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Trámite de seguimiento


A continuación, se presenta el flujograma del proceso que se surte al interior de la Entidad para la etapa de seguimiento de los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Fármacos o Medicamentos Vencidos:

Diagrama de flujo

Una vez el usuario haya radicado la información del Plan para su seguimiento inicial, se inicia con la apertura de un expediente VDI y la verificación inicial de la documentación presentada. Si esta información cumple con un mínimo de requisitos, se procede a solicitar la creación del expediente con nomenclatura GDP, con el fin de validar la información del Plan.

A continuación se listan los documentos de verificación de inicio que debe remitir el usuario por tipo de plan una vez identifique que es productor.

Conforme con lo anterior, es necesario que los productores revisen las páginas de ICA e INVIMA en el siguiente link.

Individual:

  • Carta de presentación del plan conforme lo estipulado en el artículo séptimo de la resolución 372 del 26 de febrero de 2009.
  • Radicación del plan conforme lo estipulado en el artículo sexto de la resolución 372 del 26 de febrero de 2009.
  • Validación en RUES del certificado de existencia y representación legal de la persona natural o jurídica que presenta el plan.

Colectivo:

  • La información mencionada en los numerales de modalidad individual.
  • Comunicado de cada usuario adherido al plan colectivo en el cual certifique la participación y responsabilidad frente a este.
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