Limitación a prestación de servicios de la ANLA por medidas de restricción de movilidad

En atención a las medidas de restricción de la movilidad impuestas en el Decreto Distrital 010 de 2021[1], de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, informa a los usuarios de sus servicios y a sus colaboradores que el ocho (8) de enero de 2021 se prestarán los siguientes servicios presenciales:

  • Radicación de documentos en la Ventanilla de radicación de documentos físicos.
  • Citaciones para notificación personal.
  • Notificaciones Personales.
  • Préstamo de Expedientes físicos a usuarios externos.

La prestación de los servicios señalados anteriormente se hará con el personal mínimo requerido, dando cumplimiento a los protocolos de bioseguridad definidos por las autoridades competentes y por esta entidad.

No obstante, se recomienda a los usuarios de los servicios presenciales realizar sus trámites virtualmente, a través de los siguientes canales de reemplazo:

Servicio Presencial

Canal no presencial Complementario

Radicación de documentos en la Ventanilla de radicación de documentos físicos.

Correo electrónico institucional, página web institucional www.anla.gov.co o Ventanilla VITAL, si el tamaño de los documentos a enviar supera la capacidad de envío del correo, puede usarse cualquier herramienta de almacenamiento WEB (WeTransfer, OneDrive, Google Drive)

Citaciones para notificación personal.

Notificación por correo electrónico autorizada por el usuario

Notificaciones Personales.

Notificación por Correo Electrónico

Préstamo de Expedientes físicos.

Consulta Virtual de Expedientes.

Los demás colaboradores de la entidad, que presten servicios diferentes a los señalados anteriormente, realizarán sus labores y prestarán sus servicios sin acudir a la sede de la entidad, salvo que la labor o servicio le sea requerido específicamente.

[1] De conformidad con el artículo 2° literal U del Decreto, se permite el “desplazamiento y comparecencia de funcionarios y personas interesadas en la gestión de actividades que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas la restricción de circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá.


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