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Imagen de referencia de residuos electrónicos ANLA

¡A ponerse pilas! con los cambios en el manejo de residuos electrónicos a partir del 1 de enero de 2025

  • La normativa permitirá sacarles provecho a elementos de residuos electrónicos, que por falta de tecnologías, no son posibles procesar en el país.

Bogotá, 28 de enero de 2024.  La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, informa que; a partir del 1 de enero de 2025, entró en vigor la enmienda BC-15/18 del Convenio de Basilea, una medida impulsada para fortalecer la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) que regula el transporte internacional.

La enmienda introduce nuevas categorías de residuos:

  • Se eliminan las categorías antiguas B1110, B4030 y A1180.
  • Se crean las categorías Y49 y A1181: la primera (Y49) incluye los residuos electrónicos no peligrosos y sus componentes, como partes trituradas. Y la segunda (A1181) corresponde a residuos electrónicos peligrosos y sus componentes.

Ambos tipos de residuos ahora requieren consentimiento previo informado (PIC) o autorización de los países involucrados para su transporte.

El objetivo principal de esta enmienda es fomentar un manejo responsable de los RAEE, reducir su generación y minimizar su impacto ambiental global, regional y nacional.

La normativa aplica a productores, generadores, gestores, exportadores e importadores de residuos electrónicos.

Quienes exporten este tipo de residuos pueden consultar los requisitos en el siguiente enlace:

El texto completo de la enmienda está disponible aquí: https://www.anla.gov.co/01_anla/permiso-y-autorizacion-movimiento-transfronterizo-residuos-peligrosos

Para Colombia, como país parte del convenio de Basilea y para la ANLA, como la autoridad encargada de la evaluación y seguimiento a su cumplimiento, estos cambios representan un avance significativo hacia una gestión más sostenible y responsable de los residuos electrónicos, ya que se promueve el aprovechamiento de algunos de sus elementos que, no es posible en Colombia, por falta de tecnologías para su procesamiento.

CPCHA/LFGG/JB

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