1. Actualización de Actos Administrativos

Tabla 1.  Relación de los actos administrativos de seguimiento al PHI

Etapa No. Fecha Tipo - Objeto Descripción
Seguimiento 2022

1572

22/07/2022

Resolución - por la cual se modifica una resolución

Resolución por la cual se modifica Resolución, acoge el CT 3979 del 12 de julio de 2022. Inversion Forzosa de no menos del 1%

Seguimiento 2022

394

12/07/2022

Acta - Acta de reunión de control y seguimiento ambiental

Acta 394 de Reunión de Control y Seguimiento Ambiental del 12 de julio de 2022, acoge CT 3979 de 12 de julio de 2022-ICA25

Seguimiento 2022

4208

06/06/2022.

Auto - Por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental

Auto por el cual se efectúa control y seguimiento ambiental, acoge CT 935 de 28 de febrero de 2022. PMA-PSM Medio Socioeconómico.

Seguimiento 2021

899

04/05/2022

Resolución - “Por la cual se resuelve un recurso de reposición

Resolución por medio de la cual, se resuelve recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 2398 del 29 de diciembre de 2021. Concepto Técnico 1605 del 31 de marzo de 2022. Inversión de no menos del 1%

Seguimiento 2021

11409

29/12/2021

Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental

Resolución de modificación. Concepto Técnico 4025 del 14 de julio de 2021.

Seguimiento 2021 2398 29/12/2021 Resolución - Resolución modifica resolución Acta No. 296 del 14 de julio de 2021 de la reunión de control y seguimiento ambiental del proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, acogiendo el concepto técnico 4025 del 14 de julio de 2021.
Seguimiento 2021 11352 28/12/2021 Auto - Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental Se rechaza el recurso de reposición interpuesto mediante las comunicaciones con radicación 2021054271-1-000 y 2021054278-1-000 ambas del 26 de marzo de 2021mediante por la Gobernación del Huila en contra de la Resolución 462 del 8 de marzo de 2021.
Seguimiento 2021 677 16/12/2021 Acta - Acta de reunión de control y seguimiento ambiental Se avoca conocimiento de las actuaciones administrativas remitidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, obrantes en el expediente ATV-00778 allegado por medio del oficio con radicación 2021071420-1-000 del 16 de abril de 2021, contentivo de las autorizaciones de levantamiento parcial de veda a favor de la sociedad EMGESA S.A. E.S.P.
Seguimiento 2021

2073

19/11/2021

Resolución - Resolución Ajuste Vía Seguimiento

Auto mediante el cual esta Autoridad Nacional avoca conocimiento del expediente ATV-00230 enviado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el cual cuenta con la Resolución 1526 del 23 de junio de 2015 por la cual se efectúa un levantamiento parcial de veda

Fuente: Equipo de Seguimiento ANLA.2021.

2. Mesas de Concertación. – Documento de Cooperación

Dentro del marco del trámite de otorgamiento de la licencia ambiental para el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, el Gobierno Nacional, garantizando el derecho de participación ambiental para las comunidades de los municipios del área de influencia directa, instauró unas mesas de concertación interinstitucional en el departamento del Huila, en las que participaron la sociedad EMGESA S.A E.S. P, la Gobernación del departamento del Huila, el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y los municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia. Que como resultado de las Mesas de Concertación llevadas a cabo los días 22 de diciembre de 2008, 8, 14 y 22 de enero y 4 de febrero de 2009, se suscribió un documento denominado “Documento de cooperación celebrado entre la Gobernación del Departamento del Huila, los Municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia, El Ministerio de Minas y Energía, El Ministerio de Agricultura y la empresa EMGESA S. A. E. S. P.”, el cual se encuentra relacionado en el artículo décimo segundo de la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009.

La Gobernación del Huila, mediante comunicación con radicado 4120-E1-33359 del 25 de marzo de 2009, radico ante la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Documento final de acuerdos de la Mesa de Concertación. Trámite de Licencia Ambiental para el Proyecto hidroeléctrico El Quimbo”, fechado el 16 de marzo de 2009, donde se indica lo siguiente:

“Anexo al presente escrito, presento el documento que contiene los ACUERDOS FINALES PARA SER CONSIDERADOS COMO OBLIGACIONES ADICIONALES AL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PARA EL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO, que se determinaron durante las diversas sesiones de la Mesa de Concertación creada para negociar las compensaciones regionales y municipales ante la construcción de la hidroeléctrica El Quimbo por parte de la compañía EMGESA S.A. ESP, y que solicitamos se incluyan como obligaciones adicionales a la eventual Licencia Ambiental que se pueda otorgar. La intención del documento es que el escrito haga parte requisitos, condiciones y obligaciones adicionales al Plan de Manejo Ambiental presentado por EMGESA S.A., y que debe cumplir el beneficiario de la Licencia Ambiental durante la construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono o terminación del proyecto, obra o actividad. En otras palabras, para mayor certeza y seguridad jurídica de este documento, se pretende que además de que él mismo, como convenio que es, genere un título que contiene una obligación clara, expresa y exigible judicialmente (incluso sometida previamente a una instancia arbitral) sus estipulaciones hagan parte del Plan de Manejo Ambiental que incluirá la Licencia Ambiental que eventualmente otorgue el Ministerio de Ambiente”.

En total, las entidades participantes de estos acuerdos definieron un total de cuarenta y ocho (48) compromisos distribuidos así:

  • Treinta (30) compromisos a cargo de EMGESA S.A. E.S.P. De los cuales veinte (20) fueron incluidos en la licencia ambiental, específicamente en el artículo Décimo Segundo de la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009.
  • Cinco (5) compromisos por parte de los MUNICIPIOS.
  • Cinco (5) compromisos por parte de la GOBERNACION
  • Dos (2) compromisos por parte del Ministerio de Minas y Energía
  • Seis (6) compromisos por parte del Ministerio de Agricultura
  • A la fecha del seguimiento ambiental realizado por el Equipo de Seguimiento de la Región Alto Magdalena – Cauca de la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales para el informe de cumplimiento ambiental ICA 25, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre de 2021 y corte documental del 20 de noviembre de 2021 al 30 de abril de 2022, las obligaciones relacionadas con el artículo Décimo Segundo se encuentran en el siguiente estado:

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO - Incorporar en la presente Licencia Ambiental todas las obligaciones de carácter ambiental contraídas por la empresa EMGESA S.A. E.S.P. en los acuerdos celebrados entre ésta, la Gobernación del Departamento del Huila, el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y los Municipios del Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia.


Tabla.  Estado de Cumplimiento Acuerdos de Cooperación
Artículo Décimo Segundo de la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009

OBLIGACIÓN ESTADO OBSERVACIONES
1. Realizar aportes a través de la Fundación Endesa Colombia, para los Proyectos productivos definidos con los MUNICIPIOS, una vez el proyecto empiece a operar. circulo verde

CONCLUIDA: Mediante Auto 6118 del 30 de junio de 2020, se declaró concluida la presente obligación verificando los respectivos soportes que validan su cumplimiento.

Total, de los aportes de Emgesa: 573.204.650. No. total, de beneficiarios: 255 familias.

 

2. Asumir el costo de la adecuación de dos mil setecientas (2.700) ha de riego adicionales a las contempladas en el Plan de Manejo Ambiental, hasta completar 5.200 ha, proporcionalmente a la pérdida de cada municipio

circulo rojo  

Teniendo en cuenta esta complejidad se retomó una propuesta de modificación trabajada en el año 2019 la cual en su momento no pudo ser culminada por el cambio de administración en la Gobernación del Huila, pero posterior a la revisión y estudio de los predios en la sesión del 24 de agosto de 2021 se generó una nueva propuesta de modificación del acuerdo dentro del cual el punto clave era el valor económico de compensación por parte EMGESA S.A. 

Enel-Emgesa en oficio del 19 de octubre de 2021 oferto una compensación equivalente a $8.071.339 por hectárea, es decir, un total de $40.356.695 por familia.

La Gobernación del Huila manifiesta en documento del 27 de octubre de 2021, que, conforme al Plan Nacional de Riego, el valor a compensar por Hectárea es de $46.311.084, es decir, consideran que el valor a compensar por familia es el equivalente a $231.555.420.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en un ejercicio técnico conjunto con la Agencia de Desarrollo Rural – ADR y la Unidad de Planificación de Tierras Rurales proyecta el promedio indicativo de costos para dotar una hectárea con riego así:

Tipo de riego

Valor promedio

Valor por familia 5HA

Distrito de Riego (res. 311/2020)

$45.082.840 (2019)

$225.414.200

Riego Intrapredial (res. 311/2020)

$28.686.903 (2019)

$143.434.515

Riego Intrapredial (res. 091(2020)

$16.537.606 (2020)

$82.688.030

Se precisa que el cumplimiento de esta obligación se encuentra sujeta a las actuaciones y concertaciones del Gobierno Nacional, las autoridades regionales, municipales y departamentales.

Solicitud de modificación comunicación 2022191052-1-000 del 1 de septiembre de 2022. “SOLICITUD MODIFICACIÓN LICENCIA AMBIENTAL. PROYECTO HIDROELECTRICO EL QUIMBO. RESOLUCIÓN 0899 DE 15 DE MAYO DE 2009. EXPEDIENTE 4090 y comunicación con radicación 2022204212-1-000 del 19 de septiembre de 2022. “Alcance solicitud de modificación a la obligación de adecuación de 2.700 hectáreas de riego, establecida en el Artículo 12 de la Resolución 0899 de 15 de mayo de 2009. RAD. 2022191052-1-000 de 1/09/2022”

3. Asumir los costos del Plan de Ordenamiento Piscícola y Acuícola (POPA)

circulo amarillo

VIGENTE: Contrato adjudicado a al Surcolombiana. Comprende tres etapas:

  1. Caracterización del embalse
  2. Aplicabilidad modelos para determinar capacidad de carga
  3. Propuesta de explotación piscícola.

Avances del comité Regional y participación de la CAM, Procuraduría y regulación de la AUNAP quien determinará los lineamientos de participación de pescadores. Se tiene diagnóstico socioeconómico de los pescadores y un reporte de avance del 87%.

Finalizado estudio capacidad de carga agosto de 2022

4. Censar a las personas impactadas por el proyecto para capacitarlas y asociarlas con el fin de contratar sus servicios entre ellos de comercio, transporte y reforestación que el proyecto requiera.

circulo verde

CONCLUIDA: Mediante el Auto 7149 del 21 de noviembre de 2018 se da por cumplida y en el Acta 105 del 13 de agosto del 2019 se dio por concluida esta obligación. Teniendo en cuenta que durante la fase de construcción del proyecto se capacitaron más de 1.900 personas No Residentes No Propietarias en emprendimiento, proyectos productivos y asociatividad de manera transversal.

5. Aportará la suma de seiscientos millones de pesos m/cte. ($600.000.000) para cofinanciar un programa de vivienda con el Gobierno Nacional y Departamental para la construcción de doscientas (200) viviendas

circulo verde

CONCLUIDA: Mediante Auto 1809 del 15 de mayo de 2018, declaró concluida la presente obligación dadas las competencias de la Autoridad Ambiental, Dado que se verifico que estos recursos se encuentran consignados en una Fiducia (encargo fiduciario No. 130020000058 de 2012) a la espera que los gobiernos departamentales y municipales definan y concreten el Programa.

6. Adecuar con riego por gravedad cinco mil doscientas (5.200) has., de las cuales, EMGESA S.A.

circulo amarillo

VIGENTE: Se han realizado las reubicaciones de población con reasentamiento colectivo e individual, así como compensaciones en dinero a predios según su área. Se han construido 3 de los distritos de riego. Se encuentra en construcción del distrito de riego de Llanos de la Virgen.

El consolidado de hectáreas utilizadas para el Programa de Reasentamiento a la población de acuerdo a las modalidades de reasentamiento definidas en la Licencia Ambiental, las cuales se encuentran distribuidas de la siguiente manera:

 

Programa de reasentamiento (Medida de Manejo) Colectivo 769,64 ha
Individual 267,96 ha
Compra Directa 5,114,78 ha
Total 6.152,38 ha

 

7.             Aportar la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($500.000.000, o) para implementar proyectos productivos definidos con cada uno de los municipios de influencia directa del proyecto (…)

circulo verde

CONCLUIDA: Se verifica la liquidados los convenios con los municipios de Gigante y el Agrado, que se encontraban pendientes. Se considera cumplida y concluida en el presente seguimiento ambiental – ICA 24. Aporte total de $599.816.550

8.             Suministrar un ferry adaptado para transporte de leche y otros usos, incluido el transporte de vehículos, de tal manera que se garantice la comunicación que prestaba el puente de Los Cocos. Adicionalmente, el ferry se utilizará para la comunicación de los seis (6) puertos que se habilitarán en el Embalse y previstos en el presente documento.

circulo amarillo

VIGENTE: Se verifica durante la visita de seguimiento que la Sociedad informa a las alcaldías del estado del proyecto del ferry y se han concertado diseños y puertos. A la fecha no se tienen materializados los planes de ordenamiento territorial de los tres municipios del área de influencia del embalse, no es posible habilitar la operación del ferry.

9.La información respecto al tipo de ferry y sus especificaciones deberá entregarse al Ministerio una vez se finalice el llenado del   embalse…

circulo amarillo

VIGENTE: Se tienen soporte de especificaciones técnicas y documento Patente de Navegación.

Se continua el reporte del proceso de concertación de los puertos con las alcaldías de Garzón, Agrado y Gigante.

  1. Entregar un área total de quinientos (500) m2 de terreno, para la reposición de cada una de las viviendas, de los cuales, cien (100) m2 serán destinados al área de construcción y 400 m2 para el área de solar. (…)
 circulo amarillo

VIGENTE: Finalizado proyecto de consulta y concertación durante las fases del proyecto: pretraslado, traslado y postraslado que fueron desarrolladas a lo largo de los años 2012, 2013, 2014 y 2015. La Sociedad reportó en los ICA 16 y 17 la entrega de las viviendas con las características estipuladas por Licencia Ambiental, para las familias que optaron por la medida de reasentamiento.

Se construyeron un total de 114 viviendas con las especificaciones de área indicadas, localizadas en reasentamientos individuales y colectivos.

Se mantiene vigente dado los requerimientos existentes frente al estado de la infraestructura

11. Aportar los recursos para construir y pavimentar una vía perimetral.”

La presente obligación fue modificada por el artículo primero de la Resolución 1727 del 5 de octubre de 2018, así: Adecuación o rehabilitación y pavimentación de las siguientes vías:

a. Municipio de el Agrado que conecta con el municipio de Paicol.

b. Municipio de el Agrado al Puerto Guaraní (municipio de el Agrado).

 circulo amarillo

 

VIGENTE: La presente obligación fue modificada por el artículo primero de la Resolución 1727 del 5 de octubre de 2018 (…)

En coordinación con los municipios de El Agrado y Paicol y la Gobernación del Huila se avanza en las gestiones prediales, permisos ambientales y demás trámites para la construcción de la vía.

Corredor El Agrado – Puerto Guaraní: Finalizado

Corredor El Agrado – Paicol La adecuación de este corredor vial se proyecta ejecutar durante los periodos correspondientes al ICA 28 al ICA 31, ya se tienen los diseños y la obtención de los permisos ambientales que demanda la ejecución de las obras de adecuación. Se espera inicio licitación segundo semestre de 2022.

 

12.Compensar con dos (2) has de terreno y una (1) vivienda dentro de las DOS MIL QUINIENTAS (2.500) has que EMGESA S.A. se reserva para las reubicaciones, a las familias cuya vivienda estén ubicadas en zona de vía pública, (...)

circulo verde

CONCLUIDA: Se ha realizado la compensación establecida en este artículo.

Mediante Auto 6118 del 30 de junio de 2020, se declaró concluida la presente obligación dadas las competencias de la Autoridad Ambiental.

La población vulnerable en situación irregular denominada -PVSI- fueron familias que durante el levantamiento del censo se encontraban en zona de “invasión de vía”, identificando un total de 23 familias, las cuales fueron reubicadas. De éstas, 7 optaron por reasentamiento colectivo, 7 por reasentamiento individual y 9 solicitaron compensación directa.

13.           Construir la infraestructura para el abastecimiento de agua potable por gravedad a las comunidades a reubicar.

13.1.        Emgesa deberá presentar en cada uno de los ICA los avances y resultados de este compromiso, detallando el tipo de solución dada y los beneficiarios por cada comunidad reasentada, a partir del momento en que se dé inicio a la construcción de las viviendas para el reasentamiento de la población afectada.

circulo verde

CONCLUIDA: Los 4 reasentamientos fueron dotados de agua potable.

14. Reponer toda la infraestructura eléctrica, en salud, educativa, vial u otra intervenida con la construcción del Proyecto.

 

circulo verde  

CONCLUIDA: Mediante artículo cuarto del Auto 6118 del 30 de junio de 2020, se da por cumplida y concluida esta obligación: Vías sustitutivas, Líneas de Transmisión, Sistema de tratamiento de aguas residuales del centro poblado La Jagua, Estaciones Linmigráficas y Bocatoma BTMI1 instalada en la vereda La Cañada – El Agrado.

15. Financiar los costos de adecuación o construcción de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales que sean afectadas con la construcción del Proyecto, en particular la de La Jagua

circulo verde 

CONCLUIDA: Por medio del Auto 1809 del 15 de mayo de 2017, que acogió el concepto técnico 2183 del 15 de mayo de 2017, la ANLA estableció el cumplimiento definitivo de esta obligación. En su Numeral 15 y Subnumeral 15.1 del Artículo Décimo Segundo de la Resolución 0899 del 2009 y Literales p y q del Numeral 4 del Artículo Primero de la Resolución 1099 del 2016, teniendo en cuenta que EMGESA S.A., financió y construyó la nueva Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del centro poblado La Jagua, como parte de la reposición de la infraestructura física inundada por el embalse”.

16. Elaborar un cronograma de introducción de la producción de las hectáreas a restituir, indicando el inicio de siembra y producción con el fin de garantizar la sustitución inmediata de la productividad agrícola, especialmente los cultivos de tardío rendimiento como el cacao. circulo amarillo

VIGENTE: Se continúa desarrollando el acompañamiento frente a la implementación de los PPA. La Sociedad continua la implementación durante la etapa de operación el acompañamiento a la operación de los proyectos que aún continúan en ejecución

17. Aportar DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000. 000.oo) MCTE para la implementación, adecuación y conservación del patrimonio cultural ….

circulo verde

CONCLUIDA: La sociedad realizó el aporte de los doscientos millones de pesos a través de la Fiducia Corficolombia. Mediante reunión de seguimiento y control, la cual acogió el concepto técnico 4426 del 13 de agosto de 2019, Acta 105 del 13 de agosto de 2019, se declaró concluida la presente obligación dadas las competencias de la Autoridad Ambiental.

Por otra parte, mediante Auto 1809 del 15 de mayo de 2017, el cual acogió el concepto técnico 2183 del 15 de mayo de 2017 de Audiencia Pública; EMGESA informa que el dinero correspondiente a cubrir esta obligación está en la Fiducia Corficolombia.

18. Financiar y contratar los estudios para las modificaciones a los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios dentro de la zona de influencia del proyecto

 circulo verde

CONCLUIDA: Mediante el artículo sexto del Auto 1391 del 22 de abril de 2016, se da por cumplida esta obligación y mediante Auto 6118 del 30 de junio de 2020 se declaró concluida dadas las competencias de la Autoridad Ambiental.

Actualmente Emgesa está apoyando a los municipios para que los POT cuenten con los Análisis de Vulnerabilidad y Riesgo con el fin de que cumplan la normatividad vigente, y para lo cual firmó concertó algunos convenios que no son objeto de seguimiento por parte de esta Autoridad por constituirse como un acuerdo entre terceros. De conformidad con lo anterior, se logra determinar que EMGESA dio cumplimiento a la presente obligación; puesto que su alcance era el de financiar y contratar los estudios para las modificaciones a los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios, pues su materialización está sujeta a la gestión de los entes interinstitucionales.

19. Construir un viaducto que comunique las poblaciones de Garzón y El Agrado… circulo verde

CONCLUIDA: Mediante el Auto 1809 del 15 de mayo de 2017, el cual acogió el concepto técnico 2183 del 15 de mayo de 2017, realizado en el marco de la Audiencia Pública realizada los días 11 y 12 de noviembre de 2016, se dio por cumplida la presente obligación y mediante Acta 105 se da por concluida esta obligación.

No obstante, es de aclarar que dicha infraestructura no ha sido recibida por la Gobernación del Huila y actualmente es un tema de concertación en las mesas instauradas. El seguimiento a la entrega de esta infraestructura se realizará en Numeral 4 del Artículo Primero del Auto 1809 de mayo de 2017

20. Propender a que Ia reubicación de las comunidades afectadas se realice en el mismo Municipio…...

circulo verde

CONCLUIDA: Mediante Auto 7149 del 21 de diciembre de 2018, se dio por concluida esta obligación dadas las competencias de la Autoridad Ambiental.

Ya se reubicaron la totalidad de las familias que optaron por la modalidad de reasentamiento

PARÁGRAFO. - Sin perjuicio de las obligaciones contempladas en el presente artículo, EMGESA S.A. E.S.P. deberá cumplir con las demás obligaciones establecidas en el presente acto administrativo, que adicionen o complementen el contenido o alcance de las anteriores

Fuente: AMC-SSLA. Octubre 2022 

 

3.SOLICITUD MODIFICACIÓN LICENCIA AMBIENTAL. PROYECTO HIDROELECTRICO EL QUIMBO. RESOLUCIÓN 0899 DE 15 DE MAYO DE 2009. EXPEDIENTE 4090. Modificación a la obligación de adecuación de 2.700 hectáreas de riego, establecida en el Artículo 12 de la Resolución 0899 de 15 de mayo de 2009, de acuerdo con los términos establecidos en el Documento de Modificación 003 al Convenio de Cooperación celebrada entre la Gobernación del Departamento del Huila, los municipios de El Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia; el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y Emgesa S.A. ESP”

En total la ANLA hace seguimiento a (20) acuerdos de los cuales: siete (7) se encuentran en ejecución, doce (12) fueron considerados por esta Autoridad cumplidos y concluidos, uno (1) no ha sido cumplido por parte de la sociedad.

Mediante comunicación 2022191052-1-000 del 1 de septiembre de 2022, ENEL Colombia S.A. E.S.P., presenta la “SOLICITUD MODIFICACIÓN LICENCIA AMBIENTAL. PROYECTO HIDROELECTRICO EL QUIMBO. RESOLUCIÓN 0899 DE 15 DE MAYO DE 2009. EXPEDIENTE 4090. Modificación a la obligación de adecuación de 2.700 hectáreas de riego, establecida en el Artículo 12 de la Resolución 0899 de 15 de mayo de 2009, de acuerdo con los términos establecidos en el Documento de Modificación 003 al Convenio de Cooperación celebrada entre la Gobernación del Departamento del Huila, los municipios de El Agrado, Garzón, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia; el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y Emgesa S.A. ESP” y comunicación con radicación 2022204212-1-000 del 19 de septiembre de 2022. “Alcance solicitud de modificación a la obligación de adecuación de 2.700 hectáreas de riego, establecida en el Artículo 12 de la Resolución 0899 de 15 de mayo de 2009. RAD. 2022191052-1-000 de 1/09/2022”. Se anexa las comunicaciones y respuesta ANLA oficio 2022217273-2-000 del 29 de septiembre de 2022.

implementación de procesos basados en la meritocracia, lo que contribuye al desarrollo

 


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