Documentos necesarios para la aprobación del CEI
Los requisitos generales y específicos según el artículo del Estatuto Tributario, en la que se fundamente la solicitud, se encuentran reglamentados por Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1564 de 2017, la Resolución 978 de 2007 y la Resolución 2000 de 2017.
1. Allegar el formato único de solicitud de Certificación Ambiental para acceder a beneficios tributarios de exclusión del Impuesto sobre las Ventas -IVA firmado por el representante legal, Formulario del Tramite, desde enero de 2021 la ANLA implementó un nuevo mecanismo de radicación del trámite en VITAL, este nuevo formulario generará automáticamente el Formato Único a partir de la información ingresada por el solicitante, por lo cual no es necesario adjuntarlo.
En el evento previsto en el numeral 3 del artículo 3 de la Resolución 2000 del 2017, es decir:
* Por la persona natural o jurídica que ejecute directamente la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control o monitoreo ambiental para la persona que destine los equipos, elementos o maquinaria al fin previsto en los citados artículos.
* Deberá señalar el nombre o razón social, representante legal, domicilio, teléfono, fax y correo electrónico de la persona, así como aportar copia del documento que acredite el vínculo entre las partes.
* Señalar el artículo del Estatuto Tributario en que se fundamenta la solicitud, esto es, el artículo 424 numeral 7 o el artículo 428 literal f).
* Señalar si los elementos, equipos o maquinaria por los que solicita la certificación son nacionales o importados.
2. Aportar certificado de existencia y representación legal, el cual a la fecha de presentación de la solicitud no debe exceder los treinta (30) días calendario de expedido, cuando se trate de personas jurídicas de derecho privado.
3. Aportar poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.
4. Cuando la solicitud se presente con fundamento en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, se deberá hacer la relación de las normas, regulaciones, disposiciones o estándares ambientales específicos a los que se dará cumplimiento con el sistema de control y/o monitoreo a cuya construcción, instalación, montaje u operación se destinan los elementos, equipos o maquinaria, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.1.14.25 del Decreto 1625 de 2016.
5.Cuando la solicitud se presente con fundamento en el literal f) del artículo 428 del Estatuto Tributario, se deberá:
- Identificar el Programa Ambiental al que se destinará la maquinaria o equipo y las acciones establecidas dentro del mismo, conforme a lo previsto en el literal C) del artículo 1.3.1.14.4 y el parágrafo del artículo 1.3.1.14.5 del Decreto 1625 de 2016.
- Aportar la certificación del Ministerio de Comercio Exterior o de la entidad que haga sus veces, en la que conste que la maquinaria o equipo no se produce en el país.
- Cuando la solicitud corresponda a maquinaria o equipos destinados al cumplimiento de los compromisos del protocolo de Montreal, se deberá aportar certificación expedida por la Unidad Técnica de Ozono en la que conste dicha condición.
6. Señalar el objeto o finalidad, y la descripción detallada del sistema de control ambiental o monitoreo ambiental que constituyen, o al que se incorporarán, los elementos, equipos o maquinaria, conforme a las definiciones del artículo 1.3.1.14.4 del Decreto 1625 de 2016.
7. Adjuntar, según sea el caso, catálogos y/o planos descriptivos que incluyan las especificaciones técnicas de los equipos o elementos, o en su defecto, documentos que permitan verificar las especificaciones técnicas señaladas por el fabricante y/o proveedor.
8. Señalar el lugar de ubicación geográfica y sitio de instalación de los equipos, elementos o maquinaria correspondientes.
Si su proyecto tiene más de una ubicación, podrá realizar el cargue masivo de ubicaciones mediante el siguiente archivo: Cargue masivo puntos renta
9. Diligenciar completamente el Formato 1 "Especificaciones del Elemento, Equipo y/o Maquinaria Cálculo del IVA" y adjuntarlo en la sección indicada del formulario en VITAL.
- Identificar con precisión cada uno de los elementos, equipos o maquinaria para los que se solicita la certificación, especificando: cantidad, marca, modelo o referencia, fabricante, vendedor y detallando la función que cada uno cumple dentro del sistema de control ambiental o de monitoreo ambiental.
Modificar numeración y modificar los consecutivos: - Adjuntar, según sea el caso, catálogos y/o planos descriptivos que incluyan las especificaciones técnicas de los equipos o elementos, o en su defecto, documentos que permitan verificar las especificaciones técnicas señaladas por el fabricante y/o proveedor.
- Señalar el lugar de ubicación geográfica y sitio de instalación de los equipos, elementos o maquinaria correspondientes.
Si su proyecto tiene más de una ubicación, podrá realizar el cargue masivo de ubicaciones mediante el siguiente archivo: Cargue masivo puntos renta
10. Diligenciar completamente el Formato 1 "Especificaciones del Elemento, Equipo y/o Maquinaria Cálculo del IVA" y adjuntarlo en la sección indicada del formulario en VITAL
* Cuando se trate de sistemas de control ambiental
11. Diligenciar los formatos correspondientes a la Cuantificación de Beneficios Ambientales; Los beneficios ambientales se pueden cuantificar en términos de:
- Disminución de la demanda de recursos naturales renovables, Formato 2.
- Prevención y/o reducción del volumen y/o mejoramiento de la calidad de residuos líquidos, sólidos o emisiones atmosféricas, Formato 3.
- Reducción y/o prevención en la generación de residuos sólidos, Formato 4.
Si solicitud está enmarcada en el artículo 424 numeral 7 y realiza la radicación del trámite mediante VITAL, con los datos ingresados a lo largo del formulario el sistema generará estos formatos automáticamente por lo cual no es necesario adjuntarlos a la solicitud.
En todos los casos deberá señalarse la fuente de información de la que se extraen los datos presentados, en relación con la línea base o situación actual y la cuantificación de los beneficios ambientales.
* Cuando se trate de sistemas de monitoreo ambiental
12. De acuerdo con la definición del literal b) el artículo 1.3.1.14.4 del Decreto 1625 de 2016, se deberá explicar el destino que se dará a la información obtenida, verificada o procesada, sobre el estado, calidad o comportamiento de:
- Los recursos naturales renovables,
- Variables o parámetros ambientales,
- Vertimientos,
- Residuos, o
- Emisiones.
Para estos efectos, será necesario indicar el nombre del(os) componente(s), elemento(s) o sustancia(s) objeto de monitoreo.
Articulo 424 Numeral 7
- Se deberá hacer la relación de las normas, regulaciones, disposiciones o estándares ambientales específicos a los que se dará cumplimiento con el sistema de control y/o monitoreo a cuya construcción, instalación, montaje u operación se destinan los elementos, equipos o maquinaria, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Decreto 2532 de 2001.
Articulo 428 Literal f)
- Identificar el Programa Ambiental al que se destinará la maquinaria o equipo y las acciones establecidas dentro del mismo, conforme a lo previsto en el literal c) del artículo 2º y el parágrafo del artículo 4º del Decreto 2532 de 2001.
- Aportar la certificación del Ministerio de Comercio Exterior o de la entidad que haga sus veces, en la que conste que la maquinaria o equipo no se produce en el país. 3. Cuando la solicitud corresponda a maquinaria o equipos destinados al cumplimiento de los compromisos del Protocolo de Montreal, se deberá portar certificación expedida por la Unidad Técnica de Ozono en la que conste dicha condición.