ANLA no tiene competencia en la Vigilancia y Control de actividades de transporte de sustancias peligrosas

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA ante el incidente sucedido el pasado 28 de julio de 2013, en la ciudad de Santa Marta – Magdalena, informa que el manejo de sustancias tales como el Nitrato de Amonio (NH4NO3).

Se regulan por el Decreto 334 de 2002, el cual autoriza su transporte por vía aérea, fluvial o terrestre, no requiere de licenciamiento ambiental y no es competencia de esta Autoridad la Vigilancia y Control de estas actividades.

Es importante aclarar, que el Decreto 1609 de 2002, la norma Icontec NTC 1692 y las Guías Ambientales de Almacenamiento y Transporte por Carretera de Sustancias Químicas Peligrosas y Residuos Peligrosos del Ministerio de Ambiente, establecen requisitos técnicos y de seguridad para el manejo y transporte de mercancías peligrosas por carretera, pero no tienen dentro de su alcance la regulación del transporte férreo de este tipo de sustancias.


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