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Imagen de participante en Alacrán

Con estrictas medidas socioeconómicas para las comunidades, ANLA da luz verde al proyecto “Minero El Alacrán” (Córdoba)

  • La ANLA otorgó licencia ambiental al proyecto al proyecto “Minero El Alacrán”, localizado en el municipio de Puerto Libertador, Córdoba, cuyo titular es Cobre Minerals S. A. S.,
  • El proceso de evaluación activó todas las instancias de participación y asesoría técnica disponibles, que contaron con las contribuciones de las comunidades, pueblos étnicos, autoridades locales, departamentales y nacionales, así como de entidades técnicas del Estado.
  • La licencia fija un conjunto de medidas que exigen la máxima integralidad y garantía de derechos humanos en los procesos de relocalización de las comunidades, sustitución de economías tradicionales, asociatividad minera, entre otros.

Bogotá. 15 de mayo, 2026. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) aprobó la licencia ambiental del proyecto “Minero El Alacrán”, localizado en el municipio de Puerto Libertador, cuya titular es Cobre Minerals S. A. S., para la explotación del mineral estratégico cobre y minerales asociados, como oro y plata. La licencia incluye estrictas medidas socioeconómicas que exigen la protección integral de los derechos humanos en los procesos de asociatividad minera en la comunidad, la sustitución de economías tradicionales y la relocalización integral de los habitantes.

El proyecto se desarrollará entre los ríos San Pedro y San Jorge, atravesando las microcuencas de las quebradas Valdés y Valdesito. Asimismo, cuenta con un área total de intervención de 733,22 hectáreas, distribuidas entre el área de intervención del PIT minero, las zonas de intervención con afectación ambiental previa y la infraestructura asociada, que incluye acopios, vías externas e internas, plantas de transformación y beneficio, disposición de estériles y relaves, obras de manejo de aguas y suelos, y áreas de soporte minero.

Estos y otros aspectos técnicos fueron evaluados integralmente, considerando la demanda y uso de recursos naturales renovables en el área de intervención —captación, ocupación de cauce, vertimientos, emisiones atmosféricas y aprovechamiento forestal—, junto con los planes de manejo, seguimiento y monitoreo ambiental; las compensaciones del medio biótico; los planes de contingencia; la inversión forzosa no inferior al 1 %; y el plan de cierre, con el fin de atender integralmente los impactos valorados económica y ambientalmente.

Este proceso de evaluación incluyó un Espacio de Participación Ampliada, que permitió escuchar a comunidades, entidades, actores sociales y habitantes dentro y fuera del área de influencia del proyecto, en complementariedad con la información presentada por el solicitante de la licencia. Entrelos participantes estuvieron representantes de las secretarías de Gobierno y de Medio Ambiente de la Alcaldía de Puerto Libertador; habitantes del área urbana del municipio y de las veredas Valdés, San Juan, Mina El Alacrán y Concepción; representantes del Cabildo Indígena San Pedro y de los resguardos indígenas Porvenir-La Rica y San Matías; voceros de la Personería, el Concejo Municipal de Puerto Libertador, las Juntas de Acción Comunal (JAC) de las unidades territoriales

Asimismo, esta evaluación integró los insumos, análisis y recomendaciones emitidas por el Consejo Técnico Consultivo (CTC), máxima instancia asesora de la evaluación ambiental. La ANLA activó este mecanismo debido a que el proyecto implica el reasentamiento de la población, el desvío de una fuente hídrica, requiere de un alto grado de especialización y tiene características de alta complejidad técnica, ambiental, social y económica[1].

Este órgano asesor estuvo conformado por entidades estatales, especializadas y técnicas, entre ellas, el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Minería, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. También participaron entidades territoriales, como la Gobernaciónn de Córdoba, la Alcaldía de Puerto Libertador y la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge (CVS).

“En la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales trabajamos para que la toma de decisiones se haga de la mano de las comunidades, escuchando a sus líderes, a las autoridades locales y a todos los actores involucrados. Esta decisión refleja una evaluación seria, rigurosa y profundamente participativa, en la que la evidencia técnica se articula con el diálogo social, y la presencia institucional en el territorio. Es importante resaltar la incorporación de estrictas medidas socioeconómicas que buscan garantizar que procesos de la relocalización de las comunidades, sustitución de economías tradicionales y asociatividad minera se hagan priorizando la protección de los derechos humanos de las comunidades impactadas, la prevención de riesgos y el bienestar colectivo”, resaltó Irene Vélez Torres, directora de la ANLA.

Con los insumos del Espacio de Participación Ampliada y el Consejo Técnico Consultivo, la licencia ambiental fijó nuevas medidas de manejo adicionales para el medio socioeconómico del área de influencia del proyecto, así como:

  • La asociatividad de los habitantes en actividades productivas y mineras.
  • La participación de las comunidades en la concertación de las actividades relacionadas con la medida de manejo para el traslado involuntario de la población, así como de entidades garantes del proceso.
  • La implementación del Acuerdo de Escazú mediante monitoreos participativos y atención oportuna y diferencial para la población del área de influencia del proyecto.
  • El reconocimiento de la población que deriva su sustento económico de actividades agrícolas y pecuarias como sujeto de especial protección constitucional, incorporando salvaguardas para su permanencia, arraigo territorial y continuidad cultural.
  • La garantía de que el reasentamiento de la población se formule bajo el principio de no generación del riesgo, de manera que las decisiones de relocalización se adopten con base en criterios técnicos, territoriales y socioambientales que aseguren condiciones de seguridad, habitabilidad y sostenibilidad.
  • La exigencia de que las áreas receptoras cuenten con estudios de Amenaza, Vulnerabilidad y Riesgo (AVR) de alcance multiamenaza, conforme a los estándares aplicables, incluyendo hidrometeorología, estabilidad de laderas, inundaciones, exposición a amenazas antrópicas y condiciones de acceso y evacuación.
  • La incorporación de medidas relacionadas con cambio climá
  • La actualización, monitoreo y seguimiento de los usos de la red hídrica del área de influencia del proyecto.
  • La reestructuración y recuperación ecosistémica funcional de la quebrada Valdé

El compromiso de la ANLA es realizar el adecuado, exhaustivo y riguroso seguimiento del cumplimiento de todas las obligaciones ambientales y socioeconómicas consignadas en la licencia. De esta forma, la Autoridad vela para que toda intervención en el territorio se haga bajo la garantía de una protección integral, efectiva y plena del medio ambiente y de los derechos humanos.

[1] Resolución 278 de 2018, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.