Paso a paso del Trámite
Desde la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales sabemos que es muy importante para ti conocer el paso a paso para realizar el trámite de manera correcta y sin intermediarios.
Por esta razón hemos dispuesto la siguiente guía para que conozcas cómo se debe realizar y no fallar en el intento.
A. Registro en línea
Ingresa a la plataforma VITAL desde el sitio del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o de la ANLA: “Registrar nuevo usuario” en la opción correspondiente, selecciona el tipo de usuario:
- Persona natural.
- Persona jurídica (pública o privada).
- Indica también si actuará mediante apoderado y registra los datos del representante legal o apoderado.
Completa el formulario con todos los datos solicitados (nombre, identificación, correo electrónico, ubicación, autoridad ambiental a la que se dirigirá)
Guía de registro de usuarios VITALB. Validación presencial o documental:
Después de registrarte en línea, debes presentar físicamente los documentos para validar tu identidad una sola vez:
- Si eres persona natural: documento de identificación.
- Si eres persona jurídica: certificado de existencia y representación legal del representante.
- Si actúas mediante apoderado: el poder especial correspondiente, y el apoderado debe registrarse también en VITAL.
C. Aprobación y acceso al sistema:
Una vez validada la información por la autoridad ambiental o el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, recibirás un correo electrónico con usuario y contraseña inicial.
Definido en los anexos 2 y 3 de la Resolución 762 de 2024, de acuerdo con el tipo de solicitud.
- Anexo 2. Formato - Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal para fuentes móviles terrestres de carretera.
- Anexo 3. Formato - Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal para fuentes móviles terrestres de uso fuera de carretera.
- Se recomienda acoger las instrucciones para el diligenciamiento de cada formato dispuestas en la Resolución.
Expedido por un laboratorio de ensayo acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) bajo la norma ISO/IEC 17025 o por un laboratorio de ensayos acreditado por un organismo de acreditación que sea signatario de los acuerdos de reconocimiento multilateral suscritos por ONAC, o por una autoridad ambiental en el exterior que sea competente para el desarrollo de estas pruebas o ensayos.
El reporte técnico deberá corresponder a las pruebas o ensayos realizados bajo los ciclos y procedimientos para la evaluación de las emisiones en prueba dinámica descritos en la reglamentación deEstados Unidos y de la Unión Europea.
Para el caso de las pruebas o ensayos realizados en laboratorios de los fabricantes, el reporte técnico deberá ser expedido por un laboratorio o servicio técnico independiente del fabricante.
Para el caso de importadores independientes, el reporte técnico de la prueba o ensayo podrá suplirse con cualquiera de los siguientes requisitos:
órdenes ejecutivas emitidas por la Junta de Recursos del Aire de California (CARB), que serán válidas como reportes técnicos solamente para las fuentes móviles de carretera que contengan las etiquetas descritas en el Código Federal de Regulaciones de los Estados Unidos (CFR), partes 49 CFR 567.4 y 40 CFR 86.1807-01, sus modificaciones y sustituciones. Esta orden ejecutiva también será válida para los casos en que el fabricante demuestre mediante información técnica que la fuente móvil a importar cuenta con las mismas especificaciones técnicas descritas en esa orden.
Certificados de conformidad descritos en el Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo y en el Reglamento de la Unión Europea 901 del 2014 sus modificaciones o sustituciones, expedidos por el fabricante de la fuente móvil de carretera, que serán válidos como reportes técnicos solamente para la fuente móvil que cumpla con las disposiciones referidas a la placa reglamentaria del fabricante, descritas en los Reglamentos de la Unión Europea 19/2011 y 901 del 2014, sus modificaciones y sustituciones.
No se negarán certificados por motivo de que los resultados de emisiones de pruebas o ensayos realizados por un ciclo o procedimiento provengan de lugares distintos a los Estados Unidos o la Unión Europea. Ahora bien, para la emisión del certificado, estos resultados y ciclos deben cumplir con las especificaciones previstas en la resolución.
No son objeto de presentación del reporte técnico las solicitudes para vehículos eléctricos.
- Soporte técnico del uso de sustancias no agotadoras de la capa de ozono y su cantidad de llenado en los sistemas de aire acondicionado y/o de refrigeración.
- Documentación técnica del fabricante que soporte la información del vehículo diligenciada en el formato CEPD, pero que no se encuentra en el reporte técnico.
Para el caso de pruebas dinámicas realizadas en banco motor y no al vehículo completo, debe ser presentada la certificación o ficha técnica del fabricante que permita relacionar o identificar el equipamiento de la configuración del motor ensayado en los vehículos que se pretenden importar y/o ensamblar.
Para solicitudes de aprobación del CEPD para vehículo eléctricos el usuario debe identificar y relacionar el vehículo con el tipo de energía utilizada para generar la propulsión del vehículo.
En ambos casos el documento de certificación debe contener la marca, el modelo, el código de modelo (caracteres del 4 al 8 del Número de Identificación Vehicular - VIN para solicitudes con representación de marca del fabricante y los 17 caracteres del Número de Identificación Vehicular - VIN para solicitudes de importadores independientes) y el código motor.
En caso de que el CEPD cuente con la representación de marca del fabricante, la documentación debe estar firmada por el representante de la empresa fabricante validado ante la ANLA (validación de usuario).
En caso de que el CEPD sea bajo la modalidad de importador independiente, se debe presentar la ficha técnica (¿de la fuente móvil?) o la certificación firmada por el representante de la empresa fabricante validado ante la ANLA (validación de usuario).
- Certificación del VIN del vehículo emitida por el fabricante que permite relacionar el vehículo prototipo con los vehículos que van a ser importados y/o ensamblados. La misma deberá relacionar los caracteres 4 al 8 del VIN con el reporte técnico e identificar a qué hace alusión cada uno de los caracteres.
Solamente debe ser presentada cuando los caracteres en las posiciones del 4 al 8 del Número de Identificación Vehicular - VIN (caracteres que identifican a la línea o modelo vehicular) del vehículo prototipo, que fue evaluado en la prueba dinámica, son diferentes de los que tienen los vehículos que van a ser importados y/o ensamblados; o cuando el reporte técnico no presenta el Número de Identificación Vehicular - VIN del vehículo prototipo.
- Fotografías de las etiquetas informativas del vehículo deben ser presentadas para los casos en que la solicitud del CEPD sea para un importador independiente y el Número de Identificación Vehicular - VIN del vehículo NO pueda ser relacionado con el código de identificación del prototipo descrito en el reporte técnico.
Las solicitudes de aprobación de CEPD cuyos vehículos no hayan sido homologados en Estados Unidos, solamente deben presentar la fotografía de la etiqueta del fabricante, que se encuentra generalmente en el pilar B del marco de la puerta del conductor.
Para los vehículos homologados en Estados Unidos, los reportes técnicos no tienen el VIN del vehículo prototipo, pero sí tienen un código de identificación llamado grupo de prueba (test group), que puede ser relacionado al vehículo mediante la etiqueta informativa de la Agencia de Protección Ambiental (EPA, sus siglas en inglés), que se encuentra ubicadas generalmente en el compartimiento del motor del vehículo o debajo del capó (EPA - Environmental Protection Agency - United States). Para las solicitudes con estos vehículos, se debe adjuntar la etiqueta del fabricante, descrita en el párrafo anterior, y la etiqueta de la EPA.
- Traducción oficial al castellano del reporte técnico y demás documentación de soporte
La traducción oficial al castellano del reporte técnico debe recoger la información del reporte técnico mínima requerida en el artículo 8 de la Resolución 762 de 2022.
Para que la traducción oficial surta efectos legales en Colombia requiere del cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 1959 del 2020, y lo indicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en el enlace:
https://www.cancilleria.gov.co/tt_ss/traducciones-oficialesEn donde expresa lo siguiente:
- A partir del 1 de diciembre de 2020, las traducciones oficiales elaboradas en Colombia que surten efectos legales en este país, no se apostillan o legalizan, debido a que la firma del traductor oficial ya es válida en el territorio nacional.
- Las traducciones emitidas en el exterior deben ser apostilladas o legalizadas desde el país de origen para que surtan efectos legales en Colombia.
Todos los reportes técnicos y demás soportes requeridos en la resolución -incluida las placas adheridas al motor-, que se alleguen por parte de los usuarios en idioma extranjero deben contar con traducción oficial, independientemente de su origen, en cumplimiento del artículo 10 de la Resolución 762 de 2022.
- Legalización de certificaciones expedidas en el exterior
Las certificaciones requeridas como soporte de la solicitud deberán ser expedidas por un representante del fabricante validado por la ANLA, o en su defecto debidamente legalizadas bajo los siguientes términos:
- Se aportarán los documentos apostillados, cuando provengan de un país Parte de la Convención Sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961;
- En caso contrario, deberán presentarse debidamente legalizados por el cónsul o agente diplomático de la República de Colombia en dicho país o, en su defecto, por el de una nación amiga.
La validación de firmas es un proceso llevado a cabo por la ANLA, con el fin de asegurarse de la identidad de los fabricantes, ensambladores, importadores.
Previo a la radicación de la solicitud a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL), los fabricantes, ensambladores, importadores de las fuentes móviles terrestres deben registrarse en VITAL y solicitar la creación del usuario que radica y diligencia, realizando el siguiente procedimiento: Validación de usuario diligenciador para importadores de fuentes móviles terrestres en Colombia.
Así mismo, en caso de que la solicitud corresponda a la solicitud del CEPD con representación de marca del fabricante, el representante legal de la empresa en Colombia solicitante del certificado, y el representante de la empresa fabricante deberán validar su identidad realizando los siguientes procedimientos:
Representante legal de la empresa en Colombia:
Validación de usuario como representante comercializador o representante de marca de fuentes móviles terrestres en Colombia.Representante de la empresa fabricante:
Validación de usuario como representante de casa matriz de la empresa fabricante o de la firma propietaria del diseño de fuentes móviles terrestres en Colombia.La solicitud de está validación no corresponde realizarla al usuario cuando pretende hacerla bajo la modalidad de importador independiente, teniendo en cuenta que esta solicitud se hace a título de persona natural o jurídica sin ningún respaldo del fabricante o dueño del diseño de fábrica.
- Inicia sesión en VITAL.
- Dirígete al trámite “Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica”.
- Adjunta los documentos solicitados y haz clic en "Radicar".
Una vez finalices la carga de los documentos, el sistema generará un número de radicado. Guárdalo para seguimiento.
Desde tu perfil en la plataforma puedes consultar el estado de tu trámite en cualquier momento.
Recuerda: La ANLA no envía notificaciones por correo cuando el certificado ha sido aprobado, por lo que es responsabilidad del solicitante hacer seguimiento frecuente.
Cuando haya notificaciones como requerimientos u observaciones dentro del proceso se enviarán al correo registrado.
Por eso, asegúrate de ingresar un correo electrónico correcto, activo y de uso frecuente.
Si tu solicitud tiene observaciones o documentos faltantes, recibirás un requerimiento para subsanar. Deberás responder dentro del plazo estipulado.
Si todo está en orden, recibirás el Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica de forma digital en la plataforma Vital y por correo.
Recomendaciones importantes
- Haz seguimiento frecuente al estado de tu solicitud en la plataforma VITAL.
La ANLA no envía notificaciones por correo electrónico cuando aprueba el certificado, por lo que es tu responsabilidad verificar el trámite directamente en el sistema.
- Asegúrate de registrar un correo electrónico activo y correcto, ya que otros mensajes importantes, como requerimientos u observaciones, sí serán enviados a ese medio.
- Consulta información oficial acerca del trámite en anla.gov.co
- Denuncia fraudes: este trámite es gratuito, la ANLA no cobra por la expedición del documento. Ningún contratista ni funcionario de la ANLA está autorizado para solicitar pagos, dádivas o favores con el fin de adelantar, priorizar o aprobar este trámite. Del mismo modo, el hecho de acudir a intermediarios no otorga ningún trato preferencial frente a los demás usuarios, ya que el trámite del CEPD se adelanta exclusivamente ante la ANLA, conforme a criterios técnicos y normativos aplicables de manera uniforme a todos los solicitantes.
Cualquier intento de obtener ventajas indebidas por parte de contratistas o funcionarios de la ANLA debe ser denunciado de manera inmediata a través de los canales oficiales dispuestos por la entidad.
- Línea anticorrupción: 157
- WhatsApp: 314 218 8748
- Correo:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Formulario de denuncias
#NoTeDejesEngañar - El trámite del CEPD es gratuito y se hace solo ante la ANLA