1. PROYECTOS RELACIONADOS CON LA VÍA AL LLANO
Los expedientes activos relacionados con la vía al Llano se listan a continuación:
Expediente | Proyecto | Sitio | Jurisdicción | Titular L.A. | Año Licencia |
---|---|---|---|---|---|
LAM4409 |
Construcción de la Segunda Calzada Tramo El Tablón (PR 34) – Chirajara (PR 63) de la Carretera Bogotá - Villavicencio |
Tramo El Tablón (PR34) - Chirajara (PR63) |
Cáqueza, Quetame y Guayabetal (Cundinamarca) |
Concesionaria Vial de los Andes S.A – COVIANDES S.A |
2010 |
LAV0073-00-2015 |
Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá — Villavicencio, tramo Chirajara – Bijagual |
Tramo Chirajara - Bijagual |
Guayabetal (Cundinamarca) y Villavicencio (Meta) |
CONCESIONARIA VIAL ANDINA S.A.S |
2016 |
LAV0074-00-2015 |
Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá – Villavicencio, Tramo Vial Bijagual (PR 76.8) – Fundadores (PR85.6) |
Bijagual (PR 76.8) – Fundadores (PR85.6) |
Villavicencio (Meta) |
Concesionaria Vial Andina S.A.S (COVIANDINA S.A.S) |
2016 |
1.1. PROYECTO SEGUNDA CALZADA TRAMO EL TABLÓN (PR34) - CHIRAJARA (PR63) DE LA CARRETERA BOGOTÁ – VILLAVICENCIO - EXPEDIENTE LAM4409
El entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – MAVDT, mediante Resolución 081 del 18 de enero de 2010 otorgó licencia ambiental para el proyecto “Construcción de la Segunda Calzada Tramo el Tablón (PR34) – Chirajara (PR63) de la Carretera Bogotá – Villavicencio”.
A través de Resolución 1612 del 19 de agosto de 2010, el Ministerio autorizó la cesión total de la Licencia Ambiental del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en favor de la CONCESIONARIA VIAL DE LOS ANDES S.A. - COVIANDES S.A.
La Licencia ambiental se otorgó en vigencia del Decreto 1220 de 2005.
1.1.1. Localización
El proyecto tiene una localización general como se muestra en la siguiente tabla.
Tabla 1. Localización general.
Proyecto | Longitud (Km) | Inicio PR34+160 | Fin PR61+150 | ||
---|---|---|---|---|---|
Construcción de la Segunda Calzada Tramo El Tablón - Chirajara de la Carretera Bogotá – Villavicencio | 26,99 | Coordenadas | Coordenadas | ||
Este | Norte | Este | Norte | ||
1.019.000 | 976.500 | 1.031.717 | 956.524 |
El proyecto está ligado al corredor vial concesionado Bogotá – Villavicencio (Ruta No. 40). Avanza por el Cañón del río Negro donde los cuatro primeros sectores transcurren por su margen derecha y los cuatro restantes por la margen izquierda del río. El trazado se inscribe en la jurisdicción municipal y veredal por sectores como se indica en la siguiente tabla:
Tabla 2. División Político – Administrativa por Sector
Sector | Municipio | Vereda |
---|---|---|
Sector 1 |
Cáqueza |
El Tablón |
Rionegro Sur |
||
Oroperdido |
||
Sector 1A |
Cáqueza |
Oroperdido |
Sector 2 |
Quetame |
Oroperdido |
Tausata |
||
Hoya Baja |
||
Mesitas |
||
Guacapate |
||
Toberín |
||
Inspección de Policía de Puente Quetame |
||
Sector 2A |
Quetame |
Trapichito |
Naranjal |
||
Toberín |
||
Sector 3 |
Guayabetal |
Naranjal |
Limoncitos |
||
Monterredondo |
||
Mesa Grande |
||
Sector 3A |
Guayabetal |
Mesa Grande |
Sector 4 |
Guayabetal |
Mesa Grande |
Barrio Nuevo |
||
Vanguardia Baja |
||
Primavera |
||
San Miguel |
||
Sector 4A |
Guayabetal |
Chirajara Baja |
Fuente: EIA del proyecto
La construcción de la doble calzada, ha sido fraccionada en ocho (8) sectores, teniendo en cuenta principalmente el grado de vulnerabilidad y amenaza de diferentes tramos a lo largo de la vía existente, así como la magnitud del costo de inversión del proyecto, la minimización de impactos ambientales y la programación de obra en función del control de tráfico actual y accesibilidad a los frentes de obra.
A continuación, se presentan los parámetros de localización del proyecto a construir:
Tabla 3 - Parámetros de Localización
Sector | Punto | Abscisa | Coordenadas | Altimetría (m.s.n.m.) | |
---|---|---|---|---|---|
N | E | ||||
Sector 1 |
Inicial |
K34+160 (PR34) |
976.500 |
1.019.000 |
1.383 |
Final |
K37+807 (PR38,7) |
973.750 |
1.020.700 |
1.420 |
|
Sector 1A |
Inicial |
K37+807 (PR38,7) |
973.750 |
1.020.700 |
1.420 |
Final |
K41+151 (PR41,2) |
971.807 |
1.022.353 |
1.385 |
|
Sector 2 |
Inicial |
K41+151 (PR41,2) |
971.807 |
1.022.353 |
1.385 |
Final |
K44+449 (PR44,5) |
968.803 |
1.023.587 |
1.322 |
|
Sector 2A |
Inicial |
K44+449 (PR44,5) |
968.803 |
1.023.587 |
1.322 |
Final |
K49+970 (PR50) |
965.030 |
1.026.975 |
1.240 |
|
Sector 3 |
Inicial |
K49+970 (PR50) |
965.030 |
1.026.975 |
1.240 |
Final |
K55+780 (PR56,9) |
960.144 |
1.028.725 |
1.100 |
|
Sector 3A |
Inicial |
K55+780 (PR56,9) |
960.144 |
1.028.725 |
1.100 |
Final |
K57+390 (PR58,3) |
958.963 |
1.029.021 |
1.055 |
|
Sector 4 |
Inicial |
K57+390 (PR58,3) |
958.963 |
1.029.021 |
1.055 |
Final |
K60+590(PR62,4) |
956.348 |
1.031.015 |
1.055 |
|
Sector 4A |
Inicial |
K60+590 (PR62,4) |
956.348 |
1.031.015 |
1.055 |
Final |
K61+300 (PR63) |
956.524 |
1.031.717 |
1.050 |
Fuente: EIA del proyecto
Figura 1. Localización tramo El Tablón – Chirajara. Expediente LAM4409
Fuente: Sistema AGIL - ANLA
1.1.2. Licencia del proyecto y sus modificaciones
Los actos administrativos relacionados con el proceso de licenciamiento y sus modificaciones se relacionan a continuación:
Expediente | Proyecto | Acto administrativo | Observación |
---|---|---|---|
LAM4409 |
Construcción de la Segunda Calzada Tramo El Tablón (PR34) - Chirajara (PR63) de la Carretera Bogotá – Villavicencio. |
Otorgar al INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES –INCO, Licencia Ambiental para la ejecución del proyecto denominado “Construcción de la Segunda Calzada Tramo El Tablón (PR34) - Chirajara (PR63) de la Carretera Bogotá – Villavicencio”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cáqueza, Quetame y Guayabetal, departamento de Cundinamarca. |
|
Modifica la Licencia Ambiental, concede plazo de 6 meses para presentar información sobre plan de compensación forestal y sobre actividades del 1%. |
|||
Modifica la Licencia Ambiental, cambiar el sitio ZODME “San Miguel”, ubicado en el PR59+900, por una nueva denominada “Guayabetal” ubicado en el PR59+500. |
|||
Modifica la Licencia Ambiental, autoriza la planta de trituración El Naranjal, las instalaciones anexas y vías de acceso a la misma, entre otras determinaciones. |
|||
Modifica la Licencia Ambiental, adiciona el permiso de aprovechamiento forestal. |
|||
Modifica la Licencia Ambiental, autoriza nuevas obras y ajustes en el alineamiento del eje vial. |
|||
Modifica el numeral 1.2 del Articulo Segundo, el artículo tercero, numeral cuarto del artículo cuarto, entre otros de la Resolución 081 del 18 de enero de 2010. |
La Licencia Ambiental se otorgó por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijó desde la fase de construcción hasta el desmantelamiento, abandono y/o terminación del proyecto. Así las cosas, la Licencia Ambiental se encuentra vigente hasta tanto se dé cumplimiento a la totalidad de las obligaciones ambientales, así como a la fase de desmantelamiento y abandono.
En ese sentido, esta Autoridad es la competente para realizar seguimiento y control al proyecto en mención, de conformidad con los Decretos 3573 de 2011 y 1076 de 2015.
1.1.3. Seguimiento al Proyecto
El desarrollo del seguimiento ambiental al proyecto ha tenido como resultado la realización de 16 visitas de seguimiento y control ambiental desde diciembre de 2012 hasta julio de 2020.
En lo corrido del año 2019 y 2020 se ha realizado una visita de seguimiento general al proyecto, cinco visitas relacionadas directamente con la contingencia del Kilómetro 58 y una visita de verificación de los predios relacionados con compensaciones.
La información se presenta en la siguiente tabla:
Tipo de visita | Fecha de inicio de visita | Fecha de finalización de visita |
---|---|---|
Seguimiento a contingencia |
11-Jun-2019 |
17-Jun-2019 |
Seguimiento general al proyecto |
18-Jun-2019 |
20-Jun-2019 |
Acompañamiento veeduría |
11-jul-2019 |
12-jul-2019 |
Seguimiento a contingencia |
12-ago-2019 |
13-ago-2019 |
Seguimiento al Plan de Compensaciones |
22-oct-2019 |
22-oct-2019 |
Seguimiento a contingencia |
27-nov. 2019 |
28-nov. 2019 |
Seguimiento a contingencia |
16- marzo 2020 |
17- marzo 2020 |
Los actos administrativos producto del seguimiento ambiental al proyecto se relacionan a continuación:
Expediente | Proyecto | Actos administrativos expedidos | Observaciones |
---|---|---|---|
LAM4409 |
Construcción de la Segunda Calzada Tramo El Tablón (PR34) - Chirajara (PR63) de la Carretera Bogotá – Villavicencio.” – Usuario Concesionaria Vial de los Andes S. A |
Resolución 712 del 28 de agosto de 2012 |
Resolución que impone medidas adicionales de control y seguimiento. |
Auto 2845 de 10 de septiembre de 2012. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 2012 de 27 de mayo de 2014. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 0458 de 09 de febrero de 2015. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 5235 de 27 de noviembre de 2015. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental |
||
Resolución 1548 de 02 de diciembre de 2015. |
Resolución impone medidas adicionales de control y seguimiento. |
||
Auto 5325 de 02 de diciembre de 2015. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 1386 de 06 de abril de 2016. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 1163 de 06 de abril de 2017. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 1004 de 12 de marzo de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Resolución 519 del 19 de abril de 2018. |
Resolución impone medidas adicionales de control y seguimiento. |
||
Auto 1919 de abril de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 716 de 26 de febrero de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 3604 de 29 de junio de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 3806 de 11 de julio de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 1265 de 06 de agosto de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 551 de 25 de febrero de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental |
||
Auto 659 de 27 de febrero de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 907 de 08 de marzo de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 1197 de 20 de marzo de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Resolución 1174 del 20 de junio de 2019. |
Resolución impone medidas adicionales de control y seguimiento. |
||
Auto 4360 del 21 de junio de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Resolución 1560 del 05 de agosto de 2019. |
Resolución en la cual se aprueba parcialmente el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad, presentado por la Concesionaria Vial de los Andes S.A.S. |
||
Resolución 1651 del 21 de agosto de 2019. |
Resolución que evalúa el “Plan de Establecimiento y Manejo Forestal por compensación (127,3 ha), presentado por la CONCESIONARIA VIAL DE LOS ANDES S.A.S COVIANDES. |
||
Resolución 1721 del 2 de septiembre de 2019. |
Resuelve recurso contra la Resolución 1174 de 20 de junio de 2019. |
||
Auto 9996 del 18 de noviembre de 2019. |
Auto por el cual se efectúa un seguimiento y control a Contingencia presentada en la Ladera Mesa Grande Km 58+000. |
||
Auto 10608 de 29 de noviembre de 2019. |
Auto por el cual se resuelve recurso de revocatoria contra el Auto 4360 del 21 de junio de 2019. |
||
Auto 11970 de 27 de diciembre de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 12025 de 30 de diciembre de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. |
||
Auto 5128 del 04 de junio de 2020.
|
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental, acogiendo el CT 2182 del 13 de abril de 2020, seguimiento documental: análisis de la información geológica, estructural, geotécnica y de los caudales de infiltración de los túneles del proyecto. |
||
Auto 5115 Del 04 de junio de 2020. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental, acogiendo el CT 1883 de 31 de marzo de 2020 seguimiento con visita: verificación aspectos contingencia |
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, mediante Resolución 243 de 10 de marzo de 2016 otorgó licencia ambiental para el proyecto “Construcción nueva calzada de la Carretera Bogotá – Villavicencio, Tramo Chirajara - Bijagual”.
La Licencia Ambiental se otorgó en vigencia del Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 del 26 de mayo de 2015.
1.2.1 Localización
El proyecto tiene una localización general como se muestra en la siguiente tabla.
Tabla 1. Localización general.
Abscisado | Longitud (m) | Coordenadas (Datum Magna Sirgas) | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Inicial | Final | Inicial | Final | |||
K61+150 |
K74+770 |
13.620 |
1031413 |
956448 |
1041272 |
952343 |
Figura 1. Localización del proyecto ““Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá — Villavicencio, tramo Chirajara - Bijagual”
Fuente: Sistema AGIL - ANLA
1.2.2. Licencia del proyecto y sus modificaciones
Los actos administrativos relacionados con el proceso de licenciamiento y sus modificaciones se relacionan a continuación:
Expediente | Proyecto | Acto administrativo | Observación |
---|---|---|---|
LAV0073-00-2015 |
Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá — Villavicencio, tramo Chirajara – Bijagual.
|
Otorga a la Concesionaria Vial Andina S.A.S., la Licencia Ambiental para el proyecto de “Construcción nueva calzada de la Carretera Bogotá – Villavicencio, Tramo Chirajara - Bijagual”, localizado en el municipio de Guayabetal en el departamento de Cundinamarca y en el municipio de Villavicencio en el departamento del Meta”. |
|
Se resuelve recurso de reposición, en el sentido de confirmarlo dispuesto en los Artículos Segundo, Tercero, literal e del numeral 1.2 y el numeral 3 del Artículo Quinto; Artículos Noveno, Décimo y literales a, b y c del numeral 6 del Artículo Décimo Segundo, además aclaró las tablas A, 13 y C del numeral 1 del Artículo Quinto. |
|||
Modifica la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016, en el sentido de autorizar la construcción de los túneles 1 y 3. |
|||
Modifica el numeral 1 del Artículo Segundo de la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016. |
|||
Modificó la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016, en el sentido de autorizar la construcción de los lazos L2 (UF3), L2A (UF3), L2B (UF3), L1 (UF5), L2 y (UF5); modificar los puentes vehiculares 3 y 4; modificar la Resolución 732 del 22 de julio de 2016 (modificó la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016), adicionando al Túnel 3 la longitud de 300 metros y su galería. |
|||
Modificó la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016, en el sentido de autorizar dos puentes, adicionar al Túnel 1 dos (2) galerías, al Túnel 3 una (1) galería, autorizar la construcción de treinta y cinco (35) obras hidráulicas entre alcantarillas, canales, cajones, carcamos, canales trapezoidales, zanjas de protección y canales longitudinales, la ampliación de las ZODME 1 y 3, construcción de las ZODME “La Reforma” y “Trituradora”, construcción de catorce (14) áreas industriales. |
|||
Resolución por la cual se modifica el subnumeral 3 del numeral 1 del Artículo Segundo de la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016, en el sentido de autorizar ambientalmente la supresión del puente 5, modificar los puentes 4, 16 y 9A, y adicionar el puente 4A de la Tabla “Puentes vehiculares Tramo Chirajara-Bijagual”. |
|||
Resolución por la cual se modificó el artículo Décimo Noveno de la Resolución 243 del 10 de marzo de 2016 en el sentido de aprobar la línea de inversión propuesta denominada “adquisición de predios y/o mejoras en zonas de páramo, bosques de niebla y áreas de influencia de nacimiento y recarga de acuíferos, estrellas fluviales y rondas hídricas”. |
La Licencia Ambiental se otorgó por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijó desde la fase de construcción hasta el desmantelamiento, abandono y/o terminación del proyecto. Así las cosas, la Licencia Ambiental se encuentra vigente hasta tanto se dé cumplimiento a la totalidad de las obligaciones ambientales, así como a la fase de desmantelamiento y abandono.
En ese sentido, esta Autoridad es la competente para realizar seguimiento y control al proyecto en mención, de conformidad con los Decretos 3573 de 2011 y 1076 de 2015.
Seguimiento al Proyecto
El desarrollo del seguimiento ambiental al proyecto ha tenido como resultado la realización de 4 visitas de seguimiento y control ambiental general del proyecto, 1 visita de atención de queja y 2 visitas de seguimiento a contingencia (subsidencia), desde mayo de 2017 hasta julio de 2020.
La información se presenta en la siguiente tabla:
Tipo de visita | Fecha de inicio de visita | Fecha de finalización de visita |
---|---|---|
Seguimiento general al proyecto |
02 de mayo de 2017 |
03 de mayo de 2017 |
Seguimiento de atención de queja |
10 de noviembre de 2017 |
10 de noviembre de 2017 |
Seguimiento general al proyecto |
21 de agosto de 2018 |
22 de agosto de 2018 |
Seguimiento a contingencia |
29 de mayo de 2019 |
29 de mayo de 2019 |
Seguimiento general al proyecto |
30 de mayo de 2019 |
01 de junio de 2019 |
Seguimiento a las obligaciones derivadas de la subsidencia |
28 de noviembre de 2019 |
29 de noviembre de 2019 |
Seguimiento general al proyecto con visita no presencial guiada |
21 de julio de 2020 |
24 de julio de 2020 |
En desarrollo del seguimiento ambiental al proyecto se han generado cinco (5) Autos de seguimiento, dos (2) Resoluciones de medidas adicionales y dos (2) actas de Reunión de Control y Seguimiento Ambiental, desde diciembre de 2017 hasta julio de 2020, los cuales se relacionan a continuación:
Expediente | Proyecto | Actos administrativos expedidos | Observaciones |
---|---|---|---|
LAV0073-00-2015 |
Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá — Villavicencio, tramo Chirajara - Bijagual |
Auto 6429 de 27 de diciembre de 2017. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental -Acoge los conceptos técnicos 2998 del 27 de junio de 2017 (sin visita) y 3436 del 21 de julio de 2017 (visita 2 y 3 de mayo de 2017). |
Auto 1005 de 12 de marzo de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental - Acoge el concepto técnico 6266 del 7 de diciembre de 2017 (visita 10 de noviembre de 2017). |
||
Resolución 611 de 30 de abril de 2018. |
Resolución mediante la cual se impusieron medidas adicionales en relación con la ficha GS-03 afectación de población, estabilización de taludes, ficha GS-08 del programa de movilidad segura y seguridad vial y la reubicación de la escuela nuestra señora del Carmen en Pipiral - Acoge concepto técnico 3436 del 21 de septiembre de 2017 (visita 2 y 3 de mayo de 2017). |
||
Auto 4773 del 13 agosto de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental a las obligaciones de compensación por pérdida de biodiversidad - Acoge el concepto técnico 2021 del 30 de abril de 2018 (sin visita). |
||
Auto 956 del 11 de marzo de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental - Acoge el concepto técnico 6550 del 30 de octubre de 2018 (visita 21 y 22 de agosto de 2018). |
||
Auto 4321 del 20 de junio de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento a la subsidencia en el túnel 3. Acoge el concepto técnico 3043 del 19 de junio del 2019 de seguimiento a la contingencia en el túnel y el concepto técnico 3043 del 19 de junio de 2019 (visita del 29 de mayo al 1 de junio de 2019). |
||
Resolución 01614 del 15 de agosto de 2019. |
Resolución por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental a las obligaciones de compensación por pérdida de biodiversidad - Acoge el concepto técnico 3197 del 26 de junio de 2019 y el concepto técnico de alcance 3751 del 17 de julio de 2019, (sin visita). |
||
Acta No. 150 de 2019 del 18 de septiembre de 2019 |
Reunión de control y seguimiento ambiental - Acoge el concepto técnico 4873 del 30 de agosto de 2019. |
||
Acta No. 2 del 21 de enero de 2020.
|
Reunión de Control y Seguimiento Ambiental - Acoge el concepto técnico 7407 del 17 de diciembre de 2019.
|
1.3. PROYECTO NUEVA CALZADA DE LA CARRETERA BOGOTÁ - VILLAVICENCIO, TRAMO BIJAGUAL - FUNDADORES - EXPEDIENTE LAV0074-00-2015
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, mediante la Resolución 0889 de 17 agosto de 2016, esta Autoridad otorgó la Licencia Ambiental a la Concesionaria Vial Andina S.A.S, para el desarrollo del proyecto de “Construcción segunda calzada del Tramo Vial Bijagual (PR 76.8) - Fundadores (PR 85.6) sectores 8 y 9 de la carretera Bogotá - Villavicencio Ruta Nacional 40”, localizado en el municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta”.
La Licencia Ambiental se otorgó en vigencia del Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 del 26 de mayo de 2015.
1.3.1. Localización
El proyecto tiene una localización general como se muestra en la siguiente tabla:
Tabla 1. Localización general.
Proyecto | Longitud (Km) | Inicio K76+800 | Fin K85+650 | ||
---|---|---|---|---|---|
Coordenadas |
Coordenadas |
Coordenadas | |||
Este |
Norte |
Este |
Norte |
Este |
Norte |
Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá – Villavicencio, Tramo Vial Bijagual (PR 76.8) – Fundadores (PR85.6). |
8,85 |
1041271 |
952342 |
1047329 |
947609 |
Figura 1. Localización del proyecto ““Construcción segunda calzada de la carretera Bogotá — Villavicencio, Bijagual - Fundadores”
Fuente: Sistema AGIL - ANLA
1.3.2. Licencia del proyecto y sus modificaciones
Los actos administrativos relacionados con el proceso de licenciamiento y sus modificaciones se relacionan a continuación:
Expediente | Proyecto | Acto administrativo | Observación |
---|---|---|---|
LAV0074-00-2015 |
“Construcción segunda calzada del Tramo Vial Bijagual (PR 76.8) - Fundadores (PR 85.6) sectores 8 y 9 de la carretera Bogotá - Villavicencio Ruta Nacional 40”, localizado en el municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta”. |
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA otorgó Licencia Ambiental a la empresa Concesionaria Vial Andina S.A.S., - COVIANDINA S.A.S, para el proyecto “Construcción nueva calzada de la carretera Bogotá – Villavicencio, Tramo Bijagual – Fundadores. |
|
“Por la cual se ajusta vía seguimiento, la Resolución 0889 del 17 de agosto de 2016 y se toman otras determinaciones” en el sentido de modificar las coordenadas de localización de la ZODME 8, establecidas en la tabla contenida en el numeral 1 “infraestructura y obras ambientalmente viables” del artículo segundo de la referida resolución. |
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Resolución que modificó la Licencia Ambiental del proyecto, en el sentido de autorizar nuevas actividades y la inclusión de permisos para uso y aprovechamiento de recursos naturales renovables. |
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La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, modificó la Licencia Ambiental del proyecto, en el sentido de modificar la “tabla de aprovechamiento forestal autorizado” del numeral 1 del Artículo Sexto de la Resolución 889 del 17 de agosto de 2016, modificado por el Artículo Segundo de la Resolución 1205 del 29 de septiembre de 2017, en el sentido de adicionar 980 individuos arbóreos al permiso de aprovechamiento forestal autorizado. |
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Resolución que modificó la Licencia Ambiental del proyecto, en el sentido de modificar la tabla denominada “Aprovechamiento forestal autorizado para el proyecto” descrita en el numeral 1 del Artículo Sexto de la Resolución 889 del 17 de agosto de 2016; modificada a su vez por el artículo primero de la Resolución 0071 del 22 de enero de 2018, en el sentido de adicionar 94 individuos arbóreos al permiso de aprovechamiento forestal autorizado. |
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Resolución que modifica vía seguimiento el Plan de Manejo Ambiental y Plan de Monitoreo y Seguimiento, en el sentido de ajustar las siguientes Fichas de Manejo, contempladas en la Licencia Ambiental otorgada por la Resolución 889 del 17 de agosto del 2016. |
La Licencia Ambiental se otorgó por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijó desde la fase de construcción hasta el desmantelamiento, abandono y/o terminación del proyecto. Así las cosas, la Licencia Ambiental se encuentra vigente hasta tanto se dé cumplimiento a la totalidad de las obligaciones ambientales, así como a la fase de desmantelamiento y abandono.
En ese sentido, esta Autoridad es la competente para realizar seguimiento y control al proyecto en mención, de conformidad con los Decretos 3573 de 2011 y 1076 de 2015.
1.3.3. Seguimiento al Proyecto
El desarrollo del seguimiento ambiental al proyecto ha tenido como resultado la realización de 5 visitas de seguimiento y control ambiental desde mayo de 2017 hasta marzo de 2019.
La información se presenta en la siguiente tabla:
Tipo de visita | Fecha de inicio de visita | Fecha de finalización de visita |
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Seguimiento general |
27 de marzo de 2019 |
29 de marzo de 2019 |
Seguimiento a túnel Buenavista en el marco de la Resolución 1099 del 18 de junio de 2019 por el cual se impone mediciones diarias a los piezómetros, frentes de avance y pluviómetros del túnel 7 |
12 de agosto de 2019 |
13 de agosto de 2019 |
Seguimiento a túnel 7 Resolución 1099 del 18 de junio de 2019 Piezómetros |
2 de octubre de 2019 |
3 de octubre de 2019 |
Seguimiento demanda de Postobón. Punto más cercano excavación a manantial. Verificación de piezómetros |
25 de noviembre de 2019 |
29 de noviembre de 2019 |
Seguimiento a túnel 7 Resolución 1099 del 18 de junio de 2019 Piezómetros |
24 de febrero de 2020 |
25 de febrero de 2020 |
Los actos administrativos producto del seguimiento ambiental al proyecto se relacionan a continuación, en total diez Autos de seguimiento y seis Resoluciones de medidas adicionales:
Expediente | Proyecto | Actos administrativos expedidos | Observaciones |
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LAV0074-00-2015 |
“Construcción segunda calzada del Tramo Vial Bijagual (PR 76.8) - Fundadores (PR 85.6) sectores 8 y 9 de la carretera Bogotá - Villavicencio Ruta Nacional 40”, localizado en el municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta.”. |
Auto 3799 del 31 de agosto de 2017. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. -Acoge el Concepto Técnico 2882 del 16 de junio de 2017. |
Auto 4844 del 30 de octubre de 2017. |
Auto por el cual se efectúan requerimientos relacionados con la actualización de los modelos MHC- hidrogeológico conceptual y MHM- hidrogeológico matemático del túnel “Buenavista II” (CT 4145 de 2017). |
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Auto 671 del 23 de febrero de 2018 (sin visita). |
Auto por medio del cual se efectúa control y seguimiento, acogiendo el concepto técnico 00379 del 09 de febrero de 2018. |
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Auto 03092 del 18 de junio de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. - Acoge el Concepto Técnico 01979 del 26 de abril de 2018 (Atención a queja). |
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Auto 6224 del 16 de octubre de 2018. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental.
Acoge los Conceptos Técnicos: - Concepto Técnico 4581 del 16 de agosto de 2018. - Concepto Técnico 5832 del 1 de octubre de 2018 (Componente Hidrogeológico). |
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Auto 6605 del 25 de octubre de 2018 (sin visita). |
Auto de seguimiento y control, plan de contingencias y GDB. |
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Resolución 0327 del 11 de marzo de 2019. |
“Por la cual se imponen unas medidas ambientales adicionales en desarrollo de un control y seguimiento”. |
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Resolución 0356 del 12 de marzo de 2019. |
“Por la cual se adiciona una medida adicional en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”. Acoge conceptos técnicos 00379 del 09 de febrero de 2018 y 00723 de 28 de febrero de 2018. |
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Auto 1293 del 26 de marzo de 2019 (sin visita). |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. Acoge CT 00645 del 07 de marzo de 2019. |
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Resolución 1903 del 19 de septiembre de 2019. |
“Por la cual se imponen unas medidas adicionales en desarrollo del control y seguimiento ambiental y se adoptan otras determinaciones”. |
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Resolución 1937 del 26 de septiembre de 2019. |
Aprueba Plan de Compensación - Resolución por la cual se evalúa un Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad y se tomas otras determinaciones. |
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Auto 8377 del 30 de septiembre de 2019. |
Auto por el cual se efectúa seguimiento y control ambiental. - Acoge el Concepto Técnico Auto 8377 del 30 de septiembre de 2019. |
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Resolución 2195 de 6 de noviembre de 2019. |
“Por la cual se ajusta vía seguimiento la Resolución 889 de 17 de agosto de 2016 y se adoptan otras determinaciones”. |
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Resolución 02305 de 21 de noviembre de 2019. |
“Por la cual se imponen medidas ambientales adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”. |
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Auto 0685 del 31 de enero de 2020. |
“Por el cual se efectúa control y seguimiento ambiental y se toman otras determinaciones”. |
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Auto 3929 del 07 de mayo de 2020. |
Por el cual se efectúa control y seguimiento ambiental. |