Preguntas Frecuentes

¿La Autoridad podrá dar prioridad a cualquier solicitud de visto bueno?

Tenga en cuenta que para este visto bueno la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) cuenta con el Sistema de Administración de Riesgos (SAR). Con esta herramienta podrá disminuir los tiempos de respuesta en el otorgamiento de visto buenos, para esto debe relacionar en la casilla “Tipo No. Documento” del campo de permisos el número de expediente asociado al Sistema de Recolección Selectiva de llantas Individual o Colectivo y el permiso tipo “Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas”.  En el siguiente enlace podrá conocer la Guía de Diligenciamiento de campos nuevos para solicitudes de importación-visto bueno de la ANLA: https://www.vuce.gov.co/vuce/media/docs/2023/pdf/20230927-Guia-Diligenciamiento-SAR-Llantas.pdf


¿Debo solicitar el visto bueno para la importación de llantas para motocicletas, motocarros, mototriciclos, bicicletas, NONROAD a través de la VUCE?

El visto bueno a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) para la importación hace referencia a las actividades que estén sujetas a reglamento técnico de llantas, la Resolución 481 de 2009, la cual exceptúa su aplicación a las llantas de uso para bicicletas, motocicletas, motonetas, motocarros, mototriciclos, maquinaria rodante de construcción o minería, cuatrimotos, vehículo agrícola o forestal, vehículos en competencia o en pruebas especiales no contempladas en el reglamento y por ende para el visto bueno a través de la VUCE. Por lo tanto, deberá tener en cuenta las subpartidas arancelarias que se encuentran listadas en el Anexo 10 de la Circular 004 de 2022.


¿Debo tener aprobado el SRS, previa importación de llantas?

Sí, los importadores que hayan superado previamente los umbrales establecidos en las tablas 1 y 2 de la Resolución 1326 de 2017, deben contar con un sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas individual aprobado por ANLA o estar afiliado a un colectivo aprobado por la entidad.


¿Es necesario solicitar el visto bueno ante la Autoridad, así no me encuentre dentro del ámbito de aplicación de la Resolución 1326 de 2017?

Deberá tener en cuenta las subpartidas arancelarias que se encuentran listadas en el Anexo 10 de la Circular 004 de 2022, si la subpartida se encuentra incluida el importador deberá tramitar el visto bueno, solicite el visto bueno y la entidad valdrá el cumplimiento de la Resolución 1326 de 2017, y la Resolución 2875 de 2015.


¿Cómo valida la Autoridad las cantidades importadas de llantas al año, cuando un importador no cuenta con un SRS?

Para los importadores que no cuentan con SRS, se realizará una verificación de las importaciones previas, relacionadas con las declaraciones de importación, a través de la del Banco de Datos de Comercio Exterior (BACEX) administrada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.


¿Qué es una Subpartida Arancelaria?

Código numérico que identifica la mercancía que se comercializa internacionalmente, identificado por 6 dígitos y se rige por lo establecido en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA).


¿Cuál es el tiempo para resolver las solicitudes de visto bueno?

Conforme al artículo 139 del Decreto 2106 del 2019, a partir del 2 de enero de 2020:

Se deberá informar al solicitante a través de VUCE en un término no superior a un (1) día contado a partir de la radicación, si las solicitudes del régimen libre o de licencia previa están incompletas.

Se deberán resolver las solicitudes de importación del régimen libre en un término no superior a 1 día hábil contado a partir de la fecha de radicación en la entidad respectiva siempre que el solicitante haya cumplido con el lleno de los requisitos.

Se deberán resolver las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a 2 días hábiles contados a partir de la fecha de radicación en la entidad respectiva a través de la VUCE, siempre que el solicitante haya cumplido con el lleno de los requisitos.


¿La solicitud de visto bueno tiene algún costo por parte de la Autoridad?

La solicitud del Visto Bueno no tiene ningún costo por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), sin embargo, como es una plataforma exclusiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) son ellos los encargados de su administración.


¿Dónde puedo solicitar la cancelación o modificación del registro o licencia de importación?

El importador deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 2 del Decreto 0925 del 9 de mayo del 2013, que establece que: “Las solicitudes de registro y de licencia de importación, así como sus modificaciones y cancelaciones se presentará a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE”.

Teniendo en cuenta lo anterior, es importante mencionar que es responsabilidad del importador solicitar este tipo de requerimientos a través de la plataforma VUCE, tal como lo dispone la reglamentación del trámite, ya que es allí donde se evidencia el flujo del registro y se valida la información histórica de la solicitud.


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