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Imagen de referencia de Hidroituango

Hidroituango no necesitaba un permiso nuevo: la autorización para operar a 420 m.s.n.m. ya existía

  • La Autoridad de Licencias Ambientales se permite informar que el proyecto Hidroeléctrico Ituango Pescadero no requiere de un aval distinto a la licencia que ya fue otorgada para operar a su capacidad útil. Por el contrario, el titular del proyecto es el único responsable de poner en marcha y ejecutar los compromisos ambientales pendientes.
  • Frente a un escenario sin precedentes de intensa variabilidad climática como el que enfrentará el país en los próximos meses, la ANLA reitera que el cumplimiento de las obligaciones ambientales es la garantía de una mejor respuesta a posibles y futuras emergencias hidroclimáticas.

Bogotá. 28 de mayo, 2026. Ante la información que ha circulado en medios de comunicación, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) se permite aclarar que el proyecto Hidroituango no requiere de ningún permiso o aval por parte de esta Autoridad para operar hasta 420 m.s.n.m.

El titular del proyecto, según lo establecido en la licencia ambiental otorgada en 2009 y lo resuelto en la Resolución 457 del 13 de marzo de 2025, ya cuenta con todos los permisos, autorizaciones y concesiones para surtir los compromisos de aprovechamiento forestal y llenar el vaso del embalse hasta su capacidad útil.

El aprovechamiento forestal previo al llenado del vaso del embalse a 420 m.s.n.m. es necesario para tener toda la capacidad hidráulica para la generación de energía, tal como se tiene previsto en la licencia ambiental. Dichas acciones son de ejecución autónoma por parte de la sociedad hidroeléctrica y no requieren autorización adicional de esta Autoridad, toda vez que los permisos ya están incluidos en la licencia ambiental vigente, de conformidad con el artículo 132 del Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 457 del 13 de marzo de 2025.

En este sentido, el aprovechamiento forestal que debe realizar Hidroituango establece que el proyecto despejará la vegetación de un área del cañón del río Cauca dentro de los biomas de bosque húmedo tropical y bosque seco tropical, en los cuales habitan distintas especies de fauna. Este proceso debe realizarse para mitigar el aporte de esta vegetación al río Cauca, cuando exista el llenado.

El aprovechamiento, entonces, consiste en realizar una remoción de vegetación y disposición de productos naturales (como la madera y ramas) de manera sistemática y responsable, fuera de la cota de inundación, así como realizar el ahuyentamiento y/o reubicación de los animales antes, durante y después de las actividades de tala, transporte y llenado controlado.

Si esta condición no se cumpliera y se inundara el área sin ese aprovechamiento, se generarían graves impactos ambientales y sociales como, por ejemplo, la muerte de peces y fauna terrestre que habitan en el área del vaso del embalse, la generación de olores fuertes e invasivos por la descomposición y alteraciones de las propiedades físico-químicas del agua. Es decir, la calidad del agua podría verse deteriorada. Más aún, la gravedad de estos posibles impactos está directamente ligada a la escala del área intervenida que son 274 hectáreas en total, una extensión comparable a 3.800 canchas de fútbol aproximadamente. Por ello, es importante la realización de las actividades de aprovechamiento forestal, con el fin de que estos impactos se prevengan o mitiguen, conforme a la identificación y cuantificación prevista, para su manejo a través de las distintas medidas de manejo contempladas en la licencia ambiental.

“Desde la Autoridad de Licencias Ambientales le hemos dejado claro al titular que tiene completa libertad y autonomía para cumplir con las actividades de aprovechamiento forestal. Los hemos invitado, de manera reiterativa, a que redoblen sus esfuerzos para la ejecución de este proceso. Frente a la inminencia del fenómeno de El Niño, las posibles sequías y variabilidad climática, hemos ofrecido espacios de coordinación con el mismo propósito. Nuestra función es velar por el cumplimiento de las licencias ambientales, instrumentos y permisos. Lejos de representar un impedimento para la generación de energía, las obligaciones ambientales que adquieren las empresas son una herramienta vital para fortalecer la capacidad de respuesta ante posibles y futuras emergencias hidroclimáticas. Hemos sido testigos de las dolorosas consecuencias de tomar a la ligera la prevención de desastres ambientales. Por eso, reiteramos que el cumplimiento de los compromisos ambientales es la base para una seguridad energética verdaderamente sostenible, equitativa y respetuosa con el territorio y las comunidades”, aseguró la directora de la ANLA, Irene Vélez Torres.

La ANLA exhorta a las empresas titulares a comunicar de manera oportuna cualquier duda o dificultad en el cumplimiento de sus licencias. Anticiparse a los riesgos es una responsabilidad compartida y la Autoridad está dispuesta a brindar el acompañamiento necesario.

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