* Conceptos Jurídicos


Concepto Jurídico (Función Pública) - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Concepto Jurídico del 27 de junio de 2018 - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Dentro del concepto se revisa la viabilidad de contratar por prestación de servicios a los exservidores que sean desvinculados por no haber superado el concurso de méritos. Se subraya que un exservidor público no se encuentra inhabilitado para celebrar contratos con la entidad respectiva o con otras entidades del sector, con excepción de cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo, y se extiende por el término de un año o dos años (dependiendo) a partir de la fecha de retiro.

Fuente: Función Pública

Concepto Jurídico (Función Pública) - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Concepto Jurídico del 23 de marzo de 2017 - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Dentro del concepto jurídico presenta la forma en como las inhabilidades y las incompatibilidades para exservidores públicos aplican a los ciudadanos que quieren acceder a un cargo público y las entidades del Estado. La razón de los impedimentos está en la conveniencia pública, transparencia administrativa y la debida gestión de lo público.

Fuente: Función Pública

Concepto Jurídico (Función Pública) - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Concepto Jurídico del 28 de noviembre de 2016 - Inhabilidades e incompatibilidades (prestación de servicios)

Dentro del siguiente concepto jurídico se responde al siguiente planteamiento jurídico: ¿Se encuentra inhabilitado para suscribir un contrato de prestación de servicios con una entidad pública quien se desempeñó como empleado público en un cargo de nivel profesional? En conclusión, se dice que un exservidor público no está inhabilitado para celebrar un contrato con la entidad respectiva o con otra entidad del sector.

Fuente: Función Pública

Concepto Jurídico - Caducidad aplicable a infracciones cometidas con anterioridad de la vigencia de la Ley 1333 de 2009

Concepto Jurídico - Caducidad aplicable a infracciones cometidas con anterioridad de la vigencia de la Ley 1333 de 2009

Dentro del concepto jurídico se presentan los principios aplicables al procedimiento sancionatorio ambiental y el Régimen de Transición de la Ley 1333 de 2009. Bajo el análisis a una infracción ambiental cometida antes de la vigencia de la Ley 1333 de 2009 no se puede aplicar retroactivamente el término de caducidad de veinte años previsto en esta ley, porque ello constituiría una violación al debido proceso.

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Concepto Jurídico - Principio de Favorabilidad Sancionatorio Administrativo

Concepto Jurídico - Principio de Favorabilidad Sancionatorio Administrativo

Se presentan los pronunciamientos jurisprudenciales más relevantes de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado sobre la aplicabilidad del principio de favorabilidad en materia administrativa sancionatoria y las razones por las que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia cambió su posición sobre la aplicación del principio de favorabilidad en los delitos permanentes cuando hay tránsito de legislación.

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Concepto Jurídico - Ajustes y complementos sobre el Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA

Concepto Jurídico - Ajustes y complementos que puede hacer la ANLA sobre el ICA.

La norma no estableció un límite en la cantidad de ajustes y/o complementos que podría solicitar la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a los usuarios, sobre el Informe de Cumplimiento Ambiental – ICA presentado; sin embargo, si determinó con claridad el termino con el que se cuenta para presentar los ajustes o complementos solicitados, el cual es de máximo un mes y se cuenta a partir del pronunciamiento de la autoridad.

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Concepto jurídico sobre notificaciones mediante correo electrónico

Concepto jurídico sobre notificaciones mediante correo electrónico

La ANLA emite concepto jurídico en relación con a si es procedente aplicar la notificación electrónica en los casos donde el usuario (persona jurídica) manifiesta la aceptación genérica de recibir notificaciones electrónicas dentro del certificado de Cámara de Comercio.
 
Se concluyó que 1. Que el administrado haya aceptado en forma expresa este medio de notificación, de forma tal que no exista duda de su aquiescencia. 2. Que durante el desarrollo de la actuación administrativa no haya solicitado otra forma de notificación 3. Que la administración certifique el acuse de recibo del mensaje electrónico, para efectos de establecer la fecha y hora en la cual el administrado tuvo acceso al acto administrativo
 
Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

 

 
Concepto jurídico de información respecto a modificaciones paralelas a cambios menores.

solicitud de información respecto a modificaciones paralelas a cambios menores.

Inicialmente, se informa que cuando una actividad específica se encuentre listada como cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario del proyecto en las Resoluciones expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) para los sectores de Hidrocarburos, Energía y Minería (1892 de 2015, 376 de 2016, 1259 de 2018) o en el Decreto 1076 de 2015 (para el caso del sector de infraestructura), el titular del instrumento de manejo y control ambiental, previo a su ejecución, deberá presentar ante la ANLA un informe con destino al expediente contentivo de la autorización ambiental en el que se describa de manera detallada las actividades a ejecutar, a efectos de ser tenido en cuenta en el proceso de seguimiento y control ambiental que se realizará en los términos del Artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 de 2015. Ahora, si la actividad no se encuentra en el listado de cambios menores de los actos administrativos arriba mencionados, se aplicará lo dispuesto en el parágrafo primero del  Artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015, según el cual el titular del instrumento de manejo y control ambiental puede solicitar el pronunciamiento de la ANLA de acuerdo con el procedimiento señalado en el citado parágrafo. En este caso, la ANLA deberá pronunciarse mediante oficio en un término máximo de veinte (20) días hábiles, en el sentido de determinar si dicha actividad requiere o no modificación de licencia ambiental o, en otras palabras, si considera que la actividad informada o propuesta es o no un cambio menor o un ajuste normal asociado al giro ordinario del proyecto.
 
Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

 

Cambio menor Consulta procedimiento a seguir para las obras de estabilización del Nuevo Puente Chirajara

Cambio menor Consulta procedimiento a seguir para las obras de estabilización del Nuevo Puente Chirajara

Cuando una actividad específica considerada como cambio menor se encuentre enlistada, el titular del instrumento de manejo y control ambiental, previo a su ejecución, deberá presentar ante la ANLA un informe con destino al expediente contentivo de la autorización ambiental en el que se describa de manera detallada las actividades a ejecutar, a efecto de ser tenido en cuenta en el proceso de seguimiento y control ambiental que se realizará en los términos del Artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 de 2015. Dicho reporte se denomina en el contexto de la presente comunicación como Informe Cambio Menor.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Conflicto de competencias para el seguimiento de obligaciones de Licencia o Instrumento de Manejo y Control Ambiental, que por circunstancias sobrevinientes posteriores al otorgamiento disputan la competencia por modificación del área a intervenir.

Conflicto de competencias para el seguimiento de obligaciones de Licencia o Instrumento de Manejo y Control Ambiental, que por circunstancias sobrevinientes posteriores al otorgamiento disputan la competencia por modificación del área a intervenir.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible responde el problema jurídico ¿Cuál es la Autoridad competente para pronunciarse en cuanto a conflictos de competencia que surjan entre dos o más autoridades ambientales, de manera posterior a la emisión del instrumento de manejo y control ambiental?

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS.

 

 

Alcance del ámbito de aplicación de la Resolución 1675 del 02 de diciembre de 2013 Plaguicidas

Alcance del ámbito de aplicación de la Resolución 1675 del 02 de diciembre de 2013 Plaguicidas

El MADS responde la inquietud en cuanto a que si ¿De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 1675 de 2013, se encuentra en el ámbito de aplicación la persona natural o jurídica que figura como fabricante o importador dentro del registro de plaguicidas de uso agrícola, veterinario, doméstico o salud pública, pero que no ostenta la calidad de titular del referido registro?

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS.

Comentarios del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a Comentarios a proyectos de Decretos Reglamentarios del FONAM

Respuesta del MADS a la pregunta relacionada con los Comentarios a proyectos de Decretos Reglamentarios del FONAM.

Respuesta relacionada con los Comentarios a proyectos de Decretos Reglamentarios del FONAM en el marco normativo actual ya que el propósito de reglamentación del Fondo Nacional Ambiental está justificado en el artículo 246 de la ley 1753; artículo 23 y 24 de la ley 1930 de 2018; artículo 33 de la ley 1931 de 2018; artículo 11 de la ley 1955 de 2019.

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS.

Ley 1333 de 2009. Tasación de multa - determinación de la responsabilidad y la sanción.

Ley 1333 de 2009. Tasación de multa y determinación de la responsabilidad y la sanción.

Concepto jurídico del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS, respecto de sí es jurídicamente viable que una autoridad ambiental convoque al comité de tasación de multas en el marco de un proceso sancionatorio ambiental, sin que previamente se haya emitido y notificado el acto administrativo que declara la responsabilidad del sujeto pasivo de la acción.

Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS.

Depuración de obligaciones en los instrumentos de manejo y control ambiental

Concepto jurídico depuración de obligaciones en los instrumentos de manejo y control ambiental

Concepto jurídico por el cual la Oficina asesora jurídica socializa la instrucción jurídica respecto a la depuración de obligaciones contenidas en instrumentos de manejo y control ambiental.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Cesación del proceso sancionatorio ambiental - Ley 1333 de 2009

Concepto jurídico respecto a las causales de cesación del proceso sancionatorio ambiental

Procedencia o no del recurso de reposición contra la negativa de declarar la cesación del proceso sancionatorio ambiental cuando se invoca cualquiera de las causales del articulo 9 de la Ley 1333 de 2009.  iniciado el Procedimiento Sancionatorio Administrativo, la autoridad ambiental al establecer que se presenta una o la pluralidad de las causales de Cesación del Procedimiento establecidas por el artículo 9º de la Ley 1333 de 2009, con excepción hecha de lo establecido en el numeral 1º), deberá proceder a declararla en lo conforme con el artículo 23. De esta manera concluye su actuar administrativo, toda vez que no halla mérito alguno para proceder a surtir y dar continuidad Al trámite al conocimiento. Así las cosas, declarada la Cesación del Procedimiento Administrativo Sancionatorio, mediante acto administrativo motivado de carácter particular y concreto, el citado dispositivo normativo de la Ley 1333 de 2009, establece en forma expresa la pertinencia y procedencia del conceder el recurso de reposición. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

 

Dobles calzadas - Obras de mejoramiento

Concepto jurídico Dobles calzadas - Obras de mejoramiento

Proyectos Infraestructura Vial: Doble Calzada y Obras de Mejoramiento. El instrumento ambiental se mantendrá vigente mientras existan obligaciones ambientales pendientes por cumplir. Únicamente en los dos eventos señalados en su memorando para los casos que corresponden al Modo Carretero – Terrestre se requiere del pronunciamiento de la autoridad ambiental en los términos establecidos a través de la actuación administrativa pertinente de carácter particular y concreto. De llegar a establecer la autoridad ambiental, en atención a la información suministrada por el interesado en la construcción vial que, la segunda calzada no corresponde a un proyecto, actividad o a una obra nueva y que por consiguiente se asimila a un mejoramiento y que no genera deterioro grave a los recursos naturales renovables, al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; entonces, no será requisito previo la predica de la exigencia de trámite de licenciamiento ambiental. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Cesación del proceso sancionatorio ambiental - Ley 1333 de 2009

Concepto jurídico sobre Cesación del proceso sancionatorio ambiental - Ley 1333 de 2009

Consulta procedimiento sancionatorio - cesación de procedimiento de la investigación. La OAJ concluyó que solo con la inscripción en el registro mercantil del acta contentiva de la cuenta final de liquidación (no antes) la sociedad se extingue del mundo jurídico y por ende, todos sus órganos de administración y de fiscalización si existieren; esto es que a partir de ahí desaparece del tráfico mercantil como tal y en consecuencia, no puede ejercer derechos ni asumir obligaciones, máxime que su matrícula ha de cancelarse (Artículo 247 y 248 del Código de Comercio en concordancia con el Artículo 42 de la ley 1429 de 2010). Es importante advertir que las cámaras tienen circunscripción regional y no nacional.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Modificación, cesión, integración, perdida de vigencia o la cesación del trámite del plan de manejo ambiental

Concepto jurídico modificación del plan de manejo ambiental

Concepto Jurídico sobre modificación, cesión, integración, perdida de vigencia o la cesación del trámite del plan de manejo ambiental del artículo 2.2.2.3.8.9. del Decreto 1076 de 2015.  Estudio jurídico sobre modificación, cesión, integración, pérdida de vigencia o la cesación del trámite del plan de manejo ambiental del artículo 2.2.2.3.8.9. del Decreto 1076 de 2015, con el fin de aclarar algunas inquietudes que se han presentado frente al tema.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Giro Ordinario - cobro por el servicio de evaluación. 

Concepto jurídico sobre cobro a giros ordinarios

Conforme con el Parágrafo 1º. del Articulo 2.2.2.3.7.1. del Decreto 1076 del 2015, aquellas obras que respondan a modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada y que no impliquen impactos ambientales adicionales a los inicialmente identificados o dimensionados en el Estudio de Impacto Ambiental, el titular de la licencia solicitará el pronunciamiento previo de la autoridad ambiental sobre la necesidad o no de adelantar el trámite de modificación de la misma allegando los soportes necesarios para su estudio.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

Evaluación de Planes de Contingencia 

Concepto jurídico evaluación de planes de contingencia

Evaluación de los Planes de Contingencias, la ANLA no aprueba los Planes de Contingencia - solo realiza seguimiento. ANLA no aprueba los Planes de Contingencia presentados por los titulares de los instrumentos de manejo y control ambiental, pues solo realiza el seguimiento a los mismos. Se considera que en aquellos casos en los que se haya aprobado Planes de Contingencia por la Autoridad Ambiental con el transcurrir del tiempo pueden ser susceptibles de modificación, actualización de acuerdo con las medidas y metodologías a la vanguardia de la tecnología en la materia o cuando una disposición normativa así lo determine. e considera indispensable que en el seguimiento a un proyecto, obra o actividad, la ANLA reporte a las autoridades competentes. 

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.

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