • Ley 1972 del 2019. Por medio de la cual se establece la protección de los derechos a la salud y al medio ambiente sano estableciendo medidas tendientes a la reducción de emisiones contaminantes de fuentes móviles.
  • Resolución 0762 de 2022. “Por el cual se reglamentan los límites máximos permisible de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres, se reglamentan los artículos 2.2.5.1.6.1, 2.2.5.1.8.2 y 2.2.5.1.8.3 del Decreto 1076 de 2015 y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución 2604 de 2009. Por la cual se determinan los combustibles limpios teniendo como criterio fundamental el contenido de sus componentes, se reglamentan los límites máximos de emisión permisibles en prueba dinámica para los vehículos que se vinculen a la prestación del servicio público de transporte terrestres de pasajeros y para motocarros que se vinculen a la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor mixto y se adoptan otras disposiciones.
  • Circular 004 de 2022. anexo No. 7. subpartidas arancelarias que amparan vehículos controlados por la Autoridad Nacional De Licencias Ambientales-ANLA.
  • Circular 018 de 2020. Requisitos, permisos y autorizaciones exigidos previamente a la presentación de las solicitudes de registro y de licencia de importación, por parte de las entidades que participan en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
  • Circular 025 de 2020. MINCIT - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Implementación interoperabilidad entre VUCE 2.0 y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Normatividad General

  • Decreto Ley 0019 de 2012. “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.”, modificado por el Decreto-ley 2106 de 2019.
  • Decreto-Ley 2811 de 1974. Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
  • Decreto 1881 de 2021. Por el cual se adopta el arancel de aduanas y otras disposiciones.
  • Decreto 376 de 2020. Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA
  • Decreto 1076 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
  • Decreto 0925 de 2013. Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación.
  • Decreto 3573 de 2011. Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA- y se dictan otras disposiciones.

3. Proceso de Evaluación Visto Bueno Importación Vehículos

Proceso de Evaluación

¿En qué consiste el proceso de interoperabilidad para las solicitudes de visto bueno para vehículos y motocicletas?

El proceso de interoperabilidad entre la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) está diseñado específicamente para agilizar las solicitudes de importación de vehículos y motocicletas. Este procedimiento permite la validación de los criterios de evaluación y aprobación automáticas de la entidad. Gracias a esta interoperabilidad, el tiempo para obtener el visto bueno a través de la plataforma VUCE se reduce a 5 minutos.

Para comprender mejor este proceso y sus beneficios, se sugiere revisar la guía detallada del proceso de interoperabilidad a través del siguiente enlace: https://www.vuce.gov.co/vuce/media/docs/2023/pdf/INSTRUCTIVO-INTEROPERABILIDAD-VUCE-2-0-AUTORIDAD-NACIONAL-DE-LICENCIAS-AMBIENTALES-ANLA-V4.pdf


Diagrama de Flujo

El siguiente diagrama explica el flujo del proceso para solicitud de un Visto Bueno para la Importación de Vehículos y Motocicleta.

Ver Diagrama

¿Cómo se debe solicitar el Visto Bueno ante la ANLA para la importación de vehículos y motocicletas?

Deberá tener en cuenta si se encuentra en el ámbito de aplicación de:

  • La Resolución 0762 de 2022 asociado al Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y visto bueno por Protocolo de Montreal.
  • La Resolución 1326 de 2017 asociado a los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas usadas (SRS).

En caso de estar en el ámbito de aplicación deberá incluir la información que le aplique de conformidad con lo siguiente:

Una vez que el importador ha obtenido la aprobación del CEPD y haya realizado la gestión asociada a los Sistemas de Recolección Selectiva puede solicitar el visto bueno a través de la plataforma VUCE para la importación de vehículos y motocicletas y realizar lo siguiente:

  1. Registrar la misma información del certificado CEPD y el sistema SRS.
  2. El importador debe estar incluido como titular del CEPD.
  3. Incluir los siguientes Tipo de documento en la casilla 37 “Permisos o información adicional”:
    • Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD)
    • Sistema de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas - (SRS)
  4. Para el caso del tipo de Documento Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) debe incluir la siguiente información:
    • Número de CEPD
    • Código de modelo (VIN)
    • Código del motor
    • Uso
    • Fecha del CEPD
  5. Para el caso del tipo de Documento Sistema de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas - (SRS) deber incluir la siguiente información:
    • Expediente

Tenga en cuenta lo siguiente:

  • El campo código de modelo también se puede indicar como VIN, Código de cada modelo o código de identificación
  • El código del motor también se puede indicar como código del motor o grupo de prueba; designación del motor.
  • En el caso de uso, si el CEPD no cuenta con el campo "Descripción de la importación" que indica el uso comercial o el uso propio, valide si cuenta con las firmas en el campo "Fabricante o firma propietario de diseño". En caso afirmativo, corresponderá a Fabricante, Ensamblador o Importador, de lo contrario, se considerará como importador independiente.
  • Para el caso de vehículos eléctricos o fuera de carretera deben incluir la información que se registra en el código del motor, y en caso de que se encuentre vacía debe incluir “No aplica”.

Tenga en cuenta que los Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) deben cumplir con los estándares de emisión establecidos por la  Resolución 0762 de 2022, así como la Ley 1972 de 2019.


¿Cuáles son las consideraciones establecidas por la Autoridad, para la aprobación del visto bueno?

Después de obtener el Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD), el importador debe solicitar el visto bueno a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). En este proceso, se requiere que toda la información consignada en el registro de importación coincida con la proporcionada en el certificado.

Además, es esencial que el importador considere si está sujeto a la vinculación de un Sistema de Recolección Selectiva (SRS), de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1326 de 2017, y si se aplican las excepciones especificadas en el artículo 3° de la Resolución 0762 de 2022.

Cabe destacar que, para obtener el visto bueno, el importador o importadores deben figurar como titulares del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica aprobado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Asimismo, el código de modelo y el código de motor especificados en el CEPD deben reflejarse en el registro o licencia de importación de manera exacta, considerando números, letras, símbolos y caracteres especiales. Cualquier omisión de información por parte del importador puede resultar en la negación de la solicitud en la plataforma VUCE.

 

7. Tutoriales Visto Bueno Importación Vehículos

Tutoriales

El importador podrá encontrar toda la información correspondiente a la interoperabilidad, a través de la guía en el siguiente enlace:

https://www.vuce.gov.co/vuce/media/docs/2020/pdf/INSTRUCTIVO-INTEROPERABILIDAD-VUCE-2-0-AUTORIDAD-NACIONAL-DE-LICENCIAS-AMBIANTES-ANLA-V3_1.pdf

Próximamente estaremos publicando el tutorial para este trámite.

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