Marco Normativo
Si bien la Resolución 1489 de 2024, establece el procedimiento para la expedición del permiso para la importación o exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listados en los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), las evaluaciones de las solicitudes de esta Autorización conllevan la aplicación de la normatividad colombiana, en términos de aprovechamiento y uso de su diversidad. Bajo este entender, algunas de las normas a considerar son:
- Constitución Política de Colombia 1991. Artículos 8, 27, 58,79,69 y 80.
- Ley 99 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental - SINA, y se dictan otras disposiciones. En su artículo 31 asigna a las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible, entre otras, la función de administrar los recursos naturales en su jurisdicción y otorgar los permisos, concesiones o autorizaciones para su uso, aprovechamiento y movilización.
- Decreto - Ley 2811 de 1974. Código de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente. (Artículos 42, 51, 54, 56, 57, 196, 200, 201, 223, 235, 240, 247, 248, 250, 252, 259, 266, 267, 271, 273, 275, 290 y 291).
- Ley 17 de 1981 “Por la cual se aprueba la "Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres", suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973.”
- Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
- Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
- Decreto 1608 de 1979 “Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre”. Compilado en el Decreto 1076 de 2015.
- Decreto 1909 de 2000 “Por medio del cual se designan los puertos marítimos y fluviales, los aeropuertos y otros lugares para el comercio internacional de especímenes de flora y fauna silvestre”. Compilado en el Decreto 1076 de 2015.
- Decreto 3573 de 2011 “Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA- y se dictan otras disposiciones”.
- Decreto 0925 de 2013 “Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación”.
- Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
- Decreto 376 de 2020 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA”.
- Resolución 1909 de 2017 “Por la cual se establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica; expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
- Resolución 1912 de 2017 “Por la cual se establece el listado de las especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana continental y marino costera que se encuentran en el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 1971 de 2019 “Por la cual se establece el Libro de Operaciones Forestales en Línea y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 1140 del 2022 “Por la cual se fijan las tarifas para el Cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 0999 del 2023 “Por la cual se modifica la Resolución No. 1140 del 01 de junio de 2022”.
- Resolución 1489 de 2024 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del permiso para la importación o exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listados en los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y se dictan otras disposiciones”. La presente resolución deroga a partir del 15 de mayo de 2025 las Resoluciones 1367 de 2000 y 454 de 2001 y el artículo 21 de la Resolución 1971 de 2019 y demás disposiciones que le sean contrarias.