El interesado deberá obtener de manera previa un permiso NO CITES, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1367 de 2000. En el siguiente enlace puede obtener información acerca de cómo adelantar este trámite: https://www.anla.gov.co/01_anla/vistos-buenos-importacion-y-exportacion-no-cites/requisitos-previos-vbienc
Luego de la obtención del permiso NO CITES, el interesado deberá solicitar el Visto Bueno previo a la Importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Para efectos de su trámite, el importador debe encontrarse previamente registrado ante esta, de conformidad con lo consagrado en el Decreto 0925 de 2013; para el caso de exportación, el usuario debe estar registrado en el módulo VUCE EXPO 2.0, de conformidad con los procedimientos que establezca la dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.