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Imagen de referencia de respuesta al PTAR El Salitre

La ANLA aclara que sí respondió a la EAAB sobre el proyecto de recirculación de agua de la PTAR El Salitre

  • Frente a la solicitud de concepto sobre el proyecto de uso de aguas residuales de la PTAR El Salitre, presentada por la EAAB, la ANLA respondió el 09 de enero de 2025 asegurando que el Acueducto tenía vía libre para implementar el piloto de recirculación de aguas.
  • La ANLA también aclaró a la EAAB que el proyecto presentado no requería una modificación de la licencia ambiental vigente, ni tampoco imponía condiciones adicionales.
  • Tras la notificación de dicha respuesta, a la fecha, la ANLA no ha recibido ninguna solicitud adicional por parte de la EAAB.

Bogotá. 15 de julio, 2026. Frente a la reciente información divulgada en medios de comunicación y plataformas digitales, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) aclara que dio respuesta oportuna a la solicitud de evaluación del piloto de recirculación de aguas residuales tratadas presentada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB). Dicha respuesta, emitida el 09 de enero de 2025 mediante el Radicado 20252300009801, otorgó concepto favorable a la implementación del proyecto de recirculación de aguas residuales destinadas a los procesos industriales del sistema del Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.

Desde mediados de 2024, la ANLA y la EAAB adelantaron mesas técnicas para estudiar la viabilidad de la recirculación del agua residual de la PTAR El Salitre en actividades no esenciales. Como resultado de este diálogo, el Acueducto estructuró un proyecto piloto de recirculación con una demanda mensual de 24.000 m3, el cual fue remitido a la ANLA para su respectivo concepto.

En su respuesta, emitida a inicios de 2025, la Autoridad aseguró que el proyecto piloto de la EAAB era viable y no excedía "los límites de capacidad, uso, ocupación y aprovechamiento", toda vez que: (i) el uso propuesto se enmarcaba en la misma actividad económica que genera las aguas residuales; (ii) era realizado por el mismo usuario generador; y (iii) no existía contacto con el suelo durante su utilización, salvo cuando este correspondiera al suelo de soporte de infraestructura. Por lo cual, el proyecto no implicaba una demanda adicional de recursos naturales ni requería la implementación de nuevas medidas de manejo ambiental.

Asimismo, la ANLA precisó al Acueducto que no era necesario modificar la licencia ambiental vigente para el desarrollo de dicha actividad. Igualmente, en el marco de su competencia de seguimiento y control ambiental, la Autoridad solicitó a la EAAB que documentara en sus Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) la información correspondiente al proyecto de recirculación del agua, principalmente el balance hídrico del sistema, la identificación de riesgos potenciales y las medidas preventivas para evitarlos.

Finalmente, la ANLA precisó que, en caso de que un usuario receptor use las aguas residuales para un fin distinto al que las generó, será necesario tramitar una concesión ante la autoridad ambiental competente, de acuerdo con lo previsto en la Resolución 1256 de 2021.

Frente a este episodio de desinformación acerca del procedimiento interno, oportuno y riguroso de esta entidad, la ANLA, bajo el liderazgo de Irene Vélez Torres, hace un llamado a fortalecer la transparencia en la difusión de información a la opinión pública y la ciudadanía.

Conoce el radicado de respuesta aquí.

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