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Trámite de solicitud y Evaluación


  1. Para las solicitudes bajo la modalidad de Importador Independiente, solamente se requiere el usuario que radica y diligencia el formulario en VITAL, quien es el mismo que firma el CEPD.

  2. Durante el desarrollo del trámite, el usuario podrá consultar el estado del mismo a través de VITAL.

  3. Las solicitudes de aprobación de CEPD que no tengan como mínimo el formato CEPD diligenciado, el reporte técnico y su traducción oficial al castellano no podrán ser evaluadas.

  4. Las solicitudes de modificación de CEPD que no tengan como mínimo el formato CEPD diligenciado que pretende modificar al inicialmente aprobado y la carta del representante legal de la empresa solicitante o persona natural titular del CEPD ya aprobado, en la que se informe el número de CEPD que se quiere modificar, no podrán ser evaluadas.

  5. En caso de que la solicitud no cumpla con los niveles de emisiones establecidos legalmente, la ANLA negará la solicitud.

  6. El CEPD una vez aprobado, tendrá el sello de la ANLA y un consecutivo de identificación, y será publicado en VITAL para consulta pública en la opción “Consulta de Certificados”.

Fuente: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA

 

 

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