¿Qué es la Participación en las Visitas Técnicas de Seguimiento ?
¿En qué consisten las visitas de seguimiento de una obra, proyecto actividad?
Las visitas técnicas de seguimiento en el licenciamiento ambiental permiten a la Autoridad Ambiental:

Verificar las características físicas, bióticas y socioeconómicas del entorno en donde se desarrolla el proyecto, obra y/o actividad (POA)

Verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales del proyecto, obra o actividad (POA) presentado en los informes de actividades ambientales generados por los titulares del instrumento de manejo y control

Recopilar evidencias para la toma de decisiones ambientales sobre el cumplimiento ambiental del titular de proyecto, sus ajustes al instrumento de manejo y control ambiental, la imposición o levantamiento de medidas preventivas, o el inicio de procesos sancionatorios
Con la visita técnica de seguimiento, la Autoridad adelanta acciones de seguimiento a proyectos, obras, actividades (POA), que cuentan con licencia ambiental y con un instrumento de manejo y control (IMC), a través de los cuales se exige el cumplimiento de la normatividad ambiental.
En esta visita la Autoridad posibilita espacios de encuentro con las comunidades, actores, grupos de valor, y ciudadanía en general para que puedan expresar sus aportes, inquietudes y/u observaciones respecto al desarrollo del POA.

¡En todo momento del desarrollo de las visitas técnicas de seguimiento, se busca ampliar la participación de todos los actores y grupos de valor!
Conozca más sobre las visitas de seguimiento:
Haga clic en el ítem de su interés para expandir o contraer el contenido.
ANTES

Acudiendo a los diferentes canales de atención de la entidad publicados en su página web, para aportar información relativa a la ejecución del proyecto, obra o actividad (POA).
DURANTE

Participando en las entrevistas y reuniones que realicen los equipos de seguimiento de la entidad, para aportar información sobre la ejecución del proyecto, obra y actividad, implementación de las medidas de manejo, así como sobre la ocurrencia de impactos ambientales no previstos, y/o posibles denuncias ambientales asociados a la ejecución del proyecto, obra o actividad (POA).
DESPUÉS

Consultando las decisiones adoptadas por la entidad sobre los proyectos, obras o actividad (POA), que cuenten con instrumentos de manejo y control ambiental, en los correspondientes Actos Administrativos, mediante los diferentes canales de comunicación de la ANLA.
- • Información sobre la ejecución del POA y la implementación de sus medidas de manejo.
- • Información sobre cambios en de las condiciones físicas, bióticas y socioeconómicas del entorno en donde se ejecuta el proyecto.
- • Información sobre presuntas infracciones ambientales relacionadas con el POA
- • Información sobre presuntos incumplimientos del instrumento de manejos y control del proyecto, obra o actividad (POA).

Pueden participar los diferentes grupos de valor que tengas interés en el proyecto, entre los que se encuentran:

Sociedad civil
- Veedurías Ciudadanas
- Colectivos y/u organizaciones de la sociedad civil
- Asociaciones y grupos ciudadanos.

Ciudadanía
- Habitantes de las áreas de influencia de los proyectos, obras o actividades POA
- Terceros Intervinientes
- Propietarios de predios
- Líderes ambientales
- Ciudadanía en general
Nota:Las entidades públicas y entes de control podrán en cualquier caso acompañar el desarrollo de los espacios de participación durante las visitas técnicas de evaluación.

- La información, evidencias y aportes presentados por las organizaciones, las comunidades, los actores y grupos de valor, es fundamental para coadyuvar en la verificación del cumplimiento y efectividad del plan de manejo ambiental (PMA), así como de las obligaciones y requerimientos establecidos en la licencia ambiental o en el instrumento de manejo y control (IMC), del plan, proyecto o actividad (POA) en ejecución.
- Junto con aportes, evidencias e información presentada por los actores y grupos de interés, la entidad puede realizar los ajustes al instrumento de manejo y control, puede optar por la imposición o levantamiento de medidas preventivas, y decidir sobre el inicio de procesos sancionatorios en materia ambiental.
- La información aportada por los ciudadanos, las organizaciones y las comunidades, podrá ser tenida en cuenta como un insumo para la toma de decisiones ambientales a través de los actos administrativos que acogen los conceptos técnicos de seguimiento.
Es el documento acogido mediante Auto o Acta de seguimiento de la ANLA, que presenta los resultados del seguimiento ambiental elaborado por los equipos de la entidad, y mediante el cual se evalúa el cumplimiento del plan de manejo ambiental (PMA), y de los requerimientos y obligaciones establecidos por la autoridad ambiental en el correspondiente instrumento de manejo y control ambiental.


- Durante el desarrollo de las visitas técnicas de seguimiento, la autoridad ambiental verificará teniendo en cuenta entre otros, la información que brinden las comunidades étnicas, el estado de cumplimiento de las obligaciones y medidas de carácter ambiental acordadas en el proceso de consulta previa. Esto, en atención a lo dispuesto en la Directiva Presidencial 8 de 2020: “[e]l seguimiento de las medidas de carácter ambiental corresponderá a la autoridad ambiental competente”.
- Las comunidades étnicas podrán participar en las entrevistas o reuniones que realicen los equipos de seguimiento de la entidad para expresar sus aportes, inquietudes y/u observaciones.
- Tenga en cuenta que su participación durante la visita de seguimiento le permitira indagar por el estado de la ejecución de del proyecto, obra, o actividad (POA) licenciado.
- Tenga en cuenta que su participación en las visitas técnicas de seguimiento podrá ser presencial, semipresencial o virtual según aplique./li>
- Tenga en cuenta la importancia de conocer el proyecto, obra o actividad (POA) que se abordara en el espacio de participación durante la visita de seguimiento./li>
- Promueva en su comunidad la participación de otros actores e invite a participar a quienes no hayan intervenido durante el desarrollo de las visitas de seguimiento. Tenga en cuenta que una mayor participación fortalece el proceso de toma de decisiones ambientales/li>
- Considere informar de manera oportuna, sobre cualquier situación que amenace la participación libre y segura de actores, organizaciones, y ciudadanos que busquen intervenir./li>
Caja de Herramientas Participacion en las Visitas Técnicas de Seguimiento
Acá encontrará información que puede ser de su interés.
- Ventanilla Integral de Trámites Ambientales – VITAL
- Ley 134 de 1994 “Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana.”
- Convenio Núm. 169 de la Oficina Internacional del Trabajo: sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes
- Estrategia de Participación de la ANLA
- Guía de participación ciudadana ambiental ANLA
- Estrategia integral del seguimiento de licencias ambiental visión 2030
- Estándares sociales y ambientales del PNUD
- Tableros de control con información de interés sobre proyectos, obras, actividades, y/o permisos ambientales competencia de la ANLA
- Proyectos de interés en seguimiento ANLA
- Canales de atención ANLA